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Categoría: Nueva Constitución

Análisis, Nueva Constitución

Graves errores sobre el Proceso Constituyente

Un segundo gran error respecto del actual “proceso constituyente” es el que considera que el acuerdo del 15 de noviembre ha tenido el propósito de resolver democráticamente el gigantesco malestar social que se expresó en octubre del año pasado. Y concretamente de darle a la sociedad chilena una voz decisiva en cuanto al establecimiento de una eventual nueva Constitución y de un nuevo modelo económico-social. En realidad, dicho acuerdo tuvo el propósito –inconfesable por cierto- de lograr todo lo contrario. Esto es, de aparecer pretendiendo aquello; pero, en la práctica, estableciendo fórmulas que lo hiciesen virtualmente imposible.

Nueva Constitución

Tomando el rábano por las hojas: “Somos la calle y no hemos firmado ningún acuerdo”

Ad portas del plebiscito de octubre, surgen muchas preguntas:: ¿qué modelo vamos a establecer? ¿Vamos a ‘parchar’ el actual modelo una vez estatuida la nueva carta fundamental? ¿Vamos a abrogarlo? ¿Qué pondremos en su reemplazo? ¿O diremos, como Abraham,  camino hacia el monte donde pensaba sacrificar a su hijo, ‘Dios nos lo proveerá’? Porque la economía de un país sigue parámetros que no son diferentes a los que siguen los seres humanos en su vida particular, es decir, avocarse, antes de todo, en comer, producir, para poder reproducirse en la vida como individuo y como especie. Y, posteriormente, pensar en la regulación social. Entonces, ¿no estamos tomando el rábano por las hojas?

Nueva Constitución

El sujeto social de cambios en el proceso constituyente

El fraude, al igual que en la época de la dictadura está en que sólo aquellos constituyentes patrocinados por los partidos políticos tendrán alguna chance de acceder a la Convención Constitucional de la segunda papeleta. Pues su elección se rige según la ley de elección de los diputados. En esta fabricación de la clase política, los constituyentes de elección popular deben entenderse como aquellos independientes que lograron financiar su candidatura o bien independientes en el cupo de un partido que lo patrocine. La conclusión central de esto es que los constituyentes así elegidos no serán mandatarios del pueblo sino de los partidos que los aceptan como tales. No olvidemos que la aprobación de los partidos políticos actuales es de un 2%.

Nueva Constitución

«Nuestra Constitución»

En el contexto de las manifestaciones ciudadanas surgidas en la ciudad de Los Ángeles, luego del despertar colectivo del 18 de octubre de 2019, se formó un referente de participación comunitaria denominado Asamblea Cultural de Los Ángeles […] Con esfuerzo y mucha creatividad redactamos “Nuestra Constitución”, la que compartimos ahora con ustedes. Depende de nosotros, ciudadanas y ciudadanos que asumamos nuestro rol de seres conscientes, participativos y responsables por el presente y futuro de nuestro país. Aún hay Patria ciudadanas y ciudadanos. Aún hay Democracia. Aún existe la oportunidad de ¡Tomarnos la Constitución!

Nueva Constitución, Opinión

El fraude constituyente hace agua

¡Se le está yendo de las manos la pobre justificación a los líderes de la ex Concertación de que había que derrotar a la derecha con el apruebo!; justificación destinada a ocultar que el antidemocrático e inmodificable quórum de los dos tercios, regalado por ellos mismos el 15 de noviembre a la derecha, le permitirá a ésta controlar totalmente los términos que tenga la «nueva» Constitución o conformarnos con seguir con la Constitución de Lagos suscrita por él y todos sus ministros en 2005. 

Nueva Constitución, Opinión

¿Qué aprueba el APRUEBO?

En reflexiones anteriores he dejado claramente explicitada mi posición frente al proceso constituyente en curso, pero en esta ocasión entregaré una opinión respecto de los previsibles resultados en relación con el triunfo de la opción APRUEBO en el Plebiscito del 25 de octubre.

Nueva Constitución

El verdero contenido del proyecto de ley sobre Plebiscito: Una violación flagrante del principio democrático de mayoría

Queda muy claro que todo el proceso legal es antidemocrático, desde el momento que en los artículos 133, 134 y 135 se estipula que tanto la «nueva» Constitución» como el reglamento de la Convención tienen que ser aprobados por los dos tercios (violando flagrantemente el principio democrático de mayoría); y que constriñe a los convencionales -quienes redactarán la nueva constitución- a «respetar» el modelo neoliberal sellado por numerosos tratados internacionales de libre comercio suscritos por Chile en los últimos treinta años.

Nueva Constitución

La Asamblea Constituyente no es el mejor camino, es el único camino

Como lo demuestran los acontecimientos de las últimos tiempos en Chile, la enorme mayoría de las y los chilenos, reclamamos, exigimos que Chile sea, por primera vez en su historia, verdaderamente propiedad, patrimonio y derecho del pueblo chileno. Hasta ahora, nunca lo ha sido. Desde su nacimiento como República, Chile ha sido propiedad y hacienda de un grupo de familias privilegiadas. Pero el pueblo, la ciudadanía de a pie, sin raíces encomenderas ni de abolengo, jamás ha sido dueña de nada más que de su esfuerzo, su sudor, sus sufrimientos, su hambre, su esperanza  y en los casos afortunados, de las migajas que la codicia en el poder deja caer por descuido. Hoy, el mayor bien del pueblo chileno es la indignación que ha propiciado este despertar que ya tardaba tanto.

Nueva Constitución

Gato por liebre: La Convención Constitucional NO es una Asamblea Constituyente

El 15 de noviembre,a casi un mes después del inicio de las movilizaciones populares, casi todos los partidos políticos con representación parlamentaria,y una vez superados el temor y la incertidumbre inicial, firman un “Acuerdo por la paz social y la nueva Constitución”, con el objeto de intentar detener la rebelión y evitar en el corto plazo la muy probable caída del gobierno, y proponer un camino de salida a la crisis que les asegure seguir manteniendo el poder y el statu quo, y que se traduce en una reforma a la Constitución, que establece un procedimiento restringido para elaborar una nueva, limitando el EJERCICIO PLENO DE LA SOBERANIA POPULAR, en este caso, de lo que debiera ser el PODER CONSTITUYENTE

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