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¿Qué se esconde detrás del «Tratado sobre la Pandemia»?

¿Qué se esconde detrás del «Tratado sobre la Pandemia»?
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26 de mayo de 2023

Hasta el 30 de mayo, la Asamblea Mundial de la Salud de la OMS de este año en Ginebra debatirá normas internacionales más estrictas y completamente nuevas para la gestión de pandemias. Las propuestas son muy controvertidas entre la población de muchos países, pero el Gobierno alemán las apoya sin reservas. ¿Qué se prevé exactamente y cuáles son los puntos criticables?

ELKE SCHENK, 23 Mayo 2023

En la Asamblea Mundial de la Salud (AMS), que se celebrará del 21 al 30 de mayo, se debatirán en paralelo dos documentos relacionados con la gestión de pandemias, riesgos pandémicos o crisis sanitarias en general: la revisión del Reglamento Sanitario Internacional (RSI) y un nuevo acuerdo de la OMS, cuyo estatuto jurídico como acuerdo o tratado aún está abierto.

Las propuestas de enmienda al RSI recibidas están disponibles en línea, al igual que una recopilación de las propuestas de enmienda con los comentarios del Comité de Revisión de febrero de 2023. La primera versión del borrador del acuerdo sobre «prevención, preparación y respuesta ante pandemias» (Borrador Cero CA+) está disponible desde principios de febrero de 2023. La UE presentó en marzo amplias propuestas de enmiendas y adiciones al mismo.

Los ámbitos normativos del RSI y de la convención sobre pandemias se solapan, lo que plantea la cuestión de cuál será su relación y por qué los mismos enfoques de la gestión de pandemias deben negociarse en dos documentos jurídicos diferentes. A más tardar cuatro meses antes de la Asamblea Mundial de la Salud de mayo de 2024, las versiones finales deberían estar listas para ser votadas. Si se alcanzan las diferentes mayorías requeridas en cada caso, los nuevos instrumentos deberían entrar en vigor a partir de 2025.

Una orientación sobre el proceso de redacción y las diversas propuestas de enmienda al RSI se ofrece en una contribución de los abogados austriacos Silvia Behrendt y Amrei Müller, a la que se remite, entre otros, este artículo.

Premisas cuestionables

Ambos procesos actualmente en debate se basan en las mismas premisas. El SARS-CoV-2 era un nuevo virus cuya propagación provocó una pandemia global para la que el mundo no estaba preparado adecuadamente. La comunidad internacional habría fracasado de forma catastrófica. El país de origen de la pandemia, China, habría informado demasiado tarde y de forma inadecuada sobre el nuevo patógeno. En consecuencia, hubo que lamentar un sistema sanitario sobrecargado, muchas muertes y enfermedades de larga duración (Long Covid). El virus de la inmunodeficiencia humana, el Ébola, el MERS, el virus Zika y la pandemia de viruela del mono se citan como ejemplos de otras pandemias. Se supone que las pandemias serán más frecuentes en el futuro. Las zoonosis, es decir, la propagación de virus de animales salvajes o domésticos al ser humano provocada por el cambio climático, son especialmente responsables de ello.

De estas premisas, los defensores derivan la necesidad de una mayor cooperación internacional bajo el liderazgo de la OMS para prevenir las pandemias, detectarlas a tiempo y combatirlas con eficacia. Para el tratamiento y la inmunización de la población se prefieren las vacunas. Sin embargo, las vacunas Corona declaradas «eficaces y seguras» apenas han estado disponibles en el Sur Global debido al egoísmo vacunal del Norte Global.

Entre los impulsores de ambos proyectos de «orden sanitario internacional basado en normas» figuran la UE, especialmente Alemania, los países del G7 y un grupo mixto de «Amigos del Tratado de Pandemia«, que incluye algunos países europeos, asiáticos y africanos.

Si se pretende legitimar un nuevo sistema de normas vinculantes a escala mundial sobre la base de premisas cuestionables, incluso falsas, es preciso mantener la vigilancia y la duda.

La narrativa, que se ha reproducido en un bucle sin fin durante tres años, se utiliza incuestionablemente como base. La OMS no ha llevado a cabo ninguna evaluación de la gestión de la pandemia, a pesar de que todas y cada una de las premisas y directrices médicas politizadas se han tambaleado desde hace un año a más tardar, y los llamados daños colaterales también son evidentes para la salud y la asistencia sanitaria. Si se observan los diagramas de «Nuestro mundo en datos», se verá que el virus no ha hecho estragos por igual en todos los países. Las cifras acumuladas de casos y muertes se basan en pruebas PCR positivas, cuyo significado para las infecciones y enfermedades puede manipularse y es, cuando menos dudoso. Ahora se ha cuestionado el beneficio epidemiológico de las mascarillas. Las recomendaciones de tratamiento de la OMS, como la intubación precoz, se hicieron en contra de décadas de experiencia de los especialistas pulmonares y han causado muchas muertes. La «vacunación» declarada como única salida a la pandemia y aprobada en modo de emergencia ha causado en dos años efectos secundarios más graves que todas las vacunaciones de los 20 años anteriores juntas. Los documentos publicados de los estudios de aprobación señalan graves fallos y manipulaciones en el proceso de aprobación.

El Reglamento Sanitario Internacional, en adelante RSI, se rige por el Artículo 21 de la Constitución de la OMS. Como su nombre lo indica, son reglamentos vinculantes, es decir, obligatorios, que se aplican a todos los países miembros de la OMS.

Si se pretende legitimar un nuevo sistema de normas vinculantes (1) a escala mundial sobre la base de premisas cuestionables, incluso falsas, es preciso mantener la vigilancia y la duda.

El Reglamento Sanitario Internacional, en adelante RSI, se rige por el Artículo 21 de la Constitución de la OMS. Como su nombre indica, son reglamentos vinculantes que se aplican a todos los países miembros de la OMS. Según la Constitución de la OMS, el RSI puede dictar reglamentos jurídicamente vinculantes en cinco ámbitos:

  • Normativa sanitaria y de cuarentena y otros procedimientos para evitar la propagación internacional de enfermedades.
  • Asignación de nombres a enfermedades, causas de muerte y prácticas de salud pública
  • normas internacionales para los procedimientos de diagnóstico
  • normas comerciales internacionales para la seguridad, pureza y eficacia de los productos biológicos, farmacéuticos y afines
  • Normas de publicidad y etiquetado de los productos biológicos, farmacéuticos y similares objeto de comercio internacional

Lo que la Asamblea Mundial de la Salud decide, por mayoría simple, se convierte en ley directamente aplicable sin más deliberaciones ni decisiones públicas o parlamentarias

A menos que se acuerde otra cosa, el RSI se adopta por mayoría simple de los representantes de los gobiernos en la Asamblea Mundial de la Salud y se convierte en ley directamente aplicable sin más deliberaciones ni decisiones públicas o parlamentarias.

Sin embargo, existe un derecho de «exclusión voluntaria» durante un cierto periodo de tiempo. Una propuesta estadounidense para reducir este derecho de exclusión de 18 a 10 meses ya ha sido aprobada por los delegados en la Asamblea Mundial de la Salud de 2022 y entrará en vigor en noviembre de 2023. Esto significa que si los gobiernos quieren aceptar el catálogo de normas, éstas serán vinculantes antes de que pueda haber un debate público y una campaña de rechazo en un país. Que el control de agentes patógenos (2) significa también el control de las poblaciones, es lo que hemos visto y experimentado de forma relevante a raíz de las medidas apllicadas durante el Corona y ese control podría alimentar la oposición a la aplicación de normativas.

Un nuevo tratado sobre pandemias debería ser adoptado por una mayoría de 2/3 de la Asamblea Mundial de la Salud y, a continuación, y luego ser ratificado en los Estados miembros de acuerdo con sus respectivas legislaciones. El tratado sobre pandemias no contiene ninguna cláusula de reserva (cf. Borrador Cero, Art. 25).

A continuación se esbozan algunas áreas problemáticas seleccionadas en relación con la revisión del RSI, el tratado sobre pandemias y las propuestas de la UE al respecto.

Definiciones poco claras

En los documentos circulan diferentes términos y, por tanto, ámbitos normativos definidos. En el proyecto de tratado sobre pandemias de la OMS se define una pandemia como:

the global spread of a pathogen or variant that infects human populations with limited immunity through sustained and high transmissibility from person to person, overwhelming health systems with severe morbidity and high mortality, and causing social and economic disruptions [traducido: la propagación global de un patógeno o una variante que infecta a poblaciones humanas con inmunidad limitada a través de una transmisibilidad sostenida y alta, de persona a persona, sobrecargando los sistemas de salud con morbilidad severa (enfermedades) y alta mortalidad (muertes), y causando trastornos sociales y económicos].

Si esta definición ya contiene términos jurídicos poco claros («sobrecarga de los sistemas sanitarios», «elevada tasa de mortalidad»), la UE quiere ir aún más lejos y sustituir el término pandemia por «situación pandémica» y definir la existencia de tal situación independientemente de la propagación de un agente patógeno:

“Pandemic situation” means a manifestation of a disease, irrespective of origin or source, that is spreading or is likely to spread over a wide geographical area, often worldwide, that is affecting or is likely to affect a large number of persons, and is creating or is likely to create a severe social disruption and economic loss.. (traducido: «Situación pandémica» significa la aparición de una enfermedad, cualquiera que sea su origen o fuente, que se propague o pueda propagarse en una amplia zona geográfica, a menudo en todo el mundo, que afecte o pueda afectar a un gran número de personas y que provoque o pueda provocar graves trastornos sociales y pérdidas económicas).

Si la UE logra imponer su definición conjuntiva, cada oleada real o presunta de gripe en una región podrá declararse situación pandémica. En ese caso, las contramedidas ya estarían en marcha sin que el sistema de salud pública se viera sobrecargado, sin que hubiera un número muy elevado de enfermos graves o casos mortales. La presunción de una situación pandémica (alerta) bastaría para iniciar la cascada de medidas médicas y no médicas. Sin embargo, la definición también podría aplicarse a las enfermedades derivadas del cambio climático, ya que una situación pandémica podría declararse independientemente de un agente patógeno.

El ámbito de aplicación y la finalidad del RSI recientemente definidos, que no sólo deberían referirse a los riesgos para la salud pública  (public health risk), sino a todos los riesgos con potencial para afectar a la salud pública (RSI, art. 2), deberían ir en una dirección similar. Behrendt y Müller señalan que ninguna de las propuestas sobre el RSI define una emergencia sanitaria internacional con criterios duros. Ven el peligro de inflar el concepto de pandemia, como ya quedó patente en el caso de Corona y, más recientemente, de la viruela del mono, debido a la falta de criterios. El Gobierno Federal y el Bundestag tampoco han definido en ningún momento la emergencia epidemiológica sobre cuya base se han promulgado restricciones masivas de los derechos fundamentales.

Objetivos y ámbito de aplicación

Como visión, el borrador del tratado sobre pandemias formula un mundo en el que las pandemias puedan controlarse para proteger a las generaciones presentes y futuras (cf. Zero-Draft, p. 8). La prevención, la preparación y la respuesta deben tener lugar a escala regional, nacional e internacional. La propuesta de la UE va mucho más lejos:

The Parties shall undertake actions to strengthen infection prevention and control, at all levels, but not limited to, households, communities and healthcare facilities, as well as the veterinary sector, with the aim of preventing pandemic situations. (Outline of EU textual proposals, S. 9) (traducido: Las Partes adoptarán medidas para reforzar la prevención y el control de las infecciones a todos los niveles, especialmente en los hogares, las comunidades y los centros sanitarios, así como en el sector veterinario, con el fin de prevenir situaciones pandémicas).

Esta formulación trae a la memoria el enfoque autoritario de «cero covid», según el cual debe evitarse cualquier infección, lo que se tradujo en encierros, restricciones de contacto, prohibiciones de reunión y toques de queda. Las expectativas enumeradas además en la propuesta de la UE difícilmente se ajustan a la comprensión de una pandemia causada por agentes patógenos (garantizar el acceso al agua potable y a la atención sanitaria, evitar la resistencia a los antibióticos, medidas para prevenir las enfermedades animales, la biodiversidad y el bienestar de los animales) o contienen banalidades (eliminación segura de los residuos de los equipos de protección contaminados). Garantizar el acceso al agua potable y hacer frente a los alarmantes niveles de resistencia a los antimicrobianos son objetivos importantes de la política sanitaria. Pero cabe preguntarse qué tienen que ver estos objetivos con un nuevo tratado pandémico y si no pretenden más bien desviar la posible resistencia al objetivo propuesto de prevenir la infección.

Carácter vinculante de las nuevas normas

Hasta ahora, las recomendaciones de la OMS se consideraban explícitamente no vinculantes en caso de peligro para la salud, según el artículo 1 del RSI. Este adjetivo se suprimirá en el futuro. El concepto de recomendaciones se mantendría, pero un nuevo artículo formula que los Estados aceptan a la OMS como autoridad rectora y coordinadora en emergencias sanitarias y siguen sus recomendaciones. El tratado sobre pandemias también se refiere a la OMS como la autoridad central, decisiva y coordinadora que recoge y elabora los hallazgos científicos (cf. Borrador Cero, Considerandos + Art. 4). Si los Estados no desean seguir las recomendaciones de la OMS, deben explicarlo y justificarlo en un plazo de 48 horas (RSI, Art. 13, Art. 13 A).

El tratado sobre pandemias hace hincapié en el carácter vinculante de las disposiciones:

Given that the health of all peoples is dependent on the fullest cooperation of individuals and States, all Parties are bound by the obligations of the WHO CA+.. (traducido: Considerando que la salud de todos los pueblos depende de la más plena cooperación de los individuos y los Estados, todas las Partes están vinculadas por las obligaciones de la CA+ de la OMS).

El proyecto de texto establece además que todos los Estados son responsables de desarrollar sus sistemas sanitarios y deben prever leyes, reglamentos y medidas administrativas para garantizar la detección precoz, la preparación y la respuesta ante una pandemia (cf. Borrador Cero, Art. 4).
En el caso que los Estados convengan tratados con socios regionales o internacionales sobre la materia del Tratado sobre Pandemias, sus disposiciones no deben entrar en conflicto con el tratado de la OMS (cf. Borrador Cero, Art. 2, p. 10).

La UE formula como obligación general de los estados miembros del Tratado Pandémico tomar todas las medidas necesarias para implementar las disposiciones del tratado pandémico incluyendo los anexos. (Cap. 2, Art. 3) La abrumadora mayoría de los miembros del Bundestag exige en la resolución adoptada el 12 de mayo de 2023:

«mejorar la capacidad de imponerse (…) de la OMS en caso de crisis sanitaria. (…) Pero para ello es necesario que los agentes sanitarios mundiales estén dispuestos a reconocer el claro papel de liderazgo de la organización y que los Estados miembros den prioridad a un enfoque multilateral de las cuestiones sanitarias mundiales y regionales. Esta es la única manera de abordar conjuntamente los retos sanitarios internacionales actuales y futuros».

Esto significa que no sólo en el caso de una pandemia o una emergencia sanitaria internacional, sino también en el caso de cuestiones sanitarias de alcance regional, la OMS debe poder decidir y hacer especificaciones. La resolución del Bundestag prevé explícitamente trabajar para garantizar que los esfuerzos de la OMS para prevenir, prepararse y responder a los impactos sanitarios de la crisis climática y la pérdida de biodiversidad utilizando el enfoque «Una sola salud» reciban el apoyo adecuado y que se refuerce el mandato de la OMS a este respecto.

Esto significa una ampliación de las competencias de la OMS más allá de las crisis sanitarias e  ir más alla de los límites de su mandato.

Se restringe la soberanía del Estado

Esto plantea la cuestión de cómo deben relacionarse las acciones y prescripciones de la OMS con la soberanía de los Estados, un principio básico de la Carta de la ONU. Así, el derecho soberano de los Estados a hacer frente a las crisis sanitarias, por un lado, y el énfasis en el papel central de la OMS, así como la preocupación por adoptar un tratado vinculante con normas de obligado cumplimiento para todo el gobierno y la sociedad, por otro, entran en conflicto (cf. borrador cero, considerandos y art. 4).

En caso de brote de una enfermedad (en el «evento» original), la UE quiere que la OMS ofrezca misiones de investigación para confirmar un brote sobre el terreno y evaluar los riesgos sanitarios y las contramedidas gubernamentales ordenadas. Los Estados no deberían rechazar injustificadamente esta oferta de apoyo de la OMS. En caso contrario, la OMS se reserva el derecho de informar a otros Estados y a la Conferencia de las Partes sobre el acontecimiento para lograr la voluntad de cooperar con la OMS. Aquí la UE retoma una propuesta formulada por EE.UU. en sus propuestas para la revisión del RSI. Se pone a los Estados bajo presión para que se justifiquen si no quieren seguir las «recomendaciones«.

«Emergencia sanitaria «potencial

De acuerdo con el RSI y la propuesta de la UE de un tratado sobre pandemias, el Director General de la OMS debería poder declarar una emergencia de salud pública (PHEIC) real o potencial (¡sic!) (cf. RSI, Art. 12). Debe consultar inmediatamente a los Estados afectados y al comité de emergencia que haya designado. En caso de ESPII, las recomendaciones del Director General pueden prever también el envío de un equipo de expertos o la adopción de medidas sanitarias por el Estado afectado u otros Estados. Estas medidas pueden referirse a la distribución equitativa de productos sanitarios (por ejemplo, medicamentos, vacunas), personas y transporte de mercancías, pero no deben restringir innecesariamente el tráfico internacional (cf. RSI, Art. 15 + 17).

Si el Director General dispone de información que no cumple los criterios para declarar una PHEIC pero aún así requiere una mayor vigilancia, debe poder declarar una alerta de salud pública intermedia (RSI, Art. 12).

Una vez declarada la finalización de una PHEIC, el Director General de la OMS debe poder seguir formulando recomendaciones temporales para evitar su reaparición o detectarla a tiempo (RSI, Art. 15).

Las propuestas del RSI incluyen de nuevo la propuesta estadounidense, retirada el año pasado tras las críticas recibidas, de que los directores regionales de la OMS puedan declarar una emergencia sanitaria regional.

Las decisiones sobre una emergencia sanitaria se basan en la información que recibe la OMS de organismos gubernamentales o de otro tipo. Esta información se transmite para alertar a otros Estados. Sin embargo, esa información sobre nuevos patógenos o variantes también podría utilizarse indebidamente como instrumento de guerra económica para perjudicar a los Estados, aunque el RSI lo prohíba.

Todos los borradores tienen en común que no se trata sólo de responder a una pandemia existente y perceptible, sino que las actividades de las organizaciones internacionales, así como de las autoridades estatales y regionales, deben trasladarse a la fase temporal previa, exigiendo la prevención, la preparación y el estado de alerta ante amenazas para la salud pública. Esto hará que las medidas y la vigilancia relacionadas con la pandemia sean permanentes y pondrá a los Estados y a las sociedades en un estado de agitación permanente. En consecuencia, el RSI y el Tratado Pandémico prevén un nuevo sistema de alerta temprana para riesgos nacionales, regionales o mundiales de causa desconocida (cf. RSI, Art. 5, Borrador Cero, Art. 11).

A través del enfoque «Una sola salud«, la preparación frente a las pandemias se vincula al cambio climático, la pérdida de biodiversidad y la alteración del vínculo humano-animal inducida por el hombre (cf. Borrador Cero, Art. 18). Las crisis ecológicas se consideran una fuerza motriz de las pandemias. Con el contrato pandémico se pretende, por tanto, crear un sistema de vigilancia coordinado e interoperable para «Una sola salud«.

¿Borrar los derechos humanos?

La aplicación del tratado sobre pandemias debe respetar la dignidad humana, los derechos humanos y las libertades fundamentales (Borrador Cero, artículos 4 + 14). Las restricciones durante una pandemia sólo deben ser posibles si son necesarias, no discriminatorias, apropiadas y proporcionadas. Esta fórmula también ha acompañado como un mantra a casi todos los decretos y decisiones judiciales de Corona desde 2020, pero prácticamente carecía de valor como protección contra la usurpación estatal, ya que no se realizaba ningún examen sustantivo de la justificación de las condiciones.

En el RSI hay propuestas para suprimir las disposiciones sobre derechos humanos. En su lugar, el pasaje sobre la aplicación del Reglamento Sanitario Internacional debería decir:

based on the principles of equity, inclusivity, coherence and in accordance with their common but differentiated responsibility of the States Parties (IHR, Art. 3) (traducido: sobre la base de los principios de equidad, inclusión y coherencia, y de conformidad con la responsabilidad común pero diferenciada de los Estados Partes (RSI, art. 3).

El Comité de Examen del RSI advierte contra la supresión de la dignidad y los derechos humanos, ya que están consagrados en otras legislaciones internacionales y nacionales.

Objetivos de la OMS para la acción gubernamental

Según las propuestas del RSI, la OMS debería crear capacidad institucional para planificar y organizar la disponibilidad y el acceso equitativo a los productos sanitarios. Para ello, los Estados deberían prever excepciones en sus derechos de propiedad intelectual (leyes de patentes) para permitir una producción más rápida de los productos sanitarios necesarios. (cf. RSI art. 13 A)

Al igual que antes, las recomendaciones del RSI contemplan un amplio espectro que va, por ejemplo, desde la ausencia de medidas sanitarias especiales hasta la vigilancia de la ruta de viaje de las personas o la ruta de transporte de las mercancías, la imposición de una cuarentena o la prohibición de entrada, pasando por la vacunación obligatoria. (RSI art. 18). La normativa sanitaria anterior se caracteriza por el objetivo de perturbar lo menos posible el tráfico y el comercio internacionales.

Los complementos al RSI prevén la presentación de certificados de salud, pruebas de laboratorio, certificados de vacunación o rastreo de contactos para los viajeros, preferiblemente en formato digital compatible para el intercambio internacional de datos (cf. RSI, art. 18, 23, 36, 44).

En caso de que un Estado adopte normas que vayan más allá de las recomendadas por la OMS, el Director General y el Comité de Emergencias estudiarán si estas medidas son adecuadas o demasiado excesivas (cf. RSI, art. 43).

La preocupación por anticiparse a las amenazas para la salud en una fase temprana se refleja en varias propuestas de nueva redacción. Por ejemplo, se exige a los Estados que creen capacidad para detectar amenazas emergentes para la salud pública, entre otras cosas mediante métodos de laboratorio, secuenciación del genoma e intercambio oportuno de muestras y datos de secuenciación (cf. RSI, art. 44). Se creará un sistema interoperable para el intercambio digital mundial de datos sanitarios. Una propuesta pretende ampliar la predicción y la preparación más allá de las epidemias, a situaciones ecológicas de alto riesgo.

Para determinar el apoyo de los Estados a la vigilancia de las amenazas para la salud, la OMS debería desarrollar una herramienta de evaluación y publicar los resultados. De este modo se ejercería presión pública sobre los países que no cumplan suficientemente los requisitos de la OMS. En una línea similar, se pide a los Estados que establezcan un «Comité de Aplicación» o un «Comité de Cumplimiento» que examine anualmente, por ejemplo, la información de la OMS, las obligaciones del RSI y el cumplimiento de los Estados (cf. RSI, art. 53 + propuestas textuales de la UE, p. 39 ).

¿Economía planificada mundial para los productos farmacéuticos?

El tratado sobre pandemias deriva amplias disposiciones de la premisa de que la respuesta a la pandemia de Corona fracasó debido a la falta de equidad mundial en el acceso a productos médicos y vacunas. Debe crearse una cadena mundial de suministro y una red logística para la gestión de pandemias (Borrador Cero, Art. 6). Esta red debe apoyarse también en los periodos entre pandemias («periodos interpandémicos») y ampliarse en caso de brote pandémico. Deben acumularse reservas y crearse capacidades de producción de productos relacionados con la pandemia (vacunas, terapias, herramientas de diagnóstico), especialmente ingredientes farmacéuticos activos. Esto se hará en colaboración con las partes interesadas y los expertos pertinentes. Se prevén mecanismos regionales y multinacionales para la adquisición, y se informará de los costes con transparencia. Entre pandemias, los Estados deben trabajar para garantizar que los fabricantes de los productos necesarios antes o durante las pandemias cooperen, intercambien conocimientos técnicos y refuercen la investigación y el desarrollo para poder producir los productos deseados en poco tiempo (Borrador Cero, Art. 7).

Estas disposiciones parecen como si la OMS quisiera establecer una economía planificada mundial para la producción y distribución de productos farmacéuticos.

Se acelerará el proceso de autorización de productos relacionados con pandemias (Borrador Cero, Art. 8):

Each Party shall build and strengthen its country regulatory capacities and performance for timely approval of pandemic-related products and, in the event of a pandemic, accelerate the process of approving and licensing pandemic-related products for emergendy use in a timely manner. (traducido: Cada Parte creará y reforzará su capacidad reguladora nacional y su rendimiento para la aprobación oportuna de productos relacionados con la pandemia y, en caso de pandemia, acelerará el proceso de aprobación y concesión de licencias de productos relacionados con la pandemia para uso emergente).

Los agentes no estatales deben participar en la búsqueda de nuevos agentes patógenos y en su control:

Each Party should encourage non-State actors to participate in and accelerate innovative research and development for addressing novel pathogens, pathogens resistant to antimicrobial agents and emerging and re-emerging diseases with pandemic potential  (traducido: Cada Parte debe alentar a los actores no estatales a participar y acelerar la investigación y el desarrollo innovadores para hacer frente a nuevos patógenos, patógenos resistentes a los agentes antimicrobianos y enfermedades emergentes y reemergentes con potencial pandémico). (Borrador Cero, Art. 9)

La investigación de ganancia de función (gain-of-function investigation) que manipula patógenos para darles nuevas propiedades, incluso más peligrosas, no debe prohibirse. Hay que evitar la liberación involuntaria de agentes patógenos, pero sin imponer obstáculos burocráticos innecesarios a la investigación de ganancia de función. (cf. Borrador Cero, Art. 9) (Nota del editor: Véase también el artículo «El virus del laboratorio Corona: la verdad incómoda sale a la luz»).

Para el intercambio de información sobre patógenos, sus variantes y su secuenciación, se establecerá un nuevo sistema interoperable de bases de datos (Pathogen Access and Benefit-Sharing System PABS), que proporcionará información en cuestión de horas sobre el descubrimiento de un patógeno con potencial pandémico (cf. Borrador Cero, Art. 10). Los laboratorios consultores desempeñan un papel central. El «WHO Hub for Pandemic and Epidemic Intelligence» se ha establecido en Berlín desde septiembre de 2021. Aquí se recopilará en tiempo real información sobre eventos que puedan convertirse en una pandemia. Para ello se utilizarán innovaciones en la tecnología de datos, por ejemplo la evaluación de datos masivos mediante inteligencia artificial.

Monopolio de la verdad y control de la información

Tanto la revisión del RSI como las propuestas de tratado pandémico se preocupan por la autoridad interpretativa de la OMS en cuestiones sanitarias y las violaciones de su monopolio de la información. Esta es una propuesta para el nuevo RSI:

States Parties shall collaborate (…) in countering the dissemination of false and unreliable information about public health events, preventive and anti-epidemic measures in the media, social networks and other ways of disseminating such information (traducido: Los Estados Partes colaborarán (…) para contrarrestar la difusión de información falsa y poco fidedigna sobre eventos de salud pública, medidas preventivas y antiepidémicas en los medios de comunicación, redes sociales y otras formas de difusión de dicha información) (RSI, Art. 44)

El tratado sobre pandemias prevé un amplio programa de educación de la población para aumentar su vigilancia contra las pandemias, sus conocimientos sobre pandemias y salud pública, y para comunicar los beneficios del progreso científico y tecnológico. Hay que combatir las representaciones falsas y «engañosas». Para ello, también se analizará la comunicación en los medios sociales y se desarrollarán contraestrategias para reforzar la confianza del público en la información oficial. Se prestará especial atención a los factores que provocan el rechazo de las restricciones y las políticas sanitarias, así como la pérdida de confianza en la ciencia, las instituciones gubernamentales y las vacunas (cf. Borrador Cero, Art. 17).

La propuesta ampliada de la UE aboga por la cooperación internacional para controlar la «desinformación» a fin de garantizar una comunicación de crisis «correcta y fiable». La información con base científica y las medidas clave para contrarrestarla deben difundirse a través de todos los canales disponibles. Todas las partes interesadas, los profesionales médicos, las comunidades locales, la sociedad civil y el sector privado deben participar en esta campaña de relaciones públicas. La evaluación periódica de la comunicación a través de los medios sociales también es un aspecto importante para la UE. Con la participación de las ONG y los medios de comunicación, se desarrollarán estrategias adecuadas para que el público pueda contrarrestar la información falsa y «engañosa» (cf. propuestas textuales de la UE, p. 31).

Conclusión: disolución de fronteras, concentración de poder y modo de crisis constante

El mandato de la OMSha sido sobrepasado al confundir la gestión de las pandemias con el enfoque «Una sola salud». A través del enfoque «Una sola salud», que apoyaría cualquiera que se preocupe por preservar los medios de vida de la Tierra, se integran como campos de acción de las amenazas para la salud mundial y se definen como tarea de la OMS el cambio climático y la pérdida de biodiversidad. Esto alimenta el temor de que las consecuencias del cambio climático puedan utilizarse indebidamente para justificar la vigilancia, el control y las restricciones sobre las poblaciones.

Al Secretario General de la OMS se le otorga una posición de poder desproporcionada. Puede declarar una PHEIC e incluso una alerta provisional, y decidir la duración de una PHEIC. Él mismo decide la composición del comité de emergencia que debe asesorarle. Que los miembros del comité de emergencia no tengan conflictos de intereses no parece creíble, dada la penetración que tienen los intereses farmacéuticos y fundaciones poderosas en la OMS

Silvia Behrendt critica (vídeo, a partir de 2h 51min) en particular que la identificación y el tratamiento de las amenazas para la salud (proclamación de la PHEIC o de su riesgo) se trasladen exclusivamente al ámbito internacional y se hagan así imposibles de revisar, de comprobar. Esto es especialmente preocupante si se tiene en cuenta que no existen criterios definidos para la declaración y el cese de una PHEIC. Esta construcción favorece la politización de las cuestiones sanitarias, como se puso de manifiesto len a proclamación de la PHEIC de la viruela del mono por Tedros Ghebreyesus. No existe la posibilidad de que un país o región ponga fin a la PHEIC. No hay posibilidad de control público de la OMS, del Director General y del Comité de Emergencias. La OMS y sus instituciones, en parte de nueva creación, no tendrían ninguna obligación de rendir respecto de las premisas y medidas adoptadas. En el caso de OMS se trata una «entidad jurídicamente inmune».

Existe el riesgo de un modo de crisis permanente en un universo pandémico inflado por la caza de patógenos y la sobrecarga de datos. Las fases de vigilancia reforzada con alertas provisionales son sustituidas por las PHEIC, que a su vez son sustituidas por la asistencia pospandémica por temor a un nuevo rebrote. Además, como consecuencia del «enfoque de toda la sociedad», todo el ejecutivo debe implicarse en la prevención de riesgos epidemiológicos a todos los niveles.

El Tratado sobre Pandemias se basa en una visión virológica limitada de los agentes infecciosos, la salud y la enfermedad. Esto fomenta un alarmismo prematuro, en el que cada nuevo virus encontrado o variante del mismo es sospechoso de ser una pandemia. Se ignoran los factores individuales y sociales de fortalecimiento o debilitamiento del sistema inmunitario y la profilaxis sanitaria. Las experiencias regionales y tradicionales con las opciones de tratamiento se ignoran, se presionan para que se justifiquen o se combaten como desinformación.

Behrendt critica además que las propuestas de revisión del RSI ignoren la violación asociada de los derechos humanos y las normas médicas (administración de medicamentos y vacunas sólo tras consentimiento informado, cuidadoso proceso de aprobación de medicamentos y vacunas, no sometimiento a ensayos médicos, libertad de opinión y de ciencia). Esta acusación también debería dirigirse al Tratado sobre Pandemias.

Si observamos el alcance de las normativas propuestas para la detección precoz y la preparación ante posibles riesgos sanitarios, se hace visible una inflación de la financiarización de la asistencia sanitaria: en la búsqueda de nuevos patógenos o riesgos sanitarios potencialmente peligrosos, la recopilación de datos asociada y los pedidos de producción de «productos relacionados con la pandemia», el RSI y el Contrato de Pandemia conducen a una fiebre del oro. El RSI y el Contrato de Pandemia crean un perpetuum mobile de temidas y declaradas emergencias sanitarias y la consiguiente transferencia de fondos públicos a las arcas de los laboratorios (test), la industria informática (herramientas digitales de vigilancia y recopilación de datos sanitarios) y la industria farmacéutica. La supuesta sanidad se convierte en un modelo de negocio rentable que dirige permanentemente el dinero público al complejo farmacéutico-industrial y a la economía digital. Esto se refleja en el tratado sobre pandemias, que exige una «financiación sostenible y previsible» de la prevención, preparación y respuesta ante pandemias y pide a los Estados firmantes que destinen al menos el 5% del gasto sanitario público a este fin (cf. Borrador Cero, Art. 19).

Con la nueva normativa sanitaria y el Tratado sobre la Pandemia, las estructuras de colaboración público-privada que se crearon tras la proclamación de la pandemia de Corona adquieren una base jurídica internacional que ya difícilmente puede cuestionarse. Esto sirve permanentemente a los intereses políticos y financieros de las élites de poder que están detrás y de sus fundaciones supuestamente filantrópicas.

Si se aprueban las enmiendas al RSI, Behrendt y Müller ven el peligro de que la OMS, y especialmente su Director General, obtengan poderes de emergencia en la gestión de enfermedades infecciosas. Esto significaría una continuación de la gestión de brotes infecciosos bajo una doctrina de Seguridad Sanitaria Global (SGS), como se practicó durante las medidas de Corona. Se trata de un concepto político, no basado en pruebas médicas, que opera sobre la base de estados de emergencia que imponen al Estado el deber y la oportunidad de utilizar medios drásticos para supuestamente proteger la salud pública.

En las negociaciones participan representantes de los gobiernos de los países miembros de la OMS. No es una OMS abstracta la que puede establecer la «dictadura sanitaria», como se sugiere en muchas declaraciones críticas que circulan actualmente. Alemania, en particular, es una de las fuerzas motrices y ha ganado para si manejar el centro de datos para el control de pandemias con el Hub de la OMS. Para alertar de los alarmantes acontecimientos, habría que dirigirse a los representantes y parlamentarios nacionales y exigirles responsabilidades. Sin embargo, es dudoso que las voces críticas puedan ser escuchadas con casi 500 miembros del Bundestag votando a favor de la resolución que pide una ampliación del mandato y los poderes de la OMS.

Dada la velocidad a la que se desvanece el dominio occidental en la política internacional, se plantea la cuestión de cómo se posicionan las nuevas alianzas geopolíticas en relación con los proyectos de la OMS.

Sobre la autora: Elke Schenk, nacida en 1960, estudió Ciencias Sociales y Filología Alemana y trabaja como profesora en un centro de formación profesional. Lleva casi dos décadas participando voluntariamente en iniciativas críticas de la globalización. Entre los temas de sus publicaciones y conferencias figuran los tratados de la UE, la ampliación de la UE, la crisis del euro y la evolución geopolítica.

-Traducción desde el alemán al castellano para piensaChile: Martin Fischer

*Fuente: Multipolar

Notas del Traductor:

  1. El termino «vincular» proviene, según el diccionario de la RAE,  «Del lat. tardío vinculāre ‘encadenar'». «Norma vinculante», «reglamenteo vinculante» significa que se trata de una norma o reglamento obligatorio para los miembros, en este caso, de la OMS.
  2. Agentes patógenos: Se considera un agente patógeno a toda aquella entidad biológica capaz de producir una enfermedad infecciosa en un huésped (humano, animal, vegetal, etc.) sensiblemente predispuesto.
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