¿Qué persigue el nuevo estatuto de Codelco?
por Julián Alcayaga (Chile)
17 años atrás 4 min lectura
La Comisión de Minería de la Cámara de Diputados, previo acuerdo de la derecha y la Concertación, ha aprobado un cambio en el estatuto de Codelco, que reduce la representación de los trabajadores en el Directorio a un solo director (tienen 2 en la actualidad), otros 4 directores serán designados por el Presidente de la República, y 4 por el Consejo de Alta Dirección Pública, lo que permite que a lo menos 2 directores sean de derecha.
Si bien es cierto que el DL 1.350 de febrero de 1976, en su considerando 8 estableció que “es conveniente consagrar un régimen legal que permita administrar las empresas nacionalizadas”, no es menos cierto que no era necesario tal régimen legal, porque la ley de la Nacionalización, en el inciso segundo de su letra j) de su Disposición Transitoria Decimoséptima, estableció que: “Facúltase al Presidente de la República para dictar las normas necesarias para coordinar el régimen de administración y explotación de estas empresas”. Y en razón de esta norma constitucional, es por decreto que hasta ese momento se había regulado la administración de las empresas nacionalizadas. En consecuencia, la Presidenta Bachelet está facultada por la Constitución para “dictar” la forma como se debe administrar Codelco, continuador legal de las 5 empresas nacionalizadas en 1971.
Esta norma constitucional nunca ha dejado de estar vigente, porque el DL 1.552 de 11 de septiembre de 1976, que promulga el Acta Constitucional N° 3 de la Junta Militar, si bien derogó varios artículos de la Constitución de 1925, dejó expresamente vigente su Disposición 17° Transitoria. Posteriormente, la Constitución de 1980 en su Disposición Tercera Transitoria dejó vigente la nacionalización de la gran minería de 1971, y explícitamente la Disposición Decimoséptima Transitoria de la Constitución de 1925. Es decir no existe razón alguna para que el gobierno de la Presidenta Bachelet, pacte con la derecha para modificar el Directorio de Codelco, primero, porque la Constitución la faculta para hacerlo por decreto, y segundo, si persiste en hacerlo mediante reforma legal, tampoco necesita pactar con la derecha porque es una ley ordinaria, que no requiere de un quórum especial y por tanto no se necesita el apoyo de la derecha.
Resulta inquietante entonces lo que se esconde o se persigue con este innecesario pacto con la derecha para cambiar el estatuto y la forma de administrar Codelco, por lo que esperamos que los trabajadores y los supervisores de Codelco puedan reaccionar con firmeza, ante un proyecto que afecta la principal empresa del país, y que además afecta directamente a sus trabajadores al suprimirles un representante en el Directorio.
Pero fuera de las facultades presidenciales para normar la administración de Codelco, también es necesario denunciar el ocultamiento por parte de todos los gobiernos de la Concertación, de las facultades que la Constitución de 1980 dejó vigentes para la nacionalización de la gran minería, existiendo un deliberado propósito para no utilizar las enormes facultades que esta ley le entrega al Presidente de la República, entre las que podemos destacar las de la letra a) de la Disposición 17° Transitoria:
“El Estado tomará posesión material inmediata de estos bienes en la oportunidad que determine el Presidente de la República… En conformidad a lo dispuesto en el inciso cuarto del N° 10 del artículo 10 no habrá lugar a indemnización alguna por los derechos sobre yacimientos mineros. Dichos derechos serán inscritos sin otro trámite a nombre del Estado”.
Esto quiere decir que, en virtud de la vigencia ininterrumpida de esta disposición constitucional, las actuales empresas de la gran minería pueden ser nacionalizadas en la oportunidad que lo determine la Presidenta de la República, por un simple decreto y sin necesidad de una ley especial, y sin que sea necesario pagar indemnización por la nacionalización de los yacimientos o derechos mineros, indemnizando solo las instalaciones y al valor libro de ellas. Estas facultades de tan trascendental importancia, que le otorga la Constitución al Presidente de la República han sido siempre silenciadas. Es por ello que es necesario, que en la actual campaña presidencial, la ciudadanía le solicite a todos los candidatos presidenciales, si están dispuestos a utilizar las facultades que les entrega la Constitución actual, para nacionalizar las empresas de la gran minería.
Artículos Relacionados
Una torpe proposición parlamentaria
por Manuel Acuña Asenjo (Chile)
10 años atrás 8 min lectura
Venezuela, ¿Una dictadura? Pero, si ¡“Todos los cargos y magistraturas de elección popular son revocables”!
por Eduardo Galeano (Uruguay)
11 años atrás 4 min lectura
Muere Saramago a los 87 años. La literatura se queda ciega
por Público (España)
16 años atrás 7 min lectura
Hispanidad ¿mala palabra?
por Mario Vargas Llosa (Madrid, España)
8 años atrás 7 min lectura
¿Quiénes son los Diputados Chilenos que rechazan la derogación de la ley de Amnistía?
por Pedro Alejandro Matta (Chile)
20 años atrás 3 min lectura
Los EE.UU. y la opresión a la libertad de expresión
por Durval de Noronha Goyos (La Onda Digital ? Uruguay)
20 años atrás 3 min lectura
Sahara Occidental: la guerra en las sombras
por Jorge Alejandro Suárez Saponaro
8 horas atrás
09 de junio de 2026
La muerte de Lahbib Mohamed Abdelaziz, alto jefe militar saharaui y también un importante dirigente político del Frente Polisario, hizo que saltara a la luz en diversos medios internacionales, la existencia del conflicto saharaui.
Elecciones en Perú: «Ante un atisbo de fraude habría movilización en regiones del sur»
por Andrés Figueroa Cornejo (Chile)
12 horas atrás
10 de junio de 2026
El candidato del compuesto progresivo Juntos por el Perú registra 8′948,960 votos (50.118%) frente a los 8′906,869 sufragios (49.882%) registrados por la aspirante derechista de Fuerza Popular, una brecha que mantiene en vilo al electorado, en tanto se continúan procesando las actas restantes y aquellas enviadas a los Jurados Electorales Especiales para su revisión.
Sahara Occidental: la guerra en las sombras
por Jorge Alejandro Suárez Saponaro
8 horas atrás
09 de junio de 2026
La muerte de Lahbib Mohamed Abdelaziz, alto jefe militar saharaui y también un importante dirigente político del Frente Polisario, hizo que saltara a la luz en diversos medios internacionales, la existencia del conflicto saharaui.
Perú: «…o el ánimo de los oprimidos adquiere la virilidad suficiente para escarmentar a los opresores»
por José Carlos Mariategui (Perú)
2 días atrás
08 de junio de 2026
La «condición del indígena puede mejorar de dos maneras: o el corazón de los opresores se conduele al extremo de reconocer el derecho de los oprimidos, o el ánimo de los oprimidos adquiere la virilidad suficiente para escarmentar a los opresores».