¿Terminando la soberanía alimentaria en Ecuador?
por Silvia Ribeiro (México)
17 años atrás 5 min lectura
El 18 de febrero de 2009, la Asamblea Nacional de Ecuador aprobó una flamante Ley Orgánica de Soberanía Alimentaria, que entre otros puntos importantes, declara al país “libre de cultivos y semillas transgénicas”. Sin embargo, a pesar de una amplia oposición popular, la legislación dejó una puerta abierta para la aprobación de cultivos transgénicos en casos “excepcionales”. Posteriormente, el presidente Rafael Correa ejerció un veto parcial a esta ley y la mandó de nuevo a la Asamblea legislativa, con una serie de modificaciones. Los cambios que hizo el presidente debilitan peligrosamente la ley y abren la puerta a las semillas Terminator.
La tecnología Terminator se refiere al diseño genético de semillas “suicidas”, programadas para ser estériles en su segunda generación. La tecnología ha sido rechazada ampliamente en todo el mundo por movimientos campesinos e indígenas, gobiernos, instituciones de investigación y agencias de Naciones Unidas, como inmoral e indeseable.
Los cambios propuestos por el Presidente Correa, han alarmado a organizaciones de la sociedad civil, que lo conminan a renunciar a sus enmiendas y a prohibir explícitamente la tecnología Terminator.
“Es muy preocupante que en una ley que pretende afirmar la soberanía alimentaria, se deje una puerta abierta para una tecnología que fue diseñada para impedirla”, afirma Silvia Ribeiro del Grupo ETC. El Departamento de Agricultura de Estados Unidos (USDA) y las empresas trasnacionales diseñaron esta tecnología de semillas suicidas, explícitamente para sustituir lo que llamaron las ‘semillas obsoletas’ de los campesinos, pero desde que se declaró la moratoria internacional contra Terminator en el Convenio de Diversidad Biológica (CBD) en el año 2000, las empresas cambiaron su discurso y alegan que es una medida de ‘bioseguridad’. Justamente esta es la interpretación que podrían usar con la formulación que propuso ahora el presidente.” Ribeiro agrega: “nos preocupa que este tipo de lenguaje está apareciendo en varios países del Sur global, lo cual interpretamos como el nuevo intento de la industria biotecnológica para anular la moratoria sobre Terminator durante la próxima reunión del CBD el año entrante en Japón.”
El artículo 26 de la Ley Orgánica de Soberanía Alimentaria de Ecuador, titulado “Regulación de la Biotecnología y sus productos” permite la importación y procesamiento de materia primas que contengan insumos de origen transgénico siempre y cuando “cumplan con los requisitos de sanidad e inocuidad y que su capacidad de reproducción como semillas sea inhabilitada por trozamiento (…)”
La aclaración explícita de que las semillas deben ser “inhabilitadas por trozamiento” se incluyó para asegurar que si se importaran granos transgénicos, sea como ayuda alimentaria o para procesamiento, el flujo genético accidental de esas semillas no contaminara los cultivos en Ecuador, como trágicamente ha ocurrido con el maíz en México y otros países.
El texto del veto parcial del Presidente Correa elimina la frase “por trozamiento”[1] en el artículo 26, argumentando que trozar los granos incrementaría los costos. El resultado es que la nueva redacción permite ahora la importación de materiales transgénicos siempre y cuando su “capacidad de reproducción como semillas sea inhabilitada”. Tal lenguaje equivale a la aceptación de granos que contengan tecnología Terminator.
Elizabeth Bravo de Acción Ecológica, una organización ambientalista de la sociedad civil ecuatoriana que cuenta con gran reconocimiento internacional, comenta: “Desafortunadamente, los cambios que hizo el presidente a la legislación reflejan la influencia de asesores ligados a la industria biotecnológica. Terminator es una tecnología experimental, que nunca ha sido probada. Informes científicos enviados al Convenio de Diversidad Biológica demuestran que la complejidad y la inestabilidad de las semillas Terminator significan que en la práctica, seguirá habiendo escape de rasgos transgénicos. En ese caso estaríamos frente al peor escenario: que Ecuador permita tanto la contaminación transgénica como las semilla suicidas. Sería una amenaza directa a los campesinos y a la biodiversidad agrícola, elemento fundamental de la soberanía alimentaria en Ecuador.”
Bravo agregó que “el texto va contra las previsiones del artículo 73 de la Constitución de Ecuador, que establece que ‘se prohíbe la introducción de organismos y material orgánico e inorgánico que puedan alterar de manera definitiva el patrimonio genético nacional.’
María José Guazzelli de Brasil, de la Campaña Internacional Terminar Terminator (integrada por cientos de organizaciones en todo el mundo), también expresó preocupación. “Sería vergonzoso que el Ecuador, que siempre ha apoyado la moratoria internacional contra Terminator, abriera la puerta a esta terrible tecnología a nivel nacional. En lugar de eso, debería prohibir en su legislación la importación, desarrollo, experimentación y comercialización de las semillas Terminator, como ya lo hizo Brasil.”
Para mayor información:
Silvia Ribeiro Grupo ETC, (México) etcmexico@etcgroup.org, tel +52 (55) 5563 2664
Elizabeth Bravo, Acción Ecológica, (Ecuador) ebravo@rallt.org, tel + 593 (2) 254 7516
María José Guazzelli, Campaña Terminar Terminator, (Brazil), mariajose.guazzelli@gmail.com
Grupo ETC
Boletín de prensa
17 de abril de 2009
http://www.etcgroup.org/
Notas
[1] El párrafo segundo del artículo 26 de la Ley Orgánica del Régimen de la Soberanía Alimentaria de Ecuador, aprobada el 18 de febrero de 2009 por la Asamblea Nacional, dice : Las materias primas que contengan insumos de origen transgénico únicamente podrán ser importadas y procesadas, siempre y cuando cumplan con los requisitos de sanidad e inocuidad y que su capacidad de reproducción como semillas sea inhabilitada por trozamiento, respetando el principio de precaución, de modo que no atenten contra la salud humana, la soberanía alimentaria y los ecosistemas. (…)
El texto propuesto por el presidente Rafael Correa en su veto parcial del 19 de marzo dice: Las materias primas que contengan insumos de origen transgénico únicamente podrán ser importadas y procesadas, siempre y cuando cumplan con los requisitos de sanidad e inocuidad y que su capacidad de reproducción como semillas sea inhabilitada, respetando el principio de precaución, de modo que no atenten contra la salud humana, la soberanía alimentaria y los ecosistemas.(…)
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