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Fasic: Derechos Humanos en Chile. Resumen Mensual

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Operación Colombo: condenan a ex agentes de la DINA
 
04 de agosto: El ministro Mario Carroza, condenó a tres ex integrantes de la DINA, César Manríquez, Ciro Torré y Orlando Manzo a penas de 7 años de presidio, en calidad de autores de secuestro calificado de la funcionaria de la PDI Sonia Bustos Reyes una de las 119 víctimas de la denominada «Operación Colombo».
Sonia Bustos Reyes, 30 años, detenida el 5 de septiembre de 1974,  quien cumplía funciones en el casino de la institución, militante demócrata cristiana vinculada al MIR, fue detenida en su domicilio, en horas de la madrugada.
La víctima fue vista, por otros detenidos, en el centro de detención de calle José Domingo Cañas N°1367 de la comuna de La Reina, conocido como “Cuartel Ollagüe”, a cargo del oficial de carabineros Ciro Torre, y en el Campo de Prisioneros de “Cuatro Álamos”, cuyo jefe era el oficial de gendarmería Orlando Manzo, lugar desde donde se le ve por última vez en el mes de octubre de 1974, tras anunciar a otras detenidas que sería dejada en libertad, sin que a la fecha se tengan noticias de su paradero.
En el aspecto civil, el fallo condena al fisco a pagar la suma de 40 millones de pesos a cada una de las tres hermanas de la víctima.
Corte de Santiago condena a ocho ex agentes de la DINA
 
10 de agosto: La Corte de Apelaciones de Santiago condenó a ocho ex integrantes de la DINA Miguel Krassnoff, Pedro Espinoza y Orlando Manzo a penas de 13 años de presidio; Basclay Zapata, Ciro Torré, Francisco Ferrer y César Manríquez deberán purgar penas de 10 años de presidio todos como  autores; y Nelson Paz a una pena de 4 años de presidio, como cómplice. Los condenados son responsables del delito de secuestro calificado de Luis Durán Rivas, detenido desaparecido desde el 14 de septiembre de 1974 y una de las víctima de la denominada “Operación Colombo”.
El 14 de septiembre de 1974, fue detenido Luis Durán Rivas, militante del MAPU,  y trasladado hasta “José Domingo Cañas” y, posteriormente, al recinto de detención clandestino denominado “Cuatro Álamos”, y desde allí fue llevado hasta el cuartel de Villa Grimaldi, último lugar en que fue visto con vida por un testigo.
En el aspecto civil, se revocó el fallo que condenó a los sentenciados y el fisco a pagar una indemnización a los familiares de las víctimas.
Condena a dos ex agentes de la DINA por secuestro calificado
 
11 de agosto: La Segunda Sala de la Corte Suprema  revocó la sentencia de alzada en la parte que absolvió a César Manríquez y Miguel Krassnoff, y  los condenó a las penas efectivas de 8 años de presidio como autores del delito de secuestro calificado de Germán Moreno Fuenzalida, detenido desaparecido desde el 15 de julio de 1974, y víctima de la denominada “Operación Colombo”.
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El día 15 de junio de 1974, agentes de la DINA procedieron a la detención de Germán Moreno Fuenzalida, el que fue trasladado al centro de detención clandestino de Londres 38, donde se le mantuvo privado de libertad, fue interrogado y apremiado físicamente mediante torturas, ignorándose desde entonces su paradero.
En el aspecto civil, se condenó al Estado de Chile a pagar una indemnización de 50 millones de pesos a familiares de la víctima.
Dicta acusación por el homicidio del presidente Eduardo Frei Montalva
 
11 de agosto: El ministro Alejandro Madrid, dictó acusación en contra de seis implicados –en calidad de autores, cómplice y encubridores, respectivamente–, en el delito de homicidio del ex Presidente de la República Eduardo Frei Montalva, acaecido en enero de 1982.
En la resolución, se acusó a Patricio Silva, Luis Becerra, Raúl Lillo, como autores del delito; a Pedro Valdivia, como cómplice, y a Helmar Rosenberg y Sergio González, en calidad de encubridores.
De acuerdo a la acusación, hubo una “serie de hechos y situaciones irregulares como el extravío del protocolo de la primera intervención quirúrgica a que fue sometido, y también la falta de la última hoja de la ficha médica” y que “en conformidad a la ley permiten a este tribunal tener por suficientemente comprobado que el fallecimiento del Ex Presidente de la República Don Eduardo Frei Montalva, acaecido el día 22 de enero de 1982, fue ocasionada por la deficiente y tardía atención médica proporcionada al momento de su reingreso a la «Clínica Santa María» y por la factibilidad de la introducción paulatina de sustancias tóxicas no convencionales, por la aplicación de un producto farmacológico no autorizado, denominado «Transfer Factor» y por la ocurrencia de diversas situaciones anómalas, que pudieron ser disimuladas como inadvertencias o negligencias que paulatinamente deterioraron su sistema inmunológico y facilitaron la aparición de bacterias oportunistas, tales como las denominadas «proteus vulgaris» y «candida albicans», que resultaron ser la causa final de su muerte y dieron la apariencia que su deceso ocurrió por complicaciones derivadas de las intervenciones quirúrgicas a que fue sometido, haciendo imperceptible la intervención de terceros en su fallecimiento”.
Dictan sentencias en contra de ex agentes de la DINA por secuestros en 1974
 
14 de agosto: La Corte de Apelaciones de Santiago dictó sentencia en contra de ex integrantes de la DINA en dos casos de secuestro calificado de víctimas de la denominada «Operación Colombo», procesos que investigó en primera instancia el ministro Hernán Crisosto.
En el primer caso, la Novena Sala del tribunal de alzada condenó a 14 ex agentes  de la DINA por su responsabilidad en el secuestro calificado de Félix Lebrecht, ilícito perpetrado el 1 de octubre de 1974.
En la causa, los agentes César Manríquez y Miguel Krassnoff deberán purgar penas de 8 años de presidio, en calidad de autores del delito; en tanto, Ricardo Lawrence, Ciro Torré, Hermon Alfaro, Basclay Zapata, Nelson Paz, José Aravena, Claudio Pacheco, José Ojeda, Gerardo Meza, José Fuentealba y Raúl Rodríguez fueron condenados a 5 años y un día de presidio, como autores, y Orlando Manzo deberá cumplir 3 años y un día de presidio, como cómplice.
De acuerdo a la investigación, Félix Lebrecht durante los días que estuvo detenido en los cuarteles de José Domingo Cañas y Cuatro Álamos, permaneció sin contacto con el exterior, y en el primero de ellos estuvo con la vista vendada y amarrado, siendo sometido a interrogatorios bajo tortura consistentes en golpes de pies y puños, golpes en los oídos y aplicación de corriente eléctrica en diversas partes del cuerpo, a consecuencia de lo cual resultó con secuelas de trastorno por estrés post-traumático, con repercusión permanente en el desarrollo de su personalidad.
En el aspecto civil, se condenó al Estado de Chile a pagar una indemnización de 100 cien millones de pesos a la víctima.
En el segundo fallo, se condenó a 10 ex agentes de la DINA: Miguel Krassnoff, Pedro Espinoza y Raúl Iturriaga deben purgar 7 años de presidio. En tanto, Manuel Carevic, Gerardo Godoy, Ricardo Lawrence, Palmira Almuna, Francisco Ferrer, Fernando Lauriani y Rolf Wenderoth deberán purgar 5 años y un día de presidio, todos como autores de secuestro calificado de Washington Cid Urrutia.
El 8 de diciembre de 1974, Washington Cid, militante del MIR, fue detenido por los agentes de la DINA y quienes luego de atarlo y vendarle la vista, lo introdujeron en la parte posterior de una camioneta y lo trasladaron al recinto de reclusión clandestino denominado «Terranova» o «Villa Grimaldi», donde fue sometido a interrogatorios bajo tortura con el propósito de obtener información relativa a integrantes del MIR, para proceder a su  detención.
Que la última vez que la víctima fue vista por otros detenidos fue en día no determinado del mes de diciembre de 1974, sin que existan antecedentes de su paradero hasta la fecha. El nombre de la víctima apareció en el listado de los 119 o “Operación Colombo”.
Ordenan al fisco indemnizar a hermano de detenido desaparecido
 
18 de agosto: El Segundo Juzgado Civil del Santiago condenó al Estado de Chile a pagar una indemnización de 60 millones de pesos, por daño moral, a hermano de Teobaldo Tello Garrido quien fue secuestrado el 22 de agosto de 1974 por agentes de la DINA, en el marco de la denominada «Operación Colombo».
En el fallo, se acogió la demanda interpuesta y se rechazó las excepciones planteadas por el fisco por las indemnizaciones pagadas con antelación en el caso y de prescripción de la acción civil.
El fallo indica que “la acción resarcitoria de los delitos de lesa humanidad es tan imprescriptible como lo es la investigación y sanción de dichos delitos; de modo que siendo el hecho generador del daño que se invoca, delitos que recaen sobre derechos humanos, no resultan atingentes las normas del derecho interno previstas en el Código Civil sobre prescripción de las acciones civiles resarcitorias comunes, ya que existe un estatuto normativo internacional que ha sido reconocido por nuestro país al efecto”.
INDH presenta amparo a favor de 99 internos del penal de Valdivia sometidos a vejámenes
 
18 de  Agosto: Un recurso de amparo a favor de 99 personas privadas de libertad cuyos derechos fueron vulnerados en el penal de Valdivia, prepara el INDH, al tiempo que estudia eventuales querellas por torturas.
Un video grabado por un interno de la cárcel de Valdivia se dio a conocer el pasado 17 de agosto donde se puede ver a un grupo de internos del penal que desnudos son obligados a hacer sentadillas por parte de personal de Gendarmería, quienes con bastón en mano y a base de golpes, les dan instrucciones.
Para Rodrigo Bustos, jefe de la Unidad Jurídica Judicial del INDH, señaló que “los hechos denunciados ocurridos son de extrema gravedad puesto que incluso podrían revestir los caracteres de tortura”.
Formalizan en Arica a tres gendarmes por torturas
 
18 de Agosto: Los funcionarios, identificados como el subteniente Víctor Vivar Barría, el sargento segundo Luis Riffo Michel y el cabo Tommy Tejada Hinojosa, fueron formalizados en calidad de autores del delito de tortura (Ley 20.968 que tipifica y sanciona ese ilícito y el de tratos crueles, inhumanos y degradantes por parte de empleados públicos), quedando bajo las medidas cautelares de arraigo y prohibición de acercarse a la víctima.
De acuerdo a los antecedentes, el 15 de enero, luego que dos internos de la cárcel de Acha (Arica) protagonizaran una pelea, el sargento Luis Riffo registró al autor de la lesión I.P.L., incautándole un arma blanca; sin embargo y pese a que este último interno se encontraba reducido lo arrojó al suelo boca abajo para luego darlo vuelta y sentarse sobre su tórax, cargando sus rodillas sobre sus brazos propinándole golpes de puño en su rostro y cabeza hasta que la víctima perdió el conocimiento.
Por otro lado, el subteniente Vivar no dio cuenta de lo sucedido a su jefatura, solo dejando constancia en el libro de novedades de la agresión de I.P.L., hacia el otro interno y una supuesta agresión de la víctima hacia el sargento Luis Riffo.
Condenan al fisco a pagar indemnización a familiares de uruguayo detenido desaparecido
 
21 de agosto: La Segunda Sala de la Corte Suprema condenó al Fisco a pagar una indemnización de  150 cincuenta millones de pesos a los familiares del ciudadano uruguayo Enrique Pagardoy Saquieres, detenido desaparecido desde fines de septiembre de 1973 en la comuna de Puente Alto.
La sentencia confirma que la desaparición de Enrique Pagardoy Saquieres es un crimen de lesa humanidad por lo tanto imprescriptible desde el punto de vista penal y civil.
Ministro Carroza condena dos oficiales de ejército por secuestro y homicidios de pobladores
 
22 de agosto: El ministro Mario Carroza condenó a dos oficiales del Ejército ® a Donato López a la pena de 15 años y un día de presidio por su responsabilidad como autor y a José Turres a la pena de 5 años y un día de presidio por su participación como cómplice por la  responsabilidad en los homicidios y secuestro calificado de 9 vecinos de la Población Nueva Matucana, comuna de Renca.
Las víctimas de homicidio consumado fueron Álvaro Acuña, Miguel Moreno, Guillermo Arriagada, Sergio Aguilar, Carlos León, José Machuca y Domingo Gutiérrez; y el homicidio calificado frustrado de Osvaldo Cancino y el  secuestro calificado de José Vidal, ocurridos el 23 de septiembre de 1973, en la ciudad de Santiago.
De acuerdo a la investigación, el día 23 de septiembre de 1973, en horas de la madrugada, personal de Carabineros y del Regimiento Yungay de San Felipe, Compañías Andina y Mortero, realizaron un operativo en la Población Nueva Matucana de la Comuna de Renca donde los agentes detuvieron a los  pobladores y los trasladaron en camiones tolva hasta dependencias del Internado Nacional Barros Arana para posteriormente ser llevados al Puente Bulnes donde serán ejecutados, en la rivera del Rio Mapocho.
En el aspecto civil se condenó al Fisco a pagar una indemnización total de 440 cuarenta millones de pesos a los familiares de las víctimas.
Corte Suprema acoge recurso de revisión de sentencia que condenó a fugado de Colonia Dignidad
 
23 de agosto: La Segunda Sala de la Corte Suprema acogió el recurso de revisión presentado por el ciudadano alemán Ernst Wolfang Kneese (anteriormente Ernst Wolfang Müller), en contra de la sentencia dictada por el Juzgado de Letras de Parral, que lo condenó por el delito de injurias graves en contra de la Sociedad Benefactora y Educacional Dignidad.
En fallo unánime, se acogió el recurso excepcional e invalidó la sentencia recurrida, dictada el 25 de febrero de 1967, decretando, además, la absolución de Wolfang Kneese.
El fallo del máximo tribunal considera que antecedentes posteriores a la dictación de la condena impugnada,  junto a las condenas que se dictaron en contra de integrantes de la ex colonia por abusos sexuales de menores y por violaciones a los DDHH entre 1973 y 1990, ameritan acoger el recurso excepcional que contempla la legislación nacional para la revisión de sentencias a firme.
INDH interviene a favor de ciudadana costarricense que denunció violación en Escuela de Carabineros
 
29 de Agosto: Un recurso de amparo ante el Cuarto Juzgado de Garantía de Santiago y luego una denuncia ante el Ministerio Público tramitó el INDH en favor de la ciudadana costarricense J.V.Z quien denunció una eventual violación ocurrida al interior de la Escuela de oficiales de Carabineros –donde cursaba estudios- y su posterior privación de libertad e internación médica forzada, además de malos tratos.
La mujer de 23 años de edad es funcionaria del Ministerio de Defensa de Costa Rica, vino a Chile como becaria en la Escuela de Carabineros por un periodo de dos años. El 1 de julio pasado todo cambió. Se presentó ante su superior y denunció una violación por parte de un teniente instructor. Ese mismo día se habría producido su intento de suicidio, por lo que fue llevada a la clínica de la Escuela y luego llevada al Hospital de Carabineros.
Los profesionales del INDH pudieron  constatar el estado de J.V.Z, quien a pesar de que se encontraba con síntomas como ansiedad, expresó su voluntad de abandonar el centro médico. En la entrevista  relató que era sedada cuatro veces al día, y que además había permanecido amarrada a su cama durante las noches, que había sido privada de alimentación y que era víctima de malos tratos.
 
Corte de Santiago condena a ex agentes de la DINA por secuestros calificados en Villa Grimaldi
 
30 de agosto: La Corte de Apelaciones de Santiago condenó a los ex agentes de la DINA: Pedro Espinoza, Miguel Krassnoff, Basclay Zapata y Gerardo Godoy a penas de 10 años de presidio, como responsables del delito de secuestro con grave daño de Eva Palominos y Patricia Zuñiga. Ilícitos perpetrados a partir del 29 de enero de 1975, en Villa Grimaldi.
En fallo unánime, la Quinta Sala del tribunal de alzada modificó la sentencia dictada por el ministro Mario Carroza, recalificando el delito de apremios ilegítimos, por lo que elevó las penas 3 años y un día de presidio, dictadas en primera instancia.
“En definitiva, acreditada la privación de libertad o encierro de la víctima y aplicación de torturas del cual ha resultado grave daño en la persona de las víctimas, procede recalificar la conducta criminal de los acusados”, concluye.
En el aspecto civil, el tribunal de alzada confirmó la sentencia que condenó al fisco a pagar una indemnización de 60 millones de pesos a cada víctima, por concepto de daño moral.
Corte Suprema rechaza recurso de amparo presentado en favor de general Orozco
 
30 de agosto: La Corte Suprema rechazó el recurso de amparo presentado por la defensa del general del Ejército ® Héctor Orozco Sepúlveda, quien cumple condena por su responsabilidad en el delito de homicidio calificado de Rigoberto Achú Liendo y Absolón Wegner Millar. Ilícitos perpetrados en diciembre de 1973, en la ciudad de San Felipe.
No obstante, el máximo tribunal ordenó al ministro en visita que investigó la causa, Jaime Arancibia, que proceda a pedir de inmediato la realización de exámenes médicos que permitan establecer el real estado de salud mental del amparado.
«Se confirma la sentencia apelada de veintidós de agosto de dos mil diecisiete, dictada por la Corte de Apelaciones de Valparaíso en el Ingreso Corte N° 342-17. Sin perjuicio de lo resuelto, atendido el mérito de los antecedentes médicos hechos valer por el recurrente en estrados, el juez de la causa dispondrá de inmediato y con urgencia los informes periciales que resultan indispensables para resolver si concurre o no respecto del amparado la situación que consideran los artículos 687 y siguientes del Código de Procedimiento Penal, los que deberán evacuarse en el más breve plazo», consigna el fallo.
El presente Resumen Mensual Derechos Humanos en Chile es elaborado por FASIC. Se agradece compartir con otros y otras y/o publicar siempre citando la fuente. Recuerde visitar nuestro nuevo sitio en Internet: www.fasic.org
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