Indebido Proceso: juicios antiterroristas, los tribunales militares y los Mapuche en el sur de Chile
por Human Rights Watch
17 años atrás 8 min lectura
A continuación presentamos el resumen del informe de Human Rights Watch presentado en octubre del año 2004. Desde esa fecha la situación no sólo no ha mejorado, sino que se ha ido agudizando. Damos a conocer a Uds. este informe pues en él, desde la visión de una organización internacional, libre de cualquier sospecha de sectarismo o activismo ideológico, podrán conocer como funciona la ‘justicia’, como operan los tribunales en los casos que le toca atender relacionados con la lucha histórica del Pueblo Mapuche.
La Redacción de piensaChile
I. Resumen
La estrategia empleada por el gobierno chileno para frenar la inestabilidad desencadenada por los conflictos de tierras en las regiones del sur del país está aparentemente dando frutos. El nivel de violencia en la zona ha disminuido desde 2002, y la organización mapuche que el gobierno hace responsable de los peores actos de violencia aparentemente ha sido desarticulada.
Sin embargo, los éxitos del gobierno tienen un alto precio para los mapuche, que por siglos habitaron la región como un pueblo independiente. Mientras que los niveles de vida del resto del país siguen mejorando, los mapuche del sur viven en un entorno empobrecido. Además de la discriminación que llevan sufriendo por años, muchos sienten ahora la carga adicional de la persecución política.
El gobierno del Presidente Ricardo Lagos insiste en que no hay terrorismo en Chile. Sin embargo, el recurso de dicho gobierno a leyes antiterroristas para ocuparse de las comunidades mapuche organizadas ha conllevado restricciones de las garantías procesales que los delitos cometidos no justifican de ningún modo. Al mismo tiempo, el uso de tribunales militares para tratar los abusos policiales denunciados contra los mapuche—tribunales que han actuado como garantes de la impunidad de los que abusan de los derechos de los indígenas—impide que los mapuche, cuyos derechos han sido violados, obtengan resarcimiento.
Desde principios de 2002, siete mapuche y una activista pro mapuche han sido acusados y condenados conforme a una versión modificada de la ley antiterrorista implantada por el gobierno militar del Gen. Augusto Pinochet. Todos ellos están cumpliendo condenas de hasta diez años de prisión por incendio o amenazas de incendio—delitos tipificados en la ley antiterrorista—cometidos contra propiedades de propietarios de fundos y empresas forestales. En la actualidad hay 16 personas, entre ellas cinco de los ya condenados, a la espera de finalización de otro juicio por asociación ilícita terrorista. Para cualquier líder de la presunta asociación, el delito acarrea una pena mínima de 15 años de cárcel. Esto significa que, si vuelven a ser condenados, algunos de los acusados podrían pasar hasta 25 años en prisión. Muchos otros activistas y sospechosos mapuche, además, han permanecido en detención preventiva por largos períodos, algunos por más de un año, antes de que se dejaran sin efecto los cargos.
Los juicios plantean serias preocupaciones con respecto a las garantías procesales. El uso injustificado de los cargos de terrorismo hace que los líderes mapuche estén en detención preventiva durante meses. Las investigaciones del ministerio público pueden mantenerse en secreto durante un período de hasta seis meses. En un juicio oral, se pueden admitir pruebas fundamentales facilitadas por testigos “sin rostro” cuya identidad se oculta a la defensa.
Aparte de los problemas relativos al debido proceso que presentan estos juicios que se debaten en los tribunales ordinarios, los mapuche acusados de violencia contra la policía son juzgados en tribunales militares en procesos que no cumplen los requisitos básicos de independencia e imparcialidad. No es de extrañar, por lo tanto, que muchos mapuche consideren que el nuevo sistema procesal penal de Chile, en vigor desde 2000 en la región más afectada por los conflictos, ofrezca ventajas para todos menos ellos.
Desde que explotaran los conflictos de tierras en Chile a mediados de los noventa, los mapuche han sufrido abusos durante incursiones policiales a comunidades sospechosas de apoyar actividades ilegales o dar refugio a quienes participan en ellas. Los tribunales militares ejercen una jurisdicción exclusiva en las investigaciones de los abusos cometidos por Carabineros, la policía uniformada que forma parte de las fuerzas armadas. En el pasado, los tribunales militares aseguraron la impunidad a los responsables de las violaciones a los derechos humanos durante el gobierno militar. En la actualidad, la jurisdicción militar frente a los abusos cometidos por miembros de la fuerza pública sigue constituyendo un obstáculo a una investigación imparcial y transparente de tales hechos.
El pueblo indígena más numeroso de Chile, los mapuche habitan principalmente en Bío Bío, Araucanía, y Los Lagos (en la octava, novena y décima regiones de Chile, respectivamente). Durante varias décadas, los empresarios agrícolas y las grandes empresas forestales han convertido gran parte de la zona en plantaciones masivas de pinos y eucaliptos. Las comunidades mapuche son enclaves empobrecidos y discriminados cuyos niveles de vida están bastante por debajo del promedio en todos los indicadores sociales. Algunas se han beneficiado de un programa oficial de compra y entrega de tierras para los pueblos indígenas, pero los recursos de que dispone este programa han sido insuficientes para satisfacer las necesidades de los mapuche. Desde mediados de los noventa, algunas comunidades han recurrido a acciones ilegales contra las empresas forestales para promover sus demandas, con medidas tales como la ocupación de tierras y la quema de bosques, maquinaria y vehículos. Aunque el número de comunidades presuntamente involucradas en actos ilegales es pequeño (2,4 por ciento según el Ministerio del Interior), el pueblo mapuche comparte ampliamente estas quejas y demandas.
El uso de la ley antiterrorista en el conflicto de tierras comenzó con el actual gobierno del Presidente Lagos. Además de numerosas investigaciones criminales realizadas de acuerdo con las disposiciones del Código Penal, el gobierno de Eduardo Frei (1994-2000) inició algunos enjuiciamientos contra los mapuche conforme a la Ley de Seguridad del Estado, una ley de 1958 destinada a combatir la subversión, la rebelión y la violencia política. Con el aumento del número de incidentes violentos en la zona y la presión creciente de los agricultores para una respuesta oficial más firme, el gobierno de Lagos recurrió a la ley antiterrorista como alternativa más poderosa, iniciando al menos seis procesos de este tipo contra líderes presuntamente participes en acciones ilegales.
Dicha ley es un legado del gobierno militar (1973-1990). El General Pinochet la introdujo en 1984 para enfrentar las acciones de los grupos políticos armados que llevaban a cabo secuestros, asesinatos y ataques contra comisarías de policía con rifles de asalto y lanzagranadas. Es la ley más dura de la legislación chilena, y sus disposiciones han sido endurecidas en cierto modo desde la llegada de la democracia. Duplica las condenas normales para algunos delitos, dificulta la libertad provisional, permite que el ministerio público retenga pruebas a la defensa durante un plazo de hasta seis meses y que los acusados sean condenados basándose en el testimonio de testigos anónimos. Estos testigos comparecen en el juicio detrás de una pantalla para que los acusados y el público no puedan verlos.
De acuerdo con la Constitución de Chile, los condenados por terrorismo no pueden ostentar un cargo público, ocupar puestos de enseñanza, ejercer responsabilidades en sindicatos o empresas ni practicar el periodismo durante un período de 15 años. Es más, no tienen derecho a un indulto presidencial.
Los peores actos de los que se acusa a los mapuche son efectivamente delitos considerados en el Código Penal. Están relacionados con la destrucción de propiedad privada, con ataques incendiarios contra bosques, edificios, camiones y maquinaria de compañías madereras y, en ciertos casos, casas habitadas, además de amenazas de cometer dichos actos. Excepcionalmente, se ha condenado en el pasado a unos cuantos mapuche por violencia contra las personas, lo que incluye la quema de vehículos forestales cuyos ocupantes apenas lograron ponerse a salvo.
Sin embargo, después de diez años de ocupaciones de tierras y violencia esporádica, lo que incluye enfrentamientos entre las comunidades indígenas y la policía, los guardias forestales y propietarios de tierras, las acciones de los mapuche no han cobrado ni una sola vida. Muchos de los mapuche que están siendo juzgados por terrorismo son agricultores pobres y líderes tradicionales de sus comunidades. Otros son mapuche más jóvenes que han vivido en áreas urbanas, estudiado en universidades y que han regresado para organizar a sus comunidades en torno a las demandas de tierras, que en muchos casos datan de varias generaciones. Las armas que emplean a veces son rudimentarias, tales como boleadoras, palos y piedras y en muy pocos casos escopetas. Las pérdidas económicas provocadas por los ataques incendiarios, según se estima, son considerables. No obstante, en la mayoría de los casos, los delitos cometidos son delitos contra la propiedad y no se ajustan al concepto de terrorismo que se deduce de los tratados internacionales como la Convención Interamericana Contra el Terrorismo, que se refiere a graves violaciones contra las personas.
NdeR. de piensaChile Este es sólo el Resúmen de dicho informe. Las otras materias que trata del Informe de Human Right Watch son:
II. Recomendaciones
Sobre los juicios antiterroristas
Sobre la justicia militar
Sobre operaciones policiales
III. Antecedentes
Políticas gubernamentales
La proliferación de las plantaciones de pinos y eucaliptos en las tierras ancestrales mapuche
Movilización mapuche
Presión para una acción gubernamental más firme
Los “terroristas” de Chile
El nuevo sistema de justicia penal de Chile
IV. Juicios Antiterroristas
Delitos terroristas
Restricciones al debido proceso
Detención preventiva
Testigos “sin rostro”
Intervenciones de la Corte Suprema
Asociación ilícita terrorista: ¿non bis in ídem?
¿Persecución del delito o persecución política?
V. Maltrato y brutalidad policial
Malos tratos durante allanamientos policiales
Maltrato después de la detención
VI. Justicia militar
Los obstáculos presentados por los tribunales militares a los mapuche que buscan resarcimiento por los abusos policiales
Alex Lemún Saavedra
Alberto Coliñir Painemil
Daniela Ñancupil
El uso de los tribunales militares contra los mapuche acusados de violencia contra la policía
VII. Agradecimientos
El texto completo del informe lo puede accesar a pulsando aquí: Informe Human Rights Watch
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