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Motín Ideológico en la Prefectura de Carabineros en Linares

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[Hoy se dio a conocer un grave acto de sedición y desacato a las autoridades legítimas en dependencias de una prefectura de Carabineros en Linares, Chile].

El diario La Tercera del 12 de octubre da a conocer un gravísimo incidente ocurrido en Linares el 11 de septiembre. Ese día, en dependencias de la Prefectura de Carabineros No. 15 de esa ciudad, los funcionarios fueron citados para una actividad no definida de antemano que consistió nada menos que en una misa en recuerdo de los carabineros caídos en 1973 durante el alzamiento militar.

Según el diario, luego de la misa los funcionarios fueron obligados a mirar un video sobre los acontecimientos de esas fechas y el quebrantamiento del orden constitucional.

Finalmente fueron obligados a escuchar marchas militares, con las que terminó el inusitado acto.

Según informaciones publicadas posteriormente (en el diario El Centro ), el video incluía imágenes del bombardeo del Palacio de La Moneda, con leyendas o subtítulos justificando el golpe militar).

Estos hechos son absolutamente intolerables y subrayan una vez más la urgente necesidad de introducir reformas de fondo en Carabineros y otros institutos armados. No es posible que haya todavía oficiales en los institutos de orden y militares del país que crean que es posible recordar de esa manera a los elementos antipatriotas que rompieron el orden constitucional para instaurar un régimen de facto tiránico que por medio de la tortura y el terror atacaron a los chilenos con campañas de exterminio que costaron la vida a más de tres mil ciudadanos.

La primera y urgentísima medida es naturalmente la expulsión inmediata de los militares implicados en este acto (que, según informaciones de prensa, fue convocado por el prefecto, coronel Máximo Basoaldo Pacheco) y de todos los oficiales, suboficiales y tropas pinochetistas que aún se encuentren entre sus filas. Es inadmisible que diecisiete años después del fin de la dictadura haya todavía elementos antipatriotas en las filas de los institutos de orden público y armados del país. Su remoción y licenciamiento deshonroso es de la mayor urgencia y debe servir de ejemplo a otros extremistas al interior de las fuerzas armadas del país, mientras que al mismo tiempo se deben idear mecanismos para detectar a tiempo, y tomar las medidas procedentes, la presencia de elementos extremistas o antipatriotas en el seno de las fuerzas armadas. A este propósito, cabe preguntarse cómo es posible que el servicio de inteligencia del ejército, y de las otras ramas, no haya detectado a tiempo e impedido la convocatoria y realización de semejante acto de insubordinación y ultraje de los valores patrios.

Chile debe seguir buscando formas de volver a formar parte de las democracias del mundo y debe demostrar a este que la dictadura es definitivamente algo del pasado. Acciones como las ocurridas en Linares el 11 de septiembre ponen en entredicho a las autoridades políticas de Chile e insinúan ante el mundo que aquí siguen mandando los elementos antipatriotas. Es por esta razón también urgente que los elementos que deben ser removidos de las filas, sean al mismo tiempo sometidos a proceso por los delitos que hayan podido cometer con la ejecución de ese acto, en primer lugar el de subversión, que está implícito en el contenido del acto.

En segundo lugar, debe reformarse a la brevedad posible la doctrina de las fuerzas armadas y carabineros, convirtiendo la enseñanza de los derechos humanos en un pilar fundamental de esas instituciones.

Obviamente, para este fin es también imperativo que Chile promulgue finalmente leyes propias y soberanas de respeto y fomento de los derechos humanos y que firme al mismo tiempo los tratados internacionales pertinentes, en primerísimo lugar el tratado que permitirá la creación del Tribunal Penal Internacional, que se abocará justamente a causas de derechos humanos en el mundo.

Los derechos humanos deben enseñarse de manera sistemática y como parte importante y permanente de la malla curricular de las fuerzas de orden y militares, lo que deberá incluir además clases sobre la verdadera historia de la dictadura militar. No se puede permitir que elementos antipatriotas sigan defendiendo y difundiendo dentro y fuera de los cuarteles la ideología criminal que permitió la comisión de los terribles e innúmeros crímenes que conocemos como característicos del período de dictadura militar.

Hay suficientes elementos de prueba para demostrar que la doctrina del golpe y su justificación tal como fue expresada en el documento publicado tras los primeros días del golpe y titulado 'Plan Z', es completamente falsa y que no tuvo otro fin que justificar los atroces hechos que todos los chilenos conocemos de sobra. Aquí los únicos que amenazaron a la patria fueran sus propios institutos armados. Las declaraciones de políticos y funcionarios norteamericanos -como el ex embajador norteamericano en Chile, el secretario de estado Henry Kissinger y el ex presidente Richard Nixon-, y los documentos desclasificados de los servicios secretos norteamericanos sobre ese período, dejan en claro que elementos de las fuerzas armadas chilenas, encabezados por Pinochet, actuaron obedeciendo órdenes de una potencia extranjera, fueron pagados por esta potencia, y deben pues sus acciones ser tipificadas como traición a la patria. Si hay militares que aún lo ignoran, deben ser educados en la historia de lo que ocurrió realmente en Chile. Y si hay militares que lo duden, deben ser estos excluidos inmediatamente de las fuerzas.

Junto a la enseñanza de la doctrina de derechos humanos y de la verdadera historia de ese período, quizá sea también una buena cosa instituir actos y objetos conmemorativos en las fuerzas armadas para evitar que se olviden los terribles crímenes cometidos por esos elementos antipatriotas. Pienso por ejemplo en colocar placas en cuarteles, comisarías y dependencias de las fuerzas armadas y policía donde se hayan cometido crímenes y violaciones de derechos humanos, recordando a los chilenos que fueron tan injusta y espantosamente torturados y asesinados en su interior.

En las placas deberían incluirse los nombres de los ciudadanos asesinados y la fecha de su muerte, con un breve texto explicativo (por ejemplo: Estos ciudadanos chilenos fueron torturados y asesinados en este cuartel por elementos antipatriotas el día de *** [fecha]. Esta unidad honra aquí su memoria). También podría considerarse erigir monumentos en los patios de los cuarteles; ciertamente en la Academia de Guerra debe ocupar una estatua o busto del Presidente Allende un lugar prominente, con un breve texto explicando las circunstancias de su muerte. (Para evitar conflictos y malentendidos en el futuro, debe dictarse una ley nacional que prohíba otorgar el nombre del dictador a calles, plazas, edificios y otros elementos arquitectónicos y urbanísticos del país). También podría destinarse un salón de las academias militares para exponer ahí los retratos de los chilenos asesinados, con sus nombres y fecha de muerte, y un texto explicativo.

Como parte de la iniciativa para recuperar para Chile a las fuerzas armadas y de orden, sería recomendable que Chile redujese a un mínimo las relaciones militares con Estados Unidos y buscase mejores formas de colaboración con institutos armados europeos más afines con la doctrina de respeto de los derechos humanos. Estados Unidos en estos momentos, ciertamente, es uno de los principales violadores sistemáticos de los derechos humanos en el mundo y representa un grave peligro para las democracias del mundo e incluso para sus propios ciudadanos. En sus instituciones militares se siguen enseñando doctrinas criminales y se sigue preparando a sus oficiales, y a los oficiales de otros países, entre ellos Chile, en técnicas de interrogatorio que utilizan las formas más bárbaras de tortura.

Chile debe seguir enviando al exterior a sus militares para cursos de perfeccionamiento, pero debe hacerlo en fuerzas armadas que haya convertido la doctrina de los derechos humanos en parte constitutiva de su doctrina. En este sentido, creo que las fuerzas armadas españolas podrían ser nuestros socios militares ideales, pues han convertido la defensa y respeto de los derechos humanos en eje central de su doctrina militar. Con fuerzas armadas de ese tipo Chile debe buscar la manera de estrechar lazos, a fin de fortalecer esta doctrina en nuestras propias instituciones.

En tercer lugar, es urgente terminar con las prebendas y privilegios ideológicos de las fuerzas armadas. No es posible que parte importante de los recursos nacionales sean derivados de manera automática hacia las fuerzas armadas para que estas, además, las malgasten en cosas como la construcción de barrios exclusivos con mansiones para sus altos mandos. No se han ganado esas prebendas y habiendo sido instituidas durante la dictadura pinochetista, son ilegítimas de origen y deben ser anuladas inmediatamente.

Pero es todavía más urgente terminar con los privilegios ideológicos, también inmerecidos, de las fuerzas armadas. Simplemente no es posible que civiles chilenos sigan siendo juzgados por tribunales militares, y no es posible que las Fuerzas Armadas aún conserven en su Código de Justicia Militar la prerrogativa de poder dictar pena de muerte. Esta última o se la elimina completamente, o se la restaura para crímenes de sangre y violaciones graves a los derechos humanos, pero de ninguna manera es posible que continúe en el Código de Justicia Militar.

Es urgente que el gobierno empiece la importante tarea de reformar este código, que incluye numerosas deficiencias, para adaptarlo a la doctrina de derechos humanos.

Entre los delitos cometidos por los oficiales que convocaron este acto conmemorativo de las fuerzas antipatriotas, se encuentra al menos el de sedición o motín, tal como es definido en el Título V de 'Delitos contra el orden y seguridad del Ejército', en su Art. 272, que sanciona a los militares que "en número de cuatro o más […] hagan reclamaciones o peticiones irrespetuosas […]", (donde vamos a entender que una reclamación irrespetuosa o delito de sedición es la conmemoración de elementos que actuaron contra el orden constitucional y en desafío de las autoridades legítimas) y el Art. 276, que sanciona al que "induzca a cualquier alboroto o desorden, de palabra, por escrito, o valiéndose de cualquier otro medio". Está claro que los organizadores de ese acto estaban conscientes de que cometían este delito de sedición, que es lo que explica porque el video y las marchas militares no fueron acompañadas de ninguna arenga o discurso; pero los oficiales responsables olvidaron que el código contempla la comisión del delito por medio de escritos o "valiéndose de cualquier otro medio", por lo que el delito fue igualmente cometido.

La intención sediciosa queda, por lo demás, evidente en el título y leyenda o texto introductorio. Se titula 'El sonido de la historia', y el texto explicativo dice: "Este documental está dedicado a quienes por su edad no vivieron estos hechos". La intención de informar de manera sediciosa a oficiales y suboficiales es patente, pese a que el responsable, el coronel Máxico Basoaldo Pacheco, no arengó ni se explayó públicamente sobre el contenido del video (en La Prensa).

Si pretendieran los militares involucrados que ese acto fue convocado u organizado por personal retirado, deberá aplicárseles el Art. 266, que especifica que si los participantes en un acto contrario al orden público son "militares retirados absoluta o temporalmente de las Fuerzas Armadas u Oficiales de reserva […] serán considerados como militares para el efecto de su juzgamiento y penalidad".

Toda la serie de infracciones que se señalan en el Título VII, 'Delitos de insubordinación', particularmente 'De la desobediencia', deben ser reformulados para permitir que, por ejemplo, los soldados, suboficiales y subalternos puedan resistir una orden que contradiga o viole claramente la comisión de un delito de derechos humanos (por ejemplo, si se ordena a un soldado torturar o matar a un ciudadano) o que deban incluso neutralizar o eliminar al oficial que dé órdenes que contradigan o violen esos derechos (o sea, el subalterno deberá impedir la comisión del delito recurriendo si fuera necesario a la eliminación física del oficial culpable). El Art. 337 establece, por ejemplo, que "el militar que se negare abiertamente a cumplir una orden del servicio que le fuere impartida por un superior, será castigado con la pena de reclusión militar perpetua a muerte…". Este tipo de artículos (hay varios) deben ser reformulados en el sentido indicado más arriba.

De momento, sólo el senador Jaime Naranjo, parlamentario por Linares y presidente de la Comisión de Derechos Humanos de la Cámara Alta, ha reaccionado, llamando por teléfono al general director de Carabineros, pidiendo una explicación del incidente. "A mi juicio", dijo el senador, "no le quedaría  a la institución otra alternativa más que separar de las filas al oficial cuestionado (a causa de estos hechos), ya que una persona con ese perfil no debiera continuar en su cargo" (en La Prensa, enlace anterior).

El incidente del 11 de septiembre debe alertar a las autoridades legítimas del país sobre la existencia de núcleos activos de antipatriotas en el seno de las fuerzas de orden y militares de Chile.

Esperemos que tengan estas autoridades suficiente entereza y determinación para hacer lo que es necesario: en primer lugar, la expulsión inmediata, con sanción ejemplar, de los elementos implicados en este intento de sedición.

[Los interesados pueden consultar las publicaciones hechas en mérici y mQh )

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