Gobierno se prepara para la eventualidad de tener que ocupar fuerzas militares para imponer el orden público este mes de marzo
Llama la atención que el Decreto Supremo del Ministerio de Defensa se extienda sobre la necesidad de legítima defensa para el uso de las armas letales, planteando explícitamente: “Usar armas de fuego como último recurso, cuando las medidas anteriores resultaren insuficientes (…) y solo en el caso de enfrentamiento con personas que utilicen o se presten a utilizar armas de fuego u otras armas letales, en los siguientes casos: en un ataque actual o inminente a un recinto militar, y en la protección de las instalaciones, sistemas o componentes de empresas o servicios, cualquiera que sea su naturaleza, finalidad o función, que atiendan servicios de utilidad pública cuya perturbación en su funcionamiento o destrucción tendría un grave impacto sobre la población”