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Chile: ¿»Detenciones selectivas»?¿Peor el remedio que la enfermedad?

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La seguridad es un derecho social y su garantía está primariamente encomendada a agentes encargados de hacer cumplir la ley. Sin embargo, el accionar de los mismos está regulado y no debe poner en riesgo las libertades individuales. Las recientes “detenciones selectivas” realizadas por Carabineros durante las manifestaciones del 1 de Mayo han sido alabadas y consideradas efectivas en prevenir desmanes mayores.

Estas “detenciones selectivas” hacen uso de técnicas de “perfilamiento” establecidas en el contexto de la llamada “Guerra contra el Terror”, cuya aplicación y abuso se ha incrementado. Discriminan por la apariencia, el color de la piel, el atuendo, los movimientos y la comparación con imágenes de archivo de otras manifestaciones públicas, lo que podría –si no se regula apropiadamente por ley- transformarse en un remedio peor que la enfermedad.

Chile, al ser parte desde 1969 del “Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos” debe responder por sus obligaciones y cumplir las  obligaciones a las que se ha comprometido. Amnistía Internacional ha denunciado el uso del “perfilamiento” en que se basa la detención selectiva como contradictorio con disposiciones de los artículos 14, 19, 21 y 26 del Pacto, ya que se fundamenta en formas de discriminación. En esencia, el instrumento establece que “Todas las personas son iguales ante la ley y tienen derecho sin discriminación a igual protección de la ley. A este respecto, la ley prohibirá toda discriminación y garantizará a todas las personas protección igual y efectiva contra cualquier discriminación por motivos de raza, color, sexo, idioma, religión, opiniones políticas o de cualquier índole, origen nacional o social, posición económica, nacimiento o cualquier otra condición social.”

Así, lo que algunos perciben como una medida efectiva para garantizar su seguridad y sus bienes, puede calificarse como una medida lesiva de las libertades individuales. El “perfilamiento” podría tener efectos no deseados en Chile, como ya ha ocurrido en otros contextos, al aumentar el aislamiento, la polarización y exclusión en una sociedad que ya está marcada por graves desigualdades y discriminación.

La sociedad tiene el derecho a defenderse de quienes contravienen la ley y el orden público, pero como en la institución de la legítima defensa, la reacción debe ser proporcionada para que no se convierta en abuso. Así, una “solución” basada en la detención arbitraria de una minoría para velar por  la seguridad de la mayoría no puede ser alabada ni promovida. Las soluciones deben basarse en el goce igualitario de los derechos afirmado en el respeto mutuo, en las mejoras de la educación pública, el ejercicio de la libre expresión y una legislación que garantice y promueva más libertad y no que las restrinja. 
*El autor es Director Ejecutivo, Amnistía Internacional – Chile

Equipo de Comunicaciones
Amnistía Internacional – Chile
www.amnistia.cl

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