Las falsas razones para enmarañar y entrabar el voto chileno en el extranjero
por Germán Fernando Westphal Montt (EE.UU.)
12 años atrás 3 min lectura
Las falsas razones para enmarañar y entrabar el voto chileno en el extranjero:
Según este video, el argumento del Presidente Piñera se reduce a decir que es necesaria un reforma constitucional porque «Si no hay reforma constitucional, los chilenos no tendrían para qué inscribirse pues estamos con inscripción automática y por tanto nadie sabría dónde están, dónde van a votar.»
¿Qué es lo que hace el Presidente cuando se plantea de esta manera?
El Presidente coloca la inscripción consular incluida en el proyecto de ley actualmente en trámite el Congreso como la conditio sine qua non que hace necesaria una reforma constitucional, en circunstancias que tal inscripción debería ser sólo para verificar identidad y domicilio para poder votar DESDE el extranjero –el «voto en ausencia» según la legislación de algunos países. No es necesario que haya mesas receptoras de sufragios en ningún consulado si el SERVEL emite y recibe las papeletas por correspondencia a traves de los consulados o directamente a los cudadanos residentes en el extranjero, de manera similar a cómo hace España, por ejemplo:
http://www.portalelectoral.es/content/view/19/39/
Contrariamente a lo que afirma el Presidente Piñera, precisamente «porque estamos con inscripción automática [en los registros electorales]» es que los ciudadanos en el extranjero no necesitan inscribirse en ningún nuevo registro electoral en ningún consulado. Todos los ciudadanos chilenos habilitados para votar saben dónde están, dónde deben votar, y esto es: en el distrito electoral en que están automáticamente inscritos en Chile, algo que se puede puede verificar con el RUT el el siguiente sitio:
http://consulta.servel.cl/
Sin embargo el Presidente Piñera sigue con su falso argumento y se pregunta en relación a las elecciones municipales y parlamentarias: «¿Cómo va a votar un ciudadano que vive en Suecia? ¿En qué comuna va a votar? ¿En la región de alcalde de Putre o Punta Arenas? «Y por tanto –agrega–, el voto de los chilenos en el extranjero requiere una reforma constitucional para establecer que tienen que inscribirse antes y con eso reflejan su vínculo, su compromiso con Chile.»
Y los periodistas se tragan este falso argumento, al igual que muchos otros conciudadanos e incluso algunos parlamentarios, en circunstancias que la respuesta a la pregunta que se hace el Presidente Piñera es simple: Los ciudadanos en el extranjero votan en la comuna en que están automática, legal y legítimamente inscritos tal como establece la Ley Electoral vigente. Sólo hay que implementar que puedan ejercer su voto DESDE el extranjero, «en ausencia».
Una vez que el Presidente Piñera enmaraña todo de la manera descrita, su solución es una reforma constitucional y una ley orgánica –una solución artificial e innecesaria que requiere altos quorums y que es, por naturaleza, de engorroso trámite.
¿Cuál es la verdadera solución? Un decreto que reglamente el ejercicio del voto chileno DESDE el extranjero dictado en virtud de la potestad reglamentaria del Presidente de la República (Nº 6, Artículo 32 de la Constitución vigente). No se necesita ninguna ley, ninguna reforma constitucional, ninguna ley orgánica. La inscripción consular sólo necesita ser un trámite administrativo que verifique la identidad y el domicilio de los ciudadanos residentes en el exterior para que el SERVEL pueda emitir a tales ciudadanos las papeletas que correspondan a los distritos o circunscripciones electorales en que están automáticamente y legalmente inscritos. PUNTO.
Para mayores detalles sobre el tema, ver la carta dirigida al Presidente Piñera que aparece en el siguiente sitio con el número de firmas que la apoyan:
http://www.change.org/petitions/al-presidente-de-la-república-de-chile-sr-sebastián-piñera-que-implemente-el-voto-chileno-en-el-exterior-según-el-art-32-no-6-de-la-constitución
Germán Fernando Westphal Montt
Ciudadano Chileno, RUT: 4.645.308-5
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