Articulos recientes

Al navegar en nuestro sitio, aceptas el uso de cookies para fines estadísticos.

Noticias

Noticias

Dos iniciativas legales en respuesta a huelga de hambre mapuche

Compartir:

En el día nº 60 de la huelga de hambre de los presos políticos mapuche, dos proyectos de ley distintos referidos al tema, esperan ser considerados por el Senado y la Cámara de Diputados, pero la urgencia en su tramitación depende de la presidenta Michele Bachelet. Hasta ahora la doctora Bachelet, experta en salud pública con un historial de lucha por los derechos humanos en dictadura,  ha permanecido impasible frente a la dramática evolución en la salud de los mapuche.

Esta semana, la Corte Suprema rechazó la anulación de las sentencias que cumplen los mapuche, solicitada en el recurso presentado por la abogada Alejandra Arriaza en defensa de los comuneros.

Movilizaciones en Chile y en el extranjero se esfuerzan por romper el cerco informativo tendido respecto a las demandas de los huelguistas.

El obispo de Temuco, monseñor Camilo Vial los visitó el martes pasado, en el primer gesto público de la iglesia chilena referido al conflicto, sosteniendo posteriormente que hay que revisar la calificación de terroristas que se ha dado a los hechos por los que fueron acusados. Entretanto, varios recintos universitarios de Temuco permanecen ocupados en solidaridad con los presos políticos mapuche y otros sectores estudiantiles, activados por sus propias reivindicaciones, hacen también suyas sus demandas.

El miércoles 10, ingresó a la Cámara un proyecto de ley que modifica la legislación antiterrorista precisando los alcances que estos hechos deben tener para ser calificados como tales. La iniciativa legal fue presentada por los diputados Antonio Leal (PPD), Juan Bustos (PS), Jaime Quintana y Eduardo Díaz (ambos PDC).  Díaz y Quintana representan a la Novena Región, a la que pertenecen los comuneros en huelga de hambre.

La primera moción fue presentada en el Senado el lunes 8 de mayo por los senadores Alejandro Navarro (PS), Guido Girardi (PPD) y Juan Pablo Letelier (PS). Ambos proyectos se fundamentan en la improcedencia de aplicar esta legislación a quienes luchan por reivindicaciones ancestrales, y destacan que el gobierno chileno debe cumplir las recomendaciones hechas  por diversos organismos de derechos humanos, entre ellos el relator de Naciones Unidas Rodolfo Stavenhagen, Human Rights Watch y la Federación Internacional de Derechos Humanos, que han cuestionado la falta de un debido proceso en estos casos.
Libertad condicional
El proyecto Navarro busca conceder la libertad condicional a estos "condenados de la tierra" juzgados por conductas terroristas (luchar por recuperar sus tierras) de acuerdo a la ley antiterrorista de tiempos de dictadura. El senador Navarro y el diputado Marco Enríquez-Ominami son los únicos parlamentarios que han visitado a los presos políticos mapuche en huelga de hambre desde el pasado 10 de marzo. La iniciativa abarca los casos de los hermanos Jaime y Patricio Marileo Saravia, Patricia Troncoso Robles, y Juan Carlos Huenulao Lienmil, condenados a diez años y un día,  de comunidades ubicadas en la comuna de Ercilla, Novena Región. El beneficio también alcanzaría a otros cinco presos que cumplen sentencia a cinco años y un día en Angol, Traiguén y Concepción: José Nain Curamil, Rafael Pichón Collonao, los longos Aniceto Norin Catriman y Pascual Pichón Paillalao, y Víctor Ancalaf Llaupe.

En los fundamentos del proyecto, reconociéndose la inviabilidad política de sacar adelante un proyecto de indulto o amnistía por requerir éste una aprobación de 2/3, se plantea como salida a la actual situación, la modificación de la ley antiterrorista de manera que permita a los condenados optar a la libertad condicional, tal como se hizo en agosto de 2004, en la situación vivida por los presos políticos condenados en democracia.  Esto no supone conmutación de la pena, sino solamente legaliza la posibilidad de acceder a este beneficio penitenciario.

El proyecto citado consta de un solo artículo, en los siguientes términos:
Artículo único.- Incorpórase en el artículo 3° del decreto ley N° 321, de 1925, el siguiente inciso final nuevo:
"A los condenados a penas privativas de libertad por delitos contemplados en la Ley N°18.314, que fija la penalidad por conductas terroristas y además, en su caso, condenados por delitos sancionados en otros cuerpos legales, en causas relacionadas con reivindicaciones violentas de derechos consagrados en la Ley N°19.253, se les podrá conceder el beneficio de la libertad condicional, siempre que los hechos punibles hayan ocurrido entre el 1 de enero de 1997 y el 1 de enero de 2006, y los condenados suscriban en forma previa una declaración inequívoca y favorable al no uso de la violencia en la reivindicación de derechos establecidos en la Ley 19.253 y en el derecho internacional de los pueblos indígenas".

El alcance de un delito
La moción Leal modifica la Ley 18.314, en cuanto a las conductas terroristas y fija su penalidad. En sus fundamentos los parlamentarios sostienen que el término del proceso de transición a la democracia hace imperativo que las personas procesadas por estos delitos sean juzgadas de acuerdo a la constitución y a los instrumentos internacionales de Derechos Humanos firmados por Chile. En el exterior resulta clarísimo que los hechos por los que están condenados los mapuche son propios de una lucha social y no tienen carácter terrorista.

En la  legislación que el gobierno ha aplicado contra los luchadores mapuche, se afirma que para tener el carácter de terrorista, los delitos de que se les acusa deben producir en la población o en una parte de ella "el temor justificado de ser víctima de delitos de la misma especie, circunstancia que debería ser acreditada fehacientemente". Los patrocinantes de la iniciativa sostienen que en la ley, sólo se están tomando en cuenta los medios utilizados y no el alcance de los delitos. Ese es el punto que ellos buscan modificar. El proyecto es el siguiente:

Artículo único.- Sustitúyese en la ley N° 18.314, la circunstancia 1ª. por la siguiente:
" 1ª. Que el delito se cometa por bandas armadas o integrantes de ella contra la vida o la integridad física de las personas con la finalidad de subvertir el régimen constitucional o el orden público y de producir en la población o en una parte importante de ella el temor justificado de ser víctima de delitos de la misma especie, sea por la evidencia de que obedece a un plan premeditado en la consecución de dichos objetivos, sea por la naturaleza y efectos de los medios empleados.  Servirá de antecedente para calificar la finalidad de la acción desplegada en orden a producir dicho temor, salvo prueba en contrario, la circunstancia de cometerse el delito ocasionando, o poniendo en peligro concreto de ocasionar, grandes estragos a la población o a una parte importante de ella."
Se agrega que por aplicación del principio pro reo, podrán ser beneficiados por esta ley todos quienes se encontraren actualmente procesados. Sin embargo esta indicación no figura en el articulado propuesto por los diputados patrocinantes.

La iniciativa deberá ser vista la próxima semana por la Comisión de Legislación y Justicia de la Cámara, pero requiere ser calificada como urgente por el Ejecutivo para posibilitar su efectiva tramitación.

Aunque el alcalde mapuche de la capital regional, Francisco Huenchumilla, ha hecho algunos llamados a La Moneda para encontrar una salida urgente al conflicto, la actitud del intendente, Eduardo Klein ha sido contraria al diálogo, según denuncian los familiares de los reos. No se sabe qué puede ocurrir entre tanto con los prisioneros políticos en huelga de hambre.  Temuco está muy lejos de Santiago.
]] >

Compartir:

Artículos Relacionados

Deja una respuesta

WordPress Theme built by Shufflehound. piensaChile © Copyright 2021. All rights reserved.