¿Cuáles son los mecanismos de participación popular que están regulados en Reglamento de la Convención Constitucional?
por Javier Pineda Olcay (Chile)
4 años atrás 7 min lectura
Mantener el protagonismo popular es uno de los mandatos que tienen las y los constituyentes. Este protagonismo se ve expresado en el “Reglamento de Mecanismos, Orgánica y Metodologías de Participación y Educación Popular Constituyente”, el cual contiene diversos mecanismos de participación popular incidente y vinculante, que serán implementados a lo largo de todo el cronograma general de la Convención Constitucional.
Las propuestas que surjan de los distintos mecanismos de participación serán sistematizadas y se dará cuenta del uso de insumos y orientaciones obtenidos a partir de ellos. Esto se denomina sistema de trazabilidad de la participación popular, constituyendo una acción fundamental para que todas las propuestas sean consideradas en la deliberación y decisión del proyecto de Nueva Constitución.
En los próximos días debiese constituir la Comisión Permanente de Participación Popular, integrada por 21 constituyentes, a cargo de la dirección y supervisión del diseño e implementación de los mecanismos y metodologías de participación popular y del programa de educación popular constituyente. Asimismo, deberá constituirse la Secretaría Técnica de Participación, encargada de la implementación de los mecanismos de participación.
Si bien aún no está implementado el Cronograma General de la Convención Constitucional ni el de las Comisiones Temáticas, es necesario comenzar a familiarizarse con los distintos mecanismos de participación popular regulados en el Reglamento, entre los cuales encontramos los siguientes:
1. Plataforma Digital de Participación Popular
Esta plataforma permitirá un vínculo directo entre la Convención Constitucional y las personas, comunidades y organismos del país. Esta Plataforma será una herramienta de apoyo para la sistematización de las síntesis e insumos de los distintos mecanismos de participación popular como también apoyarán la labor de educación popular constituyente. Además, servirá como un banco de datos y dispensador de información sencilla y accesible.
2. Registro Público de Participación Popular
Este registro de personas naturales y organizaciones permitirá facilitar el acceso e inscripción a los distintos mecanismos de participación popular. Además, la información de contacto pública que aporten quienes se registren, servirán para facilitar las auto-convocatorias a encuentros territoriales y temáticos.
3. Iniciativa Popular de Norma Constitucional
Toda persona o grupo de personas podrá presentar un proyecto de articulado para la nueva Constitución. Para esto deberá(n) inscribirse en el Registro Público de Participación Popular y presentar la propuesta de articulado, la cual puede ser acompañada con una fundamentación y antecedentes que permiten sostener una posición.
Las propuestas de iniciativa popular de ley serán publicadas en la Plataforma Digital y podrán ser patrocinadas por todas aquellas personas mayores de 16 años, de nacionalidad chilena, extranjeras con residencia en Chile y chilenos/as en el exterior.
El mecanismo concreto de patrocinio probablemente sea a través de clave única y cada propuesta deberá reunir a lo menos 15.000 firmas y estas deben provenir de personas que vivan en a lo menos 4 regiones distintas. Cada persona puede presentar y patrocinar hasta siete iniciativas populares constituyentes. Según el cronograma de la Convención, estas propuestas deberán ser presentadas durante los meses de noviembre y diciembre de 2021.
4. Encuentros Autoconvocados
Estas instancias, virtuales o presenciales, permite que un grupo de personas discuta sobre los distintos temas de la nueva Constitución y acompañen sus insumos a la Convención Constitucional. No tienen requisitos de número ni fechas concretas. Se recomienda tener en consideración el flujo de tramitación de la norma y el Cronograma, para que las propuestas alcancen a ser revisadas oportunamente en las comisiones temáticas.
5. Audiencias Públicas Obligatorias
En estas instancias las personas y organizaciones pueden exponer en las Comisiones Temáticas aquellas propuestas de normas constitucionales o su visión sobre las temáticas a abordar.
En principio, todas las organizaciones y personas que se inscriban podrán participar, salvo que el número de audiencias solicitadas superen las capacidades del tiempo de escucha, situación en la cual se realizará un sorteo para determinar quienes expondrán. Los criterios aplicados por la Comisión es que un 10% sean personas naturales, un 40% ONG, Universidades y organizaciones sin fines de lucro; un 50% de organizaciones sociales y territoriales.
6. Cuenta Popular Constituyente
Estos encuentros periódicos, a desarrollarse principalmente durante la Semana Territorial Mensual, permitirán que les constituyentes den cuenta del avance del trabajo y cumplimiento de los objetivos de la Convención, como asimismo, serán un espacio para escuchar y tomar nota de las necesidades y aportes de la ciudadanía en las materias que son de su competencia.
7. Jornadas Nacionales de Deliberación
Estas instancias se realizarán a lo largo de todo el país, de forma simultánea y sus fechas serán definidas por la Convención Constitucional, en un día feriado. Las pautas de deliberación se realizarán conforme al cronograma de discusiones temáticas en las que se encuentre la Convención.
8. Foros Deliberativos
Es un mecanismo de deliberación que consta de seis etapas consistentes en el levantamiento de propuestas a debatir; elección y sistematización de las propuestas recepcionadas; selección aleatoria de los y las participantes del proceso de deliberación representativa; deliberación representativa; sistematización de los resultados; y la incorporación de los resultados en el proceso de la deliberación de la Convención Constitucional. Para esto se suscribirán los Convenios respectivos con Universidades e instituciones que contribuirán en la implementación de estos foros.
9. Cabildos Comunales
Son un mecanismo de diálogo y deliberación abierto, convocado por la Convención, sobre temas constitucionales. Para su implementación se suscribirán convenios con municipalidades, gobiernos regionales, universidades estatales u otras entidades públicas, las cuales realizarán la convocatoria, conducirán la metodología, incluyendo la toma de actas.
Las pautas, instructivos y guías metodológicas para la convocatoria y funcionamiento serán responsabilidad de la Convención, a través de la Secretaría Técnica de Participación, considerando el Cronograma General.
10. Plebiscito Intermedio Dirimente
Este mecanismo de participación vinculante podrá ser convocado por la Convención Constitucional para decidir aquellas normas constitucionales que, logrando un quórum de aprobación igual o superior a tres quintos, no alcanzan el quórum de dos tercios.
La fecha del plebiscito dirimente será aproximadamente 30 días antes del cese de funcionamiento de la Convención Constitucional. Para que una norma sea plebiscitada, además de contar con el quórum de aprobación descrito, requiere que la Convención Constitucional decida por mayoría absoluta plebiscitar esta materia. Este mecanismo de “control político” permitirá que el número de iniciativas a plebiscitar no tan extenso y se privilegien las “principales batallas” en la Nueva Constitución.
La votación será obligatoria para todas las personas que tengan derecho a voto residentes en Chile o en el extranjero. En el caso de personas menores de 18 años y mayores de 16 años el voto será voluntario. Para lograr esto, el presupuesto para el plebiscito y que el SERVEL esté obligado a organizar el plebiscito, se requieren reformas legales.
Este es la máxima expresión de participación durante el funcionamiento de la Convención, pues a diferencia de los anteriores mecanismos de participación incidente, este es el único mecanismo vinculante.
La Convención Constitucional, en su página web, tendrá publicada toda la información de estas instancias de participación. Asimismo, contará con metodologías y facilitadores de todas estas instancias de participación popular, salvo en aquellas que sean autoconvocadas.
Además, se plantean una serie de iniciativas particulares dirigidas a aquellos grupos históricamente excluidos, con el objetivo de asegurar igualdad de condiciones en la participación. Entre estos grupos encontramos a personas en situación de discapacidad; personas mayores; personas cuidadoras informales de personas con dependencia; niños, niñas y adolescentes; personas de sectores rurales y de difícil acceso; personas migrantes; personas chilenas residentes en el extranjero; personas privadas de libertad; personas de las diversidades sexo-genéricas; pueblos originarios y tribal afrodescendiente; personas en condición de refugio y solicitantes de refugio; y personas sordas.
En virtud de lo anterior, es fundamental que las organizaciones y personas comiencen a prepararse para activar los distintos mecanismos de participación popular durante las próximas semanas, para mantener el protagonismo popular que hizo posible el proceso constituyente en curso.
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