En forma coincidente con el informe que el gobierno chileno rindió ante la Comisión de Derechos Humanos de Naciones Unidas, el Coordinador de Derechos Humanos de los Colegios Profesionales dio a conocer una declaración en la que denuncia la vigencia de la impunidad en Chile y muestra su valoración del fallo de la Corte Suprema del Perú respecto del ex dictador Fujimori. Se incluye un listado reciente de casos de impunidad que afectan a crímenes cometidos en tiempos de dictadura en las que la Corte Suprema ha aplicado la amnistía o la media prescripción. También denuncia la impunidad respecto de los asesinatos de luchadores sociales mapuche y la criminalización de sus luchas por la tierra. Suscriben la declaración del Coordinador, fechada el 6 de mayo, Luis Astorga, coordinador de la entidad y Presidente de la Comisión de Derechos Humanos del Colegio de Contadores de Chile, y los capítulos o departamentos de ddhh de los Colegios de Asistentes Sociales, Periodistas, Antropólogos, Enfermeras, Matronas, Administradores Públicos, Fonoaudiólogos y el Colectivo de Ingenieros por los Derechos Humanos.
En el marco de esa reflexión llaman a
-Anular la Ley de Amnistía
– Reconocer la imprescriptibilidad de los crímenes de lesa humanidad y de las demandas que emanen de ellos-
– Ratificar el Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional
– Promulgar la Convención contra la Tortura y otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes.
– Juzgar en tribunales civiles los casos actuales de uniformados involucrados en torturas y homicidios
– Derogar la legislación antiterrorista
En la declaración sostienen que la sentencia contra Fujimori, primera de su tipo en el mundo, no ha concitado interés en Chile. Por ello examinan el papel que la Corte Suprema ha cumplido respecto de la impunidad, que consideran vigente en muchos aspectos hasta ahora junto con la herencia política y represiva de la dictadura de Augusto Pinochet.
Luego de recordar cómo el ex dictador chileno fue traído a Chile y terminó sus días sin ser sentenciado, enumeran los fallos de la Corte Suprema que constituyen denegación de justicia. En el año 2009, se manciona las sentencias por crímenes cometidos contra Jecar Neghme, Darío Miranda Godoy, Jorge Solovera Gallardo y Enrique Jeria, y la sentencia de rebaja de condenas para los responsables de la masacre de 31 campesinos en Osorno. En el año 2008, se denuncia la media prescripción aplicada en el caso de Iván Montti Cordero y Carmen Díaz Darricarrerre, y luego en el caso del secuestro de Ariel Santibáñez Estay. Refiriéndose finalmente a la “otra impunidad” citan los casos de Alex Lemún y Matías Catrileo, en los cuales tampoco ha habido justicia.
A continuación el texto completo de la declaración del Coordinador de DDHH de los Colegios Profesionales de Chile.
COORDINADOR DE DERECHOS HUMANOS DE LOS COLEGIOS PROFESIONALES APLAUDE FALLO DE CORTE SUPREMA DE PERU Y REFLEXIONA SOBRE LA IMPUNIDAD
La Corte Suprema peruana, en un fallo unánime emitido luego de 16 meses de juicio, condenó al ex dictador Alberto Fujimori a 25 años de prisión, como autor de las matanzas de Barrios Altos (asesinato de 15 personas, entre ellos un niño, en 1992), y La Cantuta (9 estudiantes y un profesor universitario, en 1991), considerados crímenes de Estado y/o de lesa humanidad. La Asociación Pro Derechos Humanos APRODEH, que junto a los familiares de las víctimas fue la principal impulsora de este juicio, fue galardonada en 2008 en Washington con el premio Letelier-Moffit del Instituto para Estudios en Política por su lucha contra la impunidad y a favor de la verdad y la justicia. APRODEH ha declarado que la persistente lucha de los familiares ha sido el motor del proceso y que el fallo emitido el 7 de abril pasado “marca un importante hito para la justicia universal pues se reconoce que las violaciones a los derechos humanos durante el gobierno de Fujimori obedecieron a una política antisubversiva de guerra sucia, paralela a la oficial, comandada por él.”
El histórico juicio se inició el 10 de diciembre de 2007 luego de la extradición del dictador desde Chile, solicitada el 3 de enero de 2006 y concedida en septiembre de 2007. La sentencia, primera de su tipo en el mundo, no ha concitado interés en Chile. Por ello examinaremos el papel que la Corte Suprema ha cumplido respecto de la impunidad, vigente en muchos aspectos hasta ahora junto con la herencia política y represiva de la dictadura de Augusto Pinochet.
Corresponde al actual candidato presidencial de la concertación, el entonces presidente (1994-2000) y actual senador Eduardo Frei y a la Corte Suprema, el baldón histórico de haber asegurado la impunidad para Augusto Pinochet El dictador murió el 10 de diciembre de 2006 sin ser sentenciado en ninguna de las más de quince causas por las que fue procesado desde el 2000, existiendo miles de querellas adicionales que ni siquiera alcanzaron a ser tramitadas.
Cronograma de la impunidad
El gobierno de Frei lo trajo de regreso a Chile el 3 de marzo de 2000, tras 17 meses de arresto en Londres, asegurando sería juzgado en Chile. El 8 de agosto de ese año, la Corte Suprema desaforó al dictador por el caso Caravana de la Muerte. El ex juez Juan Guzmán logró procesarlo por primera vez en diciembre de 2000, por las 74 víctimas del caso Caravana de la Muerte. Pero la Corte Suprema lo sobreseyó argumentando falazmente “demencia vascular moderada” (2002) y luego lo hizo por la Operación Cóndor y por el asesinato del General Carlos Prats (2005). Se le procesó posteriormente por malversación de fondos públicos (cuentas del Banco Riggs), por la Operación Colombo, y por los secuestros y torturas en Villa Grimaldi. En todas las causas la Corte de Apelaciones concedía prontamente su libertad condicional. El 27 de noviembre de 2006, quedó con arresto domiciliario por el secuestro y homicidio de dos presos políticos, en la Caravana de la Muerte en 1973. Habían transcurrido seis años del inicio de este caso y de su primer procesamiento. La impunidad se consumó a pesar del notable esfuerzo de jueces que marcaron la excepción a la regla, y la incesante búsqueda de justicia de los abogados y organizaciones de derechos humanos.
Vigencia de la impunidad
A partir de nuestra valoración del fallo de la Corte Suprema peruana, llamamos la atención sobre la vigencia de la impunidad en Chile. Sólo 44 de de los 257 criminales condenados por violaciones a los derechos humanos están en prisión. El resto cumple penas remitidas. Según FASIC (Fundación de Ayuda Social de las Iglesias Cristianas) sólo en la mitad de los casos de los 3.278 desaparecidos y ejecutados reconocidos como víctimas, hay avances judiciales. En el año 2008 se dictaron cien sentencias, quince de las cuales definitivas, es decir de la Corte Suprema. Pero está aun vigente la ley de amnistía.. La Corte Suprema ha dictado 50 sentencias en materia de procesos por violaciones a los derechos humanos desde 2005. En varios casos emblemáticos se ha hecho justicia, como por ejemplo respecto del asesinato del general Carlos Prats y su esposa. Pero aquí mostraremos la tendencia a la aplicación de la prescripción o la media prescripción, una falsa “justicia con clemencia” más preocupada de los victimarios que de las víctimas, a espaldas de la doctrina internacional de ddhh.
Denegación de justicia
Año 2009
-Enero: la Corte Suprema benefició a los asesinos del dirigente del MIR Jecar Nehgme con libertad vigilada.
-Marzo: la Corte Suprema en los casos de Darío Miranda Godoy, Jorge Solovera Gallardo y Enrique Jeria, militantes comunistas, revocó el fallo aplicando la media prescripción dejando en libertad condicional a Carlos López Tapia, ex jefe de Villa Grimaldi..
-Marzo: la Corte de Apelaciones de Valdivia revocó la sentencia de la jueza Emma Díaz contra los responsables de masacrar a 31 campesinos en Osorno, (caso Rahue III, 1973) Cambió la sentencia a prisión perpetua para Adrián José Fernández Hernández, responsable de 15 secuestros, condenando a él y a otros cuatro criminales en serie a 20 años. Absolvió a seis condenados por la jueza y dejó a los restantes 15 libres.
Año 2008
-Diciembre: la Corte Suprema recusó la sentencia dictada en el caso de Ivan Montti Cordero y Carmen Díaz Darricarrere reemplazándola por la media prescripción Los directivos de la DINA recibieron 4 años con beneficios de libertad vigilada.
-Noviembre: la Corte Suprema sentenció a Ricardo Lawrence Mires (ex coronel de carabineros) a 3 años por el secuestro de Ariel Santibáñez Estay. Así el ex DINA, empresario distribuidor de camarones, sigue disfrutando de libertad.
-Septiembre: la Corte Suprema rebajó las condenas de los responsables de la matanza de 15 campesinos en Liquiñe, liberando al ex coronel Hugo Guerra Jorquera y el empresario Luis García Guzmán.
-Septiembre: la Corte Suprema falló la libertad condicional para los cinco agentes de la CNI responsables del homicidio de Fernando Vergara, de la emisora clandestina Radio Liberación, en 1984.
-Mayo: La Corte Suprema aplicó la prescripción liberando al único imputado por el homicidio calificado del estudiante Constanzo Vera en el Fuerte Borgoño, Julio Alarcón Saavedra, oficial de la Armada.
La otra impunidad
A estos hechos se suma la alarmante violencia policial ejercida contra la protesta social y en especial en los allanamientos a comunidades indígenas, sumada a la criminalización de sus demandas. No existe por parte de la autoridad y los jueces la voluntad de investigar y sancionar las prácticas de uso indiscriminado de la fuerza y los tratos inhumanos, crueles y degradantes a los que son sometidas comunidades mapuche involucradas en las luchas por recuperación de sus tierras. Los asesinatos de jóvenes como Matías Catrileo y Alex Lemún también permanecen impunes.
La persistencia en aplicar a luchadores mapuche la legislación antiterrorista, herencia de dictadura, no contribuye a resolver problemas derivados del despojo histórico de tierras. El ambiente de impunidad a su vez se presta para montajes de inteligencia, nuevas violaciones a los derechos humanos por parte de la policía, el irrespeto del debido proceso y la existencia de condenas mediáticas a los imputados por parte de las autoridades, vulnerando los más elementales principios de respeto a la honra de las personas y la presunción de inocencia. La práctica recurrente de legislar a espaldas de la opinión de los interesados, pretendiendo beneficiarlos, sólo agrava el conflicto y muestra que gobierno y parlamentarios no sólo desconocen el derecho internacional en derechos humanos sino también las normas de derecho indígena globalmente aprobadas.
Consideramos que autoridades de gobierno, parlamentarios, jueces honestos y nuestros propios asociados, profesionales que luchamos por la defensa de los derechos humanos estamos llamados a contribuir a romper las cadenas de la impunidad, en los distintos ámbitos que ello se expresa. Denunciar, educar, solidarizar y actuar para impedir que estas prácticas continúen extendiéndose es nuestra misión y a ello convocamos para impedir que las luchas que hoy dan los chilenos en distintos ámbitos por la defensa de sus derechos sea criminalizada y que por los crímenes de ayer se logre verdad, justicia y reparación.
En el marco de esta reflexión llamamos a:
-Anular la Ley de Amnistía
– Reconocer la imprescriptibilidad de los crímenes de lesa humanidad y de las demandas que emanen de ellos-
– Ratificar el Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional
– Promulgar la Convención contra la Tortura y otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes.
– Juzgar en tribunales civiles los casos actuales de uniformados involucrados en torturas y homicidios
– Derogar la legislación antiterrorista
Luis Astorga
Pdte.Comision de DD.HH.Colegio de Contadores de Chile R.M. y
Coordinador de DD.HH. Colegios Profesionales de Chile
Capítulo de DD.HH Colegio de Asistentes Sociales, Comisión de DD.HH Colegio de Contadores de Chile Regional Metropolitana, Departamento de DD.HH Colegio de Periodistas, Colegio de Antropólogos de Chile, Colegio de Enfermeras de Chile, Colegio de Matronas, Colegio de Administradores Públicos, Colegio de Fonoaudiólogos, Colectivo de Ingenieros por los DD.HH.
Santiago, 6 de mayo de 2009.
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