Acción legal logra un triunfo: !Prohíben a Corfo celebrar contratos con el litio!
por Julian Alcayaga (Chile)
7 años atrás 4 min lectura
Hoy Corfo fue notificada de la “prohibición de celebrar actos y contratos respecto del litio”, resolución fue dictada por el Ministro Alejandro Madrid, como medida cautelar solicitada en la Acción Constitucional de Nulidad de Derecho, del contrato entre Corfo y SQM, suscrito 17 de enero 2018, que entrega la mayor parte de las reservas de litio del Salar de Atacama, a la cuestionada empresa SQM.
La acción fue presentada por las diputadas, Claudia Mix (Poder), Gael Yeomans (Izquierda Libertaria), Camila Rojas (Izquierda Autónoma) y el Partido Poder Ciudadano, representado por su presidenta Karina Oliva, y que fue patrocinada por los abogados Julián Alcayaga e Inti Salamanca.
Esta acción de nulidad de derecho público, del contrato Corfo-SQM, se fundamenta en el hecho que dicho contrato infringe el inciso décimo del numeral 24 del artículo 19 de la Constitución Política de la República, los artículos 5° y 6° del DL 2.886 de 1979; el artículo N° 3 de la Ley 18.097 Orgánica Constitucional de Concesiones Mineras; y los artículos 7 y 8 del Código de Minería, normas que establecen que el litio no es concesible, y que solo puede ser explotada por el Estado, o mediante concesiones administrativas o contratos especiales de operación, con los requisitos y bajo las condiciones que el Presidente de la República fije, para cada caso, por decreto supremo.
Importantes consecuencias
En aplicación de la medida cautelar, Corfo no podrá licitar este año, como lo tenía programado, la adjudicación de la cuota de litio para su industrialización, ni podrá crear el Centro de Transición Energética para el desarrollo del litio, ni ningún otro acto que tenga relación con el litio.
Adicionalmente, el ingreso de Tianqi a SQM queda en la cuerda floja, porque si el recurso es finalmente aceptado por la justicia, SQM ya no podrá explotar el litio del Salar de Atacama, lo que reduce considerablemente el valor de SQM, cuyo valor actual, sin el litio, se reduce a una mínima expresión.
Contexto
Como es sabido y pese al escándalo provocado al conocerse que SQM había pagado coimas a un amplio espectro de la clase política, la CORFO otorgó –el 17 de enero de 2018- la mayor parte de las reservas de litio chileno del Salar de Atacama, a la cuestionada empresa SQM, a la que Corfo le otorga un aumento de la cuota de extracción de 349.553 toneladas de litio metálico equivalente (LME) hasta fines del año 2030, triplicándose la cantidad permitida por contratos previos, además, en casi todo el Salar, le otorga derechos de aprovechamiento de aguas; se obliga a no permitir la exploración y explotación minera a otras empresas, y no permite que el Presidente de la República pueda licitar la explotación del litio. Todo lo cual es inconstitucional e ilegal.
En 1940, el artículo 6° de la Ley 6.482, reservó al Estado los yacimientos que contuvieran fosfatos y sales potásicas, y no permitía que algún particular pudiera constituir pertenencias mineras de ningún tipo en dichos yacimientos. El Salar de Atacama era el principal de esos yacimientos, por esta razón, cuando Anaconda quiso constituir 75.000 pertenencias de cobre, hierro y “otras substancias”, en dicho salar, no se le otorgaron las concesiones porque el yacimiento estaba reservado al Estado. Sin embargo, Corfo si pudo constituir 59.820 pertenencias OMA en el Salar de Atacama, en 1977, solo en razón que no es un particular, sino un ente del Estado
En 1979, se dictó el DL 2.886, que reservó al Estado la explotación del litio, con la única excepción de las pertenencias que estuvieran constituidas por “particulares”, con anterioridad al año 1979. Las pertenencias OMA de Corfo, constituidas en 1977, no podían quedar exceptuadas de la reserva al Estado, porque la excepción solo concernía a los “particulares”.
Desde el término de la Guerra del Pacífico, el Salar de Atacama pasó a ser propiedad del Estado de Chile, y por un decreto de 1884, en terrenos del Estado, que incluye el Salar de Atacama, los nitratos y sales análogas quedaban reservados al Estado, lo que fue refrendado por los Código de Minería de 1888, 1930 y 1932. En 1940, la Ley 6.482 reservó al Estado todo el yacimiento del Salar de Atacama por contener fosfatos y potasio, y prohibía que los particulares pudieran constituir pertenencias de ningún tipo. En 1979, el DL 2.886 reservó al Estado el litio, con la sola excepción de los particulares que tuvieran constituidas pertenencias con anterioridad.
En suma, por disposiciones legales, desde que el Salar de Atacama pasó a pertenecer al Estado chileno, nunca un particular pudo constituir pertenencia minera hasta que en 1979, el DL 2.886 reservó al Estado la explotación del litio.
Esta es la razón principal por la que Corfo no puede otorgar derechos de explotación en el litio, porque la Constitución solo faculta para ello, al Presidente de la República.
Artículos Relacionados
Corte Suprema acoge reclamo de SQM y declara reserva sobre información de sus exportaciones de litio
por Equipo CIPER (Chile)
8 años atrás 8 min lectura
Aquí no ha pasado nada: Ponce Lerou vuelve a SQM
por Camilo Villa J. (Chile)
7 años atrás 5 min lectura
Declaración del Gobierno de la RASD sobre la conclusión exitosa de un procedimiento legal en Sudáfrica para recuperar roca de fosfato exportada ilegalmente del Sáhara Occidental ocupado
por Sahara Press Service (SPS)
8 años atrás 5 min lectura
Cuidado, mucho ojo: En Ventanas percibimos un extraño doble estandar que queremos aclarar
por Jorge Lavandero (Chile)
3 años atrás 4 min lectura
El compromiso de Boric con el medioambiente y la amenaza minera de Rubí a la Reserva Nacional «Cajón del Maipo»
por Queremos Tupungato (Chile)
4 meses atrás 5 min lectura
Reunión anual de «Antofagasta PLC» en Londres
por Patricio Bustamante (Caimanes, Chile)
8 años atrás 26 min lectura
Petro: «Estados Unidos está asesinando latinoamericanos en nuestra propia tierra y nuestro propio mar»
por The Mexican Family
2 días atrás
19 de septiembre de 2025
Estados Unidos está asesinando latinoamericanos en nuestra propia tierra y nuestro propio mar.
Por el Fin del genocidio en Palestina, de la carrera armamentista y de todas las guerras
por Solidarios con Palestina y por la Paz
2 días atrás
18 de septiembre de 2025
Las personas y organizaciones que firmamos esta declaración nos sumamos al Día Internacional de la Paz, 21 de septiembre, el que fue establecido por la Asamblea General de las Naciones Unidas en 1981 y donde se señaló que “la promoción de la paz, tanto a nivel internacional como nacional, es uno de los propósitos primordiales de las Naciones Unidas de conformidad con su Carta” constitutiva.
Por el Fin del genocidio en Palestina, de la carrera armamentista y de todas las guerras
por Solidarios con Palestina y por la Paz
2 días atrás
18 de septiembre de 2025
Las personas y organizaciones que firmamos esta declaración nos sumamos al Día Internacional de la Paz, 21 de septiembre, el que fue establecido por la Asamblea General de las Naciones Unidas en 1981 y donde se señaló que “la promoción de la paz, tanto a nivel internacional como nacional, es uno de los propósitos primordiales de las Naciones Unidas de conformidad con su Carta” constitutiva.
Así es como Marruecos domina a Europa
por Pedro Baños (España)
4 días atrás
17 de septiembre de 2025 Daniel Estulin nos comparte esta entrevista exclusiva que le hizo a Abdelilah Issou, un exoficial del ejército marroquí que le reveló cómo las élites…