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El lado solidario del sistema de pensiones

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La pensión mínima solidaria es presentada como la gran obra social del gobierno de Michelle Bachéele y. no cabe duda de que representa una humanización del cruel sistema de capitalización individual, sin embargo la reforma no tocó en ningún aspecto las enormes y abusivas ganancias de las AFP.
            
En la Fenicia chilena no podría seguir subsistiendo esta inaceptable injusticia que mantiene al 75% de los adultos mayores desprovistos de toda previsión que no sea la ayuda asistencial o jubilaciones mínimas, que no llegan, ni siquiera, a $60.000. (La pensión asistencial para menores de 70 años asciende a $45.092; entre 70 y 75 años, a $48.069; a 75 y más, $53.559). Además, el postulante debe cumplir con una serie de requisitos para optar a tan indigna y miserable suma de dinero.

La presidenta, Michelle Bachelet, está cumpliendo con su palabra propuesta, cuando fue candidata a la presidencia de la República, de reformar el sistema de pensiones, cosa que no hicieron sus antecesores, lo que les puede ser imputado éticamente. Ninguna persona bien nacida y dotada de sentido común puede rechazar la pensión básica solidaria; no es un regalo, sino una mínima acción de justicia. La pensión básica solidaria supone que todos los chilenos y, sobre todo las mujeres tienen derecho, a partir de junio de 2008, a $65.000 mensuales, hayan o no cotizado en el sistema de pensiones.  E ira  aumentando  hasta llegar a 75. 000 en los años siguentes. Debemos considerar, además, que el país está entrando en una fase inflacionaria cercana a un IPC de 8%, que reduce el poder adquisitivo de estas pensiones; por lo demás, el IPC no da cuenta cabal del alza de precios de productos base del consumo popular, como es el caso, hoy, del pan  de las verduras y de la electricidad. Se agrega un aporte del estado a quienes tengan cotizaciones que pensionen por menos de 200.000 pesos supuestamente para favorecer a la clase media

Aristóteles distinguía la justicia conmutativa – aquella que no distingue edad, sexo, etnia ni riqueza – de la justicia distributiva- necesariamente discrimina a favor de los más pobres. En el caso de la pensión básica solidaria hay aspectos de la justicia conmutativa, pero a la vez existe una concepción al revés de la justicia distributiva; el ejemplo más palmario es que no distingue entre hombres y mujeres para acceder a este beneficio. Todos los chilenos y chilenas deben tener una edad mínima de 65 años A pasar de la oposición de varias Diputadas y Diputados el Senado mantuvo los 65 para ambos sexos.

Otro aspecto que rompe la justicia conmutativa es el hecho de que los empresarios no aportan un solo peso al sistema previsional de sus empleados y obreros, incluso, ni siquiera, algunos de los patrones pagan el 12%, que es propiedad de los trabajadores. Nada gano con decir que esto constituye un delito de apropiación indebida de dinero ajeno. Se calcula que la deuda de los empresarios asciende a $500.000.000. Según Guillermo Arthur, coordinador de las AFPs, hay miles de querellas en Tribunales y no informa cuántas de ellas han sido falladas favorablemente.

En la discusión del Proyecto en cuestión se han propuesto varias fórmulas para solucionar el problema: 1) descontar la deuda de la devolución de impuesto a la renta de los empresarios; 2) que este delito sea de acción pública, es decir, que cualquier persona se pueda querellar; 3) que el Estado no subvencione a las empresas morosas. En otro aspecto, se podrían buscar fórmulas para que los empresarios aporten en la pensión de sus empleados: 1) que el empleador pague los todos gastos de administración a las AFPs o, al menos, de un 30% a un 50%. No es suma estratosférica, ¿no les parece?; 2) que paguen los seguros de supervivencia e invalidez.

Hay una serie de medidas positivas en el Proyecto: 1) la bonificación por hijos de todas las mujeres en edad de jubilar, durante un año, calculado sobre el ingreso mínimo vital – como se comprenderá, la capitalización por este concepto es muy pequeña, pues el ingreso mínimo vital está muy lejano al llamado “ético”; 2) el subsidio previsional a los trabajadores jóvenes y los descuentos tributarios a las empresas que los contratan – habría que considerar el tipo de empleo que se ofrece a los jóvenes, pues es sabido que muchos de ellos son extraordinariamente precarios, por consiguiente, creo que hay que aplicar la justicia distributiva privilegiando a las pymes sobre las grandes empresas y a quienes ofrezcan empleos de calidad sobre los precarios; no veo por qué, según la justicia distributiva, no sean aplicables menores tributos a quienes aportan más al empleo y calidad de vida a los jóvenes -; 3) la cotización obligatoria de los trabajadores independientes, quienes constituyen un tremenda masa laboral – según el Proyecto, debe estar incorporado el  40% en los primeros años y el 100% al décimo año, además, debe considerarse que todos estos trabajadores engrosarían la ganancia de las AFPs y de los bancos, lo cual hace entren a la galera del sistema con más remeros.

¿Quién no puede estar de acuerdo en que se reconozca el trabajo de las heroicas dueñas de casa, muchas de ellas con más de sesenta años trabajando al cuidado de niños y machos abrumados y, algunas veces, de abuelitos y abuelitas, nietos y otros familiares? Según Fourier, todo avance en los derechos de la mujer constituye un avance en el socialismo. Don Luis Emilio Recabarren comprendió, muy bien, este postulado fundamental de la liberación humana y por su pasión ética fue acusado por los machistas totalitarios de todos los tiempos.

Si bien esta Reforma tiene aspectos positivos, mantiene incólume el sistema neoliberal, pues no toca un ápice de la capitalización privada; lo único que hace es humanizar al Estado subsidiario.

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