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Israel : la impunidad como norma.

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Gilles Devers, del Colegio de Abogados de Lyon, junto a treinta otros  treinta (1) de sus colegas y en nombre de más de trescientas ONG, ha entablado una querella contra Israel ante la Corte Penal Internacional (CPI) por delitos de gravedad excepcional cometidos por el estado sionista entre diciembre de 2008 y enero de 2009, durante el reciente bombardeo y matanza de la población de Gaza.

Giles Devers explica: « Hemos tratado de responder ante la gravedad de los hechos cometidos. Esa es la base de todo procedimiento judicial. Los juristas que conocen el derecho penal saben que la primera dificultad es la de determinar el crimen, es decir, cómo comprender la mecánica y lógica de un pensamiento criminal ».

En los primeros días de la matanza, Mireille Mendez-France (nuera del ex primer ministro francés, miembro del ejecutivo de la Unión de Judía de Francia por la Paz,   presidente de la Fundación Frantz Fanon y una de las ONG signatarias de la querella) pudo ingresar a Gaza y dió su testimonio sobre los hechos cometidos y preparados de antemano por el gobierno de Tel Aviv. Los delitos cometidos tienen un carácter inédito, « fuera de toda norma ». Al respecto puntualiza el abogado Devers : « Un gobierno reivindicaba su derecho a actuar militarmente contra la población civil, y dichos actos, de los cuales fue testigo el mundo entero, los conocimos únicamente por la reivindicación israelí. Era necesario entonces, frente a lo que se desarrollaba ante nuestros ojos, decir que se trataba de ‘crímenes de guerra’ y no de una  una guerra ; dichos crímenes constituyen un atentado a la conciencia de la humanidad. Este crimen pudo realizarse gracias a la impunidad que siempre ha protegido al estado de Israel ».

La querella presentada contra los que resulten responsables -políticos y militares- por la matanza llevada a cabo durante casi un mes -y que no pudo doblegar la corajuda resistencia palestina- se fundamenta en la decisión Stakic del TPIY (julio de 2003) que  precisa : « En el marco de la lucha contra crímenes internacionales, la disuasión constituye un intento por integrar o reintegrar a la sociedad a gente que se creía fuera del alcance del derecho internacional. Dichas personas deben saber que si no respetan las normas universales fundamentales del derecho penal, se exponen no sólo a procedimientos judiciales en su contra sino también a sanciones por parte de los tribunales internacionales ».

Por esta razón, el grupo de abogados decidió llevar el caso a la CPI como acción prioritaria. « Es sólo uno entre otros procedimientos -precisa el abogado Devers- porque evidentemente, ante la envergadura y gravedad de los hechos cometidos contra la población de Gaza, existen otras vías que aún no han sido exploradas. Pero había que actuar rápidamente. Ello no es óbice para otras acciones judiciales, por ejemplo,  las que podrían llevar a cabo los familiares de las víctimas ».

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La querella fue presentada el 22 janvier 2009 por : los abogados Gilles Devers, Lyon, France ; Narriman Abdel Kader, El Caire, Egypte ; Ahmed Bin O. Altuwaijri, Arabia Saudita ; Georges-Henri Beauthier, Bruxelles, Bélgica ; Abdel Rahman Beneumer, Rabat, Marruecos ; Mustafa Bouchachi, Argelia ; Michael Chahine, München, Alemania ; Dominique Cochain, París, France ; Stanley Cohen, Stanley Cohen & Associates, New York, Estados Unidos ; Hélène Crokart, Bruselas, Bélgica ; Alexis Deswaef, Bruselas, Bélgica ; Abdelrahim El Jami, Rabat, Marruecos; Abdel Azim El Maghraby, El Caire, Egipte ;  Mohamed Ellouze, Bélgica ; Bechir Essid, Tunicia ; Philippe Favard, Bruselas, Bélgica ; Liliane Glock, Nancy, Francia ; Sevda Gôg, Estanbul, Turquía ; Najet Hadriche Abouali, París, Francia ; Narriman Kattineh, Niza, Francia ; Mourad Sebki, Luxemburgo ; Brahim Semlali, Casablanca, Marruecos ; Nada Serra Abouzeid, Paríss, Francia ; Khalid Soufiani, Rabat, Marruecos ; Jutta Stoll, LL.M., Frankfurt/Main, Alemania ; Guy Thomas, Luxemburgo ; Véronique Van der Plancke, Bruselas ; Gaston Vogel, Luxemburgo ; Jamil Youness, París ; Mireille Fanon-Mendes-France, Miembro del Ejecutivo Nacional de l’UJFP y presidente de la Fundación Frantz Fanon, París, Francia

El abogado Devers nos señala que diversos sectores no están directamente implicados en el conflicto, pero apoyan las diligencias emprendidas. Es una demostración, dice, de que lo sucedido en Gaza fue una bofetada a la conciencia de la humanidad.

Para el grupo de abogados, es necesario dejar intacto el fundamento de la acción de justicia, es decir, la defensa de la memoria de las víctimas y la búsqueda de los culpables : « Debe haber justicia para los 1417 palestinos muertos entre el 27 de diciembre de 2008 y el 18 de enero de 2009, que fueron víctimas de crímenes de guerra y de crímenes contra la humanidad».

Esta es la segunda querella contra personeros civiles y militares israelíes,  luego que una primera querella fuera presentada en España en la Audiencia Nacional, contra los que resultaren responsables por el asesinato de varios civiles perpetrado por la aviación israelí en la noche del 22 de julio de 2002, contra el domicilio de un dirigente de Hamas -Salah Chehadeh- en el que murieron catorce personas (mujeres, niños, vecinos de Chehadeh). Se trata de los llamados « asesinatos preventivos selectivos » a los que acostumbra el estado sionista. Dicha querella, fue admitida por el juez  español Fernando Andreu Merelles, del Juzgado Central de Instrucción N° 4  de la Audiencia Nacional, el 29 de enero pasado.

El juez Andreu Merelles había cursado previamente una Comisión Rogatoria Internacional, sobre la base de lo  dispuesto por el Convenio Europeo de Asistencia Judicial  de Materia Penal (1959) del cual tanto España como Israel son signatarios.

La acción el juez español -fundada en el artículo 23 de la Ley Orgánica del Poder Judicial ibérico- otorga competencia a los tribunales españoles sobre todos los delitos cometidos por españoles o extranjeros fuera del territorio español y que pudieren tipificarse como genocidio o terrorismo. Si dichos delitos ya han sido juzgados o si se está procediendo a una investigación por el juez del país ( en este caso Israel) donde se han realizado los crímenes, España tendría que inhibirse. Ahora bien, el código penal israelí permite enjuiciar a extranjeros por crímenes cometidos fuera de sus fronteras, pero sólo si dichos crímenes « han sido perpetrados contra el estado de Israel o contra el pueblo judío ».

En el auto emitido en Madrid el 29 de enero de 2009 por el juez Andreu Merelles, se interpuso querella contra Dan Halutz, comandante en jefe de la fuerza aérea israelí en el momento de la comisión de los delitos ; Benjamín Ben Eliezer, ministro de defensa israelí en el momento de los hechos ; Doron Almog, general isarelí al mando de las fuerzas del Sur ; Giora Eiland, presidente del Consejo de Seguridad y asesor de seguridad ; Michael Herzog, secretario militar del ministerio de defensa israelí ; Moshé Yalón, jefe de estado mayor del ejército israelí ; Abraham Dichter, director del servicio general de seguridad de Israel.

Ello implica, que cualquiera de estos individuos puede ser arrestado si pisa territorio europeo, es decir si se encuentra en un país signatario del Convenio Europeo de Asistencia Judicial  Recíproca.

Cuando el moribundo Ariel Sharon trató de visitar Bélgica hace algunos años, fue disuadido por sus consejeros debido a que entonces la ley de competencia universal belga, podría haber sido aplicada.  Posteriormente, ante las presiones israelíes y del lobby sionista, Bélgica disminuyó el alcance de su ley de competencia universal.  

Las diligencias judiciales llevadas por el juez Andreu Merelles en España, hicieron reaccionar aieadamente a  Tel Aviv y el pusilánime gobierno hispano por boca de Moratinos, prometió favorecer un « ajuste a las leyes procesales españolas ». Es decir buscar la manera que la legislación española no lastime ni con el leve pétalo de una comisión rogatoria al estado sionista. Extraño. Cuando Pinochet fue detenido en Londres, sobre la base de la ley de competencia universal hispana, nadie de los entonces dirigentes españoles o europeos mencionó siquiera la posibilidad de modificar dicha ley. Curioso, el conocido doble rasero, según el transgresor pertenezca  o no al pueblo elegido.

El procedimiento actual adoptado por el abogado galo Devers y otros treinta de sus colegas, se inscribe entonces en una diligencia ante la CPI -que ni Israel ni Palestina- han ratificado.

En la querella presentada, se designa a Israel como potencia ocupante y se recuerda la resolución 242 del Consejo de Seguridad de la ONU (22/11/1967), la cual señala que Tel Aviv debe proceder a la evacuación de los territorios ocupados, además del reconocimiento explícito de la soberanía, de la integridad territorial y de la independencia política de cada estado de la región, lo que incluye el reconocimiento de Jerusalén como capital de Palestina.

Sin embargo, Israel no ha respetado dicha resolución y ha practicado desde entonces una política de asentamientos de colonos y ha ocupado Gaza, aun si reconoce la existencia de una frontera en lo que respecta a Gaza. Las resoluciones conminando a Israel a poner término a la ocupación de Palestina son numerosas : 338 (1973); 425 (1978); 480 (1980); 497 (1981); 1397 (2002); 1515 (2003). Esta exigencia de la comunidad internacional ha sido reiterada  por la Asamblea General de la ONU, desde la  resolución 2625  del 24 de octubre de 1970.

En el caso de la querella presentada ante la CPI por el grupo de abogados que encabeza Devers, se hace presente que Tel Aviv ha violado la cuarta Convención de Ginebra, del 12 de agosto de 1949, relativa a la protección de civiles en tiempos de guerra.

Por otra parte, Israel no ha respetado las decisiones del Consejo de  Seguridad de la ONU, más aún, recientemente ha negado la validez a la decisión de la CIJ del 9 de julio de 2004, relativa a la ilegalidad de la construcción de un muro en los territorios ocupados. “La agresión a Gaza se inscribe entonces -dice Gilles Devers-  en una línea constante que consiste en  pisotear al derecho internacional”.

El bloqueo impuesto a Gaza, el cierre de los puntos de acceso a este territorio y el corte del suministro de carburante, víveres y medicamentos, constituyen un castigo colectivo en contra de la población civil. Dicho bloqueo fue reforzado luego de la agresión armada de diciembre y enero pasado impidiendo la intervenciónn de organizaciones humanitarias y restringiendo también el acceso de la prensa. Pocos días antes del inicio de la agresión israelí, la Asamblea General de la ONU (19/12/2008, 72° sesión plenaria, resolución 63/201) había subrayado el carácter inadmisible de la actitud de Israel relativa la derecho internacional y recordó que el pueblo palestino tenía derecho a reparaciones por el despojo de sus recursos naturales, su destrucción o agotamiento por medidas tomadas por el estado sionista.

La agresión bautizada “plomo endurecido”, arrojó un balance escalofriante y un conjunto de elementos permite establecer que dicha agresión puede ser tipificada, con arreglo a los documentos y tratados internacionales suscritos por Israel, como “crimen de guerra”.

Durante los 22 días de bombardeos fueron muertos 1 417 palestinos, de los cuales sólo 236 eran combatientes. El número de niños muertos es más elevado que el de combatientes. Hay que agregar a esto 5 303 heridos graves, entre los cuales 1 606 niños y 828 mujeres. Por su parte, Israel reconoce tres civiles israelíes muertos y diez soldados.

2 400 casas y apartamentos fueron destruidas, 490 por la acción directa de bombardeos, además de 29 edificios que albergaban oficinas públicas y ministerios; 60 comisarías de policía; 30 mezquitas; 5 sedes de órganos de prensa; 29 escuelas; un tercio de las tierras cultivables fue destruido; también el agresor sionista procedió a la destrucción de cementerios y a la profanación de tumbas; almacenes y hangares en los cuales la ONU almacenaba productos de consumo cotidiano (leche, cereales, azúcar, etc) fueron también destruidos por los bombardeos.

Los israelíes decidieron atacar el primer día de la agresión a la hora de salida de clases de los colegiales, por esta razón se contabilizaron más de 200 muertos ese día. 

Las armas utilizadas -fósforo blanco- demuestran la intención de golpear a los civiles (ver www.hrw.org/node/81760).

Ello demuestra según los abogados que el objetivo militar era secundario, aunque las afirmaciones israelíes en el sentido de que querían acabar y/o empujar al grupo dirigente de Hamas, a deponer las armas -lo que por otra parte no lograron- el objetivo decisivo de la agresión era la población civil, y ello caracteriza el crimen de guerra y el crimen contra la humanidad. 

“Está claro -puntualiza Devers- que el término de la matanza no fue logrado porque Tel Aviv había alcanzado un objetivo supuestamente político o militar, sino porque intervino un factor político exterior, la toma de posesión de Barack Obama. Los testimonios confirman que en los últimos días , las operaciones militares fueron más violentas. El objetivo de la agresión era causar un elevado número de víctimas civiles ”.

La decisión de desencadenar la agresión se orientaba a destruir y proceder a un escarmiento masivo en una población que mayoritariamente apoyaba a Hamas y que le había dado una mayoría de diputados en el Parlamento palestino. “Se trataba de advertir que el ejército israelí puede atacar en cualquier momento este territorio. Es el fruto de una política que se funda en una relación de dominación que niega los derechos humanos y la igualdad entre los hombres”, explica Devers.

El grupo de abogados intenta entonces poner término a la impunidad del estado sionista utilizando el derecho internacional y las particularidades del derecho nacional en cada país. Sin embargo han desestimado entablar una querella en Israel, puesto que las investigaciones ordenadas por la justicia y el ejército israelí, ante la indignación internacional creada por la agresión, no fueron serias y el estado sionista se protege aduciendo que se trata de asuntos de “seguridad nacional”.

Las posibilidades que brinda el derecho son variadas. Recurrir ante la CPI permite plantear el asunto de la agresión en su globalidad ante una jurisdicción internacional penal permanente. Pero también el grupo de abogados considera presentar querellas ante jurisdicciones nacionales en función de la nacionalidad de las víctimas. En este sentido se prevén querellas en España, Gran Bretaña, Turquía y en Noruega e incluso, se podría efectuar una diligencia en EEUU, en el marco del American Alien Statute y en la ONU  se ha pedido la creación de una jurisdicción especial al respecto

El gobierno de Tel Aviv ha alegado la incompetencia jurisdiccional de la CPI, por cuanto Israel no ha ratificado el Tratado de Roma que la creó (EEUU, tampoco lo ha ratificado). Por otra parte se aduce que Palestina tampoco lo ha hecho y se cuestiona la naturaleza estatal de la Autoridad Palestina. “Hay que señalar que el Consejo de Seguridad de la ONU puede recurrir ante la CPI, cualquier estado miembro puede también presentar querella y el gobierno palestino puede hacer una declaración explícita de competencia”, replica Devers, agregando que, “en el ejército de Israel sirven personas que disponen de doble nacionalidad, y muchos de dichos estados han ratificado el estatuto de Roma”. Se podría entonces, si existiera la voluntad de hacerlo, perseguir ante tribunales nacionales a ciudadanos israelíes que disponen de otra nacionalidad, y que habiendo servido en el ejército sionista pudieren haber participado en crímenes tipificados como crímenes de guerra o crímenes contra la humanidad       

El grupo de abogados decidió presentar la querella (22/01/2009) y además, obtuvo una declaración de competencia del gobierno palestino.  Y ello era necesario por cuanto la población  palestina es una de las más amenazadas del mundo puesto además que su carácter estatal ha sido cuestionado por su propio agresor.

Por otra parte, Devers y sus pares pidieron al gobierno francés que  recurriera ante el Consejo de Seguridad de la ONU, sobre la base del Estatuto y en concomitancia con el capítulo VII de la Carta de la ONU. El gobierno galo, así como la UE, que acostumbran a gargarizarse con la muletilla de la defensa de los derechos humanos, cuando se trata del Tibet, de Sudán o de Cuba, ha hecho mutis por el foro, lo que demuestra que la impunidad que ampara al estado de Israel no está protegida sólo por su simbiótico aliado estadounidense. Algunas semanas antes del desencadenamiento de la agresión israelí, la UE había juzgado necesario “realzar el nivel de cooperación con Israel”. Decisión que debió suspender ante el vasto movimiento de protesta, consecutivo a los crímenes que estaba cometiendo la soldadesca israelí en Gaza.

La querella presentada por el grupo de abogados se funda en el Tratado de Roma del 17 de julio de 1998, que instituyó la CPI y está dirigida contra los que resultaren culpables “por crímenes de guerra y crímenes contra la humanidad cometidos en la tierra palestina de Gaza entre el 27 de diciembre de 2008 y el 18 de enero de 2009”.

La querella fue autorizada y formalizada por la declaración de competencia depositada por el ministro de Justicia palestino, Alí Khashan, luego de una entrevista con el juez de la CPI, Luis Ocampo.

En ella, Alí Khashan otorga competencia retroactiva a la CPI para que investigue sobre los crímenes cometidos en Gaza, desde 2002, con arreglo al Estatuto de la CPI (artículos 11 y 12).

En sus considerandos, los abogados señalan que se trata de crímenes contra la humanidad, debido a su carácter sistemático y que hubo intento de exterminación de parte de la población palestina con una secuela  de asesinatos de civiles, homicidios intencionales premeditados, ejecuciones sumarias y violaciones graves a las leyes y costumbres que se aplican a los conflictos armados. Se puntualiza que el Estatuto de la CPI, permite buscar las responsabilidades civiles o militares por dichos actos. El balance humano y material de la matanza ha sido establecido por decenas de asociaciones y por algunos personeros de la propia ONU. Dichos informes concuerdan y van en el mismo sentido : se trata de crímenes graves que pueden ser tipificados como crímenes de guerra.

La querella fue presentada ante el procurador de la CPI, Luis Moreno Ocampo, y dicho magistrado acogió solemnemente la presentación hecha por el grupo de abogados y expresó : “Desde el 27 de diciembre de 2008 la CPI ha recibido 326 comunicaciones de ONG y personas sobre la situación existente en los territorios ocupados;  examinaremos atentamente los casos relatados y todo lo que tenga que ver con la jurisdicción de esta Corte, incluyendo la declaración de la Autoridad Nacional Palestina que acepta la jurisdicción de la CPI, para saber si los crímenes denunciados entran en la categoría definida por el Estatuto de la CPI y si se puede iniciar un procedimiento en relación a ellos”.

La llamada “base razonable” para perseguir a los responsables de los crímenes denunciados existe, y aunque una reforma y revisión del Estatuto de la CPI está prevista para julio de 2009, el 24 de abril pasado, la CPI estableció un plan de acción destinado a hacer “efectiva la universalidad y la puesta en marcha integral del Estatuto de Roma  de la CPI, para poner término a la impunidad de autores de crímenes graves que tienen un alcance internacional”.  

Desde la elección del nuevo gobierno presidido por Netanyahu -cuyo ministro de RREE, no es otro que Liebermann, un connotado fascista-, se ha acentuado el aislamiento del estado sionista que enfrenta una reprobación internacional que no decrece. La reciente entrevista de Netanyahu y Obama en Washington, la gira de éste último por el Cercano y Medio Oriente podrían indicar que el gobierno estadounidense estaría reconsiderando su irrestricto e incondicional apoyo al estado sionista, habida cuenta de la hostilidad mundial que dicho apoyo ha generado, particularmente en el mundo musulmán. A más largo plazo, podría ser el inicio de cierto cambio de la política de EEUU en la región y la relativa  pérdida de importancia para EEUU del portavión israelí, que podría ser reemplazado por otro que concitara menos aversión.

En todo caso, la iniciativa de las ONG representadas por los 40 abogados, busca, a pesar de la desidia de la comunidad internacional, impedir que se consume una vez más la impunidad por los crímenes cometidos por un estado que desde su fundación ha pisoteado el derecho internacional.
París, 4 de junio de 2009

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