Impugnación legal del Estado de Emergencia en Ecuador
por David A. Cordero Heredia (Ecuador)
21 años atrás 5 min lectura
Dentro del mencionado artículo se contemplan los derechos que son susceptibles de suspensión en estado de emergencia. Dicha suspensión deberá ser «en la medida y por el tiempo estrictamente limitados a las exigencias de la situación», es decir la suspensión de derechos no puede ser arbitraria, aunque el derecho sea susceptible de suspensión en estado de emergencia.
La jurisprudencia internacional establece parámetros para el análisis de la legitimidad de una limitación o suspensión de un derecho humano. Dichos parámetros son: fin legítimo, medio idóneo, necesidad y proporcionalidad.
Por tanto la disposición carece de legitimidad, es inconstitucional y violatoria a la Convención Americana de Derechos Humanos, lo cual acarrea responsabilidad internacional al Estado, y responsabilidades civiles, administrativas y penales a los funcionarios que acaten esta resolución y causen perjuicios a la población en general y a los medios de comunicación en específico.
La única forma de limitar el goce y ejercicio de un derecho humano es la posibilidad del goce y ejercicio de otro derecho de la misma clase. No se han reportado agresiones de los manifestantes a particulares. Conceptos como el «orden público», la «economía nacional», la «seguridad nacional», entre otros que utiliza el Presidente en su decreto de Estado de Emergencia, pueden ser utilizados en contra posición a derechos humanos de personas específicas cuando se aplican a un grupo determinado de personas. De no hacerlo así carecen de fundamento y siempre estarán por encima los derechos humanos de los particulares.
Sí bien es cierto que es obligación de la fuerza pública proteger las instalaciones públicas y privadas, esto no justifica la represión a la que están siendo sometidos los manifestantes y peor aún tratar de ocultar esta mediante la censura a los medios de comunicación.
Quito, 19 de agosto de 2005.
David A. Cordero Heredia,
Comisión Ecuménica de Derechos Humanos.
Enviado a PiensaChile por http://www.derechos.org/nizkor
Artículos Relacionados
El Tribunal Superior de Justicia de Londres autoriza la extradición de Assange a EE.UU.
por Actualidad RT
4 años atrás 1 min lectura
Violación del territorio y soberanía del Ecuador por las Fuerzas Armadas de Colombia
por La Comuna (Ecuador)
20 años atrás 7 min lectura
Honduras: Responsables de crímenes contra la humanidad asumen en altos cargos policiales
por Equipo Nizkor
19 años atrás 5 min lectura
60 dias de Huelga de Hambre Mapuche: amenazas y hostigamiento a familiares y amigos
por AFAPPM (Chile)
20 años atrás 2 min lectura
Nestlé Colombia: Acción Urgente: Ayúdennos a continuar viviendo
por SINALTRAINAL (Colombia)
13 años atrás 1 min lectura
Palantir y el Nuevo Orden: el neoliberalismo ha muerto. Dile hola al tecnoseñorío
por Yanis Varoufakis (Grecia)
1 día atrás
26 de abril de 2026
Una nueva forma de capital está ascendiendo: el capital en la nube — máquinas algorítmicas en red que otorgan a sus dueños poderes notables para modificar nuestra conducta. Y así como los financieros necesitaban el neoliberalismo, los señores de la tecnología de hoy necesitan una nueva ideología para legitimar su dominio. Yo la llamo techlordism [tecnoseñorío].
Los 22 puntos claves del Manifiesto de Palantir
por Brent D. Griffiths (EE.UU.)
1 día atrás
26 de abril de 2026
La cuestión no es si se fabricarán armas con IA; es quién las fabricará y con qué propósito. Nuestros adversarios no se detendrán a enzarzarse en debates teatrales sobre las ventajas de desarrollar tecnologías con aplicaciones críticas para la seguridad militar y nacional.
Habermas después de Gaza
por Amelia Horgan (EE.UU.)
1 semana atrás
20 de abril de 2026
Alemania ha sido un importante proveedor militar de Israel. Entre 2020 y 2024, suministró el 30% de las armas de Israel. Después de los Estados Unidos, es el segundo mayor proveedor militar de Israel. El volumen de exportaciones militares autorizadas de Alemania a Israel aumentó a partir de octubre de 2023: se multiplicó por diez con respecto al año anterior, pasando de 32 millones de euros a 326,5 millones de euros.
Las “dos almas” del PC: un mito cómodo
por Comité Editorial El Despertar (Chile)
1 semana atrás
20 de abril de 2026
El centralismo democrático, formulado por Lenin, es un principio organizativo que combina libertad de discusión interna con unidad de acción hacia el exterior. Lenin lo resumió con precisión: “La libertad de discusión, la unidad en la acción”.