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Demanda contra Iberia: discriminación contra descapacitado

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Deportista con discapacidad pide a Sernac hacerse parte en demanda por discriminación contra Iberia

La aerolínea anuló la reserva y se negó a venderle un pasaje a campeón nacional de bochas (23 del escalafón mundial), lo que le impidió asistir a un entrenamiento en su disciplina con el equipo paralímpico español.

En su decisión, empresa hizo caso omiso de certificado médico que indicaba que el joven gozaba de la autonomía suficiente para viajar.

Un deportista con discapacidad solicitó al Servicio Nacional del Consumidor (SERNAC) que se haga parte de una querella infraccional con demanda de perjuicios por $50 millones en contra de la aerolínea Iberia, presentada el martes 22 de noviembre de 2005 por la mañana en el Juzgado de Policía Local de Santiago.

La acción judicial se origina a fines de junio del presente año, cuando la empresa aeronáutica anuló la reserva y se negó a venderle un pasaje sin mayor justificación a Ricardo José Campos Barrera, de 21 años, quien se disponía a viajar a Madrid para participar en unas jornadas especiales de entrenamiento deportivo.

El afectado considera que se le ha discriminado por movilizarse en una silla de ruedas a causa de una parálisis cerebral, limitación no le ha impedido desarrollar sus actividades. De hecho, él es el actual campeón nacional de bochas (23 en el escalafón mundial) y fue distinguido el año 2002 como el DEPORTISTA MáS DESTACADO por la FEDERACIóN PARALíMPICA DE CHILE.
El Director del Sernac, José Roa, recibió en audiencia privada al joven y tras conversar con él consideró la situación como “muy grave y como tal existe una falta a los derechos de los consumidores que compromete el interés general de éstos a no ser discriminados. Los consumidores tienen derecho a no ser discriminados, a que no se les niegue la venta y que se les venda bajo las condiciones ofertadas".

La acción legal fue presentada por el propio afectado y su abogado, Rodrigo Gil Ljubetic, del estudio jurídico álvarez, Hinzpeter, Jana y Valle, quien le presta servicios ad-honorem en su calidad de integrante de la red de Fundación Pro Bono, entidad sin fines de lucro que canaliza el voluntariado legal de cerca de mil abogados. La iniciativa cuenta también con el apoyo del Fondo Nacional de la Discapacidad (Fonadis).
 
Negativa de venta
Cuando Iberia canceló su reserva, el joven viajaba becado a España para participar en un entrenamiento de alto nivel en su disciplina, donde tendría la oportunidad de perfeccionarse bajo el mando del preparador del equipo español paraolímpico de bochas, Florencio Díaz Díaz. Esta oportunidad surgía de una invitación extendida por deportistas españoles y Campos sólo debía cubrir su boleto de avión, para lo cual estuvo ahorrando durante meses.

Al momento de elegir la empresa de transporte, el joven se documentó a través de las páginas web para escoger una línea aérea que se adecuara a sus posibilidades económicas y a su especial condición física. Luego de comparar las ofertas en el mercado, decidió que la de Iberia era la más adecuada, puesto que promovía abierta y expresamente su compromiso con facilitar el transporte de las personas con movilidad reducida.

Para evitar malos entendidos posteriores, Campos se apersonó en las oficinas comerciales de la firma de transporte aéreo e hizo su reserva presentando todos los documentos requeridos, entre ellos un certificado médico que constataba su autosuficiencia.

No obstante, al poco tiempo la aerolínea comunicó a la familia del afectado que cancelaría la reserva del billete porque él no podía valerse por sí mismo, juicio que no estaba acompañado de ningún certificado médico ni otro documento que pudiera contradecir los presentados por Campos.

El afectado consideró que la negativa de la línea aérea era injustificada y que era ilógico que se le exigiera viajar acompañado (es decir, tenía que comprar dos pasajes) cuando en la información institucional se señalaba que la línea aérea estaba capacitada para trasladar a personas con movilidad reducida.

Campos se contactó con el Fondo Nacional de la Discapacidad (Fonadis) y éste derivó el caso a Fundación Pro Bono. Rodrigo Gil se ofreció voluntariamente a representar a Campos bajo la modalidad de trabajo pro bono, es decir, sin percibir honorarios ni ningún tipo de retribución monetaria.
 
El autor pertenece al área de Comunicaciones
Fundación Pro Bono
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http://www.probono.cl/
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