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Razones del NO a los Sistemas de Arbitraje de la Unión Europea

Razones del NO a los Sistemas de Arbitraje de la Unión Europea
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La Unión Europea ideó la iniciativa de Sistema de Tribunales de Inversión,   Investment Court System (ICS), y la propuesta global de “Cortes Multilaterales sobre Inversiones”  para salvar el sistema de arbitraje internacional conocido como  lSDS, en lugar de acotarlo y permitir mayor espacio para las políticas estatales soberanas, que era lo que se estaba esperando. Este mismo sistema de arbitraje internacional ISDS es utilizado en los 34 Tratados Bilaterales de Inversión firmados por Chile y en las demandas que enfrenta el Estado. Esto es relevante además porque Chile y la UE están en la última fase de renegociación del Tratado de Asociación, que ahora incluirá cláusulas sobre inversión basadas en el ICS.

  • La encrucijada europea (asimetría y deslegitimación)
  • ¿Qué elementos clave propone la UE?
  • Los problemas clave de ISDS y si son resueltos por ICS/MIC.

 

1- CRISIS DE LEGITIMIDAD Y LA UE EN LA ENCRUCIJADA

Durante los últimos ocho años, el mecanismo de solución de controversias inversor-Estado (ISDS por su sigla en inglés) y el arbitraje internacional han pasado de ser un tema discutido principalmente por un puñado de expertos, a un tema ampliamente discutido en la esfera pública. Esto se ha visto con claridad en los países europeos. En el contexto de las negociaciones del Tratado de Libre Comercio entre Estados Unidos y Europa (TTIP) y Europa y Canadá (CETA), ha surgido un movimiento paneuropeo compuesto por sindicatos, grupos de consumidores, organizaciones ecologistas, ONGs y pequeñas y medianas empresas. Esta alianza desarrolló una campaña contra el sistema de arbitraje incorporado en los tratados de protección de inversiones, que constituye una justicia paralela y se salta los tribunales nacionales.

En octubre de 2015, en Berlín, 250.000 personas se manifestaron contra el tratado UE/Estados Unidos  (TTIP), con el arbitraje como  tema clave. Asimismo, cuando la Comisión Europea abrió una consulta sobre el TTIP, 150.000 personas respondieron y el 97% rechazó el arbitraje en cualquier forma. También, más de 3 millones de ciudadanos europeos firmaron una petición contra los tratados con Estados Unidos y Canadá, y el ISDS fue una razón clave.

Las grandes críticas en Europa pero también a nivel internacional han llevado a una crisis masiva de legitimidad para el sistema de arbitraje y de protección de las inversiones. Esta crisis es en parte un resultado de la escandalosa asimetría entre derechos y obligaciones para los inversores extranjeros, lo cual se hace evidente en los más de 3.400 tratados de inversión firmados a nivel global.

Los derechos otorgados a los inversores son vinculantes, ‘ley dura’ gracias al poderoso mecanismo de solución de controversias inversor-Estado ISDS. Mientras tanto, los derechos humanos y ambientales solo están protegidos en el papel, son capítulos declarativos y  no vinculantes, careciendo de aplicabilidad. Esto fue evidente cuando la Unión Europea siguió negociando el acuerdo con Chile en pleno estallido social y represión al pueblo,  desatendiendo los llamados hechos desde nuestro país y sectores de eurodiputados, para que se pusiera en vigor la Cláusula Democrática relativa al respeto a los derechos humanos, con un gobierno acusado internacionalmente  de violaciones sistemáticas a los DDHH.

 

2- LA RESPUESTA DE LA UE

A fines de 2015, tras la crítica generalizada en su territorio, la Comisión Europea se vio presionada a responder. La Comisión Europea podría haber optado por un cambio de paradigma, pero decidió en cambio seguir impulsando la expansión y promoción del sistema.

El Comisario de Comercio de la UE presentó dos nuevas propuestas sobre protección de inversiones que tenían como objetivo cambiar el nombre del arbitraje, y relegitimar el sistema:

 

  • Sistema de Tribunales sobre Inversiones (Investment Court System – ICS) – Está incluido en los acuerdos con Canadá (CETA) y Vietnam, así como en la renegociación con México. También está incluido en la renegociación del acuerdo con Chile que está actualmente en su última etapa de negociaciones.

 

  • Corte Multilateral de Inversiones (MIC): La Comisión lo propuso a largo plazo como un modo de contar con un organismo multilateral sobre arbitraje (es decir, que incorpore a todos los Estados). Pero en septiembre de 2016 la batalla por la firma del acuerdo con Canadá (CETA) aceleró los planes, ya que la promesa de avanzar rápidamente con la creación de PRM fue necesaria para ganar el apoyo de los socialdemócratas europeos y también el acuerdo de la región de Valonia en Bélgica.

 

Corte Multilateral de Inversiones: ¿qué propone exactamente la UE?

  • El primer punto a aclarar es que la iniciativa de la Comisión no alterará las reglas sustantivas de inversión que se encuentran en los acuerdos internacionales de inversión que ya existen o se están negociando. La Comisión sostuvo que: “el sistema multilateral de solución de controversias sobre inversiones tendría que estar disponible para las controversias que surjan en virtud de acuerdos existentes y futuros”.

 

  • Una segunda aclaración importante es que la Comisión no propone enmendar todos los tratados internacionales de inversión existentes para remitir todas las disputas al mecanismo multilateral propuesto, sino tener una convención que cualquier país pueda firmar para que “el sistema multilateral se aplique a las controversias derivadas de un acuerdo entre los países A y B cuando ambos países hayan ratificado el instrumento por el que se establece el sistema multilateral”.

 

  • Todavía no está claro si el mecanismo propuesto se convertiría en una nueva institución independiente o se incorporaría a una organización internacional existente (como la Organización Mundial del Comercio, la Corte Permanente de Arbitraje o la Corte Internacional de Justicia).

 

  • La diferencia clave es que la Comisión propone establecer un tribunal de primera instancia y uno de apelación con:

– miembros de tiempo completo.

– designado por los estados;

– juristas reconocidos” y “tener experiencia previa en derecho de inversiones”;

– la remuneración procederá, en principio, de los Estados. No obstante, la Comisión deja abierta la posibilidad de que el inversor contribuya en los honorarios.

 

  • PUNTOS CLAVES DE ARBITRAJE EN LOS 3 SISTEMAS (COMPARACION).

 

Sistemas de Arbitraje en la UE

 

Lucía Sepúlveda
Esteban Silva 

voceros de la  Plataforma Chile Mejor sin TLC

Contacto  9 900 23 729
lusr20@gmail.com

Carta pública a convencionales Comisión 5
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