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Análisis, Derecho Internacional

Sobre la nueva constitución y los tratados internacionales

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Señor Director:

Con asombro observo que, enmarcado en el debate por una nueva constitución, se establezca de entrada la condición de que esta debe respetar los tratados internacionales. Este asombro es originado principalmente por dos razones.

La primera tiene que ver con lo señalado por Alex Nuñez en una columna de opinión del 20 de diciembre, en la que revela el debate existente respecto a la jerarquía de los tratados internacionales en relación con otras leyes al interior de nuestro país. Pese a esta incertidumbre jurídica interna, es de conocimiento que no se puede atribuir/justificar el incumplimiento de un tratado ya ratificado por un cambio de las reglas internas.

Con este hecho como antecedente la discusión nos puede llevar a hacernos algunas preguntas: ¿Qué pasa si la nueva constitución contiene algún capítulo o artículo que contravenga un tratado ya vigente?,¿Debe esta configurarse con un molde pre-establecido a pesar de que ciertos sectores no se sientan representados o incluso puedan sentirse violentados con él?, ¿Pueden transformarse algunos tratados en una especie de bastión de lucha ideológica? en consecuencia ¿En qué pie quedaría el criterio de respetar los tratados internacionales? Se hace necesario hacer presente que todos los tratados poseen cláusulas de salidas, esto significa que, si el nuevo texto constitucional chileno es adverso a algún tratado en vigencia, se debiese tener en cuenta este mecanismo para modificarlos o rescindir de ellos.

La segunda razón de mi asombro, derivado del primero, hace referencia al hecho de que como ya se estableció el criterio de no cuestionar los tratados internacionales vigentes, se anula o en el mejor de los casos se debilita todo debate respecto a los efectos de los tratados en nuestro país. En otras palabras, no vamos a aprovechar esta instancia de cambio constitucional para revisar y mejorar los tratados. Me preocupan especialmente aquellos tratados de libre comercio firmados hace décadas que podrían perfectamente ser actualizados a las necesidades y al lenguaje del día de hoy.

En consecuencia, sería optimo si se pudiesen diferenciar las temáticas de los tratados. Por un lado el respeto irrestricto a temas específicos y universales, como los derechos humanos por ejemplo y por otro lado los convenios, que debido a cambios contextuales requieren una revisión, especialmente los tratados comerciales ya mencionados. Todo en vista a generar mayores beneficios al país.

Lo anterior es fundamental para darle coherencia interna y externa a una eventual nueva constitución, así como demostrar que el país tiene las capacidad y la fuerza para evaluar y tomar decisiones frente a temáticas que afectan directa e indirectamente a todos sus miembros: Ciudadanos, Estado y Privados.

-El autor, Mauricio Eyquem Rossi, es Cientista Político y Magister en Estudios Internacionales

*Fuente: El Mostrador
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