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A 35 años del Golpe, aparece el primer estudio científico de la muerte del Presidente Allende

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Descripción, examen  y comentario del Informe, de 31 páginas, escrito por el doctor Luis Ravanal Z., en el que se presentan y fundamentan las observaciones y conclusiones de su análisis médico-legal de los antecedentes relacionados con la autopsia de Salvador Allende.

Primera Parte
Desde el día 9 de septiembre recién pasado ha circulado profusamente, tanto en los medios impresos como electrónicos, la noticia de que el doctor Luis Ravanal Zepeda, un respetable médico forense chileno, ha puesto en duda que el Presidente Allende se hubiera suicidado en La Moneda, aquella tarde del 11 de septiembre de 1973. Esto lo manifestó originalmente Ravanal  en el contexto de una entrevista publicada en los mismos días en las páginas de la revista El Periodista, de Santiago. Las reacciones no se hicieron esperar, y aparte de algunas expresiones de satisfacción de los eternos partidarios del magnicidio, se destaca, entre los que expresaron su opinión en contrario, la diputada Isabel Allende, hija del Presidente, quien calificó la afirmación del doctor Ravanal como simplemente: “absurda, e incapaz de resistir el [menor] análisis”. Por su parte el doctor Patricio Guijón, el testigo clave de la muerte del Presidente, declaró, entre otras cosas, con gran desatino y notoria beligerancia: “No sé que querrá conseguir este señor Ravanal, no sé si es chileno, no sé si es japonés, médico no creo que sea… Pero yo estuve el 11 de septiembre en ese lugar [el Salón Independencia de La Moneda], y este señor no sé siquiera si había nacido en esta fecha”(*)

Lo curioso es que esta y otras opiniones semejantes, fueron expresadas sin que sus autores se hubieran dado el trabajo de leer, ni examinar previamente, el extenso, detallado y serio documento, del cual aquella sorprendente afirmación, contraria  a la versión oficial de la muerte de Allende, es solo una de sus más importantes conclusiones.   
 
En realidad, nada tienen de sorprendentes estas airadas demostraciones de rechazo de una de las conclusiones centrales del examen metapericial  hecho por el doctor Ravanal, por parte de los defensores de la ‘versión oficial” de la muerte del Presidente, para quienes el caso fue dado como definitivamente cerrado, ya en septiembre de 1990; a pesar de que nunca se hizo una verdadera investigación que permitiera establecer fundadamente las verdaderas causas inmediatas de aquel hecho. Lo que pareció ser ofrecido como pobre sucedáneo de aquella investigación, la así denominada “identificación” de los restos inhumados secretamente en el Cementerio Santa Inés de Viña del Mar, hecha por el doctor Jirón en la medianoche del 17 de agosto de aquel año, no sólo no estuvo a la altura de las mínimas exigencias científico-forenses, como lo denuncié en mi libro hace ya dos años, sino que, además, reveló el  temor de los defensores de la verdad oficial, a someter los restos de Allende a un verdadero examen pericial.

Pero lo cierto es  que desde diversos sectores de la sociedad chilena se viene planteando desde el fin de la dictadura, la  necesidad de  someter los restos del Presidente a un nuevo examen forense,  precisamente la petición con la que el doctor Ravanal pone término a su análisis del informe de la autopsia de Allende hecha por médicos militares la noche del 11 de septiembre de 1973.
  
Por cierto, el estudio del doctor Ravanal  ha venido a demostrar, una vez más, que el caso no está cerrado, que no puede estarlo hasta que no se sometan los restos del Presidente a un completo examen forense, que debe ser hecho por los más calificados tanatólogos y mediante el uso de la más moderna tecnología de que se dispone en este campo. 
         
1. ¿Quién es el doctor Ravanal?

El doctor Luis Orlando Ravanal Zepeda, es un hombre joven (43 años de edad), pero de un impresionante currículo y una amplia experiencia. Extraemos de sus antecedentes los datos que nos han parecido más significativos e importantes: Médico Cirujano, titulado en las Universidades de Los Andes (Venezuela), y la Universidad de Chile, de Santiago; investigador clínico y perito forense, con 14 años de experiencia  en Medicina Legal y Forense; ha trabajado 10 años como perito forense del Servicio Médico Legal, lo que en términos concretos significa que ha efectuado miles de autopsias y redactado otros tantos informes periciales; Master en Medicina Forense por la Universidad de Valencia (España). Ha sido profesor en las cátedras de Medicina Legal en las Universidad ARCIS, Universidad Mayor, Universidad de La República, y Universidad de Los Andes; ha asesorado al Juez Juan Guzmán Tapia como perito de la Corte de Apelaciones de Santiago, y es miembro fundador de la Sociedad Científica de Medicina Legal y Criminalística de Chile.  

2. Descripción y examen del análisis del doctor Ravanal:

En los párrafos siguientes nos dedicaremos a describir, explicar y comentar lo que constituye la razón y fundamento de aquellas sorprendentes declaraciones. Es decir, el estudio metapericial de los documentos relacionados con la autopsia de Allende,  realizado recientemente por el doctor Ravanal, según nos informa él mismo, a petición de los abogados señores Roberto Celedón Fernández  (un respetado abogado de DD.HH.) y Matías Coll del Río, quiénes habrían requerido sus servicios a título meramente personal, de acuerdo con lo declarado por el primero de éstos en una reciente entrevista concedida a la  radio Cooperativa, de Santiago.   

El documento bajo estudio lleva el siguiente título:

Análisis médico legal de los antecedentes autópsicos y documentales relacionados con la autopsia No. 2449/73 de Salvador Allende Gossens.

Desde la Introducción  misma el informe  plantea que los abogados Celedón y Coll solicitaron al doctor Ravanal que se encargara de hacer un análisis del informe de autopsia de Allende, en razón de que el Dr. José Luis Vázquez F.(un ginecólogo del Hospital Militar, no un médico forense), quien estuvo a cargo de la autopsia de Allende y rubricó su informe, ha caído en descrédito por su participación en los casos de Carmelo Soria (1976)  y del niño de 6 años Rodrigo Anfruns (1979), ambos víctimas de los aparatos represivos de la dictadura.

En el primer caso, actuando como forense, Vázquez  dictaminó que Soria habría muerto en un accidente de tránsito, lo que le habría provocado una severa contusión cervical, con seccionamiento de la médula espinal, cuando en realidad  se estableció posteriormente que Soria fue asesinado por agentes de la DINA, quienes lo torturaron, intentaron envenenarlo con gas Sarin, y finalmente le quebraron el cuello.    

En el  segundo caso el informe  forense de Luis Vázquez estableció que la muerte de Rodrigo Anfruns había sido provocada por sofocación,  lo que era consistente con la  falsa explicación de que el niño fue asesinado por Patricio Pincheira V., un adolescente de 16 años quien, en un ataque de locura, lo habría asfixiado aplastándole la cara en la tierra, luego de intentar abusar sexualmente de él.  Investigaciones posteriores demostraron que en realidad el niño fue torturado y asesinado por la CNI.

Es decir, en los dos casos importantes en los que el doctor Vázquez participó como forense, investigaciones policiales y peritajes forenses  posteriores terminaron por contradecir las conclusiones de los informes de autopsias elaborados por él, lo que pone en entredicho la objetividad y validez de sus conclusiones forenses, y no solo en estos dos casos, sino evidentemente, también, en el caso de la muerte del Presidente Allende.       

En cuanto a los propósitos que se quiere conseguir  con esta revisión, se declara que: “los abogados requirientes (1) del presente informe han advertido que éste no está destinado a fines de carácter judicial, sino que los requirientes [fueron] motivados por un interés histórico en cuanto a contribuir al esclarecimiento de un hecho tan relevante como [es] el determinar científicamente la causa de la muerte del Presidente Salvador Allende”.   

Explica el doctor Ravanal: “El método de análisis… empleado en el presente informe consiste en evaluar los antecedentes documentales existentes sobre la autopsia, para determinar si los procedimientos autópsicos empleados se han ajustado al método científico, de acuerdo a la Lex Artis médico forense Ad Hoc y si las conclusiones médico legales encuentran sustento en los hallazgos descritos y documentados de la autopsia y del sitio del suceso. Este método de análisis constituye propiamente una pericia sobre la pericia autópsica, lo que en la doctrina se define como análisis metapericial” (P.4)

Para poder realizar su trabajo el doctor Ravanal  tuvo a la vista los siguientes antecedentes documentales:

1. Informe de la autopsia No. 2449/73, practicada a Salvador Allende la noche del 11 de septiembre de 1973, firmada por los doctores José Luis Vázquez y Tomás Tobar Pinochet.

2. Informe de la Cuarta Subcomisaría de la Brigada de Homicidios de la Policía de Investigaciones. Servicio de guardia de los días 11 y 12 de septiembre de 1973, folio No.31,  párrafo No. 1., escrito a las 16: 20 horas.  
 
3. Fotos de los restos de Allende, tomada el 11 de septiembre de 1973,  por un fotógrafo forenses de la Policía Técnica de Investigaciones, en el Salón Independencia de La Moneda.

4. Croquis No. 15254 dibujado por el planimetrista  Alejandro Ossandón, de la Policía Técnica de Investigaciones.

5. Foto 1416/73 del cuerpo de Salvador Allende.

6. Acta del peritaje de la Policía Técnica de Investigaciones, según se reproduce en el libro “Las muertes de Salvador Allende. Una investigación critica de las principales versiones de sus últimos momentos”, Santiago, RIL Editores, 2006, pp. 126 a la 130.

7. Declaraciones del doctor Patricio Guijón Klein al Diario El Mercurio, 11 de septiembre de 1974.  

8. Informe de la Brigada de Homicidios, de la Policía de Investigaciones, en el sitio de la muerte de Allende, de fecha 11 de septiembre de 1973. 

El análisis, propiamente tal, del informe de la autopsia, se inicia con una enumeración de las omisiones técnicas e imprecisiones detectadas en él por el doctor Ravanal:

a. No se fotografió el cuerpo;

b. Se omitió [enteramente] la descripción del cuello, abdomen, genitales y extremidades. Al no dejarse registro fotográfico de estas zonas corporales, se hizo imposible verificar, o descartar, la existencia de lesiones en ellas.

c. Fue improcedente y antirreglamentario haber realizado la autopsia en un recinto hospitalario militar, y no en el Instituto Médico Legal. El doctor Ravanal observa que este hecho impidíó a los peritos poder hacer su tarea con la debida autonomía e independencia.

d. Se constatan una serie de  fallas en la realización del procedimiento autópsico, que van desde la falta de precisión en la descripción de las prendas de vestir del Presidente, las que no fueron descritas en detalle en lo referente a su color, composición, talla, textura, etc. La misma falta de precisión  puede constatarse en lo referente a “las alteraciones debidas a depósitos de sustancias y/o restos biológicos, que pudieran provenir del cuerpo o del uso de armas de fuego”.
Evidentemente estas omisiones descriptivas no pueden sino afectar los datos forenses. La misma imprecisión se observa  en la descripción externa del cadáver, y de las manos, que se hace en el informe de autopsia, de gran importancia para la evaluación de disparos por armas de fuego. En el mismo sentido, más adelante, entre las páginas 26 y 27 de su Informe, el doctor Ravanal  se refiere a la “deficiente recolección de muestras para el análisis de residuos de pólvora, fundamentalmente a nivel de manos y de otros sitios que pudieran corresponder a orificios de entrada de proyectiles, como por ejemplo, el desgarro descrito en el dorso nasal”.
   
3. Principales conclusiones del análisis metapericial

Haciendo una suerte de “deconstrucción” del documento bajo estudio, detallaremos en primer lugar sus cuatro conclusiones finales, que a continuación procederemos a explicar y contextualizar:

1.  Las lesiones descritas en el informe de autopsia del Presidente Salvador Allende Gossens, no son compatibles con un disparo de tipo suicida.

2.  Se constata la existencia de a lo menos dos impactos de bala ocasionados por armas de fuego diferentes, uno que provoca un orificio de salida redondeado en la zona posterior de la bóveda craneana y el otro que hace estallar el cráneo.

3.  Dado que no se describen signos de vitalidad en la herida submentoniana, es posible concluir que se trata de una herida post-mortem.

4.  Se confirma que el  disparo en [la] religión submentoniana corresponde a los llamados de corta distancia, lo que demuestra que no ha sido un disparo efectuado a boca de jarro o con apoyo, y por lo tanto no corresponde a una lesión típica de tipo suicida.   

Recomendación final:

Se recomienda altamente la realización de un segundo análisis forense de los restos por expertos a fin de establecer con precisión la causa y la naturaleza de la muerte.   

Comentarios sobre las 4 conclusiones de Ravanal:
La que aquí aparece como la Conclusión No. 1, es en realidad,  la conclusión final, y por tanto la más general, del análisis  hecho por el doctor Ravanal. Se ha llegado a ella luego de   remontar una verdadera cadena de observaciones y deducciones extraídas de la lectura más atenta y detallada del texto del informe de autopsia. Basado en las propias descripciones hechas allí de las heridas encontradas en la cabeza  del Presidente, el forense descubre que, en realidad, lo que se describe en aquel texto no es uno, sino dos, orificios de bala, claramente diferenciables por sus características contrastantes (Conclusión No.2). El primero correspondería a un orificio de salida de bala,  de forma redondeada, ubicado en la parte posterior del cráneo; el segundo se ubicaría en la región submentoniana y sería de forma irregularmente estrellada. Estos orificios (que no solo fueron descritos en el Informe de Autopsia sino también en el Informe de la Policía Técnica de Investigaciones, redactado en forma enteramente separada), habrían sido provocados por armas de distintos calibres. El primero lo habría causado un arma de bajo o mediano calibre, probablemente una pistola, el segundo orificio lo habría provocado un arma de alto calibre, como el fusil AK del Presidente.             

La tercera Conclusión establece el orden temporal de las lesiones y por lo tanto de los  disparos: la herida que provocó la explosión del cráneo, es decir, la que se produjo bajo el mentón, habría sido causada con posterioridad a la muerte del Presidente. La bala que lo habría muerto correspondería a una  que fue disparada con un arma de bajo o medio calibre, en la parte posterior del cráneo.   

La cuarta Conclusión establece que el disparo que siempre se ha creído causó la muerte del Presidente, es decir, aquel cuyos efectos vio el doctor Guijón, no fue un disparo de contacto, de modo que no correspondería a uno de tipo suicida.  

No entendemos por qué el doctor Ravanal no incluyó una quinta Conclusión final, referente a una tercera herida en el segmento superior nasal y la zona ciliar interna derecha, que podría corresponder a una lesión causada por un proyectil distinto de los anteriores. Esta parece ser una herida de entrada de proyectil, que además coincide linealmente con el orificio de salida  encontrado en la parte posterior del cráneo.            

Fin de la Primera Parte.

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