¿Llegará a puerto la Comisión de Reforma del Régimen Político?
por Rafael Luís Gumucio Rivas (Chile)
18 años atrás 7 min lectura
La Cámara de Diputados no tiene por qué ser sólo un buzón de los proyectos del Ejecutivo, ni tampoco una productora de leyes: una verdadera cámara política, que represente la soberanía popular, tiene que debatir no sólo la actualidad, sino también el deber proyectar el país hacia el Bicentenario. Este es el objetivo de la Comisión que se aboca al cambio del régimen político.
Este no es el primer intento que realiza la Cámara para analizar tan importante tema. Lamentablemente, Chile no está muy abierto a los cambios y ciertos sectores desprecian toda tentativa para terminar con una Constitución ilegítima en su origen y que radicaliza un presidencialismo monárquico, autoritario y que consagra el desequilibrio de poderes del Estado. Sostengo que esto daña gravemente el prestigio de la política, alejándola de los ciudadanos y convirtiéndola en un pragmatismo sin sentido.
El único factor de poder del Legislativo en las Constituciones de 1925 y 1980, que tienen carácter vinculante, son las acusaciones constitucionales que, en la práctica, más que una institución judicial, se convierten en un instrumento político; cuando el Ejecutivo pierde la mayoría en ambas Cámaras, la oposición puede utilizar la acusación para bloquear al Ejecutivo poniendo en peligro la sustentabilidad del régimen político. Las pruebas históricas son múltiples: los gobiernos de Carlos Ibáñez, Jorge Alessandri y Salvador Allende tuvieron minorías parlamentarias. Algo similar está empezando a ocurrir al perder el gobierno de Michelle Bachelet la mayoría en ambas Cámaras. En el fondo, el presidencialismo autoritario sólo puede funcionar bien con mayorías partidarias en el Parlamento o, al menos, con un tercio de ambas Cámaras.
Marco Enríquez-Ominami, presidente de la Comisión, está decidido a llevar a buen puerto el trabajo de tan importante misión. No creo que el sistema político pueda seguir subsistiendo basado en un autoritarismo presidencial y un sistema electoral excluyente; el resultado de ambas falencias es que el 75% de los ciudadanos desprecia o rechaza a las dos combinaciones políticas- Concertación y Alianza-. Los jóvenes, con razón, se desinteresan de la participación política, sabiendo muy bien que este es un juego de castas, que propenden a eternizarse en el poder; tenemos un sistema político sin ciudadanía.
Al neoliberalismo reinante no le interesa mayormente la política, pues su objetivo es el mercado y el logro del lucro ilimitado. Como sostienen Tatcher, Busch y Hayek, el mercado es el escenario de la lucha entre individuos y familias, y la sociedad como tal no existe. Como no hay bien común que no sea el éxito económico, el país se convierte en una lucha darwinista por la conservación de las especies, de ahí la separación entre lo económico y lo político, que sostienen muchos de los epígonos del neoliberalismo. La política es una técnica, manejada por especialistas, que carece de toda función social. Para aquellos, discutir sobre regímenes políticos es sólo un juego intelectual.
La mayoría de las Constituciones de nuestra historia chilena han surgido de revoluciones y guerras civiles: la de 1833, de Lircay; la 1825, la intervención militar; la de 1980, de la dictadura de Pinochet. Es cierto que las reformas liberales, (1861-1891), y la guerra civil de este último año, permitieron la interpretación asambleísta de la Constitución de 1833 y, a su vez, la Reformas de los presidentes Juan Antonio Ríos, Jorge Alesandri y Eduardo Frei Montalvo radicalizaron, en extremo, el régimen presidencialista de 1925. El régimen de Pinochet construyó una nueva Constitución, por medio de la cual el presidente de la república pasa a ser un monarca o un dictador, convirtiendo el Congreso en una mascarada, carente de todo poder de fiscalización.
Hasta hoy, la Comisión ha citado a un amplio arco de especialistas- ex presidentes de la república y presidentes de partido-: De las exposiciones se puede deducir claramente dos alternativas: la primera, reformar el régimen presidencialista y, la segunda, cambiar este régimen por uno semipresidencial, similar al francés, austriaco, finlandés y polaco. Por la primera opción se han pronunciado, con variantes, el ministro de la presidencia, José Antonio Viera-Gallo, el ex presidente Patricio Aylwin, el miembro del Tribunal Constitucional Raúl Bertelsen, por la segunda alternativa, los diputados Marco Enríquez-Ominami y Chaguán, y el cuentista político Oscar Godoy. Aún no sé si ha sido citado Humberto Nogueira, que publicó una obra sobre el sistema semipresidencial.
Confieso que me extrañaron las opiniones de Aylwin y de Viera-Gallo, a quines creía partidarios del semipresidencialismo. Comprendo que, desde el poder, es muy difícil penar en un cambio de régimen político.
¿Qué proponen los partidarios de la primera alternativa?
Bertelsen se limita repetir la idea contenida en la Constitución de 1980, de un ministro coordinador, que sería nombrado y removido por el presidente de la república y que no responde con su cargo ante el parlamento, es decir, poco o casi nada. Viera-Gallo sostiene que las reformas de 2005 han permitido mayor equilibrio entre ambos poderes al introducir las interpelaciones, pero éstas, al no ser vinculantes, se han convertido tan intrascendentes como las comisiones investigadoras. El centro del poder ejecutivo como colegislador está en la calificación de las urgencias, que permiten al presidente de la república determinar el calendario legislativo; en este el poder ejecutivo tiene un predominio incontrarrestable respecto al legislativo. Algunos de los expositores antes citados han demostrado cierta apertura a revisar esta materia.
Todas las constituciones modernas contienen elementos de llamada democracia directa, es decir, la participación de los ciudadanos más allá de las elecciones periódicas; incluso, la Constitución presidencialista de 1925 incluyó el plebiscito. En la actualidad, muchas constituciones plantean la iniciativa popular de ley y la revocación de mandatos para todos los cargos emanados de la soberanía popular; en este campo, creo interpretar que hay mayor consenso que en la instalación de un Primer Ministro.
Chile es un país tremendamente centralista: las asambleas provinciales, contenidas en la Constitución de 1925, jamás fueron aplicadas. También hay bastante consenso, salvo por la opinión del ex presidente Aylwin, en la elección directa de intendentes y consejeros regionales, eliminando el inútil cargo de gobernar provincial.
La Comisión se ha centrado en temas más inmediatos, como la determinación del período presidencial. En menos de veinte años hemos fluctuado en períodos de Ocho, seis y cuatro años, todos ellos sin reelección. Al menos, parece haber acuerdo en un período de cuatro años para los cargos de presidente de la república, diputados, intendentes, alcaldes y concejales, consejeros regionales, limitando todos los cargos de elección popular- salvo el presidente que no sería reelegido- a una sola reelección.
Personalmente, soy contrario al sistema bicameral: en la mayoría de los regímenes políticos –parlamentarios o semipresidenciales- el senado es puramente decorativo o sólo está limitado a facultades judiciales, y sólo en el régimen presidencial de Estado Unidos y sus imitaciones latinoamericanas el senado legisla junto con la cámara política.
Estimo de suma urgencia la implantación de un régimen semipresidencial, con elementos fundamentales de democracia directa, y un país descentralizado, con amplios poderes a los gobiernos regionales. Este sistema debe contener los siguientes elementos:
1- Un presidente elegido cada cuatro años, a cargo de las relaciones exteriores y de la defensa nacional
2- Un primer ministro, elegido por la mayoría parlamentaria.
3- Disolución de la Cámara de Diputados por parte del presidente de la república y del primer ministro.
4- Plebiscito revocatorio para todos los cargos de soberanía popular.
5- Iniciativa popular de ley
6- Compatibilidad entre los cargos de ministro y parlamentario
7- Creación de las instituciones de defensor del pueblo y de derechos humanos.
8- Parlamento unicameral
9- Sistema electoral proporcional
10- Garantía explícita del derecho a la educación, salud, vivienda de calidad
11- La propiedad de las tierras, minas, aguas y energía, por parte del Estado
12- Primacía de los Tratados Internacionales sobre la legislación interna
13- La propiedad está al servicio del bien común y puede ser expropiada, basada en interés común.
14- Reafirmar la vocación latinoamericanista de nuestra política internacional
Estimo que se están dando las condiciones para un colapso de nuestro sistema político, por consiguiente, creo muy necesario que el trabajo de la Comisión, presidida por el diputado Marco Enríquez-Ominami logre llegar a buen puerto y convenza a una clase política bastante ciega, de lo imprescindible de esta reforma del sistema político.
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