España, Pablo Hasel, tras la condena: «Pasaré 5 años preso por delitos de opinión, pero jamás claudicaré, fascistas de mierda»
por
7 años atrás 5 min lectura
https://www.youtube.com/watch?v=OJYDbDdz0xY
Me han condenado a 2 años y otro de pena-multa, es decir, 3 años. Se suman a los 2 que ya tengo por canciones contra el régimen. Pasaré 5 años preso por delitos de opinión, pero jamás claudicaré. Jamás, fascistas de mierda.
— Pablo Hasel (@PabloHasel) 2 de marzo de 2018
Un saludo a la escoria que celebra mi encarcelamiento. Sólo darán más voz al mensaje que quieren silenciar, sólo me van a fortalecer como revolucionario. Esto adelanta el fin de vuestra tiranía.
— Pablo Hasel (@PabloHasel) 2 de marzo de 2018
Muchos medios mienten. No me han condenado por enaltecer a ETA. Jamás he condenado la mayoría de sus acciones, pero no me están condenando por esto, sino por denunciar las torturas que sufrió un supuesto militante de ETA entre otras cosas.
— Pablo Hasel (@PabloHasel) 2 de marzo de 2018
Ya no es ni una cuestión de opiniones, es que me han condenado por contar hechos objetivos sobre la monarquía, la policía o los presos políticos. Aún así, no hace falta compartir todo lo que uno dice para ver que esto son injusticias muy graves.
— Pablo Hasel (@PabloHasel) 2 de marzo de 2018
Si hasta por opinar, si hasta por luchas pacíficas ejercen una brutal represión, que ningún hipócrita se lleve las manos a la cabeza cuando haya quienes ejerzan la autodefensa pasando a mayores. Ante una dictadura así, toda lucha es legítima.
— Pablo Hasel (@PabloHasel) 2 de marzo de 2018
https://twitter.com/PabloHasel/status/969565063127367683
La Audiencia Nacional ha condenado a dos años y un día de cárcel al rapero Pablo Hasel por delitos de enaltecimiento del terrorismo, con la agravante de reincidencia, por el contenido de 64 mensajes publicados en Twiter y una canción en Youtube. Además, deberá pagar multas por valor de 24.300 euros por injurias a la Corona y a las fuerzas y cuerpos de seguridad del Estado.
Hasel, cuyo verdadero nombre es Pablo Rivadulla, podría ingresar en prisión de ser confirmada esta última sentencia por el Tribunal Supremo, dado que ya fue condenado por enaltecimiento del terrorismo en 2014.
En aquel año le condenaron por difundir a través de su canal de YouTube varias canciones en las que elogiaba a miembros de grupos terroristas, aunque el rapero no llegó a entrar en prisión al carecer de antecedentes penales.
Las condenas de dos años o menos no obligan la entrada a prisión. Pero ahora, Hasel sí podría ingresar en prisión para cumplir las dos condenas que suman cuatro años, siempre y cuando esta última sea finalmente confirmada por el Alto Tribunal.
En la sentencia, los magistrados de la Sección Primera de la Sala Penal Concepción Espejel y Nicolás Poveda, con el voto particular de Manuela Fernández de Prado —partidaria de la absolución—, consideran que las publicaciones de Hasel suponen “una actuación conjunta, dirigida contra la Autoridad del Estado en sus múltiples formas, menospreciando y denigrándolos personalmente y en conjunto, aludiendo a la necesidad de ir más allá en un comportamiento violento, incluso con la utilización del terrorismo, a cuyos miembros destacados y condenados judicialmente por ello, se dirige en términos de ser el referente a imitar, buscando la adhesión de personas a tal finalidad”.
La Sala analiza la doctrina del Tribunal Supremo sobre la materia, en especial la reciente sentencia que ha condenado al también rapero “Valtonyc”, para destacar que el delito de enaltecimiento requiere que se genere un riesgo en abstracto.
En este sentido, los magistrados destacan el comentario que el rapero publicó en su cuenta de Twitter —con 54.000 seguidores— el 14 de marzo de 2016 en el que junto a una foto de la miembro del Grapo Victoria Gómez, Hasel expresó que “las manifestaciones son necesarias, pero no suficientes, apoyemos a quienes han ido más allá”.
“No se trata pues de un mero comentario en el que se vierte una opinión, sino que se trata de un mensaje que encierra claramente una invitación a realizar una conducta igual que la de sus referentes, se incita a tratar de emular sus actos. En definitiva, actividad violenta y terrorista que representa una forma de lucha encomiable y positiva según su criterio”, señala la Sala.
En relación con el delito de injurias y calumnias a la Corona, la Sala señala que los mensajes y el vídeo analizado presentan una actuación por parte del acusado que determina la imputación al rey emérito y del rey actual la comisión de múltiples delitos, entre ellos el de homicidio y de malversación, así como de una «conducta no acorde con la autoridad que representan».
Respecto al delito de injurias y calumnias contra las instituciones del Estado, el tribunal subraya los delitos que se imputan de forma reiterada a los miembros de los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad del Estado, acusándoles de asesinatos, torturas, que «se integran en unos contenidos ofensivos y de marcado odio a los mismos».
Voto particular para su absolución
En un voto particular, la magistrada Manuela Fernández de Prado —partidaria de la absolución— entiende que Hasel debió ser absuelto puesto que su actuación encaja dentro de la libertad de expresión y no supone una manifestación del discurso de odio para propiciar o alentar, aunque sea de manera indirecta, una situación de riesgo para las personas o derechos de terceros o para el propio sistema de libertades. Respecto a los tuits y el vídeo de Youtube relativos a la Corona, esta magistrada entiende que contienen una «crítica ácida», pero no superan los límites de la libertad de expresión.
“El artista que canta una canción se convierte en un personaje que lleva a cabo una representación que le aleja de la realidad. La provocación, la ambigüedad, la crítica ácida tiene cabida entonces en mayor medida que si se tratase de una expresión pegada a la realidad, porque se trata de una representación en la que puede jugar la ficción”.
*Fuente: Publico.es
Artículos Relacionados
Comisión Valech: El secreto que no permite conocer qué pasó ¿Protección a las víctimas o a los criminales?
por Mario López M.(Chile)
9 años atrás 10 min lectura
Irma: Cuba sends hundreds of doctors to Caribbean islands devastated by hurricane
por Indenpendet.co.uk
8 años atrás 3 min lectura
La Concertación mantuvo búsqueda de impunidad
por Felipe Portales (Chile)
2 años atrás 7 min lectura
Guatemala: Bernardo Arévalo recibe 58% de los votos en las elecciones presidenciales
por Medios Internacionales
2 años atrás 8 min lectura
[Hoy, 19:30 hrs] «Movimiento Contra la Tortura Sebastián Acevedo» realizará acción en Plaza de Armas
por Francisca Palma (Chile)
8 años atrás 1 min lectura
El arte y la memoria en Chile: La lucha por no olvidar
por Iván Vera-Pinto Soto (Iquique, Chile)
1 año atrás 7 min lectura
1 Comentario
Deja una respuesta Cancelar la respuesta
Lo siento, debes estar conectado para publicar un comentario.
Viernes 8 de agosto, Acto por Julia Chuñil: Unidad de las luchas frente a la impunidad y la represión del Estado
por Organizaciones de Solidaridad y DD.HH.
7 horas atrás
30 de julio de 2025
El caso de Julia se suma a otros siete que han sido denunciados ante tribunales desde el año 2001: Hugo Arispe Carvajal, Ricardo Harex González, José Huenante, Ramón Pacheco Giacomozzi, José Vergara Espinoza, Jean Fedor Louis y Geraldo Monarez Peña. En todos ellos se ha comprobado la participación o responsabilidad del Estado y sus agentes.
Chile: Según Gendarmería, el Mapudungun, no es idioma, es «coa», es decir, una jerga o argot utilizado por los delincuentes
por Andrés Figueroa Cornejo (Chile)
8 horas atrás
30 de julio de 2025
«Aquí lo que se está violando es el derecho internacional, porque Gendarmería no es un poder aparte del Estado que esté facultado para deliberar o interpretar, no es un ente autónomo. Por eso nosotros hacemos responsable de lo que está sufriendo nuestro pueblo al gobierno de turno de Gabriel Boric. La actual administración del Estado chileno continúa reprimiendo al pueblo mapuche en lucha, fuera y dentro de las cárceles, en nombre de los intereses del capital extractivista que invade nuestros territorios.»
Chile: Según Gendarmería, el Mapudungun, no es idioma, es «coa», es decir, una jerga o argot utilizado por los delincuentes
por Andrés Figueroa Cornejo (Chile)
8 horas atrás
30 de julio de 2025
«Aquí lo que se está violando es el derecho internacional, porque Gendarmería no es un poder aparte del Estado que esté facultado para deliberar o interpretar, no es un ente autónomo. Por eso nosotros hacemos responsable de lo que está sufriendo nuestro pueblo al gobierno de turno de Gabriel Boric. La actual administración del Estado chileno continúa reprimiendo al pueblo mapuche en lucha, fuera y dentro de las cárceles, en nombre de los intereses del capital extractivista que invade nuestros territorios.»
Francia maniobra para salvar su desacreditado plan de autonomía marroquí para el Sáhara Occidental
por Victoria G. Corera (Sahara Occidental)
1 día atrás
29 de julio de 2025
Hay un hecho fundamental: el plan de autonomía es un intento unilateral de consagrar la ocupación del Sáhara Occidental, contraviniendo todas las resoluciones de la ONU y el principio de descolonización.
Si lo que está sucediendo en España con la ley mordaza sucediese en
Venezuela, los medios fascistas españoles lo denominarían
terrorismo de estado.