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Gaza / Israel: Fiscal de la Corte Penal Internacional (CPI) reafirma urgencia de emitir órdenes de arresto

Gaza / Israel: Fiscal de la Corte Penal Internacional (CPI) reafirma urgencia de emitir órdenes de arresto
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28 de agosto de 2024

En un documento remitido el pasado 23 de agosto a la Sala de lo Preliminar de la Corte Penal Internacional (CPI), el Fiscal de la CPI ha reiterado su solicitud de órdenes de arresto contra dirigentes israelíes (su Primer Ministro y su Ministro de Defensa) y contra tres líderes del Hamás.

Este documento permite además al Fiscal de la CPI responder a algunos de los escritos remitidos a la CPI por parte de Estados, organizaciones internacionales, ONG y académicos, entre los cuales algunos (muy pocos en lo que concierne a Estados) que cuestionaron su actuar desde el punto de vista jurídico, a partir de interpretaciones jurídicas antojadizas.

El drama indecible que se vive en Gaza

En el último informe de situación de Naciones Unidas (al 26 de agosto de 2024, véase enlace) se lee que el bombardeo incesante sobre la población civil de Gaza por parte de Israel no ha sido interrumpido, con nuevos dramas vividos en Gaza en los últimos días:

Between the afternoons of 23 and 26 August, according to the Ministry of Health (MoH) in Gaza, 170 Palestinians were killed and 390 were injured. Between 7 October 2023 and 26 August 2024, at least 40,435 Palestinians were killed and 93,534 were injured, according to MoH in Gaza.

The following are some of the deadly incidents reported between 22 and 25 August:

On 22 August, five Palestinians were reportedly killed and others injured when a house was hit in the vicinity of Bani Suheila square, east of Khan Younis.

On 23 August, five Palestinians were reportedly killed when a vehicle was hit southeast of Khan Younis.

On 23 August, four Palestinians were reportedly killed and others injured when a house was hit in northwestern An Nuseirat Refugee Camp, Deir al Balah.

On 24 August, four Palestinians were reportedly killed and others injured when a house was hit in Maan area, east of Khan Younis.

On 24 August, 11 Palestinians, including women and children, were reportedly killed and 30 others injured when a house was hit in Al Amal neighborhood, west of Khan Younis.

On 24 August, at about 12:10, eight Palestinian men were reportedly killed when a vehicle (tuk-tuk) was hit in northwestern Rafah.

On 25 August, eight Palestinians were reportedly killed and others injured when a house was hit south of Deir al Balah”.

Traducción:

«Entre las tardes del 23 y el 26 de agosto, según el Ministerio de Sanidad de Gaza, murieron 170 palestinos y 390 resultaron heridos. Entre el 7 de octubre de 2023 y el 26 de agosto de 2024, al menos 40.435 palestinos murieron y 93.534 resultaron heridos, según el Ministerio de Sanidad de Gaza.

A continuación se enumeran algunos de los incidentes mortales registrados entre el 22 y el 25 de agosto:

El 22 de agosto, según los informes, cinco palestinos murieron y otros resultaron heridos al ser alcanzada una casa en las inmediaciones de la plaza de Bani Suheila, al este de Jan Yunis.

El 23 de agosto, según informes, cinco palestinos murieron al ser alcanzado un vehículo al sureste de Jan Yunis.

El 23 de agosto, según informes, cuatro palestinos murieron y otros resultaron heridos al ser alcanzada una casa en el noroeste del campo de refugiados de An Nuseirat, en Deir al Balah.

El 24 de agosto, según informes, cuatro palestinos murieron y otros resultaron heridos al ser alcanzada una vivienda en la zona de Maan, al este de Jan Yunis.

El 24 de agosto, según informes, 11 palestinos, entre ellos mujeres y niños, murieron y otros 30 resultaron heridos al ser alcanzada una casa en el barrio de Al Amal, al oeste de Jan Yunis.

El 24 de agosto, en torno a las 12.10 horas, ocho palestinos murieron al parecer al ser alcanzado un vehículo (tuk-tuk) en el noroeste de Rafah.

El 25 de agosto, según informes, ocho palestinos murieron y otros resultaron heridos al ser alcanzada una casa al sur de Deir al Balah».

Es de notar que el saldo mortífero de más de 40.000 personas en Gaza se sitúa, para algunos especialistas, muy por debajo de la realidad. En efecto, en un reciente artículo publicado por un renombrado especialista militar invitado en un sinnúmero de espacios informativos en Francia, y titulado “Guerres en Ukraine et en Israël, (enfin) des voies de sortie en perspective?”, se lee que la cifra real podría corresponder a unas 100.000 personas fallecidas en Gaza desde el 7 de octubre del 2023:

les évaluations des dégâts des bombardements montrent – même en hypothèse basse – que le bilan projeté se situe plutôt autour de 100,000 morts et donc de 350,000 blessés (le ratio de 3,5 est la « norme »), soit 20% de la population palestinienne de Gaza « au bas mot » (450,000 / population initiale de 2,3 millions), blessée ou tuée par cette guerre démesurée.

Traducción:

«Las evaluaciones de los daños causados por los bombardeos muestran -incluso suponiendo poco- que el número de víctimas previsto se acerca más a los 100.000 muertos y 350.000 heridos (la proporción de 3,5 es la “norma”), es decir, el 20% de la población palestina de Gaza “como mínimo” (450.000 / población inicial de 2,3 millones), herida o muerta por esta guerra desproporcionada».

La ausencia de datos verificables responde en gran parte a la ausencia de un personal de agencias humanitarias desplegado en toda Gaza, y a la ausencia de medios de prensa que puedan documentar e informar a la opinión pública internacional sobre la realidad que se vive en Gaza y sobre el alcance exacto de los bombardeos aéreos a los que Israel somete a la población civil de Gaza. A ese respecto, el asesinato deliberado por parte de Israel de periodistas, camarógrafos, asistentes de medios de prensa llevó a unas 60 organizaciones que velan por la protección de los periodistas  a elevar el tono y a exigir a la Unión Europea (UE) tomar acciones (véase carta colectiva con fecha del 22 de agosto del 2024). En dicha misiva se lee que:

Journalists play an indispensable role in documenting and reporting on war crimes and other human rights violations. The cumulative effect of these abuses is to create the conditions for an information void, as well as for propaganda and mis- and disinformation. While Israel contends that its actions are to keep its people safe, history shows that censorship and denial of the right to information is a flawed path to peace or security. We, therefore, write to you today to call for the suspension of the Israel / EU Association Agreement on the basis that it has violated international human rights and criminal law and for the adoption of targeted sanctions against IDF officials and others responsable”.

Traducción:

«Los periodistas desempeñan un papel indispensable a la hora de documentar e informar sobre crímenes de guerra y otras violaciones de los derechos humanos. El efecto acumulativo de estos abusos es crear las condiciones para un vacío informativo, así como para la propaganda y la desinformación. Aunque Israel sostiene que sus acciones son para mantener a salvo a su pueblo, la historia demuestra que la censura y la negación del derecho a la información son un camino erróneo hacia la paz o la seguridad. Por lo tanto, nos dirigimos hoy a usted para pedirle la suspensión del Acuerdo de Asociación Israel/UE por considerar que ha violado los derechos humanos internacionales y el derecho penal, y la adopción de sanciones selectivas contra los oficiales de las FDI y otros responsables».

Al 23 de agosto del 2024, según el Committee to Protect Journalists (CPJ), el número de periodistas asesinados en Gaza por las fuerzas militares de Israel desde el 7 de octubre del 2023, asciende a 116 profesionales de la comunicación (véase informe).

En cuanto al personal humanitario de Naciones Unidas en Gaza, el pasado 19 de agosto se conmemoró, en el Día Internacional de la Acción Humanitaria, la muerte de 280 funcionarios de Naciones en Gaza desde el 7 de octubre del 2023 (véase comunicado).

En otro ámbito relacionado a las exacciones que se comete en Gaza, este 26 de agosto, fue la ONG Human Rights Watch la que publicó un detallado informe sobre la tortura a la que fueron sometidas personas trabajando en hospitales en Gaza, capturadas por Israel (véase informe).

Tuvimos recientemente la oportunidad de detallar estos y algunos otros aspectos del drama indescriptible que se vive en Gaza, así como de analizar la fracasada estrategia militar en Gaza en una emisión del programa Desayunos de Radio UCR (véase enlace a emisión del 21 de agosto titulada «¿Qué está pasando en Gaza?«).Velada en memoria de las víctimas palestinas en Gaza, organizada frente al Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto de Costa Rica en San José, Costa Rica, del 2 de noviembre del 2023. Cortesía de la  Red de Solidaridad con Palestina / Costa Rica.

Las conclusiones del Fiscal en breve

En un extenso documento de 49 páginas (véase texto completo), el Fiscal de la CPI rechaza varias opiniones enviadas por algunos Estados y entidades a la CPI sobre algunas supuestas limitaciones que derivaría para la CPI de los acuerdos de Oslo, y concluye que:

«113. In addition to being manifestly out of time, Israel’s letter neither mentions article 18 nor satisfies the legal requirements of a deferral request under article 18. Merely asserting the capacity of the Israeli justice system and that some investigations are ongoing is not sufficient. The requesting State bears the burden of proof and must demonstrate that its proceedings sufficiently mirror the scope of the Prosecution’s intended investigation. It must provide information of a sufficient degree of specificity and probative value to demonstrate an advancing process of relevant domestic investigations or prosecutions, including patterns of criminality and high-ranking officials. Israel did not provide any such material that would meet this burden. Nor, as outlined above, does any such information appear to exist.

      1. RELIEF REQUESTED
      2. 114. The Prosecution respectfully requests the Pre-Trial Chamber to: 
      • dismiss in limine the observations unrelated to the Oslo Accords; and 
      • urgently render its decisions under article 58, on the basis of the Prosecution’s Applications, these submissions, and the Article 19(3) Decision«.

 Traducción:

«113. Además de ser manifiestamente extemporánea, la carta de Israel ni menciona el artículo 18 ni satisface los requisitos legales de una solicitud de aplazamiento en virtud del artículo 18. No es suficiente con afirmar la capacidad del sistema de justicia israelí y que algunas investigaciones están en curso. Limitarse a afirmar la capacidad del sistema de justicia israelí y que algunas investigaciones están en curso no es suficiente. El Estado solicitante soporta la carga de la prueba y debe demostrar que sus procedimientos reflejan suficientemente el alcance de la investigación prevista por la Fiscalía. Debe proporcionar información con un grado suficiente de especificidad y valor probatorio para demostrar un proceso avanzado de investigaciones o enjuiciamientos nacionales pertinentes, incluidos los patrones de criminalidad y los funcionarios de alto rango. Israel no ha proporcionado ningún material de este tipo que cumpla esta carga. Como se ha indicado anteriormente, tampoco parece existir tal información.

      1. REPARACIÓN SOLICITADA
      2. 114. La Fiscalía solicita respetuosamente a la Sala de Cuestiones Preliminares que
      • desestime in limine las observaciones no relacionadas con los Acuerdos de Oslo; y
      • dicte urgentemente sus decisiones con arreglo al artículo 58, sobre la base de las solicitudes de la Fiscalía, las presentes alegaciones y la Decisión sobre el artículo 19 3)».

En la parte inicial de su opinión, se lee que para el Fiscal de la CPI, los argumentos según los cuales Israel ha procedido a investigar las exacciones de sus fuerzas militares en Gaza no son de recibo:

» 8. (…) As the Prosecution has concluded, and as is evident from the public record, there are no domestic proceedings at present which deal with substantially the same conduct and the same persons as the cases presented to the Chamber pursuant to article 58 of the Statute. There is no information indicating that Benjamin NETANYAHU or Yoav GALLANT, Israel’s Prime Minister and Minister of Defence, respectively, are being criminally investigated or prosecuted, and indeed the core allegations against them have simply been rejected by Israeli authorities«.

Traducción:

« 8. (…) Como ha concluido la Fiscalía, y como se desprende del expediente público, no existen en la actualidad procedimientos internos que versen sustancialmente sobre las mismas conductas y las mismas personas que los casos presentados a la Sala de conformidad con el artículo 58 del Estatuto. No hay información que indique que Benjamin NETANYAHU o Yoav GALLANT, Primer Ministro y Ministro de Defensa de Israel, respectivamente, estén siendo investigados o procesados penalmente, y de hecho las principales acusaciones contra ellos simplemente han sido rechazadas por las autoridades israelíes».

En otra parte de su escrito, se indica que para el Fiscal de la CPI:

«93. In any case, and additionally, the available information does not show that Israel is investigating substantially the same conduct as the ICC. For instance, the information available does not suggest that the above inquiries relate to the conduct underlying the war crime of starvation and/or related crimes. Likewise, the available information does not suggest any inquiry into patterns of criminality, or the potential responsibility of high-ranking officials, which may among other considerations signify the investigation of contextual elements of crimes against humanity. Indeed, significantly, on 28 May 2024 the MAG categorically rejected the commission of these crimes without any indication or implication that such conclusions resulted from a full and rigorous investigation, or indeed any investigation at all».

Traducción:

«93. En cualquier caso, y adicionalmente, la información disponible no muestra que Israel esté investigando sustancialmente la misma conducta que la CPI. Por ejemplo, la información disponible no sugiere que las investigaciones mencionadas se refieran a la conducta subyacente al crimen de guerra de inanición y/o crímenes conexos. Del mismo modo, la informació n disponible no sugiere ninguna investigació n sobre patrones de criminalidad, o la posible responsabilidad de altos funcionarios, lo que puede, entre otras consideraciones, significar la investigació n de elementos contextuales de crímenes contra la humanidad. De hecho, significativamente, el 28 de mayo de 2024 el MAG rechazó categóricamente la comisión de estos crímenes sin ninguna indicación o implicación de que tales conclusiones fueran el resultado de una investigación completa y rigurosa, o de hecho de cualquier investigación».

Breve contexto procesal

De esta manera el plazo otorgado por la Sala de lo Preliminar de la CPI para la recepción de opiniones legales llega a su fin, debiendo ahora la Sala de lo Preliminar tomar una decisión definitiva sobre la solicitud de arresto que recibió desde el 20 de mayo del 2024 por parte del mismo Fiscal de la CPI.

Este plazo adicional de tiempo se debe a una maniobra inicial del Reino Unido de carácter dilatorio, que abrió un compás de espera para que los jueces de la CPI recibieran opiniones jurídicas variadas enviadas por Estados, organizaciones internacionales, ONGs y académicos.  En razón del resultado de las elecciones en el Reino Unido del 4 de julio del 2024, sus nuevas autoridades consideraron innecesario continuar la gestión, y no remitieron ninguna opinión jurídica a la CPI en nombre del Reino Unido.

Con relación  a América Latina, habíamos tenido la oportunidad de referir a las opiniones jurídicas enviadas por Estados de América Latina a la CPI en una nota anterior editada el 6 de agosto del 2024, y titulada «América Latina ante el drama en Gaza: a propósito de las observaciones enviadas por Bolivia, Brasil, Chile, Colombia y México a la Corte Penal Internacional (CPI)«. Si algunos de nuestros estimables lectores no encuentran enlistado a su país de origen, es muy válida la interrogante sobre el punto de saber a qué puede estar obedeciendo semejante omisión e inacción por parte de sus autoridades nacionales. Hacemos a un lado el caso particular de nuestros lectores argentinos, como se explicará a continuación.

Es de señalar que la comunicación remitida por Colombia a la CPI fue precedida por las de España (véase documento), Irlanda (véase documento), así como de Noruega, presentada el 5 de agosto (véase documento completo) que apuntan en la misma dirección, así como por la remitida por Palestina (véase documento): la justicia penal internacional está jurídicamente plenamente habilitada para aplicarse en el territorio palestino ocupado, sin limitación de algún tipo.

Como dato de interés, pasado por alto por la gran mayoría de artículos de prensa y de comentarios firmados por analistas, editorialistas y especialistas, Israel optó por no remitir ninguna opinión escrita a la CPI.

También cabe mencionar la opinión jurídica remitida a la CPI por los 30 expertos de derechos humanos de Naciones Unidas que enviaron una opinión conjunta a los jueces de la CPI (véase documento, cuya lectura completa y relectura se recomiendan), y que concluyen señalando de manera enfática que:

«23. The Mandate Holders recognize the Court’s role in ensuring international justice as a critical component of preserving international order through the protection of the interests of victims of international crimes. People around the world, especially youth, advocating for the application of international law, are watching closely, hoping the promises of international peace are not devoid of meaning. 

24. In light of the expert opinions shared in this document, the Mandate Holders urge the Court not to further delay the delivery of justice in the occupied Palestinian territory, through the prosecution of alleged criminals. The significant effects of this failure would be felt far beyond the tormented land of Palestine».

Traducción:

«23. Los Titulares del Mandato reconocen el papel de la Corte en garantizar la justicia internacional como un componente crítico para preservar el orden internacional a través de la protección de los intereses de las víctimas de crímenes internacionales. Las personas de todo el mundo, especialmente los jóvenes, que abogan por la aplicación del derecho internacional, observan atentamente, esperando que las promesas de paz internacional no carezcan de sentido.

24. A la luz de las opiniones de expertos compartidas en este documento, los titulares del mandato instan a la Corte a que no retrase aún más la administración de justicia en el territorio palestino ocupado, mediante el enjuiciamiento de los presuntos criminales. Los importantes efectos de este fracaso se dejarían sentir mucho más allá de la atormentada tierra de Palestina».

Pese a no haber continuado la gestión iniciada por las autoridades del Reino Unido en junio del 2024, el carácter dilatorio de la maniobra británica explica que desde la solicitud de emisión de órdenes de arresto con fecha del 20 de mayo por parte del Fiscal, la CPI todavía esté analizando dicha solicitud.

El plazo de tiempo puede ser comparado con la órden de arresto contra dos altos funcionarios en Rusia (incluyendo a su Presidente) emitida por una Sala de lo Preliminar de la CPI el 17 de marzo del 2023 (véase comunicado oficial de la CPI), precedida por una solicitud del Fiscal con fecha del 22 de febrero del 2023.

El caso particular de Estados Unidos

Alegando una supuesta limitación a la jurisdicción de la CPI, Israel ha podido contar con un documento remitido por Estados Unidos (véase documento). La particularidad consiste en que este documento proviene de un Estado que no es Estado Parte al Estatuto de Roma de 1998 que crea la CPI.

También remitieron un documento que intenta restringir la jurisdicción penal internacional en Gaza de la CPI los siguientes Estados europeos, que sí son Estados Partes al Estatuto de Roma: Alemania (véase documento), Hungría (véase documento) así como  la República Checa (véase documento).

Por parte de América Latina, como gesto notorio en apoyo a las tesis jurídicas favorables a Israel sobre una supuesta limitación a la jurisdicción de la CPI derivada de los acuerdos de Oslo de 1993, encontramos el único escrito remitido por Argentina (véase documento).

Esta vez, no remitieron ninguna opinión favorable a Israel a los jueces de la CPI Estados que, usualmente, son muy solícitos cuando se trata de Israel y de la justicia penal internacional: Australia, Austria, Canadá, Guatemala, Uganda y Reino Unido así como algunas de las islas del Pacífico (Islas Marshall, Micronesia, Nauru, Palau y Papúa Nueva Guinea). Se trata de un pequeño grupo de Estados que usualmente aparece votando con Israel y con Estados Unidos en Naciones Unidas y que tampoco apareció en diciembre del 2023 al votarse una resolución en el seno de la Asamblea General de Naciones Unidas sobre el derecho a la autodeterminación del pueblo palestino: véase resolución A/Res/78/192), que registró 172 votos a favor, 10 abstenciones y únicamente 4 votos en contra (Estados Unidos, Israel, Micronesia y Nauru).

Los párrafos 16-26 del escrito remitido por Estados Unidos  (véase documento)  constituyen un intento – bastante burdo – para desacreditar la solicitud del Fiscal de la CPI con base en una interpretación de las disposiciones del Estatuto de Roma al que Estados Unidos… no es Estado Parte.

Un Estado no Parte a un instrumento internacional emblemático como el Estatuto de Roma… ¿explicando cómo se deben de interpretar sus disposiciones a los jueces de la CPI? ¿Cómo así? Como se lee.

La profunda soledad de Argentina

Con relación al «aporte» de Argentina en favor de las tesis jurídicas favorables a Israel en este mes de agosto del 2024, es de notar que, en el marco de un ejercicio similar, fue Brasil en el 2020 el que explicó que la CPI no podía ejercer su jurisdicción con relación a las exacciones cometidas por Israel en el territorio palestino ocupado (véase documento).

En aquella ocasión, la argumentación jurídica de Brasil, al igual que la de Alemania, Austria, Hungría, República Checa y Uganda fue rechazada por la Sala de lo Preliminar en una histórica decisión del 5 de febrero del 2021, que tuvimos la oportunidad de analizar (véase nuestra nota titulada»Corte Penal Internacional (CPI) / Palestina: ¿el fin de la impunidad para los autores de crímenes de guerra cometidos en Palestina?«, editada el 5 de febrero del 2021).

En este mes de agosto del 2024, Argentina es el único Estado de América Latina en haber hecho llegar a la CPI un escrito para intentar favorecer a Israel ante los jueces de la CPI.

No está demás señalar que al votarse en la Asamblea General de Naciones Unidas una resolución en mayo del 2024 sobre los derechos de Palestina como futuro Estado Miembro de Naciones Unidas, Argentina volvió a «destacarse» en América Latina al ser el único Estado de la región en votar en contra, conjuntamente con 8 Estados más: Estados Unidos, Hungría, Israel, Micronesia, Nauru, Palau, Papúa Nueva Guinea y República Checa (véase al respecto nuestra nota titulada» Palestina: a propósito de la reciente resolución sobre derechos de Palestina como  futuro Estado Miembro de Naciones Unidas» editada el 10 de mayo del 2024).

CPI e Israel: una vigilancia extrema

Nótese que en mayo del 2024 un grupo de periodistas en Israel dieron a conocer un programa específico de escuchas e intercepción de los servicios de inteligencia israelíes dedicado únicamente al personal de la CPI y al contenido de sus computadoras: el artículo titulado «Surveillance and interference: Israel covert war on the ICC exposed» publicado por el medio Magazine+972 el 28 de mayo del 2024 constituye un reportaje de lectura muy recomendada, en el que se puede saber cómo desde casi 10 años Israel ha estado vigilando constantemente a la CPI y a su personal.

Entre otros detalles, se lee que:

«The former prosecutor was far from the only target. Dozens of other international officials related to the probe were similarly surveilled. One of the sources said there was a large whiteboard with the names of around 60 people who were under surveillance — half of them Palestinians and half from other countries, including UN officials and ICC personnel in The Hague».

Traducción:

«El ex fiscal no era ni mucho menos el único objetivo. Decenas de otros funcionarios internacionales relacionados con la investigación fueron igualmente vigilados. Una de las fuentes dijo que había una gran pizarra con los nombres de alrededor de 60 personas que estaban bajo vigilancia, la mitad de ellos palestinos y la otra mitad de otros países, incluidos funcionarios de la ONU y personal de la CPI en La Haya».

También se indica que por cada caso llevado a conocimiento de la CPI «interceptado«, Israel preparaba información detallada en aras de hacer valer sus propias investigaciones internas llevadas a cabo, todo ello en aras de poder invocar ante el Fiscal y los jueces de la CPI el principio de complementariedad:

«If materials were transferred to the ICC, it had to be understood exactly what they were, to ensure that the IDF investigated them independently and sufficiently so that they could claim complementarity,” one of the sources explained. “The claim of complementarity was very, very significant”.

Traducción:

«Si se transferían materiales a la CPI, tenía que entenderse exactamente de qué se trataba, para garantizar que las IDF los investigaran de forma independiente y suficiente para que pudieran reclamar complementariedad», explicó una de las fuentes. «La reclamación de complementariedad era muy, muy significativa».

Ante la reprobación general y la falta de transparencia de las mismas autoridades de los Países Bajos (véase nota de The Guardian del 31 de mayo del 2024 informando de una iniciativa de un legislador), finalmente, las autoridades de los Países Bajos convocaron a los representantes de Israel en la capital holandesa para solicitarles aclaraciones y manifestarles su profunda indignación ante semejante actuar (véase nota de The Guardian, del 24 de junio del 2024): este programa de escuchas e intercepciones israelí viola las reglas más elementales que protegen a las organizaciones internacionales y a sus funcionarios, vigentes en el ordenamiento jurídico internacional.

A modo de conclusión

Pese a la gravedad de las revelaciones hechas desde Israel por periodistas israelíes extremadamente bien informados, el tiempo tomado por las autoridades de los Países Bajos para proceder a convocar a los diplomáticos de Israel evidencia algún tipo de resistencia en el seno de su aparato estatal.

Se trata del mismo grupo de periodistas de investigación israelíes que dieron a conocer al mundo la existencia del programa de inteligencia artificial «Lavender» mediante el cual Israel procede a escoger a las personas que elimina en Gaza (véase artículo publicado el 3 de abril del 2024 en el medio digital Magazine +972, titulado » ‘Lavender’: The AI machine directing Israel’s bombing spree in Gaza«).

Por lo pronto, finalizado el plazo de recepción de opiniones jurídicas, son los tres jueces de la Sala de lo Preliminar de la CPI los que deberán anunciar en los próximos días (o semanas) su decisión final con respecto a la solicitud hecha el 20 de mayo por parte del Fiscal de la CPI, con relación a dos altas autoridades en Israel (su Primer Ministro y su Ministro de Defensa) y a tres dirigentes del Hamás (de los cuales uno fue asesinado en Teherán por Israel el pasado 31 de julio).

-El autor, Nicolas Boeglin, es Profesor de Derecho Internacional Público, Facultad de Derecho, Universidad de Costa Rica (UCR).
Contacto : nboeglin@gmail.com.

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