Informe 2010 de la Comisión Etica Contra la Tortura: la tortura y Chile en sus 200 años
por Lucía Sepúlveda Ruiz (Chile)
16 años atrás 8 min lectura
El informe 2010 de la Comisión Etica Contra la Tortura “a Chile en sus
200 años”, entregado el 23 de junio en la oficina de partes de La
Moneda, sostiene que la represión – tortura incluida – se está
utilizando en el país contra aquellos que exigen cambios, especialmente
contra trabajadores, estudiantes y el pueblo mapuche que se activan
contra un sistema sociopolítico que “excluye del acceso a bienes y
servicios fundamentales a gran parte de la población y se ha impuesto y
mantenido recurriendo a la represión estatal”. El informe que apunta a
problemas que tienen que ver especialmente con el uso de la tortura y
tratos inhumanos crueles y degradantes, y con la denuncia de la
impunidad en contra de los torturadores, se entrega cada año como parte
de la conmemoración del Día Internacional Contra la Tortura, el 23 de
junio.
La ley antiterrorista
En el caso de los mapuche, denuncia la aplicación de la ley 18,314 de
1984, conocida como Ley Antiterrorista, la utilización de la tortura en
las detenciones, tratos inhumanos a menores y miembros de comunidades, y
la vigencia de la impunidad por los asesinatos de mapuche de ayer y
hoy. Al momento de la entrega de este informe, se recuerda que un
comunero mapuche, Jaime Mendoza Collío, fue asesinado por la espalda por
un carabinero del GOPE. Hay 57 presos políticos mapuche procesados o
sentenciados por ley antiterrorista, contraviniendo las recomendaciones
de Roberto Stavenhagen, Relator Especial de la ONU para la situación de
los pueblos indígenas, que en 2003 señaló que “bajo ninguna
circunstancia deberán ser criminalizadas o penalizadas las legítimas
actividades de protesta o demanda social de las organizaciones y
comunidades indígenas”. A ello se suma el Informe de Amnistía
Internacional, al afirmar que al continuar aplicándose la Ley
Antiterrorista, se está incumpliendo “tanto las promesas formuladas
anteriormente por el gobierno respecto de no hacer uso de estas leyes,
como las recomendaciones de diversos organismos internacionales de
derechos humanos”.
La Ley Antiterrorista, señalan, viola las garantías procesales y el
debido proceso establecido en normas internacionales, como el Pacto
Internacional de Derechos Civiles y Políticos, que subraya la
importancia de tener derecho al debido proceso. Permite la existencia
de “testigos sin rostro”, que pueden acusar e inculpar sin
identificarse, violando así el derecho a un juicio justo y siguiendo
bajo la vigencia del concepto de “enemigo interno”, emanado de la
Ideología de la Seguridad Nacional.
Libertad de expresión
Además, recuerda el informe, han sido acusados y perseguidos periodistas
extranjeros y artistas visuales nacionales. El caso de Elena Varela,
recientemente absuelta de todo cargo por la justicia, es un ejemplo
patético, pues ha debido soportar seis años de persecución injusta,
acusaciones falsas y detenciones arbitrarias, antes de ser sobreseída, y
su material de trabajo no le ha sido devuelto. Similar situación ha
afectado, entre otros, a Azel Luzuriaga, escritor y músico vasco,
detenido el 31 de diciembre de 2009 por la Ley Antiterrorista, bajo la
acusación de colocación de bombas. En febrero de 2010 se decretó su
arresto domiciliario y el arraigo nacional.
La vida humana y las cárceles
Asegura la comisión que parecieran olvidadas por las autoridades las
recomendaciones al Estado chileno por el Comité contra la Tortura de la
ONU (CAT), sobre el cumplimiento de compromisos contraídos al ratificar
la Convención contra la Tortura y otros Tratos o Penas Crueles,
Inhumanos o Degradantes, algunas de las cuales se refieren a las
deficientes condiciones al interior de las cárceles. Ello a la luz de lo
que sucedió para el terremoto, cuando al menos tres reos murieron por
efecto de los disparos de gendarmes que aplicaron la ley de fuga en un
momento de catástrofe, y otro reo, Horacio Núñez, murió quemado por el
incendio provocado por los presos, al ser aplastado por un muro y
encontrarse encadenado en su cama. Las tres víctimas de los gendarmes
son Luis Guillermo López Valenzuela (26 años); Jonathan Andrés Aguirre
Aguirre (21 años); y Rodolfo Leal Medina (32 años) y el informe
documenta que el Ministro de Justicia de la época, Carlos Maldonado,
manifestó al respecto que la situación descrita constituiría “un
triunfo” para la mantención del orden, sin detenerse en el valor de la
vida de un ser humano.
Respecto de quienes sufrieron prisión política y tortura durante la
dictadura, la Comisión llama a superar la exclusión de la calidad de
víctimas del terrorismo de Estado de los detenidos en manifestaciones
públicas; los que fueron torturados fuera de los recintos oficiales de
detención; los extranjeros; los chilenos torturados en el exterior en el
marco de la Operación Cóndor y quienes fueron objeto de detención por
menos de cinco días.
Agregan que la pensión mensual otorgada a las víctimas vulnera el
artículo 14 de la Convención Internacional contra la Tortura, donde se
reconoce para las víctimas “el derecho a una indemnización justa y
adecuada”; no ha habido reparaciones jurídicas y morales para los
afectados; tampoco ha habido medidas educativas y de prevención de la
tortura; e insisten en que debe derogarse la cláusula que impide a los
tribunales tener acceso a las imputaciones concretas de los delitos
denunciados ante la Comisión Valech.
La CECT reitera, ante los 200 años de vida de la República, la
proposición de reabrir indefinidamente la acreditación de las víctimas
chilenas o extranjeras por violaciones a los derechos humanos cometidos
en territorio nacional o en el exterior por agentes represivos del
Estado chileno; aprobar una nueva ley de reparación que asuma las
propuestas iniciales de la Comisión Valech; y eliminar legislativamente
la cláusula que impide el acceso del Poder Judicial a las denuncias de
tortura. Se llama a la derogación de la Ley de auto Amnistía de la
dictadura; juicio y castigo a los agentes del Estado involucrados en
graves violaciones a los derechos humanos como son la tortura, la
desaparición forzada de personas y la ejecución sumaria de prisioneros,
delitos imprescriptibles que no pueden ser objeto de amnistía alguna.
Contenidos del informe
El informe 2010, de 70 páginas, incluye la Agenda de Derechos Humanos
levantada por Amnistía Internacional y apoyada por una gran diversidad
de organizaciones; un artículo sobre la Tortura y Legislación
Internacional del abogado Roberto Garretón. A ello se agrega un estudio
sobre la desigualdad del periodista Paul Walder, y una denuncia sobre la
condición actual de los ex presos políticos, suscrita por Juan Rojas,
ex preso político. Pablo Ruiz escribe denunciando la continuidad de
participación de uniformados chilenos que cursan estudios en la Escuela
de las Américas, actualmente situada en Fort Benning, Estados Unidos, y
Hervi Lara se refiere a un tema estrechamente relacionado: el GOPE
(fuerzas especiales de Carabineros) y la tortura.
Finalmente, en la parte gruesa del informe, Beatriz Brinkman escribe
sobre los derechos del Pueblo Mapuche, y Lucía Sepúlveda aporta un
registro documentado sobre Tortura y Prisión Política a luchadores
sociales mapuche, que incluye el listado de casos de 96 presos políticos
y procesados mapuche, de los cuales 57 personas cumplen prisión
efectiva, y también 57 están siendo procesados o han sido condenadas por
la legislación antiterrorista. En forma especial se alude al caso de la
lonko Juana Calfunao, una de las fundadoras de la Comisión Etica, quien
permanece en prisión por más de 3 años y a quien le ha sido negado el
acceso a la libertad condicional. También se detallan las escasas
sentencias absolutorias y las querellas (pendientes) por tortura o
tratos inhumanos presentadas a la justicia. Un análisis final se refiere
a la estrategia ideada por los fiscales de re-formalización de los
presos como una nueva modalidad que permite extender los plazos de
detención sin juicio oral y complejizar las tareas de la defensa. Hay
testimonios de casos de tortura, y como anexo se entrega el informe
“Cronología y Descripción de Situaciones de Represión y Violencia
Ejercidas por Instituciones Policiales del Estado de Chile contra Niños,
Niñas y Adolescentes Mapuche (2001 – 2009)”, elaborado por la psicóloga
Claudia Molina González y el organismo denominado Defensor Jurídico
Social Autónomo Mapuche, ingresado al Comité de los Derechos del Niño en
el 53° período de sesiones de Naciones Unidas en enero de 2010, en
Ginebra, Suiza.
La Comisión Etica Contra la Tortura es una entidad conformada en marzo
de 2001 por organizaciones de derechos humanos y personalidades de
reconocida solvencia moral, con la finalidad de que el Estado de Chile
asumiera su responsabilidad respecto de los sobrevivientes de prisión
política y tortura durante la dictadura militar. Entre otras, la
integran Amnistía Internacional-Chile; el Observatorio por el Cierre de
la Escuela de las
Américas (SOA Watch); el Departamento de Justicia, Paz y Defensa de la
Creación de la Conferencia de Religiosos de Chile (CONFERRE); el
Servicio Paz y Justicia (SERPAJ); el Centro de Salud Mental y Derechos
Humanos (CINTRAS); la Corporación de Defensa de los Derechos del Pueblo
(CODEPU), la Asociación Americana de Juristas (AAJ); el Servicio
Internacional Cristiano de Solidaridad con los Pueblos de América Latina
(SICSAL); la Coordinación Nacional de Ex Presos Políticos, la
Agrupación de Familiares de Detenidos Desaparecidos y de Familiares de
Ejecutados Políticos; Comisión Etica contra la Tortura de Santiago,
Temuco, Valparaíso, San Antonio, y un equipo de trabajo exterior
integrado por personas que residen en Francia, Suiza, Canadá, Bélgica e
Italia. La CECT – Chile está afiliada a la Organización Mundial contra
la Tortura (OMCT), con sede en Ginebra.
– Visite el blog de la autora: Lucía Sepúlveda Ruiz
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