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¿Por qué tendríamos que entregar inmunidad a miembros de ejércitos extranjeros?

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Senador Navarro insistió en que se debe ratificar el TPI sin condiciones:

Chile no puede dar impunidad a violadores de DDHH

Su preocupación por “la decisión de la Comisión de RREE de discutir en general y en particular el proyecto de ley que establece un estatuto especial de inmunidades y privilegios a uniformados de Estados extranjeros”, manifestó el senador Alejandro Navarro quien dijo que “no es cierto lo afirmado por el senador Roberto Muñoz, en el sentido de que éste sea un sistema de ‘derechos’ que ya está funcionando en gran parte del mundo. Lo que busca el proyecto es la impunidad para los militares norteamericanos, los mismos que invadieron Irak contra la decisión de la ONU, y que han violado los DDHH en ese y otros países, ante el Tribunal Penal Internacional”.

El parlamentario del PS dijo que “decir que Chile casi es un paria internacional y que no goza de esos supuestos ‘derechos’ porque no tiene este estatuto, es una falsedad que no cree nadie. A lo menos debiera tenerse la decencia de decir que quienes apoyan esta iniciativa y la promueven son los que han hecho suyo el argumento de que sólo aprobando este engendro, que claramente tiene como principales y privilegiados beneficiarios a los funcionarios y militares norteamericanos, se destrabará la ratificación del TPI, sin recibir sanciones o sufrir restricciones en el ámbito militar desde EEUU”.

Navarro dijo que “por eso hemos señalado nuestro total desacuerdo con este proyecto de ley que el Ejecutivo ingresó al Senado, en enero pasado, y que “pretende entregar privilegios e inmunidades en Chile a funcionarios y militares extranjeros que desempeñen misiones en nuestro país, amparándose en un cuestionable principio de reciprocidad de los tratados internacionales. Si esos extranjeros respetan la seguridad e integridad de las personas y la propiedad, nuestras leyes y soberanía, no necesitan inmunidad alguna. Si no es así, que asuman las consecuencias, y si no, mejor que no vengan a nuestro país”.

El legislador indicó que “el proyecto se refiere a materias como la inmunidad de jurisdicción y ejecución, la posibilidad de exención del pago del impuestos a la renta y de internación de equipaje personal y de bienes de los Estados y de las organizaciones internacionales y que sean necesarios para el cumplimiento de las funciones oficiales, de visa, aceptación de licencias de conducir, facilidades para el uso de uniformes, e incluso, la internación de armas y el uso de equipo de telecomunicaciones”.

El parlamentario señaló que “en cuanto a los miembros de las FFAA y de seguridad, el proyecto contempla que éstos podrán ingresar al territorio nacional, previo cumplimiento de las normas vigentes, en especial de la ley 19.067 relativa a la entrada y salida de tropas, para la realización de actividades de cooperación, operativas o de otra naturaleza con sus pares nacionales, que haya sido convenida con el gobierno de Chile. Para contar con dicha inmunidad, el Estado o el organismo internacional debiera entregar a la Cancillería los nombres de los funcionarios”.

“La inmunidad –agregó– se extendería desde que estas personas ingresen al país y subsistirá mientras permanezcan en él desempeñando la función oficial por la cual ingresaron; sin embargo, no cesará respecto de los actos que se realizaron en el ejercicio de esas funciones”.

El legislador dijo que “ha sido la propia Corte Suprema la que ha señalado que esta propuesta evidencia una ‘excesiva amplitud de la inmunidad de jurisdicción’, y considerando el progresivo desarrollo e intensificación de las relaciones internacionales de Chile, habrá un importante y creciente número de extranjeros que ingresarán al país y gozarán de dicha inmunidad, el máximo tribunal ha dicho que por lo mismo “no parece aconsejable excluirlos de la jurisdicción nacional”. Esto, tomando en consideración además que a juicio de la Corte Suprema, además, “no existe ningún tipo de reciprocidad para nuestros nacionales”.

Navarro dijo que “lo que debe hacer Chile es ratificar el TPI sin ninguna condición ni chantaje sobre nuestra soberanía nacional y menos buscando subterfugios para que quienes no quieren ni siquiera suscribirlo eludan sus alcances. Si los militares extranjeros tienen un comportamiento respetuoso de la seguridad e integridad de las personas y las propiedades, nuestras leyes y soberanía, no necesitan inmunidad alguna. Si no es así, que asuman las consecuencias, y si esto no les parece aceptable, entonces que mejor que no vengan a nuestro país”.
 

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El verdadero nombre del TPI es CPI, abreviatura de Corte Penal Internacional

Estatuto de Roma, Preámbulo
Conscientes de que todos los pueblos están unidos por estrechos lazos y sus culturas configuran un patrimonio común y observando con preocupación que este delicado mosaico puede romperse en cualquier momento,

Teniendo presente que, en este siglo, millones de niños, mujeres y hombres han sido víctimas de atrocidades que desafían la imaginación y conmueven profundamente la conciencia de la humanidad,

Reconociendo que esos graves crímenes constituyen una amenaza para la paz, la seguridad y el bienestar de la humanidad,

Afirmando que los crímenes más graves de trascendencia para la comunidad internacional en su conjunto no deben quedar sin castigo y que, a tal fin, hay que adoptar medidas en el plano nacional e intensificar la cooperación internacional para asegurar que sean efectivamente sometidos a la acción de la justicia…
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