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En audiencia pública, fundación de Piñera justifica negativa a entregar sus memorias y balances

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El Consejo para la Transparencia escuchó este viernes 22 los argumentos de la Fundación Futuro, el Ministerio de Justicia y CIPER para determinar si las memorias y balances de la fundación que preside Sebastián Piñera y que se encuentran en manos del gobierno para su fiscalización constituyen información pública o no. El abogado de Futuro argumentó su negativa afirmando que eran datos privados, que podían perjudicar a la fundación y que presumían que serían usados para dañar al hoy presidente electo. Dijo además que la Ley de Transparencia no es una herramienta para el periodismo de investigación, sino para los ciudadanos.

Sólo cinco días después de que Sebastián Piñera fuera electo presidente de la República, un representante de la Fundación Futuro –que él fundó y preside–, asistió a la audiencia programada por el Consejo para la Transparencia para explicar por qué estima que sus memorias y balances no deben hacerse públicos. La causa se originó luego de que CIPER invocara en mayo pasado la Ley de Transparencia para pedir dichos documentos al Ministerio de Justicia, al tiempo que hacía lo mismo con la Fundación Frei. Está última los entregó, pero Futuro, como tercero potencialmente afectado, solicitó que se denegara el acceso a la información.

Junto con desplegar sus argumentos jurídicos, el abogado David Cademartori –del estudio de Fernando Barros, el también presidente de Axxion– llevó el debate al campo político al reconocer que una de las razones para no entregar la información fue que se presumía que a través de la Fundación Futuro se pretendía dañar al entonces candidato presidencial Sebastián Piñera. Cademartori intentó demostrar que la información solicitada es de carácter privado y que la Fundación Futuro realiza actividad económica, por lo que sus derechos podrían verse afectados por la divulgación de su información financiera. Para ello se apoyó en un fallo del Tribunal de la Libre Competencia.

El abogado de la Fundación Futuro dijo también que a su juicio la Ley de Transparencia es una herramienta hecha para los ciudadanos y no para el periodismo de investigación. Argumentó que para tener certeza de que la fundación cumple con los fines aprobados en sus estatutos – “la investigación, desarrollo, difusión y promoción de la cultura y el arte” – no era necesario acceder a los documentos solicitados, pues bastaba con visitar la página web de la institución y ver los buses que realizan recorridos históricos para niños.

La dinámica de la audiencia consistió en que los consejeros, presididos por Juan Pablo Olmedo, hicieron preguntas a la Fundación Futuro y al Ministerio de Justicia. Se consultó, primero, si la fundación recibía alguna subvención pública, lo que fue descartado por Cademartori. Sin embargo, dijo no saber si la fundación o sus donantes hacían uso de beneficios tributarios, algo que fue preguntado por CIPER y por el consejero Alejandro Ferreiro.

Otro tema que interesó al consejo fue la capacidad operativa del Ministerio de Justicia para fiscalizar a las fundaciones, así como sus atribuciones para solicitar la entrega de memorias y balances. El jefe del Departamento de Personas Jurídicas de la cartera, Carlos Aguilar, explicó el marco legal con que operan e hizo ver que a su juicio no todas las fundaciones y corporaciones sin fines de lucro son de interés público, pues se incluyen también algunas como clubes de golf.

De acuerdo al Ministerio de Justicia, las fundaciones en general dan acceso a la información que se les solicita a través de la Ley de Transparencia. Además de los múltiples requerimientos hechos por CIPER, se mencionó a la Fundación Pinochet como una de las que había dado publicidad a sus memorias y balances.

El caso relativo a la Fundación Futuro es importante más allá de sí mismo, pues por primera vez se determinará si los antecedentes sobre las actividades y finanzas de las cerca de 20.000 instituciones sin fines de lucro autorizadas por el Estado para funcionar constituyen o no información pública. Las memorias y balances deben entregarse anualmente al Ministerio de Justicia.

De acuerdo al Consejo para la Transparencia, las siguientes eran las interrogantes que debían responderse antes de deliberar:

Fundación Futuro: ¿Existe algún interés fiscal en la Fundación?; ¿Cuál es el origen de su financiamiento y si hay aportes estatales? ¿Si existe o no un registro de los donantes de la Fundación y si estas personas reciben beneficios tributarios por dichos aportes? ¿Cuáles son los derechos de la Fundación que se verían afectados por la entrega de sus balances y memoria anual?

Subsecretaría de Justicia: ¿Cuáles son las capacidades reales que tiene el Ministerio para efectos de realizar una fiscalización a las Corporaciones y Fundaciones y cómo se efectúan estas en la práctica?

Tras la audiencia, los consejeros debían reunirse a deliberar y llegar a un acuerdo, por lo que el fallo debería hacerse público en las próximas semanas.

Los argumentos de CIPER
La primera solicitud sobre la Fundación Futuro data de mayo de 2009, cuando CIPER planificó un reportaje sobre las instituciones sin fines de lucro ligadas a los candidatos presidenciales. La Fundación Presidente Eduardo Frei entregó sin problemas sus memorias y balances, pero el Ministerio de Justicia no tenía en su poder ninguno de los documentos que la fundación presidida por Sebastián Piñera debía entregar anualmente desde 1993. La cartera debió solicitarlos y fue entonces que Futuro no accedió a que se nos entregara una copia.

Durante la audiencian la autora de esta crónica y el abogado Juan Pablo Hermosilla defendieron el carácter público de la información solicitada. Hermosilla explicó que las fundaciones no son como las sociedades de personas de carácter privado, pues para funcionar están condicionadas a una autorización del Estado, que luego debe fiscalizar que cumplan con los fines para los que fueron creadas y que no lucren. Este carácter particular se explica porque las fundaciones y corporaciones acceden a beneficios que otras instituciones no tienen.

Dichos beneficios, como exenciones tributarias para sus donantes, son los que justifican un margen de publicidad, que es el que debe darse a aquellos documentos que anualmente recibe el Estado para la fiscalización de estas instituciones.

CIPER defendió la importancia de tener acceso a este tipo de documentos para el periodismo de investigación y, a través de éste, para toda la ciudadanía. Es también una herramienta fiscalizadora, pues si no se hubiera hecho la solicitud sobre la Fundación Futuro, el Ministerio de Justicia no tendría en su poder ninguna de las memorias y balances que en teoría debe fiscalizar. Para ilustrar el punto, se relató además la experiencia de la investigación sobre la Corporación de Estudios Estratégicos (CEES) de Patricio Rojas, donde las memorias y balances fueron clave para llegar a determinar las irregularidades que luego confirmó la Contraloría.

Adicionalmente, se hizo ver que por ley el Ministerio de Justicia envía cada 5 años todos sus documentos al Archivo Nacional, incluyendo las memorias y balances de todas las fundaciones. Ahí pueden consultarse libremente, convirtiéndose de hecho en información pública. Sin embargo, o porque la Fundación Futuro nunca los entregó o porque el ministerio los perdió, sus reportes no se encuentran archivados.

Cuando el abogado Cademartori puso sobre la mesa el temor a que se perjudique a Sebastián Piñera, CIPER replicó que si cuando pedimos la información ésta ya tenía interés público, tras su elección como presidente la importancia de la transparencia sobre los antecedentes de la Fundación Futuro es mucho mayor.

Sebastián Piñera ha anunciado que el canal de su propiedad, Chilevisión, se quedará en manos de otra fundación, con lo cual pretende dar garantías de independencia.

Las dudas sobre la Fundación Futuro
Aunque no se ahondó sobre la materia, CIPER confirmó durante la audiencia que existen presunciones de que la Fundación Futuro realiza actividades que exceden a las que fue autorizada cuando se aprobaron sus estatutos y se le concedió personalidad jurídica. Conocer sus memorias y balances podría ayudar a aclarar algunos de los puntos dudosos sobre su funcionamiento.

Adicionalmente a sus actividades culturales y educacionales, diversas fuentes y publicaciones han confirmado que la Fundación Futuro ha realizado encuestas de carácter político.

Además, en diciembre pasado CIPER descubrió que la Editorial Los Andes, de propiedad de Piñera, está autorizada a funcionar con el nombre de Fundación Futuro y de Fundación Futuro S.A. ¿Cómo puede una sociedad anónima usar el nombre de una fundación? ¿Cómo el nombre de una fundación puede ser considerado una sociedad anónima? ¿Fue esto autorizado por el directorio de la fundación? Es muy probable que algunas de las respuestas sobre su relación con Editorial Los Andes se encuentren en sus memorias.

De acuerdo a información del Diario Oficial, Piñera es dueño de Santa Cecilia S.A., que a su vez es dueña de Editorial Los Andes, empresa que compró la sociedad que se transformó en Bancard S.A. Santa Cecilia y Bancard son dos de los principales vehículos de inversión de Piñera.
22 de Enero de 2010

* Fuente: CIPER

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