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Nicaragua: Discusión del Código Penal sobre el aborto terapéutico

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Hasta este momento han intervenido 10 hombres, y soy la última oradora. Así que parece que me toca hablar en nombre de las mujeres… porque además algunos de los que han intervenido hablan de nosotras como si estuvieran hablando de las vacas de sus fincas…

La discusión a la que asistimos hoy nos obliga a la mayor de las atenciones, porque sabemos que este tema despierta las más intimas contradicciones entre quienes hemos asumido la función de Representar a los Nicaragüenses.

Permítanme en primer lugar dar algunas informaciones Y tenemos que dar estas informaciones porque muchos de los que han hablado, han mostrado una enorme ignorancia. Y es porque pese a innumerables invitaciones a los y las diputadas para foros, talleres informativos con expertos, médicos y juristas nacionales e internacionales, la mayoría se han negado a asistir.

Hay que reconocer que el diputado del PLC, Dr. Pallais no cerró sus oídos a escuchar estas informaciones. Hay que reconocer su apertura para informarse. Actuó responsablemente y no se negó a conocer evidencias científicas sobre este tema.

Y digo esto porque muchos de los hombres, al hablar del tema hablan del aborto terapéutico como si se trata de cualquier aborto. Parece que ni siquiera han leído el artículo que estamos discutiendo. Fíjense, ahí, en la pantalla lo que dice el artículo. Tiene tres incisos, inciso 1 y 2 penalizan a la mujer y a los médicos que practiquen un aborto. Y el inciso 3 dice que en caso de interrupción por razones terapéuticas establecidas por tres facultativos, esa interrupción no será punible. Es decir, el aborto en general queda penalizado y sólo se establece la excepción. Independientemente de mi opinión sobre el aborto en general, aquí lo que estamos discutiendo es únicamente el aborto terapéutico. Pero estos hombres confunden todo, y empiezan a hablar sin hacer la diferencia.

Veamos, varios han dicho que este es un tema que quieren venir a imponernos ahora, desde fuera, países y gentes de costumbres extrañas a nuestra cultura cristiana. Pues para su información:

La interrupción del embarazo por razones médica fue establecida en Nicaragua desde 1837, es decir ¡hace 170 años! Y luego quedó incorporado en nuestra legislación, en 1879, y la de 1891 con la siguiente redacción:

“No incurrirá en pena alguna el médico o cirujano, comadrón o partera que procure el aborto, cuando haya ocurrido a él como el medio indicado por la ciencia para salvar la vida de la mujer embarazada”.

Como sabemos el año pasado esta excepción de la penalización fue eliminado del código Penal en Vigencia, debido a la gestión y votos de la bancada del Frente Sandinista, a petición de la jerarquía eclesiástica. En esa ocasión Rosario Murillo vocero oficial del gobierno y del FSLN justificó la posición diciendo:

‘Somos enfáticos: No al aborto, sí a la vida. Sí a las creencias religiosas; sí a la fe; sí a la búsqueda de Dios, que es lo que nos fortalece todos los días para reemprender el camino’, “el FSLN respalda la posición de la Iglesia Católica y de las iglesias en general, ‘contra el aborto en cualquiera de sus formas porque es un atentado contra la fe, contra la vida” [1]

Con esto quiero demostrar que toda la argumentación que se ha utilizado y hoy se sigue utilizando es de carácter religiosa. No se presentan argumentos, ni médicos ni jurídicos.

Otras informaciones:

– De los 193 países que conforman las Naciones Unidas., 97% permiten el aborto por razones terapéuticas. Solo El Salvador, Chile, El Vaticano y Nicaragua penalizan el aborto terapéutico.

– En el mundo existen distintos niveles de penalización del aborto pero está demostrado que la existencia de más o menos abortos, no está en relación a la penalización, pues hay países en que la interrupción del embarazo es totalmente permitida y sin embargo los abortos son una ínfima proporción.

– La Organización Mundial de la salud ha determinado que la multiplicación del aborto está asociada directamente a falta de educación sexual, de poco o nulo acceso a anticonceptivos, a déficit de paternidad responsable y a las deficiencias en la atención a la salud integral, y no a la mayor o menor permisibilidad legal del mismo.

Con esto queremos decir, si a los legisladores les preocupa la proliferación de los abortos clandestinos, la penalización del Aborto terapéutico no la disminuirá. Está demostrado que lo único que disminuye los abortos es la educación sexual, el acceso a métodos anticonceptivos, y sobre todo el desarrollo de una paternidad responsable. Está demostrado que buena parte de los hombres tienen una actitud irresponsable en relación a los hijos, y no muchos de los diputados de este hemiciclo también han sido padres irresponsables.

Por el contrario, el hecho de que Nicaragua penalice el aborto terapéutico nos coloca dentro de las naciones que violentan los derechos humanos de las mujeres, y acrecienta los riesgos de muertes de mujeres madres. Es decir seremos parte de un número minúsculo de estados cavernícolas que prefieren que mueran las mujeres antes de interrumpirles un embarazo.

El impacto que ha tenido la penalización del aborto en Nicaragua ya es evidente. Una misión de Human Right Watch emitió recientemente un informe que resumimos:

‘El derecho internacional proscribe las prohibiciones del aborto porque tales restricciones niegan a las mujeres sus derechos fundamentales a la vida y a la salud’, dijo José Miguel Vivanco, director ejecutivo de la División de las Américas de Human Rights Watch. ‘La prohibición del aborto en Nicaragua constituye una afrenta a los estándares internacionales y a las mujeres nicaragüenses‘, agregó Vivanco.

La penalización del aborto en Nicaragua es incompatible con las obligaciones del Estado nicaragüense bajo el derecho internacional porque amenaza los derechos de las mujeres y las niñas a la vida, la salud, la igualdad, la privacidad, la integridad física y la libertad de culto y de conciencia, agrega el documento.

Durante una misión de investigación a Nicaragua en agosto, HRW asegura haber documentado retrasos en la prestación de servicios obstétricos de emergencia en el sector de la salud pública que incluso terminaron con la muerte de las afectadas, por causas evitables.

Mujeres embarazadas que padecían problemas de salud, en particular las mujeres pobres que dependen de los servicios del sector público, mostraron con frecuencia un marcado temor a procurar tratamiento.

Tanto los médicos como las mujeres atribuyeron a la prohibición los retrasos en el tratamiento y la búsqueda de éste, debido a aprensiones respecto a violar la ley. La prohibición hace que las mujeres y niñas que carecen de recursos económicos sean especialmente vulnerables a prácticas de aborto inseguras.

‘Hay familias que han perdido a sus hijas, hermanas y esposas a causa de los retrasos en el tratamiento de hemorragias post-aborto y otras complicaciones‘, dijo Vivanco. ‘Todos los médicos a quienes entrevistamos dijeron que la prohibición ha generado un clima de temor en el sector de la salud pública y esto ha llevado a retrasos fatales en la atención de emergencias obstétricas’, apuntó Vivanco

Funcionarios del gobierno nicaragüense reconocieron ante Human Rights Watch que la prohibición ha tenido un efecto adverso en el acceso a tratamiento que tiene el potencial de salvar la vida. También dijeron que “después de haber sido impuesta la prohibición, el Ministerio de Salud había recibido más quejas respecto a los retrasos en el tratamiento.”

Testimonios seleccionados por HRW
Angela Morales [nombre ficticio], madre de una mujer de 22 años de edad que murió a causa de hemorragia relacionada con el embarazo en un hospital público de Managua en noviembre de 2006, apenas días después de que fuera implementada la prohibición general del aborto:

‘Ella estaba sangrando … Por eso la llevé de emergencia al hospital … pero le dijeron los médicos que no tiene nada. … Volvió a sentirse mal [con fiebre y hemorragias] y el martes la ingresaron. … Le pusieron suero con la presión baja. … ‘Mami’, me dice, ‘no me están dando trato’. … No le pusieron nada, nada. … Cuando llegó el marido para llevarle la comida escuchó unos gritos. … La llevaron [a otro hospital en Managua], pero era muy tarde. Murió de un paro cardíaco. … Me la llevaron toda morada, irreconocible. Para mí que ni era mi hija’.

Basándose en comentarios hechos por los médicos en ese momento, Morales cree que a su hija no se le dio tratamiento pues ellos estaban renuentes a tratar una emergencia relacionada con el embarazo por temor a que se les acusara de proveer abortos terapéuticos.

Dr. Francisco del Palacio, Subdirector de Educación del Hospital Alemán Nicaragüense, Managua:

‘Aquí [en el hospital] hemos tenido mujeres que han fallecido. … Por ejemplo, [nombre retenido] fue a un centro y se hizo un ultrasonido. Era claro que necesitaba un aborto terapéutico. Nadie quiso hacer un aborto porque el feto se quedaba vivo. La señora se quedó dos días sin hacerle nada hasta que se expulsó el feto solo. En ese entonces ya estaba en situación de choque séptico y murió cinco días después. Esto fue en marzo 2007’.

Doctor Jorge Orochena, Director de Control de Calidad, Ministerio de Salud.

‘El efecto [de la prohibición] lo hemos visto en el personal médico. … Hemos tenido situaciones que deben atenderse, [pero] por miedo no atienden rápido. … Porque en un hospital tenían una paciente con un embarazo ectópico, roto, no había nada qué hacer [para salvar al feto], pero no se trató. … Es como una excusa. … Los médicos no quieren ‘comprometerse’ entre comillas. … Hemos recibido quejas’.

Señores diputados, señoras diputadas:
Para muchos de los aquí presente legislar sobre el aborto terapéutico supone contradicciones de conciencia, porque la alta jerarquía eclesiástica, no sólo en Nicaragua sino en el mundo, han emprendido una campaña para penalizar todo tipo de interrupción del embarazo, sobre la base de argumentos morales y religiosos.

Cada quien tiene derecho y libertad a sus creencias religiosas. Pero aquí en este hemiciclo no estamos representando ningún credo. Nuestra constitución y nuestras leyes dicen que Nicaragua es un Estado Laico, y nuestra función de representante debe ser independiente de nuestras creencias religiosas

Imponer en la Ley restricciones a derechos humanos fundamentales como el derecho a la vida sólo por creencias religiosas viola los principios sobre los que se fundamentan nuestro Estado Democrático, El Estado nicaragüense tiene prohibido constitucionalmente, en virtud de su carácter laico y según dispone el Artículo 69 Cn. segundo párrafo, impedir a otros el ejercicio de sus derechos por creencias religiosas, precisamente porque el pluralismo reconoce el carácter diversificado de los intereses, las ideologías y las creencias de los distintos sectores de la sociedad

La eliminación del inciso tres del dictamen, es la penalización del aborto terapéutico. Quiere decir que la mujer cuya vida depende de una interrupción, no puede salvarse porque el estado le niega ese derecho. Una redacción así en el Código Penal implica la positivación de creencias religiosas porque, siguiendo una doctrina norteamericana, la condena de la interrupción del embarazo en cualquier circunstancia sólo se puede justificar en clave religiosa (Dworkin: Etica Privada e Igualitarismo Político. 1993). [2]

Un enfoque así en nuestro nuevo Código penal implica que las instituciones del Estado deriven políticas públicas claramente motivadas por determinadas ideas religiosas, lo cual va en detrimento del carácter pluralista de la sociedad, discrimina a quienes no sustentan aquellas ideas y lejos de implicar la transmisión de valores laicos y democráticos, impone, so pena de cárcel, prácticas y conductas humanas que pretenden cumplir con preceptos religiosos, contradiciendo el carácter laico del Estado y de la educación.

Decía antes a algunos diputados que si legislan contra el aborto por sus creencias religiosas deberían también legislar para castigar otros pecados, como desear a la mujer de su prójimo.

En fin, la redacción de este articulo, sin la excepción de la interrupción terapéutica Impone a la mujer embarazada una carga que anula sus derechos fundamentales, da preeminencia al embrión o feto, exige irracionalmente a la mujer embarazada, el sacrificio consciente –y muchas veces inútil– de los derechos y características más esenciales de la propia naturaleza humana: su libertad, su privacidad, su salud, su posibilidad de desarrollo, su derecho a convivir con y cuidar de su familia, e incluso hasta su propia vida. Ello supone desconocer completamente su dignidad y reducirla a un mero receptáculo de la vida en gestación, carente de derechos o de intereses constitucionalmente relevantes que ameriten protección.

Una redacción como la propuesta viola instrumentos internacionales suscritos por Nicaragua como el Artículo 3.- Declaración Universal de los Derechos Humanos. Artículo I.- Declaración Americana de Derechos y Deberes del Hombre, el Artículo 6.1.- Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos y la Convención Americana de Derechos Humanos.

Insisto, si ademas es cierto que a algunos diputados les preocupa el incremento de los abortos clandestinos, no es contra ellos que va este articulo, sino contra las mujeres que tienen problemas de salud que ponen en riesgo su vida.

Fíjense bien. Ayer estábamos reunidos una parte de la Comisión de Justicia y de la Comisión de la Mujer con la delegada de la OPS, precisamente para ver este tema. Habíamos tres mujeres. De ellas dos habían tenido complicaciones en uno de sus embarazos. Una había tenido septicemia al 7mo mes del embarazo. Otra complicación por hipertiroidismo, a los 6 meses de embarazo. En ambos casos se interrumpió el embarazo para que no pereciera la madre. El bebé de 7 meses no sobrevivió, y si el de 6 meses. Pero en ambos casos sobrevivió la madre y con ello los hijos de ambas pudieron disfrutar hasta hoy de los cuidados de ellas. Si no se les hubiera interrumpido el embarazo ambas hubieran muerto y con ellas sus hijos.

A eso nos referimos cuando hablamos de interrupción por razones médicas. A mujeres que se pueden morir, que mueren… que están muriendo., Y escuchen bien; ustedes serán responsables, y vamos a ir anotando los nombres de las mujeres que se mueren y se los estaremos entregando en sus casas, porque ustedes serán responsables criminalmente de sus muertes….!

Diputados y Diputadas:
Nuestra nación sigue estando colocada en la lista de naciones donde el pueblo sufre por su condición de exclusión y de marginalidad. La mayoría de la gente habita en lugares donde todavía no existen los más mínimos niveles de atención en salud y educación. Comunidades enteras siguen careciendo de lo más indispensable para la vida. Está demostrado que la mayor cantidad de muertes por causas de la maternidad se producen en las comunidades campesinas, al interior del país. En la RAAN y la RAAS- No existen en nuestro país condiciones tecnológicas, ni los avances que permitan aplicar a mujeres embarazadas las mejores atenciones. Con la eliminación de la figura del aborto terapéutico, se está negando a cientos de mujeres con enfermedades cuya cura es incompatible con el desarrollo del embarazo, el derecho a escoger su propia vida. Son mujeres con otros hijos que atender y alimentar, con una vida productiva que desarrollar.

PARA CONCLUIR Llamo especialmente a la bancada del Frente Sandinista, para recordarles su programa histórico, para recordarles el compromiso que tienen con la herencia ideológica, moral y sobre todo humanística de Carlos Fonseca, Ricardo Morales, Carlos Núñez, Luisa Amanda Espinoza, Angelita Morales, Genoveva Rodríguez, Merceditas Avendaño y tantos héroes y dirigentes caídos del FSLN.

Todos sabemos que la claudicante y vergonzosa posición y decisión de Daniel Ortega fue tomada e impuesta al Frente como una decisión electorera para supuestamente ganarse el voto más atrasado de la sociedad nicaraguense. Fue el oportunismo y no la sana convicción, fue el servicio de las ansias de poder del caudillo y no al pueblo pobre. Hoy tienen la posibilidad de rectificar.

Aquellos que de entre ustedes sienten justa y legítima vergüenza nos han explicado que Daniel se ha reunido con todos ustedes para ordenarles el voto cerrado de toda la bancada por la criminalización del aborto terapéutico. Hoy tienen que decidirse: o van a estar por la humillación y la vergüenza mundial de su historia, de su bandera y de sus principios o se reivindicarán rectificando en favor de la vida, de la decencia moral y política.

No quiero dudar de que entre ustedes haya sandinistas honestos y consecuentes, que preferirán esta mañana el honor de las justas convicciones, al estéril servilismo con LAS CONVENIENCIAS de poder personal del caudillo. LES LLAMO EN NOMBRE DE LOS VALORES, DE LA ETICA, DE LA MORAL QUE UN DIA FUE LA ENSEñA DEL FRENTE SANDINISTA, A RECHAZAR ESA MOVICION Y A VOTAR A FAVOR DE LA VIDA DE LAS MUJERES.

MUCHAS GRACIAS.

Notas:
1] Rosario Murillo en la Radio Ya, propiedad del FSLN. Fuente: Radio La Primerísima. http://www.radiolaprimerisima.com/noticias/2192

2] Presentación de la Red de Mujeres contra la Violencia.
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