Carta enviada con fecha 13 de septiembre a todos los parlamentarios chilenos
por Germán F. Westphal (EE.UU.)
12 años atrás 4 min lectura
Texto de la carta enviada con fecha 13 de septiembre a todos los parlamentarios chilenos:
Materia: Sobre el proyecto de ley relativo al voto chileno desde el extranjero (Boletín del Senado Nº 9.069-07)
Los 2900 ciudadanos chilenos que han firmado en el sitio digital que se incluye más abajo, se han pronunciado inequívocamente a favor del voto chileno desde el extranjero sin restricciones, tal cual está garantizado en la Constitución respecto a todas las elecciones y plebiscitos que se realicen en las circunscripciones electorales en que los chilenos en el exterior del país están automáticamente inscritos según la normativa legal vigente. Éste es un derecho adquirido.
http://www.change.org/petitions/al-presidente-de-la-república-de-chile-sr-sebastián-piñera-que-implemente-el-voto-chileno-en-el-exterior-según-el-art-32-no-6-de-la-constitución
Sin embargo, el proyecto de ley de la referencia limita ejercer tal derecho desde el extranjero a las elecciones presidenciales y plebiscitos nacionales. Esto es un retroceso histórico, no un avance en materia de derechos ciudadanos.
A los chilenos en el extranjero también les importa el destino de su pueblo o ciudad, su zona o región –la patria chica que los vincula a la patria larga.
Según el Boletín del Senado Nº 9.069-07, el proyecto de ley en cuestión «no altera la posibilidad que los ciudadanos con derecho a sufragio que se encuentren en el extranjero puedan votar en Chile en todo tipo de elecciones o plebiscitos», si no han efectuado antes la solicitud para votar desde el extranjero que se menciona en el mismo Boletín.
Esto es equivalente a mantener el estatus quo para los ciudadanos en el extranjero que rehusen aceptar la restricción que arbitrariamente pretende imponerles el proyecto de ley en cuestión respecto a su derecho a voto constitucionalmente consagrado y los obliga a viajar al país para emitir su voto respecto a todas las elecciones y plebiscitos que se realicen en el distrito electoral en que están inscritos, o a abstenerse si no viajan o no pueden viajar. En los hechos, una forma de castigo discriminatorio por residir en el extranjero y negarse a aceptar toda restricción a su derecho a voto.
El principal motivo –si no el único– para impulsar una reforma constitucional en función del mencionado proyecto, es la restricción al derecho a voto arriba mencionada. De lo contrario, es perfectamente posible reglamentar la emisión del voto universal respecto a todas las elecciones y plebiscitos desde el extranjero, ya sea por ley o incluso por decreto emitido en función de la potestad reglamentaria del Presidente de la República. Los modelos de otros países sobre la materia abundan, entre ellos el español:
http://www.portalelectoral.es/content/view/19/39/
Como muy bien sabe todo parlamentario en ejercicio, de prosperar el mencionado proyecto de ley, reforma constitucional y ley orgánica que conlleva, una modificación del cuerpo legal correspondiente que garantice el ejercicio pleno del derecho a voto desde el extranjero sería altamente difícil debido a los altos quórums requeridos.
Dado todo lo anterior, resulta sorprendente que se esté actualmente promoviendo un proyecto de ley que es inconsistente con el derecho a voto de los ciudadanos chilenos tal cual está consagrado por la Constitución vigente, en circunstancias que el país está próximo a elegir, en dos meses, un nuevo Presidente de la República y a renovar la Cámara de Diputados y parcialmente el Senado –elecciones que es de esperar garanticen un equipo de gobierno y parlamentarios más proclives al ejercicio del derecho a voto desde el extranjero tal cual está establecido en la Constitución.
Bajo estas circunstancias, lo racional y políticamente correcto es abortar el proyecto de ley en trámite a la espera de que asuma el nuevo Presidente de la República y los nuevos parlamentarios, especialmente considerando que, en todo caso, el voto ciudadano desde el extranjero no se hará realmente efectivo hasta el año 2017. Por tanto, un año de demora en aprobar una legislación que garantice el ejercicio pleno del derecho a voto desde el extranjero no hace mella alguna.
En cuanto a esto último, también cabe destacar que los ciudadanos chilenos residentes en el extranjero han esperado por largo tiempo para que se reglamente el ejercicio de su derecho a voto desde el exterior del país y un año más tampoco les hace mella alguna en tal espera a fin de que la reglamentación del caso respete de manera cabal su derecho constitucionalmente consagrado.
Finalmente, tal reglamentación también podría y debería permitir el voto desde el exterior del personal diplomático y consular, además del voto de los ciudadanos que se encuentren fuera del país por razones de estudio o trabajo.
Artículos Relacionados
Candidato a Alcalde en Cochamó: Profesor comunista detenido el 11 de septiembre del 73
por Joaquín Soto (Chile)
17 años atrás 1 min lectura
Hoy, Marcha por una Asamblea Constituyente. 17:00 horas. Plaza de la Dignidad
por
6 años atrás 1 min lectura
Urgente: "El café pendiente", aquí en Chile. Urgente
por Autor desconocido
13 años atrás 1 min lectura
Conferencia de Prensa: Protesta Popular el 11 de marzo
por Comando por los Derechos Sociales y Populares (Chile)
15 años atrás 2 min lectura
Argentina: Tratando de reconstruir la historia de María del Carmen Serrano
por Blanca Serrano (Argentina)
19 años atrás 2 min lectura
La importancia del paro portuario de Mejillones
por Conferencia Intersindical
12 años atrás 10 min lectura
4 Comentarios
Deja una respuesta Cancelar la respuesta
Lo siento, debes estar conectado para publicar un comentario.
¿Qué le ocurrió al capitán Toledo? Se debe determinar la causa real de su muerte
por Matías Burboa
1 hora atrás
25 de noviembre de 2025
El dato más importante es que el Servicio Médico Legal (SML) NO ha entregado hasta hoy un resultado oficial sobre la causa de la muerte.
Muerte de ex-capitán Toledo: «Él decidió hacer lo difícil: decir la verdad»
por Natalia Pravda
3 horas atrás
25 de noviembre de 2025
Gracias, peñi Toledo. Gracias por tu coraje. Gracias por tu respeto. Gracias por atreverte a decir lo que tantos creyeron que jamás se diría.
Que tu viaje sea bueno. Que tu memoria siga viva entre nosotros. Y hasta que nos volvamos a ver…
Mario Cruz Bustamante: cuando la danza se vuelve memoria
por Iván Vera-Pinto Soto (Iquique, Chile)
1 día atrás
24 de noviembre de 2025
“Uno no baila solo por bailar.
Uno baila con los que ya no están, con los que vendrán
y con esta tierra que todavía pide ser escuchada”.
Gaza / Israel: de lo insólito a lo inédito con la reciente resolución 2803 del Consejo de Seguridad de Naciones Unidas
por Nicolás Boeglin (Costa Rica)
1 día atrás
24 de noviembre de 2025
«Gaza hoy no pide lo imposible. Pide claridad. No pide una victoria absoluta, sino un mínimo de certeza. Porque lo que más agota a un pueblo no son solo los bombardeos… es esperar el día siguiente sin saber cómo será.»
Cheyre y Alwyn :sîmbolos del cinismo…
Votar es un derecho universal . Apoyo esta campaña pero hay algo que no me cuadra en la posiciôn del Sr. Westphal pues si mal no recuerdo en un artîculo anterior aparece respaldanbdo la posiciôn de aquellos que optan por la abstenciôn en las prôximas elecciones, Me parece una contradicciôn… Cordialmente.
Ninguna contradicción, estimado Pedro! Si uno no puede (votar), no puede abstenerse! Tan simple como eso!
Ninguna contradicción, Pedro! Si uno no puede (votar), no puede abstenerse voluntariamente.