El derecho del pueblo saharaui a resistir la opresión
por Dr Jorge Alejandro Suárez Saponaro (Argentina)
5 años atrás 6 min lectura
Buenos Aires (Argentina), 17 Septiembre de 2020
En diversas noticias siempre leemos sobre los abusos e incidentes en protestas protagonizadas por activistas saharauis favorables a la independencia en los territorios ocupados por Marruecos. Estos reclamos, siempre de carácter pacífico, son respondidos con dureza por fuerzas de seguridad del gobierno de ocupación.
En otras palabras reconoció la existencia de una disputa y que los presuntos “derechos” que tiene sobre el territorio, quedan sujetos a la decisión de la población originaria, los saharauis. En cierto punto, asumió la verdad histórica- jurídica, plasmada en el dictamen de la Corte Internacional de Justicia de 1975, donde claramente indicó que el territorio del Sahara Occidental NUNCA FORMO PARTE DE MARRUECOS, ni de la “ENTIDAD MAURITANA”.
La invasión marroquí de 1975-1976, transformó al Sahara Occidental en un territorio sujeto a ocupación militar y por ende quedó bajo el régimen del Derecho Internacional Humanitario o DIH , consagrado en las Convenciones y Protocolos de Ginebra. La finalidad del DIH es limitar y atenuar las calamidades de la guerra, formado por normas consuetudinarias y escritas, además del principio “Cláusula Martens” que prevé en aquellos casos no previstos por el derecho, tanto las personas civiles como los combatientes están bajo protección y la autoridad de los principios del derecho internacional que derivan de la costumbre establecidas, los principios de humanidad y la conciencia pública (conf. IV Convenio de La Haya, Preámbulo y Protocolo Adicional I a los Convenios de Ginebra de 1949, art. 1°). La finalidad de la cláusula Martens es cubrir jurídicamente aquellas situaciones que pudieran surgir en el curso de las hostilidades y no estuvieran contempladas por las normas convencionales, al hacerlo cumple también la función de garantizar la validez y aplicabilidad continuada de normas preexistentes no incluidas en los Convenios.

El Estado ocupante es responsable de garantizar el bienestar de la población del territorio ocupado, mantener los servicios públicos esenciales, la educación y la salud de la población. El estado ocupante no puede modificar las leyes e instituciones de la zona ocupada, debe respetar a los funcionarios existentes, la legislación, el funcionamiento de la Cruz Roja/Medialuna Roja, y los organismos de protección civil. Marruecos borró por la fuerza cualquier vestigio de instituciones saharauis. Impuso sus leyes, instituciones, trajo colonos, impuso sus tribunales, en abierta contradicción al derecho internacional. En otras palabras anexó el territorio ocupado al suyo propio, lo que es considerado un crimen internacional. Son crímenes internacionales también el expolio de recursos naturales como de las actividades que se llevan a cabo, sin consentimiento, ni participación de los naturales del territorio.La represión a manifestaciones públicas, como fue en su momento el Campamento de Gdeim Izik, siguiendo por la represión constante a las manifestaciones que exigen desde la liberación de presos políticos, respeto a los derechos humanos, pasando por reclamos de independencia, son graves transgresiones a la IV Convención de Ginebra; los juicios realizados contra los activistas saharauis, son nulos. A ello se agrega los graves atropellos contra los activistas juzgados por tribunales militares por el Campamento de Gdeim Izik, violatorios al régimen del DIH como también a los tratados de derechos humanos, sobre los cuales la potencia ocupante tiene obligaciones.
El cúmulo de crímenes es extenso, como no dar explicaciones sobre 150 prisioneros desaparecidos durante la guerra de liberación 1975-1991, además de otras 400 desapariciones de civiles, durante los anos más duros de la ocupación. Son crímenes de guerra y lesa humanidad, sobre los cuales la potencia ocupante ni siquiera ha querido dar alguna explicación.
El Reglamento de La Haya, encuadrado dentro del DIH habla sobre el régimen de la vida pública en los territorios ocupados. La potencia ocupante ha impedido sistemáticamente, bajo una política de asimilación forzada. La negativa a legalizar sindicatos, asociaciones civiles y ONG de derechos humanos, son graves infracciones que ha venido cometiendo la potencia ocupante desde hace décadas, a pesar de los llamados de la comunidad internacional.
Escuadrones de la muerte. La escuela francesa
Artículos Relacionados
Ante el acoso de Marruecos a Ignacio Cembrero
por Luis Portillo Pasqual del Riquelme (España)
2 años atrás 10 min lectura
El ministro Albares evita responder si España modificará su postura sobre el Sáhara
por Federico Echanove
4 años atrás 4 min lectura
«Pedimos al gobierno español ocuparse de la Huelga de Hambre de Presos Políticos saharauis»
por Cristina Martínez Benítez de Lugo (España)
3 años atrás 2 min lectura
Hallan tres nuevas fosas comunes en el Sahara Occidental
por La Vanguardia (España)
7 años atrás 3 min lectura
Los periodistas saharauis, encarcelados en Marruecos, no existen para Reporteros sin Fronteras-Francia
por Alfonso Lafarga (Espaöa)
5 años atrás 4 min lectura
La asesora marroquí de Pablo Iglesias denuncia el silencio sobre el Sáhara
por Antonio Lafarga (España)
7 años atrás 4 min lectura
Chile. Pablo o Cucho, te quedas joven y rebelde en los botes que recalan en nuestro pecho
por Andrés Figueroa Cornejo (Chile)
2 horas atrás
07 de junio de 2025
(Estoy hecho una ruina, una blanco fácil, una rotura irremediable desde que me dijeron este domingo por la mañana que Pablo ha muerto de un infarto al corazón, que es igual que un infarto al corazón para los jóvenes rebeldes de la segunda mitad de los 80 del siglo pasado.)
Las primarias del llamado «progresismo»
por Jorge Franco (Chile)
3 horas atrás
08 de junio de 2025
Los primeros debates públicos entre los candidatos del autodenominado «progresismo» han permitido poner claramente de relieve, más allá de ciertas diferencias de matiz existentes entre ellos, su base programática común. Todas las candidaturas se manifiestan partidarias de incorporar a la Democracia Cristiana.
Declaración sobre el Derecho a la Libre Determinación del Sáhara Occidental y el Derecho Internacional
por Profesores de Derecho Internacional y Relaciones Internacionales (España)
1 día atrás
7 de junio de 2025
“La carta que el presidente Pedro Sánchez envió, el 14 de marzo de 2022, al rey Mohamed VI de Marruecos sigue siendo el secreto mejor guardado, al menos en su versión original. En ella, el jefe del Gobierno se alineó por escrito con la solución que propugna Marruecos para resolver el conflicto del Sáhara Occidental.»
Teología Judía de la Liberación de Palestina. Renovación en marcha del judaísmo antisionista
por Diversos autores
2 días atrás
Imagen superior: Judíos protestando contra el sionismo. Llevan carteles que dicen: Sionismo es la causa del derramamiento de sangre en oriente medio. Sionismo y judaísmo son diametralmente opuestos. El…