07 de Junio de 2018
El Presidente Piñera, en su primer mensaje a la nación el 21.05.2010, en relación al Ministerio de Minería y el desarrollo del litio, lo que sigue:
“Se promoverá una reforma a la Ley Orgánica de Concesiones Mineras en el sentido de liberar la exploración y explotación del litio, dejando de ser un mineral no susceptible de concesión minera. Nada justifica que hoy en día, a excepción de las concesiones otorgadas antes de su declaración de no concesibilidad, sea el Estado el único facultado para explotar el litio a través de sus empresas o mediante contratos especiales de operación o concesiones administrativas”.
Al inicio de su primer mandato el Presidente Piñera admitió que solo el Estado puede explotar el litio, y por ello se proponía modificar la ley minera, para que los privados también pudieran explotarlo. Sin embargo, posteriormente nunca envió un proyecto de ley para efectuar dichas modificaciones, y la Presidenta Bachelet tampoco lo hizo.
Por lo tanto “hoy en día”, solo el Estado puede explotar el litio, en virtud de la Ley Minera de José Piñera, e impuesta en dictadura por Pinochet.
Manteniendo el statu quo en la materia, Sebastián Piñera y Michelle Bachelet no quisieron hacerse responsables de una decisión que el propio dictador se negó a tomar. No quieren “ser más papistas que el Papa.”
Por su parte, en un requerimiento de inaplicabilidad por inconstitucionalidad de un artículo de la ley orgánica de Codelco, presentado por Minera Salar Blanco, que no permitiría la autorización dada a Codelco para explotar el litio del Salar de Maricunga, el Tribunal Constitucional declaró inadmisible dicho requerimiento. Destaca en este rechazo la prevención del Presidente del Tribunal Constitucional Sr. Iván Aróstica, que al fundamentar la inadmisibilidad dijo:
“No se trata de cautelar una actividad propia de los privados contra la intromisión indebida del Estado, sino que de concretar un quehacer que estaría reservado precisamente al Estado”. (Lo destacado es nuestro).
En suma, según el Presidente Piñera, retomando lo que establece la Constitución, el único que puede explotar el litio es el Estado. O bien sus empresas, o mediante contratos especiales de operación o concesiones administrativas. Todo lo cual se debe hacer por decreto supremo y con los requisitos que señale el Presidente de la República.
¿Cuál de estas formas utilizó Corfo para hacer el contrato con SQM? ¿La Presidente Bachelet autorizó dicho contrato por decreto supremo?
No nada de eso ocurrió, porque SQM no es una empresa del Estado, no existe un contrato especial de operación, ni una concesión administrativa, ni fue autorizado por la Presidente Bachelet por decreto supremo. Por consiguiente, el contrato de Corfo con SQM, infringe la ley minera y la Constitución.
De ahí que, al conocerse que los hermanos Ponce Lerou volvían a SQM como asesores, Corfo en una declaración pública, comete no un error sino una falta, al declara:
“Corfo es una institución pública, obligada por la Constitución a regirse por el principio de legalidad y, en consecuencia, sólo le está permitido hacer lo que la ley expresamente le faculta. Comentar las decisiones corporativas o su prudencia no forma parte de nuestras atribuciones o competencias”.
Corfo no respeta para nada el principio de legalidad que establece el artículo 6° de la Constitución. No porque se rompa el acuerdo suscrito con SQM, que prevé que Julio Ponce Lerou no debe volver a inmiscuirse en la dirección de SQM, sino porque es el acuerdo mismo con SQM que es ilegal e inconstitucional.
Por las mismas razones, las declaraciones del ex Vicepresidente de Corfo, y maquinador del contrato con SQM, Eduardo Bitrán, no son sino un show, cuando sostiene:
«Se entendía y las conversaciones con Rafael Guilisasti fueron clarísimas respecto a que la única opción de avanzar en un acuerdo conveniente para el país, era que Julio Ponce Lerou saliera de la compañía y no entrará de vuelta por la ventana… esto es una burla a los que estuvimos involucrados en el proceso, pero es reírse de los chilenos».
Es un show porque el hecho de pretender que Julio Ponce Lerou, no tuviera incidencia en la dirección de SQM, era precisamente solo el pretexto para lavarle la cara al ilegal contrato con SQM, y de esta manera darle legitimidad a este contrato ante la opinión pública. Este circo del Sr. Bitrán quedó es aún más grotesco, cuando ahora sabemos un correo en que el aceptaba que Ponce Lerou y su familia, podían ser asesores de SQM.
Por estas mismas razones, también en un show el de ciertos dirigentes empresariales, que critican o aprueban el reingreso de Ponce Lerou a SQM, cuando lo que realmente importa es la ilegalidad de todo este contrato. Es un gran show también, las declaraciones de varios parlamentarios de la ex Nueva Mayoría, que declaran que no se cumple el acuerdo que Ponce Lerou no volviera a SQM, pero que nada hicieron en su gobierno, para detener el ilegal contrato, que además hipoteca la industrailización del lito en Chile.
No obstante el regreso de Ponce Lerou a SQM, tiene algo positivo: le da más fuerza a la acción constitucional de nulidad de derecho público de este contrato, que algunas organizaciones interpondremos dentro de unas semanas.
-El autor, Julián Alcayaga O., es economista y abogado
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