Despido libre y término de indemnización por años de servicio: la contrarreforma que liquida un siglo de conquistas obreras
por Gustavo Burgos (Chile)
3 meses atrás 7 min lectura
La iniciativa impulsada por el gobierno de José Antonio Kast para reemplazar la indemnización por años de servicio por un sistema de seguro constituye uno de los ataques más profundos dirigidos contra los trabajadores desde la dictadura. El ministro del Trabajo, Tomás Rau, planteó en El Dínamo que una de las fórmulas que se estudian considera una cotización adicional a cargo del empleador, la que se sumaría al Seguro de Cesantía. Con este lenguaje tecnocrático de «modernización» y de «adaptación a los nuevos tiempos», lo que se pretende es alterar la estructura misma sobre la que descansa la protección jurídica del trabajo asalariado en Chile. La indemnización por años de servicio no es simplemente una compensación económica asociada al término de la relación laboral. Es uno de los mecanismos que obligan al empleador a justificar jurídicamente la decisión de despedir a un trabajador y que, por esa vía, permite la subsistencia efectiva del sistema de derechos laborales reconocidos por la legislación.
La historia de esta institución demuestra precisamente su carácter protector. La discusión actualmente abierta por el gobierno apunta a sustituir un sistema en que el empleador asume directamente el costo del despido por otro basado en fondos o seguros previamente financiados. Según diversos análisis publicados durante las últimas semanas, el Ejecutivo estudia fórmulas orientadas a reemplazar la actual indemnización por mecanismos de aseguramiento que desligan al empleador del pago directo al momento de despedir.
El problema central no radica únicamente en quién paga. Lo decisivo es que cuando desaparece el costo asociado al despido injustificado, desaparece también uno de los principales incentivos que obligan al empleador a respetar los derechos de sus trabajadores. Los artículos 160 y 161 del Código del Trabajo establecen causales específicas para poner término al contrato. La existencia de indemnizaciones obliga a justificar la decisión empresarial y permite que los tribunales revisen la legalidad de esa actuación. Si el despido pasa a financiarse mediante un seguro previamente constituido, el empleador queda liberado de esa carga económica y el despido tiende a transformarse en una facultad discrecional.
Las consecuencias de una medida de esta naturaleza se extienden mucho más allá de la pérdida de una compensación monetaria. El procedimiento de tutela laboral fue concebido precisamente para sancionar vulneraciones de derechos fundamentales producidas en el contexto de la relación de trabajo. La protección contra represalias antisindicales, discriminaciones, hostigamientos, acoso laboral, persecuciones por actividad gremial o vulneraciones a la libertad de expresión en el trabajo se apoya en un sistema en que despedir arbitrariamente tiene consecuencias para el empleador. Al eliminarse ese costo, la tutela laboral se debilita estructuralmente y los derechos fundamentales pasan a existir principalmente sobre el papel.
El mismo efecto devastador se proyecta sobre los derechos colectivos. En un país donde la huelga continúa restringida a los estrechos límites de la empresa heredados de la legislación dictatorial, entregar al empleador la posibilidad práctica de despedir sin costo equivale a destruir las bases materiales de la organización sindical. Ningún sindicato puede negociar eficazmente cuando la amenaza del despido deja de representar una carga para la empresa. La libertad sindical, la negociación colectiva y el derecho de huelga quedan reducidos a formalidades vacías.
Particularmente revelador es que esta ofensiva no encuentre resistencia significativa en el régimen político. Mario Marcel ha manifestado recientemente su disposición a discutir fórmulas de reemplazo de la indemnización por años de servicio, destacando alternativas basadas en seguros o fondos especiales. Del mismo modo, iniciativas promovidas anteriormente por sectores del Frente Amplio, incluyendo propuestas asociadas al hoy senador Diego Ibáñez, han transitado en una dirección semejante bajo la fórmula de poner fin al límite de la indemnización por años de servicio.
La convergencia entre gobierno y oposición en esta materia demuestra que las principales fuerzas parlamentarias burguesas comparten una orientación común destinada a reducir los costos laborales exigidos por el gran empresariado.
La eliminación de la indemnización por años de servicio, por todo lo indicado, no constituye una reforma aislada. Forma parte de un proyecto más amplio orientado a desestructurar el sistema de derechos laborales construido durante décadas de lucha obrera. El objetivo es instaurar de hecho el despido libre, debilitar la organización sindical y abaratar el costo de la fuerza de trabajo para incrementar las ganancias empresariales. Quienes presentan esta iniciativa como una medida técnica o administrativa buscan ocultar su verdadero contenido de clase.
Frente a esta ofensiva resulta indispensable impulsar un plan general de movilización en defensa de la indemnización por años de servicio y del conjunto de los derechos laborales. La defensa de esta conquista no es una cuestión corporativa ni jurídica. Es la defensa de uno de los últimos mecanismos que limitan el poder patronal dentro de la empresa. Si esta barrera cae, los trabajadores chilenos volverán al siglo XIX, quedando abierto el camino para una ofensiva aún más profunda contra los salarios, la organización sindical y las condiciones de trabajo de toda la clase trabajadora chilena.
La gravedad del momento radica precisamente en que el despido libre ya no constituye una mera hipótesis académica ni una propuesta marginal elaborada por centros de estudio empresariales. El proyecto forma parte de la agenda gubernamental y su discusión avanza aceleradamente en el Congreso. Durante las próximas semanas el Senado deberá pronunciarse sobre iniciativas que afectan directamente derechos históricos de los trabajadores. Al mismo tiempo, el gobierno ha impulsado la eliminación del feriado legal para las elecciones, demostrando que existe una orientación coherente destinada a reducir derechos democráticos y laborales considerados por el empresariado como obstáculos para aumentar la rentabilidad del capital. Lo que hoy se presenta como una reforma administrativa o un perfeccionamiento técnico constituye en realidad una transformación profunda de las relaciones sociales dentro de la empresa.
Por ello resulta ilusorio pensar que la indemnización por años de servicio puede ser sacrificada sin consecuencias sobre el resto del sistema de protección laboral. La experiencia histórica demuestra exactamente lo contrario. Cada vez que el capital logra derribar una conquista fundamental, utiliza ese triunfo como plataforma para lanzar una nueva ofensiva. Si el empleador adquiere la facultad práctica de despedir sin costo, inmediatamente se debilita la capacidad de los trabajadores para organizar sindicatos, ejercer la negociación colectiva, denunciar abusos o participar en huelgas. El temor al despido se transforma entonces en el principal mecanismo de disciplinamiento de la fuerza de trabajo.
La situación adquiere al día de hoy un carácter aún más urgente si se considera la pasividad de las direcciones sindicales y la convergencia política que comienza a configurarse entre gobierno y oposición parlamentaria en torno a la necesidad de sustituir la indemnización por mecanismos de seguro. Por supuesto
la dirección de la CUT no ha estado a la altura de la amenaza. Mientras miles de trabajadores observan con preocupación el avance de esta reforma, la principal central sindical ha privilegiado una política de diálogo y colaboración institucional orientada a legitimar la discusión impulsada por el gobierno.
La dramática ausencia de un plan efectivo de movilización nacional contrasta con la magnitud del ataque que se prepara contra las condiciones de trabajo de millones de personas.
La clase trabajadora no puede depositar sus expectativas en negociaciones parlamentarias ni en acuerdos de cúpulas que ya han demostrado su disposición a transar derechos históricos. La defensa de la indemnización por años de servicio exige la más amplia unidad de acción de sindicatos, federaciones, confederaciones, organizaciones territoriales y movimientos sociales dispuestos a enfrentar esta ofensiva antes de que se transforme en ley.
La lucha que se abre no se limita a preservar una determinada forma de compensación económica frente al despido. Lo que está en juego es la correlación de fuerzas entre el trabajo y el capital al interior de la empresa.
Como hemos indicado, la indemnización por años de servicio representa una de las pocas restricciones efectivas que aún pesan sobre el poder patronal. Su eliminación abriría las puertas a una nueva etapa de precarización laboral, debilitamiento sindical y degradación de las condiciones de vida de millones de trabajadores que no tiene precedentes desde 1990. Precisamente por eso, la defensa de este derecho debe transformarse en una causa nacional de la clase trabajadora y en el punto de partida para una movilización general capaz de frenar una de las ofensivas patronales más agresivas de las últimas décadas.
El autor de esta nota, Gustavo Burgos, es abogado y ejerce habitualmente ante la judicatura laboral
*Fuente: ElPorteño
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