Un tribunal internacional que amenaza con blindar para siempre los derechos de las multinacionales
por María Jesús Vigo Pastur (España)
8 años atrás 9 min lectura
28 de marzo de 2017

En los últimos 20 años se han puesto de manifiesto los graves peligros que plantean los amplios privilegios concedidos a los inversores extranjeros en la mayoría de tratados de libre comercio o en los tratados bilaterales de inversiones.
Así, estos acuerdos suelen contemplar el conocido como mecanismo de arbitraje de diferencias entre inversores y Estados (ISDS, por sus siglas en inglés) que permite a los inversores extranjeros denunciar a un Estado ante un tribunal de arbitraje privado para reclamar una compensación cuando sientan que sus derechos han sido vulnerados. Una situación que ocurre, por ejemplo, cuando un Gobierno aplica o modifica una legislación que afecta directamente a los beneficios de las empresas multinacionales.
Un mecanismo unilateral que permite a los inversores demandar a los Estados
Los problemas que presenta este mecanismo ya fueron revelados en el informe ‘El Sistema de Tribunales de Inversión puesto a prueba’, publicado en abril de 2016 por el Transnational Institute, en el que se analizan cinco conocidos casos de demandas de multinacionales a distintos países por valor de hasta 15.000 millones de dólares.
- Philip Morris contra Uruguay: el gigante tabaquero demandó a Uruguay después de que el Gobierno de Tabaré Vázquez aprobase una ley que exigía que todas las cajetillas de cigarrillos presentaran advertencias sobre los nocivos efectos del tabaco, así como otras medidas de control, para fomentar la salud pública. En este caso, en julio de 2016, después de seis años de litigio, el Centro Internacional de Arreglo de Diferencias Relativas a Inversiones (CIADI) falló a favor de Uruguay obligando a los demandantes a pagar los gastos de los demandados y del tribunal.

- TransCanada contra los Estados Unidos: en enero de 2016, la petrolera canadiense demandó a EE.UU. después de la decisión del expresidente Barack Obama de no aprobar la construcción del oleoducto Keystone XL como parte de su compromiso para luchar contra el cambio climático. Finalmente, la administración Trump concedió hace unos días a TransCanada los permisos necesarios para iniciar la controvertida obra.
- Lone Pine contra Canadá: En este caso el inversor no era extranjero. Lone Pine demandó a Canadá a finales de 2015 tras la decisión de Quebec de aprobar una moratoria cautelar sobre el fracking. Está todavía pendiente de sentencia.
- Vattenfall contra Alemania: La eléctrica sueca demandó a la ciudad de Hamburgo tras imponer una serie de normas ambientales sobre el uso del agua en una central eléctrica de carbón. En este caso, para evitar llegar a un tribunal de arbitraje que le ordenara pagar una suma de dinero enorme como indemnización, el Gobierno alemán llegó a un arreglo extraprocesal con Vattenfall en 2010, que obligó al Gobierno de Hamburgo a dejar sin efecto sus requisitos ambientales y a emitir los polémicos permisos requeridos para que los planes de la empresa pudiesen seguir adelante.
- Bilcon contra Canadá: el país fue demandado tras una evaluación de impacto ambiental que impidió la construcción de una gran cantera y una plataforma marina en una zona costera ecológicamente sensible. En marzo de 2015, los inversores ganaron el pleito en el tribunal de arbitraje y la cifra compensatoria que se apuntó rondaba los 300 millones de dólares.
«Estas denuncias son una muestra de que el Estado no puede cambiar las leyes cuando descubre que un elemento es dañino para la salud y decide prohibirlo, porque van a venir las empresas y lo van a demandar por daños y perjuicios. El ISDS va en contra del bien común. La realidad es que se dan más derechos a las empresas multinacionales que al resto de ciudadanos«, explica a RT Cuca Hernández, portavoz de la campaña estatal ‘No al TTIP’ y miembro de Attac España, la Asociación por la Tasación de las Transacciones Financieras y por la Acción Ciudadana.

Además, se da la circunstancia de que estos árbitros internacionales no trabajan a tiempo completo y tampoco tienen un salario fijo, sino que cobran en función del número de procesos arbitrados, por lo que el informe alerta además de lo provechoso que resulta para ellos que el número de casos aumente.
Nueva propuesta de la Comisión Europea
En este contexto, desde hace un tiempo, la Comisión Europea y el Gobierno canadiense trabajan conjuntamente para crear un ‘tribunal multilateral de inversiones’ que sustituya al actual sistema ISDS, vigente en unos 3.200 tratados de inversión, en 1.400 de los cuales participan Estados miembros de la UE.
Esta propuesta forma parte de las negociaciones que la UE mantiene con México, y próximamente con Chile, demás de con otros países en otras regiones. Además, lo ha presentado a 40 gobiernos no pertenecientes a la UE durante el Foro Económico Mundial de Davos, así como en una reunión celebrada en diciembre pasado en Ginebra.
“Estamos creando un mundo en el que las empresas multinacionales y los inversores tienen todos los derechos y ninguna obligación”
Cuca Hernandez, portavoz de la campaña ‘No al TTIP’ e integrante de Attac
La idea del Ejecutivo comunitario es crear un órgano permanente internacional que resuelva los litigios relativos a las inversiones. Así, todo parece indicar que el objetivo es desarrollar una convención que pueda firmar cualquier país de forma que este nuevo sistema se aplique cuando surjan controversias entre los países que hayan ratificado el instrumento por el que se establecerá el sistema multilateral.
No obstante, todavía no está claro si el mecanismo propuesto se transformaría en una nueva institución autónoma o bien se integraría en alguna organización internacional ya existente, como la Organización Mundial del Comercio, la Corte Permanente de Arbitraje o la Corte Internacional de Justicia.
De momento, lo que sí sabemos, es que la Comisión ha propuesto que los integrantes de este organismo actúen a tiempo completo, que sus nombramientos dependan de los Estados y que cumplan un código ético, aunque no ha especificado cuál. Además, el proyecto propone que se establezca tanto un tribunal de primera instancia como un tribunal de apelaciones, lo que sería un cambio significativo frente al actual ISDS.

«Aunque introduce una serie de mecanismos reguladores como, por ejemplo, una remuneración estable para estos jueces y que, además, a ser posible, sean jueces de carrera, dejan todo abierto, no especifican nada, e incluso se plantean la posibilidad de que estos jueces cobren por caso trabajado. Con lo cual, indudablemente, incentiva la búsqueda de demandas contra los Estados por parte de los juristas», explica Hernández.
En cualquier caso, la propuesta no es nueva. Los acuerdos comerciales de la UE con Canadá (CETA) y con Vietman ya prevén el establecimiento de uno de estos tribunales para resolver los litigios Estado-inversor, y Bruselas quiere, igualmente, incluirlo en cualquier tratado que pacte en el futuro con países terceros.
Los peligros del Tribunal Multilateral de Inversores
Cabe recordar que la inclusión de este tipo de tribunales en las negociaciones del CETA o el TTIP suscitaron críticas en sectores políticos y de la sociedad civil, que consideran que este tipo de propuestas blindan para siempre el controvertido sistema ISDS, el cuál, según estas organizaciones, solo beneficia a las grandes empresas.

Para ATTAC, el principal problema es que este tribunal para inversores «no existe para el resto de ciudadanos, ni para las pequeñas empresas, ni incluso para las empresas nacionales», asegura Hernández, que pone de ejemplo el caso del Estado español, el más demandado en los últimos años en los tribunales de arbitraje a raíz de la eliminación de las subvenciones a las renovables.
En este sentido, uno de los principales problemas que plantea el tribunal multilateral de inversiones es que, de nuevo, estaríamos ante un sistema unidireccional; es decir, al igual que el sistema ISDS, este tribunal estaría exclusivamente al alcance de los inversores extranjeros. Así, la ciudadanía, las comunidades, los sindicatos o los Estados no podrían presentar una demanda cuando una empresa violara las normas ambientales, de trabajo, de salud, de seguridad o de otra índole
«Los únicos que han podido demandar al Estado español son los inversores extranjeros que se han visto afectados por la eliminación de las subvenciones. Y eso no va a cambiar con la propuesta de la Comisión Europea. Es decir, los pequeños inversores españoles o los trabajadores que se han quedado en paro a consecuencia de la eliminación de las subvenciones no pueden demandar al Estado español. Primero, por el coste desmesurado que tienen este tipo de demandas y, segundo, porque estos tribunales van a seguir siendo exclusivamente para los inversores extranjeros», explica Cuca.

Por todo ello, varias organizaciones de la sociedad civil han lanzado una petición de firmas para pedir a la UE que abandone sus planes para establecer el tribunal multilateral de inversiones, que rechace los nuevos acuerdos comerciales y de inversiones que incluyan estos tribunales corporativos, así como que se comprometa a eliminar dichos tribunales de los acuerdos ya existentes.
«Estamos creando un mundo en el que las empresas multinacionales y los inversores tienen todos los derechos y ninguna obligación. Es decir, no solo no resuelven los problemas, sino que no se les sanciona. No hay posibilidad de sancionar a una empresa cuando ha incumplido los derechos humanos o las regulaciones climáticas», concluye Hernández.
María Jesús Vigo Pastur
*Fuente: Actualidad RT
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También el TPP proponía un Tribunal Internacional para dirimir los problemas de las Transnacionales con los países.
Un Tribunal Internacional es aceptar que las Transnacionales tienen derechos por sobre los estados lo cual no es beneficioso para los países en lo individual.
La globalización e Internacionalización de los derechos de las empresas, no permite que los países protejan a sus ciudadanos buscando formas nuevas de organización que los beneficien según sus aspiraciones, sus costumbres, su cultura y su historia.Creo que cada país debe proteger el nicho donde está situado, sin perjuicio que hayan leyes consensuadas internacionalmente sobre Derechos Humanos.