Venezuela: Razones para no renovar concesiones a los medios
por Luis Britto García (Aporrea ? Venezuela)
19 años atrás 4 min lectura
Porque según el artículo 7 de la Ley de Telecomunicaciones, el espectro radioeléctrico es un bien del dominio público de la República Bolivariana de Venezuela, para cuyo uso y explotación deberá contarse con la respectiva concesión, de conformidad con la ley.
Porque dispone el artículo 73 de dicha ley que las concesiones caducan automáticamente en la fecha de su vencimiento, sin requerir referendo, consulta popular ni ningún otro trámite para que dejen de tener efecto.
Porque así como no se convocó referendo ni juicio para otorgar concesiones, menos se los requiere para que caduquen.
Porque si el latifundio es contrario al interés social, el monopolio comunicacional es opuesto al interés de Venezuela.
Porque algunos concesionarios son extranjeros o dominados por capitales extranjeros opuestos a la seguridad y defensa de nuestra patria.
Porque actúan en complicidad con las transnacionales de la información en un plan concertado de descrédito del país.
Porque una concesión reporta a su beneficiario poder y privilegios económicos que sólo deben concederse a quien cumpla con la Constitución y las leyes.
Porque los medios concesionarios interfirieron y sacaron del aire la señal de Venezolana de Televisión que transmitía en cadena la alocución presidencial el 11 de abril de 2002.
Porque difundieron la falsa noticia de la renuncia del Presidente constitucional, convirtiéndose en coautores del golpe de Estado.
Porque, según confesó públicamente el vicealmirante golpista Héctor Ramírez Pérez en la mañana del 12 de abril, "nuestras armas fueron los medios de comunicación".
Porque el 13 de abril en Miraflores los concesionarios pactaron apoyar al dictador Carmona a cambio de la entrega de los organismos encargados de aplicar la Ley de Telecomunicaciones.
Porque para respaldar la dictadura los días 12 y 13 de abril impusieron un apagón comunicacional que nos privó de toda noticia sobre lo que ocurría en nuestro país, violando el derecho a la información consagrado en el artículo 58 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.
Porque desde el 2 de diciembre de 2002 hasta marzo del 2003 dedicaron casi todo su tiempo de emisión a instigar al cierre patronal insurreccional, al sabotaje petrolero, a destruir la economía venezolana, a la desobediencia tributaria y al derrocamiento violento de la forma republicana de gobierno, en violación de los artículos 57 de la Constitución y 132 del Código Penal.
Porque durante el cierre patronal insertaron propaganda política subliminal en las películas para niños, violando el derecho de éstos a recibir información integral según el artículo 58 de la Constitución.
Porque infringieron los artículos 255 al 257 del Código Penal, al intentar encubrir la existencia del centenar y medio de paramilitares colombianos detenidos en las afueras de Caracas portando falsos uniformes militares venezolanos.
Porque llamaron sistemáticamente a la guerra civil, en contravención de los artículos 57 de la Constitución y 144 del Código Penal.
Porque instigan sistemáticamente a la discriminación étnica y racial, violando el artículo 57 de la Constitución.
Porque infligieron insultos racistas a mandatarios de países amigos, provocando la justificada protesta de éstos.
Porque practican continuadamente la censura, el falseamiento de noticias y la propaganda de guerra, en desobediencia de los artículos 57 y 58 de la Constitución.
Porque actúan como partidos políticos sin cumplir con los preceptos del artículo 67 de la Constitución que obligan a los partidos a hacer aprobar democráticamente por las bases sus dirigencias y programas.
Porque en su mayoría se limitan a reciclar 60% de programación importada, casi toda estadounidense.
Porque censuran, mutilan e interfieren sistemáticamente las obras de arte que difunden, violando el artículo 57 de la Constitución, que prohíbe la censura y el artículo 11 de la Ley Resorte, que proscribe interferir los programas con mensajes distintos a ellos.
Porque desconocieron e incitaron al desconocimiento de los resultados del referendo proclamados por el Consejo Nacional Electoral, para así deslegitimar a las autoridades confirmadas e incitar a su derrocamiento por la fuerza, contraviniendo el artículo 144 del Código Penal.
Porque instigaron constantemente a delinquir en violación de los artículos 284 a 286 del Código Penal, incitando motines y desórdenes públicos en contravención del artículo 167 de dicho Código.
Porque exhortaron al magnicidio, en infracción del artículo 409 del Código Penal.
Porque reiteradamente incurrieron en delitos de difamación, injuria, ultraje, vilipendio y calumnia, en violación de los artículos, 158, 223 al 229, 241 y 242 y 444 al 451 del Código Penal.
Porque abusan de la credulidad de otros para crear perturbaciones del orden público, en contravención del artículo 510 del Código Penal.
Porque al difundir cuñas suben el volumen hasta dejar sorda a la gente, burlando el artículo 4 de la Ley Resorte.
Porque irrespetan los límites de tiempo para la transmisión de publicidad pautados en el artículo 8 de la Ley Resorte.
Porque transmiten una imagen del pueblo insultante, despectiva y degradada.
Porque promueven el consumismo y la disociación sicótica.
Porque pasan culebras insoportables.
Porque idiotizan.
Porque ya existe una poderosa Asociación de Medios Comunitarios Libres y Alternativos preparada para tomar el relevo.
Porque el Estado podría y debería retener para sí las concesiones, limitándose a alquilar por tiempo determinado espacios de emisión, según se hace en Inglaterra, Francia, Holanda y otros países avanzados.
Porque todos estos hechos están comprobados en la novena edición de mi libro Investigación de unos medios por encima de toda sospecha, distribuido gratuitamente por el Minci a todo el que lo solicite.
14/01/07
www.aporrea.org
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