Justicia ordena a Carabineros no atacar con lacrimógenas a comunidades mapuche
por Osciel Moya (Chile)
14 años atrás 2 min lectura
Por orden de la Corte de Apelaciones de Temuco, Carabineros no podrá atacar con bombas lacrimógenas a las comunidades indígenas, luego que acogiera un recurso de amparo en favor de los integrantes de la comunidad mapuche Wente Winkul Mapu del sector Chequenco de Ercilla.
El abogado Nélson Miranda, patrocinante de la acción legal, destacó la importancia de esta orden de la Justicia a Carabineros, debido al procedimiento considerado ilegal y arbitrario desplegado por la fuerza pública los primeros días del mes de noviembre.
El profesional indicó que la resolución ordena a Carabineros que no use bajo ninguna circunstancia violencia desmedida en contra mujeres, niños, ni tampoco a las propiedades comprendidas desde el cerco hacia el interior de las comunidades.
Nélson Miranda precisó que la Corte también acogió el planteamiento de que se estaban infringiendo las garantías constitucionales y se ponía en peligro la integridad física y síquica de los comuneros, se violaba la Convención internacional de los derechos del Niño y el convenio 169 de la OIT que establece un trato especial a los pueblos originarios.
El profesional indicó que en lo concreto, las fuerzas policiales y el ministerio público actúan en la Araucanía con órdenes amplias de investigar, como en tiempos de dictadura.
Nélson Miranda indicó además, que la resolución de la Corte de Apelaciones de Temuco también establece un precedente, dada la política de criminalización de la protesta social impulsada desde el Ministerio del Interior.
El profesional puntualizó que si carabineros no quiere caer de desacato, deberá abstenerse de realizar actos de violencia contra mujeres, niños y de lanzar bombas lacrimógenas en los patios de las viviendas particulares de la comunidad indígena del sur del país.
Fuente: www.radionuevomundo.cl
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