No confundamos perdon con impunidad
por Felipe Portales (Chile)
10 años atrás 5 min lectura
Cada cierto tiempo escuchamos llamados a la impunidad –revestidos de convocatorias a la “clemencia” o la “misericordia”- en materia de graves violaciones de derechos humanos, so pretexto de la búsqueda del perdón y la reconciliación entre los chilenos. En la mayoría de los casos se trata de personas que, la verdad, siempre justificaron o minimizaron –por razones ideológicas- las horrorosas violaciones de derechos humanos cometidas por la dictadura y sus agentes.
Pero también es cierto que hay personas que, con muy buenas intenciones, se confunden en el tema; y lo hacen de modo muy lamentable. Comienzan a olvidar que las virtudes se complementan perfectamente entre sí; y, concretamente, la justicia y el perdón; así como en sentido contrario, los vicios de la impunidad se complementan con el odio y los deseos de venganza. En este sentido, debemos recordar el magnífico ejemplo de Juan Pablo II que fue a perdonar a Mehmet Ali Agca a su celda -quien había tratado de asesinarlo en 1981 en la Plaza del Vaticano- pero que no obstaculizó la larga condena de cárcel que aquél sufrió en cárceles italianas por su homicidio frustrado. Y recordemos, además, que luego que fue liberado en Italia en 2000, Ali Agca tuvo que cumplir en Turquía otra pena de cárcel hasta 2010, por el homicidio –cometido en 1979- de Abdi Ipekci, destacado editor de Milliyet, un periódico de izquierda turco.
La necesidad del castigo judicial en crímenes graves es particularmente necesaria para la sociedad cuando nos enfrentamos con matanzas atroces. Y, más aún, cuando estas son cometidas sistemáticamente por el Estado y sus agentes. Con esto, se pervierte completamente su rol fundamental de propiciar el bien común del conjunto de sus integrantes; y la sociedad entra consecuentemente en una fase de total desmoralización.
Por fin, luego de una historia milenaria de impunidad de los detentadores del poder, la realización del Holocausto por el nazismo (¡desgraciadamente tuvo que “requerirse” aquello!) llevó a la humanidad a comprender lo nefasto de dejar impunes estos crímenes, que adecuadamente se han tipificado como “crímenes de lesa humanidad”; o más comúnmente como “crímenes contra la humanidad”. De allí su carácter de crímenes internacionales, imprescriptibles e inamnistiables. Afortunadamente ya ningún ex dictador o represor que haya cometido atrocidades puede estar seguro de su impunidad en el mundo. Particularmente lo sabemos los chilenos con el caso de Pinochet.
Pero la justicia no solo requiere de fuertes sanciones a los culpables por el carácter estatal de los crímenes; sino además porque los dictadores o represores que los ordenan o cometen están generalmente fanatizados ideológicamente y seleccionados previamente por su crueldad y sadismo. A tal punto que, como hemos visto en los casos de los SS o de los miembros de la DINA-CNI condenados judicialmente, es extremadamente difícil conseguir de ellos un auténtico arrepentimiento con su consiguiente reincorporación espiritual a la comunidad nacional.
Otra importante justificación para que los criminales contra la humanidad reciban fuertes penas y no puedan disfrutar de indultos o amnistías (salvo en casos de demencia o fallecimiento inminente) lo constituye el valor ejemplar de aquellas para las generaciones futuras. Como lo ha dicho Alexander Soljenitsin, “debemos condenar públicamente la IDEA misma de que unos hombres puedan castigar cruelmente a otros. Cuando callamos el mal, lo metemos en el cuerpo para que no asome: lo estamos SEMBRANDO, y mil veces volverá a brotar en el futuro. Si no castigamos y ni siquiera censuramos a los malvados, estamos haciendo algo más que cuidar su miserable vejez: estamos socavando por debajo de las generaciones futuras todas las bases de la Justicia (…) Los jóvenes asimilan que la vileza jamás se castiga en la tierra, que ayuda a prosperar. ¡Qué incómodo y qué terrible será vivir en un país así!” (Archipiélago Gulag; Plaza & Janés, Barcelona, 1974; p. 156).
Otro ejemplo de lo terrible de la impunidad lo vemos en el caso del nazismo: Se ha llegado a saber que cuando Hitler planteaba en su entorno la idea genocida de exterminar a los judíos, y se le hizo ver de algún modo la enormidad de sus consecuencias; el habría replicado: “¿Y hoy se acuerda alguien de los armenios?”; aludiendo a que la masacre de cerca de un millón y medio de armenios por los turcos durante la primera guerra mundial había quedado completamente impune y olvidada…
Otro notable error en que incurren algunas personas de buena voluntad es el de confundir la venganza (“ojo por ojo; diente por diente”) con la justicia; llegando a sostener que quienes buscan que los criminales contra la humanidad cumplan justamente con sus penas podrían estar siendo animados por un dañino espíritu de venganza. Por cierto que ambas realidades son completamente distintas e, incluso, contrapuestas. Venganza, en el caso de los detenidos-desaparecidos, sería secuestrar a los victimarios sin que nadie se enterase; proceder en seguida a llevarlos a un lugar oculto; torturarlos hasta la muerte; y deshacerse finalmente de sus cadáveres de modo que sus familiares ni siquiera puedan enterarse más de su existencia o muerte. ¡Qué similitud puede tener esta barbarie con la búsqueda pacífica de justicia por décadas; para lograr el procesamiento de quienes secuestraron ocultamente a sus familiares; los torturaron hasta la muerte; y terminaron por pulverizar sus restos o tirarlos al mar con la finalidad de que nadie los encontrase nunca! ¡Qué similitud puede tener esa barbarie con la búsqueda de justicia para victimarios que gozaron por décadas de total impunidad bajo la protección del Estado o de instituciones de aquél; y que todavía hoy muchos la disfrutan! ¡Qué similitud puede tener aquella barbarie con haber obtenido en un número menor de casos la condena de victimarios, habiéndoseles respetado plenamente sus derechos al debido proceso; y querer que finalmente cumplan con su justa pena, aunque sea en recintos privilegiados!
Precisamente, la contradicción entre la justicia y la venganza hace que la falta de la primera –la impunidad- sea uno de los mayores acicates de la segunda. ¡Cómo olvidar que la justicia constituye la virtud social por excelencia! Y que por esto la generalidad de las religiones, filosofías e ideologías políticas la postulan –por cierto, no sólo en su dimensión judicial- como la condición más importante del bien común.
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El perdón es una gracia moral que sólo pueden conceder los ofendidos y la divinidad bajo la condición de arrepentimiento y cumplimiento de penitencias en algunas religiones. Como ni el perdón de las víctimas a su victimarios ni el perdón religioso tienen efectos legales, la única opción con consecuencias legales en Chile es el indulto presidencial. Todo lo demás no son más que leguyeladas que buscan la impunidad de los culpables de atroces crímenes premeditados cometidos a mansalva, de la naturaleza más cobarde y ruin en tanto que fueron amparados haciendo uso del aparato del Estado.