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Los impactos acotados tras el cuerpo de Allende no fueron causados por proyectiles que atravesaran su cabeza

Los impactos acotados tras el cuerpo de Allende no fueron causados por proyectiles que atravesaran su cabeza
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El autor de este trabajo, Julián Aceitero Gómez (1955), es doctor en Medicina y lo ha preparado a petición de la ADDHEE-ONG, en base a la copia de la documentación del sumario sobre la muerte del presidente Salvador Allende Gossens que dicha organización logró obtener y que ha puesto a disposición del autor  con tal fin. La ADDHEE-ONG está personada como parte querellante en dicho sumario y a lo largo del recorrido judicial de éste presentó ante las instancias correspondientes otros trabajos del mismo autor.

En el sumario de la muerte del presidente Salvador Allende Gossens (1) consta un informe del Laboratorio de Criminalística Central –LACRIM– de la Policía de Investigaciones –PDI– (2) que ilustra en infografías las trayectorias de los proyectiles relacionados con dicha muerte, basadas en la documentación de la investigación llevada a cabo por la Justicia militar cuando aquella acaeció (3), en especial en los croquis que acompañan al pre-informe  y al informe de la Sección de Balística del Laboratorio de la Policía Técnica –LAPOTEC– (4 y 5, respectivamente). Estos croquis ilustran la “posición de disparo”, es decir, la postura que el presidente Allende habría adoptado para dispararse su fusil, los impactos de los proyectiles así disparados y la posición en la que su cuerpo quedó –Fig. 1– (6):

En la infografía correspondiente al croquis que acompaña a aquel informe de la Sección de Balística se añade el hallazgo de “2 vainillas”, señalado con una flecha en la reproducción parcial de aquella infografía, de igual manera que lo está en la del croquis en el que se constata. –Fig. 2– (7):

Y puesto que en este croquis cinco flechas señalan el hallazgo de nueve vainillas, ¿por qué el LACRIM ilustra sólo dos vainillas próximas a la ventana sur? Sea cual sea el motivo, las vainillas correspondientes a los dos proyectiles relacionados con la muerte del presidente Allende no estaban ubicadas próximas a dicha ventana, sino a la puerta sur, según consta  en el informe de la Brigada de Homicidios -BH- sobre dicha muerte (8) y en aquel de la Sección de Balística sobre la misma.

La otra infografía de aquel informe del LACRIM ilustra dos trayectorias posibles (A y B) de los dos proyectiles relacionados con la muerte del presidente Allende, desde su cabeza hasta sus respectivos impactos. Fig. 3 (9):

El LACRIM, en la primera infografía –Lámina 1– detalla la altura de aquellos dos impactos -2,8 m y 3,1 m-, pero omite no sólo su distancia a la ventana sur -1,56 m y 1,36 m, respectivamente- sino también la ilustración de su tamaño, morfología e inclinación constatables en uno de aquellos croquis. –Fig. 4– (10):

La omisión de dichos datos periciales cuestiona la verosimilitud de aquellas trayectorias graficadas por el del LACRIM, lo que obliga a deducirlas teniéndolos en consideración:

La Sección de Balística del LAPOTEC, ante el hallazgo de dos impactos ubicados detrás de donde el cuerpo del presidente Allende se encontraba, planteó en aquel pre-informe y en aquel informe que los proyectiles de “dos disparos de rápida sucesión”, es decir, de una ráfaga, atravesaron su cabeza estando en la “posición de disparo” y allí impactaron; y en los croquis que acompañan aquel pre-informe, reproducidos en la Fig. 1, se ilustró no solo dicha posición, sino también los respectivos impactos de aquellos dos proyectiles, que la Fig. 5 (11) muestra con detalles aclaratorios:

Sin embargo, la presencia de sólo dos impactos en aquel sitio cuestiona tal planteamiento pericial, porque éste habría conllevado la presencia allí de al menos ocho impactos más, causados por otros tantos proyectiles. En efecto, el informe del Servicio Médico Legal –SML– sobre la documentación médico-legal de la investigación de la muerte del presidente Allende llevada a cabo por la Justicia militar concluye que si se hubiera disparado con el selector de tiro de su fusil AK en forma automática –ráfaga de disparo-, éste no habría disparado sólo dos proyectiles. ¿Por qué? Porque la cadencia de disparo de aquel fusil es de “a lo menos diez proyectiles por segundo” y porque poco más de un segundo es el tiempo mínimo que debe  presionarse su gatillo para dispararlo (12).

Al respecto, los peritos del SML e internacionales, designados por el Instructor del sumario de la muerte del Presidente para analizar sus restos y la documentación  médico-legal de la investigación de la misma llevada a cabo entonces por la Justicia militar, consideran en su informe conjunto que “la presencia de dos proyectiles en la pared posterior al sitio de hallazgo del cuerpo [del Presidente] obligó a estudiar los aspectos balísticos del arma concernida”: Y al dispararla “con el selector de tiro en posición automática [ráfaga de disparo], pudo efectivamente producirse la salida de dos proyectiles” (13).

Tal consideración, de quienes en adelante serán citados conjuntamente como equipo pericial, debe ser descartada por las razones que a continuación se exponen, no sin antes precisar del estudio balístico aludido en la misma que corresponde a la 13ª conclusión del informe de un integrante de dicho equipo pericial, el consultor internacional en balística David J. Pryor (14),: “Que el fusil AK-47 dispara dos proyectiles en dos décimas de segundo -0,2 segundo-, cuando su selector de tiro está en posición automática [ráfaga de disparo]”; y este dato no lo obtuvo peritando aquel fusil, sino simplemente calculando la equivalencia de su archipublicada cadencia de disparo (15):

600 proyectiles/minuto = 10 proyectiles/segundo = 2 proyectiles/0,2 segundo.

La primera de las razones antes anunciadas que descartan aquella consideración del equipo pericial es que el hallazgo de dos proyectiles en la pared posterior al sitio donde se encontraba el cuerpo del Presidente no consta en aquel informe de la BH, ni en aquel pre-informe de la Sección de Balística del LAPOTEC ni en aquel informe de la misma sección, sino el hallazgo de un único proyectil sobre un cojín del sofá adosado a la pared opuesta a la citada por dicho equipo pericial. Y la segunda razón es que el Ejército no entregó el “arma concernida” en la muerte del presidente Allende al Instructor del sumario de la misma, a pesar de que éste se la requirió, por lo que no es cierto que se hubieran peritado sus “aspectos balísticos”.

Con respecto a dicha arma debe puntualizarse que el escritor chileno Hermes H. Benítez sustenta que el fusil del presidente Allende no era un AK-47, sino un AKMS (16). Al respecto se ha denunciado que la Dirección de Inteligencia del Ejército –DINE– suplantó este fusil, que aparece fotografiado junto a su cuerpo en una fotografía forense, por el AK-47 que el Fiscal militar remitió a la Sección de Balística del LAPOTEC, donde fue peritado como si se tratara del fusil relacionado con la muerte del Presidente (17). Y esta sección consignó en su informe la devolución del fusil AK-47 peritado al Fiscal militar, el mayor (J) Joaquín Erlbaum Thomas, quien omitió consignar su recepción en el proceso que instruía, desconociéndose desde entonces su destino.

El recién citado militar, treinta y siete años después y siendo Brigadier (r) del Ejército, en su segunda declaración al Instructor del sumario de la muerte del presidente Allende, el juez Mario Carroza Espinosa, se desentendió del destino de aquel fusil AK-47 alegando que dejó de ser el fiscal a cargo del proceso sobre la misma, porque en octubre de 1974 fue nombrado Auditor del Juzgado militar (18). Pues bien, el brigadier (r) Erlbaum mintió, porque cinco meses después de la fecha citada en su declaración firmó el dictamen para solicitar al Juzgado militar el sobreseimiento del proceso que él, como Fiscal militar, había instruido sobre dicha muerte. Y puesto que esta información consta en aquella copia de dicho proceso que el citado brigadier entregó al juez Carroza en su primera declaración (19), hay que denunciar no solo el descaro de dicho militar al prestar aquel falso testimonio en su segunda declaración, sino también el encubrimiento de este delito por el citado juez.

En cualquier caso, el dato que pondera la verosimilitud de la relación de aquellos dos proyectiles con la muerte del presidente Allende no es que su fusil los hubiera  disparado en dos décimas de segundo, sino que por poco más de un segundo tendría que haber sido presionado su gatillo para que disparara. Y teniendo en cuenta este dato junto con el de su cadencia de disparo, es decir, que dispara “a lo menos 10 proyectiles por segundo”, el propio SML concluyó en aquel informe que “resulta poco factible” que su fusil disparara entonces sólo dos proyectiles. Pues bien, dicha conclusión del SML, a pesar de su trascendencia, fue ignorada no solo por el consultor en balística Pryor, sino también por el equipo pericial.

El Ejército de Chile, recién acaecida la muerte del Presidente, mostró a los medios de comunicación dos impactos en el muro situado detrás de donde había hallado su cuerpo y propaló que fueron causados por sendos proyectiles que salieron de su fusil en “un disparo [sic]” (20). Y su Comandante en Jefe, el general Augusto Pinochet Ugarte, declaró que el presidente Allende había disparado contra las tropas que asaltaban el palacio de La Moneda y que cuando “quedaban dos cartuchos” en su fusil, lo colocó bajo su barbilla y lo disparó (21).

El consultor en balística Pryor, después de peritar un zafio montaje de la fotografía forense que muestra el fusil del presidente Allende junto a su cuerpo, concluyó en su informe que se lo disparó con el selector de tiro en la posición “automática”, es decir, de ráfaga, lo que el equipo pericial asumió en su informe conjunto, a pesar de la palmaria inconsistencia de dicha conclusión. En efecto, la simple lectura de aquel informe del SML evidencia que si el presidente Allende se hubiera disparado así aquel fusil, su ráfaga habría sido de “a lo menos diez disparos” y, en consecuencia, en su cargador no habrían quedado en ningún caso más de veinte cartuchos, dado que su capacidad máxima era de treinta, pero quedaron veintiséis, según consta en aquel informe de la Sección de balística. Así pues, si el presidente Allende así se hubiera disparado aquellos dos proyectiles, el cargador de su fusil habría sido manipulado. Y, ¿quién lo manipuló?

En aquel informe de la BH consta que el fusil relacionado con la muerte del presidente Allende no fue descargado en el sitio donde su cuerpo se hallaba por “insinuación del perito balístico, señor Carlos Davidson, por lo que se ignoraba el número de cartuchos que había en su cargador y si había alguno en su recámara”. Sin embargo, en los antecedentes de aquel informe de la Sección de Balística, suscrito por dicho perito, entre otros, consta que el Fiscal militar que investigaba la muerte del Presidente remitió, a finales de diciembre de 1973, un cargador que contenía 26 cartuchos a dicha sección para su correspondiente peritaje; cabe preguntarse, pues, cómo supo el número de cartuchos que aquel cargador contenía y por qué demoró remitirlo para su peritaje más de tres meses y medio desde que aquella muerte acaeciera. Y según consta en la copia del proceso que había instruido, pudo saberlo porque la Dirección de Inteligencia del Ejército –DINE– le había remitido un oficio acompañado de la relación de especies o pruebas recogidas por los militares en el sitio donde hallaron su cuerpo, entre las que se detallaba “1 cargador con 26 proyectiles completos [cartuchos]”.

La ponderación de aquel peritaje del cargador del fusil requiere saber quién lo entregó a la DINE: el general Javier Palacios Ruhmann, que había comandado a las tropas que perpetraron el asalto al palacio presidencial de La Moneda, después de  que la FACh lo bombardeara; y allí, el citado general identificó el cadáver del presidente Allende, disponiendo tanto el peritaje como el “levantamiento” del mismo, según consta en su declaración al Fiscal militar que instruía el correspondiente proceso. Además, el general Palacios se quedó con “el arma encontrada en el sitio de suceso con su cargador puesto para su remisión a la Fiscalía militar”, pero no la remitió allí, sino a la DINE, según consta,  respectivamente, en aquel informe de la BH y en su declaración recién citada. Para ponderar las actuaciones del general Palacios posteriores a que perpetrara el asalto al palacio presidencial de La Moneda y allí hallara el cuerpo del presidente Allende, debe saberse que, según lo establecido en el artículo 25 del Código de Justicia Militar -CJM- (22), el Fiscal militar debió no solo recoger allí aquel cargador, sino también consignarlo, como debió hacer con cualquier otra prueba relacionada con el proceso penal que instruía, por lo que es obvio que el citado general se arrogó sus atribuciones. Y éste lo hizo con la connivencia del general Herman Brady Roche, quien, junto al general Sergio Arellano Stark, protagonizó la “investigación” de dicha muerte (23).

Así pues, en este contexto de quebrantamiento del propio CJM debe indagarse la respuesta a por qué el Fiscal militar demoró la remisión del cargador del fusil relacionado con la muerte del presidente Allende para su preceptivo peritaje más de tres meses y medio desde que ésta acaeciera.

El dato pericial de que el cargador del fusil relacionado con dicha muerte contuviera veintiséis cartuchos desmiente categóricamente que se lo disparara cuando en el mismo quedaban sólo dos cartuchos, tal y como el general Pinochet, recordémoslo, declaró. Dicho desmentido explicaría que el Ejército no solo ocultara durante más de treinta y siete años el informe de la Sección de Balística en el que aquel dato consta, sino también que propiciara la falsificación de su pre-informe para que la ocultación de aquel pasara desapercibida. Con tal fin, el Ejército filtró aquel pre-informe sin los datos explícitos de su provisionalidad a la periodista Mónica González, quien lo transcribió en un procesador de textos, “copió  las firmas de los peritos que lo suscriben y las “pegó” en su transcripción; y de la falsificación resultante, reproducida en el libro La Conjura, dicha periodista afirma que es el “informe oficial” que “se guardó en caja de siete llaves hasta llegar, muchos años después, a sus manos” (24).

Es obvio que la DINE no quiso ofrecer aquel dato del cargador del fusil del  presidente Allende que desmentía aquella declaración del general Pinochet respecto del número de disparos del mismo relacionados con su muerte, por lo que cabe preguntarse qué pretendió entonces al manipularlo. La respuesta se barrunta al constatar en el mismo informe que tanto los proyectiles de los cartuchos de aquel cargador como el proyectil relacionado con su muerte eran trazadores. Así, el agujero “redondeado” flanqueado de “quemaduras” en un cojín, sobre el que el último proyectil citado había sido descrito y fotografiado, podría relacionarse con la combustión del material pirotécnico que caracteriza a cualquier proyectil trazador.

El hallazgo de sólo dos impactos en el muro situado detrás de donde se hallaba el cuerpo del presidente Allende queda sin una posible explicación, porque aquella que la declaración del general Pinochet suscita, es decir, que  se disparara cuando en su fusil quedaban sólo dos cartuchos, es refutada por el dato pericial de que su cargador contuviera veintiséis cartuchos. Cabría concluir, pues, que el presidente Allende no se disparó los proyectiles que allí impactaron, sino fuera porque tal conclusión se sustenta en aquel dato pericial manipulado por la DINE.

Así pues, se debe seguir indagando en los croquis que ilustran la posición en la que el presidente Allende se disparó, los impactos de los proyectiles así disparados y la posición en la que su cuerpo quedó (véanse en la Fig. 1): En ésta es incomprensible la inclinación de su cabeza a la derecha de su cuerpo mientras que a la izquierda del mismo consta el hallazgo de dos impactos de proyectil –Fig. 6 (25) -:

Porque si dos proyectiles disparados por el fusil del presidente Allende hubieran atravesado su cabeza y después impactado a su izquierda, la cabeza habría sido sacudida en el sentido de aquellos y, en consecuencia, habría quedado inclinada a la izquierda de su cuerpo; así pues, la inconsistencia recién denunciada e ilustrada indica que los impactos acotados detrás de su cadáver no fueron causados por proyectiles que hubieran atravesado su cabeza.

Para ponderar tal indicio, hay que tener presente que la ciencia forense ha establecido que un proyectil que atraviesa el cuerpo humano puede salir del mismo en cualquier dirección (26). Por ello resulta curioso que los dos proyectiles relacionados con la muerte de Presidente salieran de su cabeza en idéntica dirección, que es lo que se deduce del hecho de que sus respectivos impactos estén ilustrados en el correspondiente croquis no solo muy próximos entre sí, sino también con tamaño, morfología e inclinación similares (véanse en la Fig. 5). Aunque dicha curiosidad apuntala el indicio de que los impactos acotados detrás del cuerpo del Presidente no fueron causados por proyectiles que hubieran atravesado su cabeza, habría que demostrarlo. Tal demostración requiere establecer la ubicación de dicha cabeza al momento en el que aquellos fueron disparados –Fig. 7– (27):

Los datos de la ubicación de la cabeza al momento del disparo, a saber, altura (1,12 m) y distancia a la ventana sur (2,12 m), permiten representarla en el croquis que muestra los impactos acotados de los proyectiles que antes la habrían atravesado.  –Fig. 8– (28):

Para simplificar el análisis de los impactos, se ilustra sólo el inferior –Fig. 9– (29):

El eje de dicho impacto indica que el proyectil incidió en el muro oriental de abajo arriba y de norte a sur. Y la trayectoria norte-sur de aquel proyectil, con una inclinación de unos 30º, desde que allí incidiera es ilustrada por la retro-proyección del eje de su impacto hasta 1,12 m, que es la altura a la que la cabeza del presidente Allende habría estado al momento del disparo; y su debida ubicación, es decir, al tener en consideración también su distancia a la ventana sur -2,12 m-,  revela que el proyectil correspondiente al impacto inferior no salió de dicha cabeza. –Fig. 10– (30):

Y el análisis del impacto superior, realizado conforme a la misma metodología recién expuesta para el inferior, revela que el proyectil que lo causara  tampoco salió de la bóveda craneana del Presidente, por lo que sólo cabe concluir que los proyectiles que impactaron detrás de de donde se hallaba su cuerpo no habían atravesado su cabeza.

La obvia trascendencia de tal conclusión obliga a contrastarla con lo dictaminado al respecto por aquel equipo pericial en su informe conjunto. En éste consta que se analizó aquel pre-informe de la Sección de Balística y, en consecuencia, el croquis en el que los dos impactos de sendos proyectiles relacionados con la muerte del presidente Allende están acotados en base a sus respectivas distancias a dos referencias espaciales del muro en el que están ilustrados. Y aquí se deben explicitar sus distancias con relación al nivel del suelo, es decir, su altura de 2,8 m y 3,1 m, respectivamente, para denunciar lo que el consultor en balística Pryor afirma en su informe: Que en la pared situada detrás de donde el cuerpo del presidente Allende fue hallado se describe “un impacto o impactos de bala a 2,8 m sobre el nivel del suelo”.

Así, el citado consultor en balística no solo cometió el error de acotar los dos impactos a la misma altura, sino que también omitió sus respectivas distancias a la otra referencia espacial -ventana sur-, por lo que le comenté en un correo electrónico que aquel error y aquella omisión eran incomprensibles porque ambos impactos están debidamente acotados en aquel croquis, respondiéndome que basó su informe en los datos que durante la investigación judicial de dicha muerte pusieron a su disposición (31). Ciertamente, el perito Pryor no consigna aquel croquis en su informe, por lo que habría sido posible que el responsable de la investigación de la misma, el juez Carroza, no lo pusiese a su disposición; pero le repliqué que en el informe conjunto del equipo pericial, que él también había suscrito como integrante del mismo, consta como analizado el pre-informe de la Sección de Balística al que acompaña aquel croquis, adjuntándoselo. (32). Y a tal réplica me dio su callada por respuesta.

Del único proyectil descrito en aquel informe de la BH y en aquel pre-informe de la Sección de Balística se advierte que, junto con otras pruebas o evidencias recogidas en el sitio donde el cuerpo del presidente Allende se hallaba, fue entregado a los militares presentes. Quien los comandaba, el general Palacios, declaró al Fiscal militar que dispuso que allí concurriesen los peritos del LAPOTEC para que practicaran el correspondiente peritaje, quienes  “se llevaron el proyectil que estaba incrustado en la pared” situada detrás de dicho cuerpo ( ). A pesar de esta obvia contradicción, el Instructor del sumario no dispuso ninguna diligencia para conocer el destino del proyectil que aquellos peritos se llevaron. ¿Por qué? Porque cualquier indagatoria al respecto evidenciaría la inverosimilitud de que aquel “único proyectil” fuera hallado sobre un cojín del sofá opuesto a aquel en el que el presidente Allende se habría sentado al momento de dispararse. La ponderación de tal inverosimilitud requiere analizar: i. La ilustración de dicho hallazgo en el croquis que acompaña al informe de la Sección de balística del LAPOTEC y en la infografía correspondiente del LACRIM –Fig. 11– (33):

  1. La ilustración del fusil del presidente Allende junto a su cuerpo en el croquis y en la correspondiente infografía del LACRIM –Fig. 12– (34):

La flecha en la infografía anterior indica un “orificio” del gobelino colgado en el muro situado detrás de donde el cuerpo del presidente Allende se hallaba. Aunque el hallazgo indicado no consta en el correspondiente croquis, en el pre-informe de la Sección de Balística al que acompaña se describen “dos orificios” o “perforaciones” en dicho gobelino, que se corresponden con aquellos  impactos allí acotados, tal y como la Fig. 5 muestra; así pues, los dos proyectiles causantes de dichos impactos habían perforado dicho gobelino. Y aquella infografía del LACRIM es incorrecta, porque ilustra sólo una de las dos perforaciones del gobelino y desubicada.

El croquis de la “posición de disparo” del presidente Allende y su correspondiente infografía del LACRIM (véanse en la Fig. 11) muestran en la pared situada detrás de él,  a 2,8 m de altura, un impacto de un proyectil y su posible trayectoria desde que allí rebotara hasta caer sobre el sofá donde fue hallado, justo enfrente de donde se habría disparado. Y si así hubiera ocurrido, el proyectil, inmediatamente después de allí rebotar, tendría que haber perforado nuevamente el gobelino, por lo que en éste se tendrían que haber observado tres perforaciones; pero sólo dos perforaciones están descritas en aquel pre-informe de la Sección de Balística y mostradas en una de las fotografías forenses que lo acompañan –Fig. 13– (35):

La obvia trascendencia de esta fotografía forense obliga a analizar lo que el equipo pericial dictaminó sobre la misma: NADA, porque esta foto ni siquiera consta en la copia del proceso militar que el brigadier (r) Erlbaum entregó al Instructor del sumario de la muerte de Allende y éste puso a disposición de dicho equipo pericial para su análisis.

Entonces, ¿dónde consta la fotografía reproducida en la figura anterior? En otra copia del mismo proceso instruido por la Justicia militar, en la que la Televisión Nacional chilena basó su documental La Duda (36). Esta copia fue hallada por un empresario durante la demolición de la casa de quien había sido el Auditor del II Juzgado militar que aprobó el sobreseimiento de dicho proceso. Y, ¿por qué aquella foto no consta en la copia del proceso que el brigadier (r) Erlbaum entregó al Instructor del sumario de la muerte del presidente Allende? La simple lectura de esta copia revela que la DINE manipuló el número de fotografías que acompañaban a aquel pre-informe de la Sección de Balística. En efecto, el entonces Director de Investigaciones, el general Ernesto Baeza Michaelsen, remitió al fiscal militar Erlbaum la copia de aquel Pre-informe de la Sección de Balística, en la que consta que lo acompañaban fotografías identificadas desde la A a la Z, es decir, 27 fotos, pero ni aquella foto, la Y, ni la foto Z son referidas para ilustrar los detalles descritos en el mismo. Y cuando el citado fiscal las requirió, el General Director de la DINE le remitió desde la Fotografía A a la X, excluyendo, pues, aquella foto Y y la foto Z.

En el sumario consta que el perito fotógrafo que concurrió al sitio donde se hallaba el cuerpo del Presidente tomó allí 37 fotografías, por lo que cabe preguntarse qué mostraban aquellas 10 fotografías para que la DINE las excluyera de la copia del proceso que el Auditor militar debía analizar para dictaminar sobre su sobreseimiento. Independientemente de lo que mostraran y de lo que aquel auditor hubiera decidido al observarlas, se trató de una zafia ocultación de una prueba penal perpetrada por el Ejército contra uno de los suyos encargado de impartir su propia “justicia”.

Y el Instructor del sumario de la muerte del presidente Allende, el juez Carroza Espinosa, no solo encubrió aquella ocultación de fotografías forenses, sino que se afanó para impedir que las restantes fueran analizadas pericialmente (37). En efecto, de la copia del proceso en poder del antes aludido empresario puede afirmarse no sólo que tenía dos fotografías forenses más que la copia del mismo proceso que el brigadier (r) Erlbaum entregó al mismo juez, quien la consideró la copia del proceso original, a pesar de que el Ejército pretextó que lo había extraviado (38), sino también que la calidad técnica de sus fotografías era normal, mientras que la calidad de las “fotos” de la copia del proceso original era tan ínfima que impedía su observación. El consultor en balística Pryor dejó constancia explícita  en su informe de que la calidad deplorable de las fotografías forenses impedía su observación, pero el citado juez no puso a su disposición aquellas fotografías forenses que con calidad normal había incautado, como lo demuestra que peritara un zafio montaje de una de aquellas fotografías forenses. Y la representante legal de la ADDHEE-ONG, una de las partes querellantes personadas en dicho sumario,  aportó un escrito en el que se denuncia documentalmente aquel patético peritaje a su Instructor (39), pero éste ni siquiera dispuso investigarlo.

En el informe conjunto del equipo pericial consta que los dos proyectiles relacionados con la muerte de Allende habrían atravesado su cabeza, enfatizándose que entonces sus trayectorias tendrían que haber sido “estrechamente consecutivas y sobrepuestas”, es decir, que siguieron “la misma trayectoria, a saber, mandíbula, fosa anterior, cerebro y calota parietal”; pero al concretar el sitio de salida de la misma en esta calota se consigna no solo el establecido en el informe de la autopsia que se le practicó el día de su muerte, es decir, el orificio localizado a nivel de la unión del tercio medio con el posterior de la sutura interparietal -sagital-, sino también el que el propio equipo pericial había inferido “en el tercio medio del parietal izquierdo”.

La contextualización de tal inconcreción requiere considerar primero la reseña ilustrada de la trayectoria del proyectil establecida en el informe de la autopsia del Presidente –Fig. 14– (40):

Y segundo resaltar que la trayectoria así ilustrada no es concordante con la de un proyectil de alta velocidad disparado por un fusil de asalto porque no es rectilínea, sino desviada. En efecto, en aquel informe del SML, en el que se peritó la documentación médico-legal de la investigación llevada a cabo por la Justicia militar sobre la muerte del presidente Allende, no solo se constató y se ilustró tal discordancia, sino que también fue esgrimida para recomendar al Instructor del sumario de la misma que dispusiera la exhumación de sus restos reducidos y designara un equipo multidisciplinario de expertos en balística y ciencias forenses para examinarlos. Pero el equipo pericial designado, según consta en su informe conjunto, no solo asumió la implicación de un segundo proyectil en dicha muerte, sino que también omitió ponderar la discordancia de la trayectoria descrita e ilustrada en aquel informe del SML: Que un proyectil de alta velocidad desviara su trayectoria cuando penetró en la cavidad craneana. ¿Por qué?

Primero, porque en dicha cavidad no existe una estructura anatómica que pudiera haber ofrecido tal resistencia al paso de aquel proyectil de alta velocidad como para desviarlo. Y segundo, porque en el supuesto de que tal estructura hubiera existido, el impacto del primer proyectil la habría destruido y, en consecuencia, aquel equipo pericial tendría que haber asumido que el segundo proyectil se desviara allí porque sí y siguiera una trayectoria “consecutiva y superpuesta” a la del primero. O dicho con otras palabras, el equipo pericial omitió el análisis de la desviación de dicha trayectoria para que pasara desapercibido el insulto a la más elemental lógica forense que su planteamiento conllevaba: que un segundo proyectil siguiera porque sí de forma “consecutiva y superpuesta” la trayectoria desviada del primero.

Aunque el equipo pericial declara en su informe conjunto que los hallazgos de su estudio “no muestran inconsistencias con los datos” del informe de la autopsia practicada al presidente Allende pocas horas después de su muerte, desmiente de facto la conclusión tercera de dicho informe. En efecto, en éste consta que el proyectil entró en su cavidad craneana por delante del cuerpo del esfenoides, es decir, en la línea media de la base de dicha cavidad, y que salió de la misma a nivel de la línea media de la parte superior y posterior de su bóveda, en concreto en la unión del tercio medio con el posterior de la sutura interparietal –sagital-; así pues, es lógico que los médico-legistas que la practicaron concluyeran que la trayectoria de aquel proyectil se localizó en el plano medio o sagital de su cráneo, sin que en la misma se apreciaran desviaciones en “sentido lateral”. Por el contrario, recordémoslo, aquel equipo pericial “infirió” el sitio de salida de dicha trayectoria en el “tercio medio del parietal izquierdo” –Fig. 15-:

Y tal “inferencia”, teniendo en cuenta que el sitio de entrada del proyectil en la cavidad craneana, por delante del cuerpo del esfenoides, fue medial, conllevaba la desviación lateral izquierda de su trayectoria  –Fig. 16-:

El equipo pericial infirió este “sitio de salida” sin descartar explícitamente aquel que los médico-legistas que practicaron la autopsia al presidente Allende recién muerto habían establecido en la parte posterior de su sutura interparietal –sagital-, porque este fragmento óseo no pudo ser observado al no haber sido recuperado al exhumar sus restos. Además, el equipo pericial cuestionó la existencia de dicho sitio de salida mediante este zafio ardid: dejando constancia en su informe de que la esquirla ósea con un segmento de orificio, cuya simple observación en dicha autopsia permitió establecer que había sido causado por la salida de un proyectil, no se encontró “en el archivo ni en la bodega de custodia de evidencias del Laboratorio del SML”, sabiendo que en el informe de la misma no consta que quienes la practicaron remitieran aquella esquirla ósea a dicho laboratorio, por lo que en ningún caso se iba a encontrar allí.

Que la esquirla ósea con aquel segmento de orificio no se recuperara en la exhumación de los restos del presidente Allende no debe extrañar, porque su sino era que “desapareciera”, lo mismo que ocurriera al segmento restante de dicho orificio. En efecto, este debió estar en otra/s esquirla/s ósea/s, pero no consta que fuera observado en la autopsia del presidente Allende recién muerto, por lo que alguien lo hizo “desaparecer” en el sitio donde horas antes se halló su cuerpo o durante su traslado hasta el Hospital Militar para que se la practicaran.

En la Fig. 17 (41) se ilustra la inconsistencia de que el equipo pericial no solo descartara la existencia del orificio de salida del proyectil establecido a nivel de la unión del tercio medio con el posterior de la sutura interparietal -sagital-, sino que también infiriera el sitio de salida de dos proyectiles en el tercio medio del parietal izquierdo sin siquiera haber observado los correspondientes fragmentos óseos, porque no se recuperaron al exhumar los restos del presidente Allende:

Las razones para que el equipo pericial recurriera a la zafia inconsistencia recién ilustrada se relacionarían con su peculiar resolución de la siguiente discordancia: Que en el informe de la autopsia practicada al presidente Allende recién muerto se describan lesiones causadas por un único proyectil en su cabeza mientras que en aquel de la Sección de Balística se plantee que dos proyectiles, disparados en ráfaga, la atravesaran. Y las trayectorias de estos proyectiles, desde su salida de dicha cabeza hasta sus respectivos impactos, fueron graficadas por el LACRIM unos treinta y siete años después. –Fig. 18-(42):

Si el equipo pericial hubiera dado por cierta la existencia de un único proyectil implicado en la muerte del presidente Allende, implícita en el informe de su autopsia, es obvio que tendría que haber denunciado que aquel planteamiento de la Sección de Balística, ilustrado por el LACRIM, era el disfraz de la simulación de su suicidio; pero asumió tal planteamiento, enfatizando que la trayectoria del segundo proyectil en su cabeza tendría que haber sido “similar” a la del primero así: que sus respectivas trayectorias fueron “estrechamente consecutivas y superpuestas”. Y, además, el equipo pericial infirió el sitio de salida de aquellos dos proyectiles en el tercio medio de su parietal izquierdo, descartando así que su sitio de salida fuera por la parte alta y posterior, tal y como había quedado establecido en aquel informe de la Sección de Balística e ilustrado en aquel informe del LACRIM (obsérvese en la figura anterior).

Pero los segmentos óseos correspondientes a aquellos sitios de salida no se recuperaron en la exhumación de los restos del presidente Allende, por lo que el equipo pericial ni siquiera pudo observarlos y cabe preguntarse, pues, cuáles fueron sus razones para descartar el último citado e inferir el otro.  En el presente trabajo se han considerado dos razones no excluyentes entre sí: La primera se relaciona con el hecho de que en aquel informe de la Sección de Balística se hubiese asumido el sitio de salida de la trayectoria en la parte alta y posterior de la bóveda craneana del presidente Allende establecido en el informe de su autopsia. Así, que la salida de aquellos dos proyectiles de alta velocidad de dicha cabeza se relacionase con el orificio redondeado de un diámetro de 2,5 a 3 cm descrito en el informe de dicha autopsia, habría sido un despropósito forense. Esto explica, quizá, que el equipo pericial cuestionara dicho orificio de salida mediante aquel zafio ardid antes denunciado para, finalmente, descartarlo implícitamente al inferir otro sitio de salida para los mismos.

La otra razón sería para que las trayectorias de los proyectiles con aquel sitio de salida inferido no pudieran ser ilustradas por aquella infografía del LACRIM, dada su palmaria falsedad. En efecto, el impacto del primer proyectil en dicha infografía se representa justo por detrás de donde aparece el presidente Allende sentado disparándose, pero el mismo impacto se representa en el correspondiente croquis no sólo por detrás de donde su cuerpo fue hallado, sino también a su izquierda – véase en la Fig. 6 (43)-. Y puesto que como consecuencia de aquellos disparos bajo el mentón, asestados estando perfectamente sentado, es increíble que el cuerpo del presidente Allende se desplazara hacia su derecha, sólo cabe concluir que el LACRIM cometió la falsedad de representarle en aquella infografía disparándose sentado justo por delante de la representación del impacto del primer proyectil.

Así pues, el equipo pericial “infirió” el sitio de salida de los proyectiles en el tercio medio del parietal izquierdo porque entre éste y aquellos impactos existe una relación aparentemente consistente. En efecto, aunque dicha inferencia sea falsa, porque el presente trabajo ha demostrado que de la cabeza del presidente Allende en la “posición de disparo” no salieron los proyectiles que impactaron por detrás y a la izquierda de donde su cuerpo fue hallado, tal demostración ha requerido el análisis conjunto de datos de varios croquis. O dicho con otras palabras, un análisis de los croquis ha sido necesario para desmontar la aparente consistencia de aquella inferencia del equipo pericial.

– El autor de este trabajo, Julián Aceitero Gómez (1955), es doctor en Medicina y lo ha preparado a petición de la ADDHEE-ONG, en base a la copia de la documentación del sumario sobre la muerte del presidente Salvador Allende Gossens que dicha organización logró obtener y que ha puesto a su disposición con tal fin.

 

NOTAS

(1) Causa Rol 77/2011 del 34º Juzgado del Crimen de Santiago de Chile. Fecha de Apertura: 25 de enero de 2011. A instancias -querellante- de la Fiscalía Judicial de la Corte de Apelaciones de Santiago.

-Instructor: Mario Carroza Espinosa, Ministro en Visita Extraordinaria.

-Fecha de Sobreseimiento Total y Definitivo el 13 de septiembre de 2012.

Resolución de Sobreseimiento: Consta en las fojas 2400 a 2489. Disponible (documento Word) en:

www .memoriaviva.com/…/allende_primera_SOBRESEIMIENTO_2012

(2) Informe Infográfico 1000/2011 del Laboratorio de Criminalística –LACRIM– de la Policía de Investigaciones -PDI-. En fojas 2124-2128 de la Causa Rol 77/2011 (1).

(3) Copia simple del Proceso Rol 1032/1973 de la Primera Fiscalía Militar dependiente del Segundo Juzgado Militar de Santiago. Fecha de Apertura: 28 de diciembre de 1973. Ordenado por el Juez a cargo de dicho juzgado entonces, el general del Ejército Sergio Arellano Stark.

-Instructor [Fiscal militar]: el mayor (J) del Ejército Joaquín Erlbaum Thomas.

Fecha de Sobreseimiento Total y Definitivo el 2 de abril de 1975, aprobado por el JUEZ, general Julio Polloni Pérez y por el AUDITOR, teniente coronel (J) José Horacio Ried Undurraga, ambos pertenecientes al Ejército.

El “original” del proceso militar recién reseñado fue ocultado o destruido por el Ejército y su brigadier (r) Joaquín Erlbaum Thomas, quien entonces lo instruiría, entregó esta supuesta copia del mismo, impresa en “papel de fax”, durante su primera declaración al Instructor de la Causa Rol 77-2011 (1), en la que quedó consignada como Anexo No. 9-2011. Sus 291 páginas fueron fotografiadas por el Laboratorio de Criminalística Central de la Policía de Investigaciones -LACRIM-, resultando el Anexo No. 31-2011 y éste fue transcrito por el mismo LACRIM, resultando el Anexo No. 64-2011, ambos de la misma causa (1).

(4) Pre-Informe (Informe No. 2816). Inspección ocular de La Moneda de 12 de septiembre de 1973 de la Sección de Balística del Laboratorio de la Policía Técnica -LAPOTEC-. Consta en las fojas 17 a 20 de aquella copia del Proceso Rol 1032/73, que corresponden a las páginas 20 a 23 de la transcripción del LACRIM de la misma copia (3).

(5) Informe No. 88 de 25 de febrero de 1974, que amplía el Pre-informe -Informe No. 2816- de la Sección de Balística del LAPOTEC. Consta en las fojas 140 a 152 vta. de aquella copia del Proceso Rol No. 1032/73, que corresponden a las páginas 183 a 196 de la Transcripción del LACRIM de la misma copia (3).

(6) La Fig. 1 está constituida por reproducciones parciales de los siguientes croquis que acompañan aquel Pre-informe de la Sección de Balística del LAPOTEC (4):

Croquis 14256. Consta en la foja 68 de aquella copia del Proceso Rol 1032/73, que corresponde a la página 84 de la Transcripción del LACRIM de la misma copia (3).

Croquis 15255. Consta en la foja 67 de aquella copia del Proceso Rol 1032/73, que corresponde a la página 83 de la Transcripción del LACRIM de la misma copia (3).

Ambos croquis son de muy mala calidad técnica, por lo que sus reproducciones parciales en esta figura están tomadas de una publicación de Archivos de Chile disponible en: http://archivoschile.org/wp-content/uploads/2011/07/Informe-balistico-Allende.pdf

(7) La Fig. 2  está constituida por la reproducción parcial de:

– La Infografía (Lámina 1) del informe 1000/2011 del LACRIM (2), que consta en la foja 2127 de la Causa Rol 77/2011 (1).

– El Croquis 15255 -Los datos de dónde consta en (6)-. La imagen de este croquis es de mala calidad técnica, por lo que su reproducción en esta figura ha sido tomada de una publicación de Archivos de Chile disponible en:

http://archivoschile.org/wp-content/uploads/2011/07/Informe-balistico-Allende.pdf

(8) Informe del Sitio del Suceso de la Brigada de Homicidios de 12 de septiembre de 1973. Consta en las fojas 36 a 39 de aquella copia del Proceso Rol No. 1032/73, que corresponden a las páginas 51 a 54 de la Transcripción de la misma copia (3). Una copia de este informe, aportada por el comisario (r) de la PDI Julio Navarro Labra, quien entonces lo elaboró siendo detective 1º de dicha brigada, consta en las fojas 1532 a 1535 de la Causa Rol 77/2011 (1). Está disponible en:

http://www.bibliotecamuseodelamemoria.cl/gsdl/collect/textosym/archives/HASH0192.dir/00000134000007000017.pdf

(9) La Fig. 3 es la Infografía (Lámina 2) del informe 1000/2011 del LACRIM (2), que consta en la foja 2128 de la Causa Rol 77/2011 (1).

(10) La Fig. 4 está constituida por la reproducción parcial de:

– La Infografía (Lámina 1) del informe 1000/2011 del LACRIM (2), que consta en la foja 2127 de la Causa Rol 77/2011 (1).

– El Croquis 14256 -Los datos de dónde consta en (6)-. La imagen de este croquis es de mala calidad, por lo que su reproducción en esta figura ha sido tomada de una publicación de Archivos de Chile disponible en:

http://archivoschile.org/wp-content/uploads/2011/07/Informe-balistico-Allende.pdf

(11) La Fig. 5 es la reproducción parcial del Croquis 14256 -Los datos de dónde consta en (6)-. La imagen del mismo que aparece en esta figura ha sido tomada del documental Allende, caso cerrado, del programa En portada de rtve, disponible en:

http://www.youtube.com/watch?v=f_3jNd5w1V0&feature=related

(12) Informe médico pericial del Servicio Médico Legal –SML de 7 de abril de 2011. Suscrito por Germán Tapia Coppa, Médico-Legista-Tanatólogo del SML de Santiago. En fojas 347 a 359 de la Causa Rol 77/2011 (1).

(13) Exhumación y análisis multidisciplinario del cadáver de Salvador Allende Gossens, denominado abreviadamente Análisis Integrado. Fue elaborado por los peritos internacionales y del Servicio Médico Legal -SML- designados por el Instructor del sumario de la muerte del presidente Allende para peritar sus restos exhumados y la documentación médico-legal de la investigación de la misma llevada a cabo entonces por la Justicia militar. Consta en las fojas 1359 a 1378 de la Causa Rol 77/2011 (2). Disponible en el vínculo:

http://www.lanacion.cl/noticias/site/artic/20110719/asocfile/20110719184050/analisis_integrado.pdf

Tarda en descargarse

http://www.fundacionsalvadorallende.cl/wp/wp-content/uploads/2011/07/info-SML_Pdte-Allende.pdf

(14) Informe pericial balístico de 18 de julio de 2011 del experto inglés David J. Pryor. En fojas 1335 a 1352 (en inglés) y su traducción oficial al español en las fojas 1434 a 1450 de la Causa Rol 77/2011 (1).

(15) Cadencia de disparo o de tiro del fusil AK. Disponible en:

https://es.wikipedia.org/wiki/AK-47

(16) “El fusil del presidente Allende no era un AK 47”,  de Hermes H. Benítez, publicado el 26 de julio de 2011 por piensaChile. Disponible en el vínculo:

http://www.piensachile.com/secciones/opinion/8855-el-fusil-del-presidente-allende-no-era-un-ak-47

(17) “El arma peritada por la Sección de balística de la Policía Técnica no fue la que se halló junto al cadáver de Allende”, de Julián Aceitero Gómez, publicado el 5 de agosto de 2014 por piensaChile. Disponible en el vínculo:

http://piensachile.com/2014/08/el-arma-peritada-por-la-seccion-de-balistica-de-la-policia-tecnica-fue-la-que-se-hallo-junto-al-cadaver-de-allende/

(18) Declaración judicial del brigadier (r) del Ejército Joaquín Erlbaum Thomas de 26/04/2011. Consta en las fojas 393 a 394 de la Causa Rol 77/2011 (1).

(19) Declaración judicial del brigadier (r) del Ejército Joaquín Erlbaum Thomas de 03/03/2011. Consta en las fojas 230 a 232 de la Causa Rol 77/2011 (1).

(20) El Ejército de Chile, tras perpetrar el golpe de Estado del 11 de septiembre de  1973 contra el presidente Salvador Allende Gossens, divulgó la versión de su muerte a un periodista de la rtve así: “En esta dependencia [salón Independencia del palcio presidencial de la Moneda] fue encontrado el cadáver del ex-presidente Allende. Haciendo una reconstitución de la escena para que ustedes entiendan…Aquí había un sillón, adosado a esta muralla [muro oriental de dicho salón], confortable, de felpa. Se sentaría aquí, a esta altura más o menos, sentado. Se puso el arma bajo la barbilla. Hizo un disparo. Fueron dos los proyectiles que salieron. Y ahí estarían arriba los proyectiles una vez que salieron de la caja craneana”. Esta transcripción corresponde al documental Allende, caso cerrado, del programa En portada de rtve, disponible en:

http://www.youtube.com/watch?v=f_3jNd5w1V0&feature=related

(21)  Entrevista del general Augusto Pinochet Ugarte tras perpetrar el golpe de Estado contra el presidente Salvador Allende Gossens, disponible en el vínculo: http://www.youtube.com/watch?v=TzVKE_uo5fQ, en la que afirma (01:35): “…empezó el bombardeo. Cuando las tropas entraron a la Moneda, el presidente Allende disparó sobre nuestras tropas con la metralleta que después se suicidó, y parece que con los últimos cartuchos, que le quedaban dos en la metralleta, se sentó, se colocó la metralleta bajo la barba y se disparó un tiro …”

(22) Código de Justicia Militar -CJM- de Chile. Disponible en:

http://www.wipo.int/wipolex/es/text.jsp?file_id=125927

(23) “La versión oficial de la muerte de Allende el 11 de septiembre de 1973: I. La identidad de las autoridades que entonces la establecieron” de Julián Aceitero Gómez. Publicado en piensaChile el 21/12/2013. Disponible en:

http://piensachile.com/2013/12/la-version-oficial-de-la-muerte-de-allende-el-11-de-septiembre-de-1973-i-la-identidad-de-las-autoridades-que-entonces-la-establecieron/

(24) “La falsificación de los documentos médico legales de la muerte de Allende publicados en el libro La Conjura” de Julián Aceitero Gómez. Publicado en piensaChile el 09/02/2014. Disponible en: http://piensachile.com/2014/02/la-falsificacion-de-los-documentos-medico-legales-de-la-muerte-de-allende-publicados-en-el-libro-la-conjura/

(25) La Fig. 6 está constituida por la reproducción:

– Del Croquis 15253. Consta en la foja 66 de aquella copia del Proceso Rol 1032/73, que corresponde a la página 81 de la Transcripción del LACRIM de la misma copia (3). La imagen de este croquis es de mala calidad, por lo que su reproducción en esta figura ha sido tomada de una publicación de Archivos de Chile disponible en:

http://archivoschile.org/wp-content/uploads/2011/07/Informe-balistico-Allende.pdf

– Del Croquis 15255 -Los datos de dónde consta en (6)-. La imagen de este croquis es de mala calidad, por lo que su reproducción parcial de esta figura ha sido tomada de una publicación de Archivos de Chile disponible en:

http://archivoschile.org/wp-content/uploads/2011/07/Informe-balistico-Allende.pdf

(26) Heridas por arma de fuego. Aspectos prácticos sobre las armas de fuego, balística y técnicas forenses. Vincent J.M. Di Maio. 1ª edición, 1ª reimpresión. Buenos Aires. La Rocca. 2007. Título original en inglés: GUNSHOT WOUNDS, 1999, CRC Press LLC. Boca Raton.

(27) La Fig. 7 está constituida por la reproducción parcial del:

Croquis 14256 -Los datos de dónde consta en (6)-. La imagen de este croquis es de mala calidad, por lo que su reproducción parcial en esta figura ha sido tomada de una publicación de Archivos de Chile disponible en:

http://archivoschile.org/wp-content/uploads/2011/07/Informe-balistico-Allende.pdf

Croquis 15255 -Los datos de dónde consta en (6)-. La imagen de este croquis es de mala calidad, por lo que su reproducción parcial en esta figura ha sido tomada de una publicación de Archivos de Chile disponible en:

http://archivoschile.org/wp-content/uploads/2011/07/Informe-balistico-Allende.pdf

(28) La Fig. 8 corresponde a la imagen del Croquis 14256 tomada de Allende, caso cerrado, un documental del programa En portada de rtve, disponible en: http://www.youtube.com/watch?v=f_3jNd5w1V0&feature=related. Los impactos acotados en la misma se relacionan con la ubicación de la cabeza en “la posición de disparo” establecida en la  Fig. 7 (27).

(29) La Fig. 9 es un mosaico de la misma imagen del Croquis 14256 tomada del documental Allende, caso cerrado (28), en la que se ha eliminado el impacto superior.

(30) La Fig. 10 corresponde a la imagen del Croquis 14256 tomada del documental Allende, caso cerrado (28), en la que sólo el impacto inferior, ilustrado y acotado, se relaciona con la ubicación de la cabeza en “la posición de disparo” establecida en la Fig. 7 (27).

(31) Correo electrónico enviado al consultor en balística David J. Pryor el día 04/07/2016 y su respuesta del día siguiente.

(32) Correo electrónico enviado al consultor en balística David J. Pryor el día 05/07/2016 que replica su respuesta.

(33) La Fig. 11 está constituida por la reproducción de:

El Croquis 15543, que acompaña aquel informe de la Sección de Balística del LAPOTEC (5). Consta en la foja 148 de aquella copia del Proceso Rol No. 1032/1973 (3), siendo su calidad técnica deplorable, y en la foja 353 de la Causa Rol 77/2011 (1), de donde ha sido tomada para reproducirla en esta figura.

La Infografía del croquis anterior. Consta en la foja 1084 de la misma causa (1).

(34) La Fig. 12 está constituida por la reproducción de:

El Croquis 15254, que acompaña aquel Pre-informe de la Sección de Balística del LAPOTEC (4). Consta en las foja 66 de la copia del Proceso Rol No. 1032/1973, que corresponde a la página 81 de la Transcripción del LACRIM de la misma copia (3). Su calidad técnica es deplorable y el reproducido en esta figura se ha tomado de la página 9 de una publicación Archivos de Chile, disponible en:

http://archivoschile.org/wp-content/uploads/2011/07/Informe-balistico-Allende.pdf

-La Infografía del croquis anterior. Consta en la foja 1083 de la Causa Rol 77/2011 (1).

(35) Esta fotografía es la 1416/73-Y– y ha sido tomada del documental La Duda (36). Acompaña al Pre-informe de la Sección de Balística (4), pero no consta en aquella copia del Proceso Rol No. 1032/1973 (3), considerada “del proceso original” por el Instructor de la  Causa Rol 77/2011 (1).

(36) Documental La Duda, de la periodista Paulina de Allende Salazar, emitido por la Televisión Nacional de Chile el 30 de mayo de 2011.

(37) “Las fotografías tomadas donde se encontraba el cadáver de Allende no se han peritado en la investigación judicial sobre su muertede Julián Aceitero Gómez. Publicado en piensaChile el 28/09/2014. Disponible en:

http://piensachile.com/2014/09/las-fotografias-tomadas-donde-se-encontraba-el-cadaver-de-allende-se-han-peritado-en-la-indagatoria-judicial-sobre-su-muerte/

(38) “La acreditación por el Poder Judicial del proceso militar sobre la muerte de Allende es una farsa” de Julián Aceitero Gómez. Publicado en piensaChile el 22/03/2014. Disponible en: http://piensachile.com/2014/03/la-acreditacion-por-el-poder-judicial-chileno-del-proceso-militar-sobre-la-muerte-de-allende-es-una-farsa/

(39) Consta en la foja 2238  de la Causa Rol 77/2011 (1) y el escrito ahí aludido en las fojas 2222 a 2236 de la misma causa.

(40) Los términos anatómicos usados en esta figura corresponden a la copia del informe de autopsia practicada en la noche del 11 de septiembre de 1973 al  presidente Allende, que consta en las fojas 18-23 de la Causa Rol 77/2011 (1).

(41) Las normas o visiones de la cabeza ósea reconstruida del presidente Allende han sido tomadas de su Informe Antropológico, que consta en las fojas 1296 a 1320   de la Causa Rol 77/2011 (1).

(42) La Fig. 18 es un montaje de imágenes tomadas de la Infografía (Lámina 2) del informe 1000/2011 del LACRIM (2), que consta en la foja 2128 de la Causa Rol 77/2011 (1), reproducida aquí en la Fig. 3 (9).

(43) En la reproducción parcial del croquis 15255 de la Fig.6, el impacto del primer proyectil es el que está acotado a 1,56 m de la ventana sur.

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2 Comentarios

  1. Juan Gomez Urrutia

    el informe es muy tecnico que solo lo entienden personas calificadas,ademas ya es caso cerrado por la justicia, que abrir heridas nuevamente y darle a lo mismo, en verdad cansa

  2. José Maria Vega Fernandez

    Claro. Hasta los Museos de la Memoria pueden ser usados tanto por la gente de izquierda como de la derecha….habría que investigar estos Museos….

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