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Re-pensar nuestras acciones…

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Un 20 de noviembre de 1989 la Asamblea General de las Naciones Unidas adoptó y aprobó casi de inmediato la denominada CONVENCION INTERNACIONAL SOBRE LOS DERECHOS DEL NIÑO. Convención que tiene 54 artículos, la misma que desarrolla y estrena una nueva doctrina: la PROTECCIÓN INTEGRAL. Esta Convención ha dado un salto cualitativo muy importante en la forma de considerar a los niños, niñas y adolescentes bajo una nueva óptica, bajo una nueva percepción: Niñez y Adolescencia como sujeto de derechos. Sin embargo, a 23 años de vigencia aún queda la tarea de re-pensar, re-plantear e incorporar los nuevos paradigmas que ahora se construyen y emergen en América Latina: los grupos y organizaciones de Niños, Niñas y Adolescentes Trabajadores (NATs.). La mayoría de nuestros países latinoamericanos, bajo la guía tutelar de la Organización Internacional del Trabajo- OIT, han firmado los Convenios 138 y 182. Estos convenios, regulan la edad para trabajar y prohíben el trabajo infantil, respectivamente.

Estamos en absoluto acuerdo que la explotación laboral de los niños, niñas y adolescentes es un fenómeno social que debemos desaprobar, censurar y oponernos tajantemente. Es un imperativo ético de toda la sociedad rechazar todo maltrato físico y psicológico a nuestras generaciones. En esto, todos estamos de acuerdo. Pero, hay preguntas de fondo que hay que plantear:

¿Por qué los niños, niñas y adolescentes latinoamericanos salen a trabajar?, ¿qué ingresos tienen las familias para permitir que los niños, niñas y adolescentes trabajen?,  ¿qué modelo de desarrollo económico genera y permite que los niños, niñas y adolescentes trabajen a temprana edad?, ¿hemos investigado alguna vez que significa el “trabajo infantil” para los propios involucrados y qué significado tiene en la cosmovisión del mundo rural-andino?

Lo cierto es que la experiencia muestra que en muchos países de nuestro continente la gran mayoría de niños, niñas y adolescentes trabajan para sobrevivir, trabajan para ayudar a su propias familias, trabajan para pagar sus estudios, trabajan para comprar sus ropas y alimentos. Trabajan para sus gustos y recreaciones. Trabajan por un tema de subsistencia vital y el los casos rurales por transmisión de aprendizajes culturales de cómo cuidar y producir la tierra.

Al reverso de la medalla, ¿qué hay detrás de la “abolición”?, ¿se pretende ocultar la pobreza cada vez más precaria y progresiva?, ¿no sería mejor invertir más en abolir a la corrupción política; a la violencia institucionalizada de los Estados o en definitiva invertir en abolir a las pseudo democracias aún vigentes en nuestro medio?, ¿no es el capitalismo mercantilista y financiero el que se aprovecha de la mano de obra barata de los niños, niñas y adolescentes más pobres de américa?

Lo lamentable es que nuestros gobiernos, discursean con mucha facilidad y simpleza sobre la “Abolición del Trabajo Infantil”, pero al parecer ignoran e invisibilizan las verdaderas causas que provocan el trabajo infantil: la inequidad y las injusticias sociales contra nuestras familias, contra los sectores más pobres de la población latinoamericana.

En Chile, es lamentable que parte de la institucionalidad política carezca de un análisis más profundo sobre el tema. Somos implacables para juzgar a nuestra niñez y adolescencia trabajadora, pero lo paradójico es que nunca se sanciona -ni moral, ni legalmente- a los verdaderos responsables de la explotación y maltrato laboral: los empleadores/as adultos sin ética. Por tanto, no es el trabajo en sí lo que hay que discutir ni juzgar, sino las condiciones inhumanas de trabajo y a quiénes permiten –directa e indirectamente- la explotación laboral infantil.

Después de 23 años es necesario trabajar y proponer a mediano y largo plazo una nueva Convención Internacional ya que hay que re-pensar nuestras acciones en cuanto a temas referidos al Protagonismo Social y Organizativo de los cientos, miles y millones de niños, niñas y adolescentes trabajadores de américa. Nuestros países vecinos tienen una gran trayectoria en este campo. La Convención –artículos 12, 13 y 15- otorga el derecho de protagonismo, participación y organización en la toma de decisiones en los asuntos que les afectan. Es tiempo de promover un nuevo paradigma social: la PARTICIPACIÓN INTEGRAL.

No a la explotación laboral infantil… Sí al trabajo digno y a mejores condiciones laborales… El trabajo es un derecho humano

–  El autor de este Artículo es Diplomado en Derechos del Niño y Políticas Sociales para la Infancia-Adolescencia. En la actualidad es Técnico en Prevención y realiza labores de desarrollo social y comunitario en Iquique.

 

 

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