Bases para un nuevo trato al Magisterio nacional y la mejora de la Educación Pública
por Rafael Gumucio Rivas, Claudio Filippi Peredo (Chile)
16 años atrás 4 min lectura
Reformar el Sistema de Subvención Educacional: bases para un nuevo trato al Magisterio nacional y la mejora de la Educación Pública
La esclavitud es hija de las tinieblas. Un pueblo ignorante
es instrumento ciego de su propia destrucción.
Simón Bolívar
La Educación pública chilena, tanto en el sector municipal como en el particular subvencionado, vive un período de sostenido descenso en su calidad lo que afecta a toda la ciudadanía, en especial, a la gran clase media que no posee la capacidad económica para pagar una Educación particular para sus hijos.
Sin duda, las cifras del SIMCE son claras, y nos muestran que a nivel nacional en términos generales la educación pública, tanto municipal como la particular subvencionada es de peor calidad que la particular propiamente tal.
Se sabe que el fenómeno es particularmente complejo, pues en el logro de los resultados académicos de los alumnos, influyen variables socioeconómicas, educación de los padres, calidad de los maestros, disponibilidad de recursos de infraestructura y económicos, gestión docente directiva, calidad de la supervisión técnica ministerial, entre otros factores.
Uno que nos parece particularmente importante se refiere al Sistema de Subvención a la Educación Municipal y Particular Subvencionada. Creemos que es necesario reformar este sistema, persiguiendo dos objetivos complementarios y necesarios:
1. Dignificar el trato al Magisterio nacional, mejorando y uniformando las condiciones laborales de todos los docentes del país del sector municipal y particular subvencionado.
2. Mejorar la Calidad de la Educación Municipal y particular Subvencionada
Para ello sustentamos que es necesario reformar el sistema de Subvención en torno a los siguientes ejes:
1. Dependencia Ministerial del Magisterio:
Creemos que los docentes, deben pasar inmediatamente a una dependencia administrativa del propio Ministerio de Educación, ya sea directamente o mediante un organismo autónomo Ministerial, sin perjuicio de ser destinados a un Establecimiento Municipal o Particular Subvencionado según necesidad. De esa manera no habrá diferencias de trato injustificadas e injustas, se fortalecerá la capacidad de mejorar el perfeccionamiento docente y se reforzará la autonomía y rol del profesor como profesional de la Educación.
2. Trato laboral digno al profesional de la Educación:
Ello involucra no sólo reconocer la deuda histórica e equiparar sus remuneraciones con las que deberían haber recibido de no haber sido traspasados a los municipios en los ochenta, sino que además igualar sus remuneraciones con la de otros profesionales del país como médicos o abogados del sector público.
Creemos que el profesional de la educación debe recibir una remuneración equivalente a la de otros profesionales del país y concordante con el inmenso e importante rol, que les asignamos a los maestros en el futuro del país.
Significa además, adelantar la edad de jubilación de los maestros y volver al sistema de 30 años de servicio, pues es insostenible que un profesor más allá de ese tiempo puede y debe seguir ejerciendo el magisterio. No es digno para ellos y todo el país, ver profesores cansados, que se mantienen enseñando sólo por el miedo a recibir una pensión que no les alcanzará para subsistir dignamente en su vejez. Por eso, también es urgente y prioritario ofrecer mejores condiciones de jubilación a todos los docentes de Chile.
Además se les debe cancelar un bono o premio adicional por el logro docente, asociado al resultado académico de sus alumnos.
3. Pago diferenciado al sostenedor Municipal o Particular subvencionado.
Sostenemos que al sostenedor Municipal o Particular subvencionado debe recibir aportes estatales por los siguientes ítems:
i. Arriendo y Mantención de la infraestructura educacional.
ii. Arriendo y Mantención del equipamiento educacional.
iii. Remuneraciones del Equipo Directivo y Técnico del Establecimiento, el que debe ser de dependencia del propio sostenedor y de confianza del mismo. Debe poseer idoneidad, experiencia y formación comprobada en la gestión escolar.
iv. Ítem de libre disposición para el sostenedor, claro y cuantificado y equitativo, no asociado a la matrícula del Establecimiento.
v. Bono o premio adicional por logros académicos de los alumnos del establecimiento, y de libre disposición para el sostenedor.
4. Reconocimientos temporales de funcionamiento tanto para Establecimientos Municipales como Particulares subvencionados.
Creemos que los Establecimientos Municipales y Particulares subvencionados deben ser reconocidos sólo temporalmente, en la línea de las modificaciones legales recientes, y asociando ese reconocimiento temporal a la presentación de una Proyecto y un Plan Académico medible que asegure la calidad y mejora continua de la educación.
Proponemos lo anterior, en el convencimiento de la Educación es tarea de todos y la necesidad de reformar el Sistema educacional por medio de un debate amplio y realmente participativo, donde el pueblo de Chile y no sólo sus representantes, debe conseguir esencialmente una dignificación del Magisterio y de los alumnos de Chile.
23/10/09
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