A propósito de la alianza Falabella con D. y S.
por Finn R. Samsing A. (Chile)
16 años atrás 13 min lectura
A fines de la década de los 70 Chile fue entrando a un modelo económico que se denominó modelo económico de libre mercado. Dadas las circunstancias vigentes en esos momentos, desde el punto de vista económico era necesaria fomentar y atraer a cualquier costo la inversión de capitales a nuestro país. Para lograr este objetivo se estableció un modelo económico de libre mercado, pero en el cual las normas regulatorias necesarias para mantener un mercado de libre competencia, se encontraban ausentes.
A menores regulaciones, menos costos para el inversionista y por lo tanto la ausencia de normas pasa a ser un “plus” que mejora la rentabilidad de un proyecto de inversión. Esta mayor rentabilidad trataba de compensar la incertidumbre que implicaba hacer inversiones en Chile en esa época. Estas condiciones han variado en sentido completamente opuesto, el país es el más atractivo en Latinoamérica para hacer inversiones, sin embargo nuestra clase dirigente política insiste en no actualizar las bases del modelo económico vigente desde fines del 70.
Es aquí donde aparece la gran diferencia entre el modelo de libre mercado vigente en Estados Unidos y el modelo económico establecido en Chile. En el país del norte hay toda una legislación e instituciones destinadas a velar por la permanencia de un modelo económico con las características de un modelo de libre competencia.
Hay sectores de la economía como la comercialización a nivel de consumidor final (“retail” = comercialización al detalle) que han tenido un sostenido proceso de concentración, con un fuerte impacto tanto social y económico en Chile. Esta concentración en el retail ha tenido efecto sobre sus proveedores , medianos y pequeños, sobre los medianos y pequeños competidores de estos gigantes de la comercialización y sobre todo sobre el consumidor final con el acelerado desarrollo de las tarjetas de crédito emitidas por las casas comerciales.
La estrategia seguida para generar este poder de negociación sobre los proveedores, se baso originalmente en el crecimiento dentro del mismo giro, es decir dentro del rubro supermercados, dentro del rubro farmacias, dentro del rubro materiales de construcción, dentro del rubro tiendas por departamentos.
En Chile al no existir reglas claras que regulen las relaciones entre empresas proveedoras y empresas compradoras, ha imperado la ley de la selva en esta área, donde el más grande ejerce su poder de negociación en detrimento del más débil. Esta conducta resulta en proveedores que discriminan en condiciones y precios en sus transacciones con otras empresas, lo que permite a la empresa compradora con más poder de negociación, obtener condiciones a las que no tiene acceso la empresa compradora mediana y pequeña.
Los economistas atribuyen esta atrición de medianos y pequeños empresarios comerciantes o proveedores en Chile, a la “ineficiencia” de sus operaciones. Otra gran tergiversación que no quiere enfrentarse en Chile y es que por la ausencia de organismos y legislación adecuada, la discriminación en precios y condiciones de los proveedores hacia este segmento de pequeños y medianos empresarios, hace que estos no puedan seguir operando en el mercado y han desaparecido por miles. No han desaparecido por “ineficientes”, sino que por haber sido brutalmente discriminados en el costo de sus insumos.
En Estados Unidos todas las empresas compradoras, medianas, pequeñas o grandes, compran en las mismas condiciones y precios. Los descuentos por volumen no son permitidos, salvo algunas excepciones muy acotadas. No hay discriminaciones en contra de la mediana y pequeña empresa y todas las empresas tienen igualdad de oportunidades. Quebrantar este principio de igualdad de oportunidades para las empresas significa cárcel para sus ejecutivos, multas para las empresas transgresoras e indemnizaciones a favor de las empresas afectadas.
Las grandes cadenas de “retail” han desarrollado, explícitamente o implícitamente, objetivos destinadas a “fidelizar” a sus clientes a través del control de los gastos de los sectores de ingresos medios y bajos en Chile.
Este objetivo hizo obsoleta la estrategia de crecimiento dentro del mismo rubro y fue necesario entrar en una estrategia de diversificación en la comercialización, de tal manera de ofrecer el máximo de bienes y servicios que requería el consumidor final a través de locales y tiendas controladas por una misma casa matriz. En esta forma observamos a cadenas de supermercados entrando en el negocio de materiales de construcción y mejora de hogares, tiendas por departamentos que entran al negocio de farmacias, de supermercados y materiales de construcción.
El problema es como lograr amarrar (fidelizar) a este consumidor final. La fórmula fue por medio del crédito al consumidor final y es así como irrumpen las tarjetas de crédito emitidas por las casas comerciales.
La falta de limitaciones para los volúmenes globales de crédito a través de las tarjetas de crédito, ha resultado en un creciente endeudamiento de los sectores de ingresos bajos y medios. Agregando a esto el aumento del costo de las más diversas “comisiones” cargadas a las cuentas de tarjetas de crédito. Esto significa que el servicio de las deudas representado por las “cómodas cuotas mensuales” que pagan los poseedores de tarjetas de crédito, ha ido en aumento. El aumento del servicio de la deuda trae como consecuencia una disminución del dinero en efectivo disponible para el poseedor de las tarjetas de crédito y aquí tendrán a lugar varias etapas que afectarán al usuario de tarjeta con deuda creciente y por ende con un servicio también creciente derivado del mayor endeudamiento:
Los “deudores de tarjetas de crédito”: El escenario presentado no es de ciencia ficción, es una realidad que a corto plazo se irá presentando con más rigurosidad y tendremos en Chile un universo de “deudores de tarjetas de crédito” que tendrán un comportamiento similar a los “deudores habitacionales”, pero este nuevo universo será infinitamente más grande.
La disminución del efectivo disponible, después del pago de las cuotas de crédito, será un fenómeno cada vez más agudo para la población chilena en la medida que siga creciendo el endeudamiento con tarjetas de crédito. Hay numerosos fenómenos sociales que tendrán su origen en este nuevo escenario donde las disponibilidades de dinero efectivo se verán drásticamente disminuidas por el creciente servicio a las deudas de las tarjetas de crédito. Los sociólogos tienen la palabra.
A mi juicio esta es una movida estratégica extraordinaria y que dentro del contexto chileno es inobjetable desde el punto de vista legal. Será imposible que esta fusión se pueda objetar ya que se trata de dos grupos con actividades comerciales que casi no se sobreponen, por lo tanto no es posible acusarlas de conductas monopólicas. Esta operación es la epitome de lo que puede hacerse en Chile dentro de las deficientes normas legales vigentes.
Los únicos beneficiados con esta operación serán los accionistas de estos conglomerados. Es cuestión de calcular en pesos, no porcentaje, el aumento de valor de los activos de los accionistas derivado del aumento del valor de las acciones que se produjo el día del anuncio de esta fusión.
Es incorrecto argumentar que esta fusión se justifica por los beneficios que recibirán los consumidores finales dada la nueva eficiencia del conglomerado resultante. Las eficiencias de costos son de beneficio para el consumidor final SOLO en un mercado perfecto, que esta lejos de ser el caso del mercado chileno de “retail”. Esta es una tergiversación más.
Los proveedores no se verán beneficiados, ya que aunque existieran los códigos de buenas prácticas, estas duraran mientras no perjudiquen a la empresa que tiene el sartén por el mango. Como dice el refrán venezolano “no podemos creer en los pajaritos preñados”. Esta es otra tergiversación más.
Finalmente una de las razones más importantes que a mi juicio gravita a favor de esta fusión se encuentra en los millones de pesos que quedarían exentos de IVA al canalizar a través del Banco Falabella, tanto los resultados por intereses de las tarjetas Presto, como los intereses de las tarjetas CMR, ya que por expresa disposición de la ley de IVA los intereses de los bancos comerciales como el Banco Falabella están exentos de este impuesto.
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