La Corte Suprema chilena y los dos condenados por la justicia venezolana
por Roberto Ávila Toledo
11 años atrás 4 min lectura

1.-Sostener que la Corte Suprema chilena es injerencista, que interviene en los intangibles asuntos internos de otro país, creo que es un pésimo argumento. Existe una jurisdicción universal de derechos humanos que operó contra Pinochet y provocó su detención en Londres. Junto con el abogado Hugo Gutiérrez le abrimos proceso a Alan García en Chile por las matanzas de Lurigancho y El Frontón, la persecución penal acá se detuvo porque en Perú reabrieron el proceso por estos hechos. Esta jurisdicción universal está, a buena hora, y seguirá operando.
2.- Para operar en lo concreto en la situación en comento, debe revisarse si queremos un uso riguroso y neutral de la legislación internacional de Derechos Humanos. Hay varias cosas por dilucidar:
a.- Estas personas fueron sometidas a los Tribunales venezolanos, no están condenados por resolución administrativa. No corresponde que otros tribunales de igual jerarquía estatal sometan a revisión esas resoluciones; eso correspondía reclamarlo directamente por los que se sientan afectados ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos u otra instancia internacional.
b.- No aparece que nos encontremos en una situación de tal emergencia, -un condenado con simple arresto domiciliario- para que deban intervenir los tribunales chilenos. Además no estamos ante la ausencia de instancias internas o de otros mecanismos jurisdiccionales internacionales. En efecto, el abogado de los condenados ha recurrido incluso al tribunal internacional de La Haya en sus reclamos. Hay entonces otras entidades jurisdiccionales operando.
c.- ¿Cómo pudo establecerse la competencia de la Corte de Valparaíso sobre hechos ocurridos fuera de su territorio y competencia? ¿Cómo se pudo llegar a tener convicción respecto de hechos tan subjetivos o discutibles como la imparcialidad del ministerio público y los tribunales venezolanos?. ¿De qué medios probatorios se dispuso para estos efectos?. Esto es muy relevante: establecer que el procedimiento en contra de los condenados fue amañado deja a los jueces venezolanos en situación de prevaricadores. ¿Cómo sostener esta imputación sin siquiera haber recibido vía oficio su versión o sus declaraciones?
A los recurrentes se les abrió la puerta para pedir juicio por prevaricación en Chile. Eso tendrá complejidades y problemas insospechados.
En diplomacia existe la reciprocidad, ¿qué pasa si los jueces venezolanos dicen que la prevaricación está en Santiago y no en Caracas y abren su propio proceso?
d.- Establecer que un proceso judicial está viciado por “connivencia” entre el ejecutivo y el ministerio público es cosa difícil de probar en un procedimiento acotado como es el recurso de protección. Además, hay que ver qué se entiende por· connivencia, pues todos los gobiernos se relacionan con el Ministerio Público en la ejecución de políticas públicas destinadas a reprimir el delito. Así ocurre también en Chile; es lógico en un estado de derecho.
3.- Habría que ver a qué autoridad venezolana se le notificó el recurso de protección. Si así ocurrió y éstas no quisieron responder, sería un error, pues la jurisdicción universal de Derechos Humanos existe y opera y puede tener efectos prácticos significativos. Hay un enorme número de personeros de la dictadura militar chilena que están con orden de arresto internacional.
Esto puede producirse sobre las autoridades venezolanas si se desprecian estos mecanismos a partir de una simple invocación a la soberanía nacional.
Si el recurso de protección se acogió sin notificar al Estado venezolano, los que pueden terminar sentados en el banquillo de los acusados son los ministros que dictaron la sentencia y, lo que es peor, el Estado de Chile.
4.- La resolución de la Corte Suprema tiene una contradicción ”in adjecto”, pues lo que debe hacer en virtud del principio de la inexcusabilidad es resolver el conflicto y no lo hace, pues decreta pedir a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos que visite a los condenados, lo que parece más la actividad de una parte que de un tribunal. Un Tribunal ordena, no pide.
*Fuente: El Clarin
- El autor, Roberto Ávila Toledo, es abogado
Artículos Relacionados
Pepe Escobar: ¡Irán se arma, Rusia advierte y China entra en acción!
por Nima Alkhorshid
11 meses atrás 1 min lectura
El excepcionalismo estadounidense se enfrenta a la realidad
por Michael Brenner (EE.UU.)
1 año atrás 1 min lectura
Putin, luego de la «rebelión» de Prigozhin, ¿sale debilitado o fortalecido?
por José Vizner (España)
3 años atrás 4 min lectura
¿El horror en París es diferente al de Siria, Iraq, Palestina y El Líbano?
por Carlos Aznáres (España)
11 años atrás 6 min lectura
El gobierno reconstruye la Doctrina de la Seguridad Nacional
por Dr. Enrique Villanueva M. (Chile)
14 años atrás 10 min lectura
A propósito de la violencia
por Por Claudio Espinoza A. (Chile)
7 años atrás 14 min lectura
1 Comentario
Deja una respuesta Cancelar la respuesta
Lo siento, debes estar conectado para publicar un comentario.
El embajador de EE.UU., Brandon Judd, debe ser declarado «Persona Non Grata»
por piensaChile
6 horas atrás
8 de octubre de 2026
Únase a nosotros en defensa de la soberanía chilena y de nuestros derechos indiscutibles sobre el Estrecho de Magallanes. Firme esta petición para exigir respeto y dignidad ante las relaciones internacionales. Su apoyo es clave para proteger lo que somos.
¿Lo sabía? Huawei, el monstruo chino que provoco terror en occidente es… ¡una cooperativa!
por piensaChile
10 horas atrás
08 de octubre de 2026
Huawei tiene 213.000 empleados. De esos, 114.000 se dedican exclusivamente a la Investigación y Desarrollo (l+D). Esto representa el 53,7% del total de toda su plantilla a nivel global.
1096 dias desde el 7 de octubre
por La Base (España)
1 día atrás
07 de octubre de 2026
En el programa de hoy, Pablo Iglesias, Irene Zugasti, Pablo Hurtado y Eduardo García analizan, a tres años del 7 de octubre, la historia de la ocupación y la resistencia palestina, con la participación del analista y activista Daniel Lobato.
El legado de nuestro abuelo Timoteo, parte de la Memoria del Caliche
por Julio Cámara Cortés (Chile)
4 días atrás
05 de octubre de 2026
Tenga plena conciencia que la manera más digna de honrar el legado de nuestro abuelo Timoteo, es continuar trabajando y aportando en la construcción de un Chile mejor, con mayor justicia y dignidad.
¿No habrán tomado Captagón los Ministros de la Corte y se sintieron omnipotentes igual que los voluntarios del EI?