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Asesinato de Víctor Jara: Corte dicta sentencia contra siete miembros del Ejército

Asesinato de Víctor Jara: Corte dicta sentencia contra siete miembros del Ejército
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Nelson Caucoto por fallo Víctor Jara:

“Se trata de penas importantes que están en sintonía con las que se dictan en otras latitudes para crímenes de lesa humanidad”.

Como un buen fallo calificó el abogado Nelson Caucoto la sentencia de segunda instancia emitida por la Corte de Apelaciones de Santiago, la cual confirmó,- en gran parte-, el fallo dictado por el ministro Miguel Vásquez, instructor de la causa, y elevó  penas a siete miembros del Ejército en retiro por su responsabilidad en los delitos de secuestro calificado y homicidio calificado del cantautor Víctor Lidio Jara Martínez y Littré Abraham Quiroga Carvajal. Ilícitos perpetrados en septiembre de 1973.

La Octava Sala de la Corte de Apelaciones de Santiago dictó sentencia de segunda instancia contra siete miembros del Ejército en retiro por su responsabilidad en los delitos de secuestro calificado y homicidio calificado del cantautor Víctor Lidio Jara Martínez y Littré Abraham Quiroga Carvajal. Ilícitos perpetrados en septiembre de 1973, en Santiago.

Los ministros Alejandro Rivera y las ministras Gloria Solís y Ana María Osorio, condenaron a Raúl Jofré González, Edwin Dimter Bianchi, Nelson Haase Mazzei, Ernesto Bethke Wulf, Juan Jara Quintana y Hernán Chacón Soto a penas de 15 años y un día de presidio mayor en su grado máximo, en calidad de autores de los homicidios, y a 10 años y un día de presidio, como autores del delito de secuestro calificado de ambas víctimas, elevándoles las penas de primera instancia que los había condenado a 3 años y un día por este último delito.

La Corte condenó al ex fiscal militar Rolando Melo Silva a 5 años y un día de presidio, como encubridor de los homicidios, y 3 años y un día de presidio como encubridor de los secuestros, por este último delito se le aumentó la pena, ya que venía condenado a 60 días en el fallo de primera instancia, dictado en junio de 2018.

De esta manera, el Tribunal de Alzada capitalino elevó las penas a los condenados por el delito de secuestro simple al recalificar la conducta a secuestro calificado atendida la gravedad de los hechos de que fueron víctimas y los malos tratos a los que fueron sometidos durante su detención en el entonces Estadio Chile.

El abogado querellante Nelson Caucoto expresó que

“es un fallo que estábamos esperando, y al conocerlo nos satisface plenamente que se dicte una sentencia con penas proporcionales a los delitos cometidos.  Se trata de penas importantes que están en sintonía con las que se dictan en otras latitudes para crímenes de lesa humanidad”, sostuvo.

Agrega que

“este fallo es importante además porque se vence ya definitivamente la impunidad que amagó estos crímenes durante tantos años. Es una gran alegría para los familiares de Víctor y Litré, porque su larga lucha comienza a fructificar. Alegría que alcanza al pueblo de Chile, que no ha olvidado a sus hijos asesinados por la dictadura”.

Caucoto agrega que

“Victor y Litré fueron chilenos en los que se simboliza la peor cara de la tortura. Fueron literalmente masacrados, y mantenidos como verdaderos trofeos de guerra al interior del Estadio Chile.   Ambos fueron muy importantes en sus respectivos ámbitos políticos, laborales y sociales. Litré un joven abogado, Director del Servicio de Prisiones (hoy Gendarmería de Chile), que se entregó voluntariamente a la autoridad  militar y Víctor un ícono en el firmamento cultural de Chile, un artista multifacético muy querido por su pueblo”.

El abogado finaliza señalando que “El proceso judicial de ambos, ha dado un nuevo paso para obtener una justicia ansiada y esperada por tantos años”.

 

Texto completo del fallo por los delitos de secuestro calificado y homicidio calificado del cantautor Víctor Lidio Jara Martínez y Littré Abraham Quiroga Carvajal. :

 

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