Bitácora Constituyente: Normas del primer informe de la Comisión sobre Sistemas de Conocimientos
por Javier Pineda Olcay (Chile)
5 años atrás 3 min lectura
Bitácora Constituyente 25 de febrero de 2022
Votación en PARTICULAR en Pleno de las normas del primer informe de la Comisión sobre Sistemas de Conocimientos
Este viernes se votaron en particular por el Pleno de la Convención Constitucional los 13 artículos propuestos por la Comisión sobre Sistemas de Conocimientos, los cuales dicen relación con derecho a la comunicación; derechos culturales; derechos digitales; derecho al ocio; derecho al cuerpo; neurodiversidad y bioética.
Se aprobaron disposiciones de 8 artículos, principalmente sobre derechos digitales, mientras que fueron rechazados los artículos 2, inciso 1° (90 votos a favor) e inciso 2° (100 votos a favor); 15 (94 votos); artículo 19, inciso 2° (100 votos) e inciso 3° (97 votos); artículo 23, inciso 1° (100 votos) e inciso 2° (90 votos); artículo 26 inciso 1° (99 votos), inciso 2° (98 votos) e inciso 3° (92 votos). Todos los artículos rechazados en particular, al superar la mayoría, son devueltos a la comisión para ser indicados durante los próximos días, salvo el artículo 29 sobre bioética (51 votos a favor).
Son aprobadas e incorporadas al borrador de la Nueva Constitución las siguientes normas:
Derecho a la Comunicación
Artículo 8.- Toda persona ofendida o injustamente aludida por un medio de comunicación e información tiene derecho a que su aclaración o rectificación sea difundida gratuitamente por el mismo medio en que hubiese sido emitida. (141 votos a favor)
Derechos Culturales
Artículo 12.- El Estado promueve, fomenta y garantiza el acceso, desarrollo y difusión de las culturas, las artes y los conocimientos, atendiendo a la diversidad cultural en todas sus manifestaciones y contribuciones, bajo los principios de colaboración e interculturalidad.
El Estado debe generar las instancias para que la sociedad contribuya al desarrollo de la creatividad cultural y artística, en sus más diversas expresiones.
El Estado promueve las condiciones para el libre desarrollo de la identidad cultural de las comunidades y personas, así como de sus procesos culturales.
Esto se realizará con pleno respeto a los derechos, libertades y las autonomías que consagra esta Constitución. (142 votos a favor)
Artículo 13.- Los pueblos y naciones preexistentes tienen derecho a obtener la repatriación de objetos de cultura y de restos humanos pertenecientes a los pueblos. El Estado adoptará mecanismos eficaces en materia de restitución y repatriación de objetos de culto y restos humanos que fueron confiscados sin consentimiento de los pueblos y garantizará el acceso de los pueblos a su propio patrimonio, incluyendo objetos, restos humanos y sitios culturalmente significativos para su desarrollo. (103 votos a favor)
Derechos Digitales
Artículo 18.- Todas las personas, individual y colectivamente, tienen derecho al acceso universal, a la conectividad digital y a las tecnologías de la información y comunicación, con pleno respeto de los derechos y garantías que establecen esta Constitución y las leyes. (119 votos a favor).
Artículo 19.- El Estado tiene la obligación de superar las brechas de acceso, uso y participación en el espacio digital, sus dispositivos e infraestructuras. (114 votos a favor)
Artículo 20.- El Estado garantiza el cumplimiento del principio de neutralidad en la red. Las obligaciones, condiciones y límites en esta materia serán determinados por la ley. (116 votos a favor).
Artículo 21.- – El Estado garantiza el acceso libre, equitativo y descentralizado, con condiciones de calidad y velocidad adecuadas y efectivas a los servicios básicos de comunicación. (111 votos a favor)
Artículo 22.- Toda persona tiene el derecho a la educación digital, al desarrollo del conocimiento, pensamiento y lenguaje tecnológico, así como a gozar de sus beneficios. El Estado asegurará que todas las personas tengan la posibilidad de ejercer sus derechos en los espacios digitales, para lo cual creará políticas públicas y financiará planes y programas gratuitos con tal objeto. (121 votos a favor)
Artículo 23, inciso 3°. Las obligaciones, condiciones y límites en esta materia serán determinados por la ley. (105 votos).
Artículos Relacionados
Alondra, mensaje a la mujeres y la Nueva Constititución
por Alondra Carrillo (Chile)
4 años atrás 1 min lectura
Jaime Bassa: «Los constituyentes debemos estar a la altura de las expectativas y de la historia»
por Medios
5 años atrás 2 min lectura
La historia de una traición. ¡ASAMBLEA CONSTITUYENTE, AHORA!
por Hugo Gutierrez G. (Chile)
3 años atrás 34 min lectura
Invitación FORO MUJER sábado 6 de marzo
por Diversas Organizaciones de Mujeres (Chile)
6 años atrás 1 min lectura
Parada, Warnken, los dos tercios y el inefable Garretón
por Roberto Pizarro Hofer (Chile)
4 años atrás 6 min lectura
Iquique: VI Mancomunal Teatral Iberoamericana
por Iván Vera-Pinto Soto (Coordinador General)
9 horas atrás
27 de octubre de 2026
La VI Mancomunal Teatral Iberoamericana reunirá del 28 al 31 de octubre a compañías, artistas y maestros de diez países. La programación incluye espectáculos teatrales, conferencias y conversatorios, con transmisiones virtuales por el canal de YouTube del Teatro Universitario Expresión de Iquique.
Carta a los políticos: «Ustedes son el rostro de su pueblo, sus representantes»
por Cardenal Fernando Chomali G. Arzobispo de Santiago de Chile
11 horas atrás
27 de octubre de 2026
El sueño de una patria de todos y para todos se construye, sobre todo, desde la rectitud de intención. Ya Aristóteles distinguía entre quienes se dedican a la política buscando el bien y quienes lo hacen por interés: «el político es el hombre que elige las bellas acciones por ellas mismas, mientras que la mayor parte de los hombres abrazan esta vida por dinero y provecho».
Asamblea General ONU: Reafirma el derecho inalienable del Sahara Occidental -de todos los pueblos- a la libre determinación y a la independencia
por piensaChile
1 día atrás
26 de octubre de 2026
Habiendo examinado a fondo la cuestión del Sáhara Occidental, Reafirmando el derecho inalienable de todos los pueblos a la libre determinación y a la independencia, de conformidad con los principios enunciados en la Carta de las Naciones Unidas y en su resolución 1514 (XV)… Solicita al Comité Especial encargado de Examinar la Situación con respecto a la Aplicación de la Declaración sobre la Concesión de la Independencia a los Países y Pueblos Coloniales que siga examinando la situación en el Sáhara Occidental y la informe al respecto en su octogésimo segundo período de sesiones;
El documental Naza y a la verdadera saga observada con respecto a su proyección en Costa Rica: algunos apuntes
por Nicolas Boeglin (Costa Rica)
3 días atrás
26 de octubre de 2026
La desesperación de las actuales autoridades de Israel es tal con respecto al contenido de este documental, que han prohibido su proyección en Israel, han propuesto una ley que retire la nacionalidad a cualquier periodista que critique el ejército israelí y han anunciado que sancionarán a los militares que dieron sus testimonios.