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Mediante leyes secretas Pinochet obtuvo US$ 442 millones desde el Banco Central y la Tesorería

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La dictadura de Augusto Pinochet usó el mecanismo de leyes “secretas” y “reservadas” para ordenar el traspaso de grandes cantidades de dinero desde el Banco Central y la Tesorería General de la República a las cuentas reservadas de las instituciones militares.

Entre 1979 y 1981, la junta militar ordenó al Banco Central y a la Tesorería el traspaso de 442 millones de dólares a las cuentas reservadas del Ejército, la Armada y la Fuerza Aérea de Chile, el Consejo Superior de Defensa Nacional y el Ministerio de Defensa.

Los textos secretos fueron conocidos por LND y reproducidos por primera vez en estas páginas. En sólo uno de los documentos se hace referencia específica a la razón del por qué se efectuaron los requerimientos. En el decreto ley “secreto” Nº 3.527, por el cual se ordenó a la Tesorería traspasar al Ministerio de Defensa 50 millones de dólares, la junta especificó que el dinero se demandó para “cubrir la diferencia generada por la adquisición de material bélico”. El resto de los textos no da razón de por qué se efectuaron los requerimientos.

Cinco de las leyes invocaron a la Ley 13.196 del Cobre, que aseguraba a las Fuerzas Armadas el 10 por ciento de la venta del mineral. Una sexta, la Ley 18.090, sólo indicó como destinatario de los US$100 millones al Ministerio de Defensa, sin fundamentar el requerimiento. En cuatro de aquellos decretos leyes se autorizó a Augusto Pinochet, en su calidad de “Presidente de la República”, para “contratar préstamos” con el Banco Central por un total de 292 millones de dólares. Hasta hoy se desconoce si el mismo Pinochet u otra autoridad devolvió al banco esos “préstamos”.

Las fechas de los textos legales coinciden con los años de creciente tensión bélica entre Chile y Argentina por la disputa limítrofe relacionada con las islas del Canal Beagle. Invocando a la Ley sobre Acceso a la Información Pública, la recientemente creada organización ArchivosChile* y LND solicitaron al Banco Central la información de los antecedentes que existan en sus archivos acerca del egreso de esos 292 millones de dólares, a quién fueron entregados o en qué cuentas bancarias efectivamente se depositaron, y si esos fondos fueron devueltos al banco. Lo mismo se requirió al Ministerio de Defensa para conocer si en sus archivos existen huellas de quién recibió esos fondos, qué destino tuvieron, si fueron asignados realmente al Ejército, la Armada y Fuerza Aérea, bajo qué condiciones, a qué personas y por qué montos.

También se solicitó a la Tesorería General de la República conocer si los 150 millones de dólares (que sumados a los 292 demandados al Banco Central enteran los 442 millones de dólares referidos) egresaron desde allí y a quién se entregaron en el Ministerio de Defensa.

LOS FIRMANTES

Entre quienes firman los textos, además de los miembros de la junta militar y Pinochet, está el general César Manríquez Bravo, viejo agente de la DINA, que en diciembre de 1981 era subsecretario de Guerra. Manríquez está hoy procesado por 55 secuestros por víctimas de la Operación Colombo y condenado por otros crímenes a cinco años, pero beneficiado con libertad vigilada.

También firma Sergio de Castro Spikula, quien entre 1976 y 1982 fue ministro de Hacienda, y el capitán de navío Pedro Larrondo Jara, como ministro de Hacienda subrogante en abril de 1979. De los integrantes de la junta que firmaron los textos los únicos que sobreviven son los generales Fernando Matthei y César Benavides.

El fallecido economista Álvaro Bardón presidió el Banco Central entre 1977 y 1981. Fue reemplazado por Sergio de la Cuadra Fabres, que antes se había desempeñado como vicepresidente del instituto emisor. El ex ministro de Minería, canciller y vocero del régimen opresor, Hernán Felipe Errázuriz, también ocupó ese cargo entre el 30 de abril y el 3 de diciembre de 1981.

Sólo tras el fin de la dictadura se supo del uso de esta legislación secreta, pero, hasta ahora, poco ha trascendido sobre el contenido de esta legislación. En los registros de la historia de las leyes de la Biblioteca del Congreso Nacional no hay antecedentes de estas disposiciones emanadas de la junta. Y los que existen en las actas de la junta militar no se pueden consultar, pues hasta hoy tienen el carácter de “secretas”.

El 5 de agosto de 2003, ocho diputados de la Concertación -entre ellos los DC Gabriel Ascencio y Jorge Burgos y el socialista Fidel Espinoza- ingresaron un proyecto de ley para hacer públicas todas las disposiciones legales dictadas bajo el período militar con carácter de “secretas” o “reservadas”. Todavía se tramita en el Parlamento.

De acuerdo al índice de estos documentos que maneja la Contraloría General de la República, entre 1973 y 1990 se dictaron 160 disposiciones “secretas” o “reservadas”. Otras fuentes consultadas indican que entre las instituciones del Estado no existe hasta ahora una cifra concordante de estos textos legales. Al menos, 150 se publicaron en el Diario Oficial en ediciones “restringidas” de entre cinco a 50 ejemplares.

* ArchivosChile es una iniciativa del Centro de Investigación e Información (Ciinfo) de Washington, el Instituto de Comunicación e Imagen de la Universidad de Chile y La Nación Domingo, dedicada a investigaciones en el ámbito del servicio público utilizando la Ley sobre Acceso a la Información Pública.

Recuadros:


Cronología de las seis leyes

â–º El 8 de septiembre de 1978 la junta militar dictó el Decreto Ley Reservado Nº 2.330. En él se ordenó al Banco Central otorgar “un aporte extraordinario de US$12 millones al Consejo Superior de la Defensa Nacional” para destinarlos al Ejército, Armada y Fuerza Aérea. Para ello se autorizó a Pinochet a “contraer obligaciones con el Banco Central” por ese monto.

â–º El 29 de abril de 1979 la junta dictó el Decreto Ley Reservado Nº 2.576. Por él se autorizó “al ministro de Defensa Nacional para contratar con el Banco Central de Chile préstamos hasta por US$100 millones al plazo, intereses y demás condiciones que se fijen de común acuerdo con dicha institución”. Tales fondos “serán depositados en forma reservada en la cuenta Nº 9153 de la Fuerza Aérea de Chile”.

â–º El 23 de julio de 1979 la junta militar dictó el Decreto Ley Reservado Nº 2.822. Se autorizó “al Presidente de la República para contratar con el Banco Central de Chile préstamos hasta por US$100 millones”. Tales fondos “serán depositados en forma reservada en la cuenta Nº 9151 del Ejército de Chile”.

â–º El 23 de julio de 1979 la junta militar dictó el Decreto Ley Secreto Nº 2.823. También se “autorizó” a Pinochet para pedir US$80 millones al Banco Central, en calidad de “préstamo”, para depositarlos “en forma reservada en la cuenta Nº 9152 de la Armada de Chile”.

â–º El 28 de noviembre de 1980 la junta dictó el Decreto Ley Reservado Nº 3.527. Se dispuso que “la Tesorería General de la República asignará US$50 millones al Ministerio de Defensa Nacional con el fin de cubrir la diferencia generada por la adquisición de material bélico”.

â–º El 28 de diciembre de 1981 la junta militar dictó la Ley Secreta Nº 18.090. Ella estableció que “la Tesorería General de la República asignará US$100 millones al Ministerio de Defensa Nacional”.


Los “sobresueldos” de la Marina

Otros dos decretos leyes de carácter “reservado” bajo el régimen de Augusto Pinochet dan cuenta de que al interior de las Fuerzas Armadas y el Ministerio de Defensa existieron altos montos de dinero destinados al “ítem Sobresueldos”. El 29 de octubre de 1976, la junta militar dictó el decreto ley “Reservado” Nº 1.589. En él se dispuso que, por motivo de “las necesidades operativas de la Armada”, se autorizaba a la Subsecretaría de Marina dependiente del Ministerio de Defensa Nacional “para traspasar desde el ítem ‘Sobresueldos’ hacia el ítem ‘Servicios Generales’ la suma de US$1.017.000 (un millón diecisiete mil dólares de los Estados Unidos de América) del presupuesto corriente en moneda extranjera convertida a dólares”.

El decreto ley llevó la firma de Augusto Pinochet en calidad de “General de Ejército y Presidente de la República”, de los miembros de la junta militar José Toribio Merino, comandante en jefe de la Armada; Gustavo Leigh Guzmán, jefe de la Fuerza Aérea; César Mendoza, como máxima autoridad de Carabineros, y el general Carlos Forestier, como ministro de Defensa Nacional subrogante. Además, el texto fue firmado por Jorge Cauas Lama, quien a la fecha era ministro Hacienda.

A su vez, el decreto ley “reservado” Nº 1.599 del 17 de noviembre de 1976, por el mismo motivo de “necesidades operativas de la Armada de Chile”, dispuso que la Subsecretaría de Marina traspasara US$150.000 (ciento cincuenta mil dólares de los Estados Unidos de América) desde el ítem ‘Sobresueldos’ al ítem ‘Material Militar, Policial y Gastos de Maniobras’ del presupuesto corriente en moneda extranjera convertida a dólares”.

El decreto ley llevó la firma de las mismas autoridades militares que firmaron el texto anterior, incluido Jorge Cauas como ministro de Hacienda, pero, en este caso, lo rubricó el entonces ministro de Defensa titular, general Herman Brady Roche. Hasta ahora no constituía una información pública que durante el período militar existieran altos montos de sobresueldos que beneficiaran a los miembros de las Fuerzas Armadas, como en este caso ocurrió en la Marina.

Fuentes castrenses consultadas dijeron que desconocían estos decretos leyes. Además, negaron que existiera el ítem “Sobresueldos” durante el régimen de Pinochet, como también se manifestaron aún más “extrañados” cuando se les preguntó si el ítem “Sobresueldos” era tan alto que permitía auxiliar a otros ítems dentro de la Armada, como lo demuestran estas disposiciones legales. “Que yo sepa, nunca en las Fuerzas Armadas han existido los sobresueldos para su personal”, expresó una alta fuente militar que pidió reserva de su identidad. En la historia de las leyes existente en la Biblioteca del Congreso Nacional, al igual que en el caso de los montos sacados desde el Banco Central y la Tesorería General de la República, tampoco existen huellas de estos dos decretos leyes por tener el carácter de “reservados”.

Igualmente, tampoco se permite consultar los antecedentes que sobre ellos existan en las actas de la junta militar, puesto que éstas aún mantienen el carácter de “secretas”.


* Fuente: La Nación Domingo


Link a las leyes secretas de la dictadura
: Archivos de Chile

Notas de la Redacción de piensaChile:
– Agradecemos al señor John Dinges por llamar nuestra atención sobre esta publicación.

– Invitamos a Uds. a visitar el sitio Archivos de Chile 

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