Sobre la negación de los derechos ciudadanos de los y las chilenos en el exterior
por PROANDES (Chile)
18 años atrás 3 min lectura
El término de esta ilegítima e indecorosa violación masiva de la ciudadanía ha sido burlado desde el año 2.000, cuando un proyecto de Ley para reconocer este derecho fue presentado al senado el 24 de agosto de ese año; y a pesar que las fuerzas políticas en el Congreso acordaron públicamente, en el año 2.004, la aprobación de reformas que restablezcan este y otros derechos a los/as emigrados.
La derecha política en el Congreso, a pesar de las todavía frescas promesas en contrario de su líder Sebastián Piñera, ha frustrado la iniciativa de la Concertación en el Gobierno, exigiendo la inclusión en la iniciativa de requisitos que obligarían a los/as emigrados a trasladarse al país. Requisitos contrarios a la naturaleza misma del derecho a voto en el exterior y por tanto inaceptables.
Una vez más, los poderes fácticos frustran la democracia y el desarrollo de Chile, dejando en la impotencia al Gobierno elegido. Esta vez, contrariando y dejando muy atrás al país respecto de la tendencia mundial a modernizar la democracia, no solo otorgando el derecho a voto en el exterior, sino la representación parlamentaria de los/as emigrados a través de la circunscripción electoral especial, ya establecida en Colombia y Ecuador, y de avanzada discusión en México y otros países.
Chile, no solo tiene responsabilidades respecto de sus numerosos emigrados, llamados “la décimo cuarta región del país”, por su magnitud y significativo aporte, sino también respecto de su creciente inmigración intraregional. Y una medida que ayudaría al cumplimiento de esta responsabilidad con todos ellos es la emisión por parte del Gobierno de las declaraciones previstas en los artículos números 76 y 77 de la “Convención Internacional sobre la protección de los Derechos de todos los Trabajadores Migratorios y sus Familiares” de Naciones Unidas, para que el Comité de ésta pueda recibir denuncias de incumplimiento por parte de otros Estados y de particulares.
Mientras el voto a los emigrados requiere de una mayoría en el Congreso, estas emisiones solo precisan la voluntad y acción del Gobierno. Resulta entonces incomprensible que éste haya hecho ratificar la “Convención” pero no emita las declaraciones, dejando este valioso documento, de hecho, como “letra muerta”, y , en esta ocasión, a los emigrados chilenos sin una instancia internacional donde hacer valer sus derechos negados.
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