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	<title>protocolo de nagoya &#8211; piensaChile</title>
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	<title>protocolo de nagoya &#8211; piensaChile</title>
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		<title>Se exige un proceso de consulta previa e informada, para ratificación del Protocolo de Nagoya</title>
		<link>https://piensachile.com/2017/07/04/se-exige-proceso-consulta-previa-e-informada-ratificacion-del-protocolo-nagoya/</link>
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		<dc:creator><![CDATA[Redacción piensaChile]]></dc:creator>
		<pubDate>Wed, 05 Jul 2017 03:35:14 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Agua y Alimentos]]></category>
		<category><![CDATA[Ciencia - Técnica]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>El Protocolo de Nagoya contiene varias disposiciones que afectan directamente los derechos de los Pueblos Indígenas del país y en particular los derechos colectivos del Pueblo Mapuche relativo a la propiedad intelectual, el uso del conocimiento sostenible de la biodiversidad y el sistema médico del Pueblo Mapuche, contenido y estipulados en el sistema cultural Mapuche del Itrofil-Moguen e Itrofill-Lawen, entre otros conocimientos asociados. </p>
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]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[<p><strong>MICHELLE BACHELET JERIA</strong></p>
<p>Presidenta de la República de Chile</p>
<p>Presente/</p>
<p>De nuestra mayor consideración.</p>
<p>Los abajo firmantes, nos dirigimos respetuosamente para manifestarles nuestras profundas preocupaciones por el proceso de ratificación del <a href="https://www.cbd.int/abs/doc/protocol/nagoya-protocol-es.pdf" data-saferedirecturl="https://www.google.com/url?hl=es&amp;q=https://www.cbd.int/abs/doc/protocol/nagoya-protocol-es.pdf&amp;source=gmail&amp;ust=1499307158256000&amp;usg=AFQjCNGev0hWWDM-xdkbXGj-eo3wxlbwuw">Protocolo de Nagoya</a> de parte del Parlamento de la República de Chile.</p>
<p>1.- Hemos tomado conocimiento del proceso de ratificación del Protocolo de Nagoya de parte del Congreso. Cuya iniciativa esta propiciado por vuestro gobierno de la Nueva Mayoría.</p>
<p>2.- El Protocolo de Nagoya contiene varias disposiciones que afectan directamente los derechos de los Pueblos Indígenas del país y en particular los derechos colectivos del Pueblo Mapuche relativo a la propiedad intelectual, el uso del conocimiento sostenible de la biodiversidad y el sistema médico del Pueblo Mapuche, contenido y estipulados en el sistema cultural Mapuche del Itrofil-Moguen e Itrofill-Lawen, entre otros conocimientos asociados.</p>
<p>3.- Recordamos que el Protocolo de Nagoya, regula el artículo 8J.- del <a href="https://www.cbd.int/doc/legal/cbd-es.pdf" data-saferedirecturl="https://www.google.com/url?hl=es&amp;q=https://www.cbd.int/doc/legal/cbd-es.pdf&amp;source=gmail&amp;ust=1499307158256000&amp;usg=AFQjCNE7lDXZKtKCRDaKWrfwLQCvENMgCw">Convenio de Biodiversidad</a>. Esta disposición reconoce los derechos tangibles e intangibles y el patrimonio que conforma la esencia de la cultura Mapuche, la espiritualidad y el sistema médico.</p>
<p>4.- Lamentablemente el Protocolo de Nagoya, se aleja completamente de los estándares internacionales de los derechos humanos que reconocen el derecho a la libre determinación, la posesión de las tierras, territorios y sus recursos. A partir de esta situación las organizaciones Indígenas que han participado en la Conferencias de las Partes no consintieron la adopción de dicho instrumento internacional por constituir una inminente amenaza a sus derechos.</p>
<p>5.- El Protocolo de Nagoya, representa los intereses de las corporaciones trasnacionales en las actividades de bioprospección, la piratería intelectual, la biopiratería entre otras formas de usurpación contemporánea del patrimonio de los Pueblos Indígenas y en particular el patrimonio cultural Mapuche.</p>
<p>6.- Recordamos a ud, en su calidad de Presidenta de la República que el Pueblo Mapuche ha sido objeto de toma, ocupación y confiscación de su territorio y sus recursos del cual ud, pidió Perdón. Una eventual ratificación del Protocolo de Nagoya se abrirán las puertas para las actividades sin control de las farmacéuticas, la ingeniería genética y la Biotecnología que realizan actividades de bioprospección sobre la biodiversidad y que en términos prácticos consisten en la piratería intelectual y la biopiratería.</p>
<p><strong>Por tanto.</strong></p>
<p>I.- Exigimos un proceso de consulta previa e informada, considerando que el <a href="https://www.cbd.int/abs/doc/protocol/nagoya-protocol-es.pdf" data-saferedirecturl="https://www.google.com/url?hl=es&amp;q=https://www.cbd.int/abs/doc/protocol/nagoya-protocol-es.pdf&amp;source=gmail&amp;ust=1499307158256000&amp;usg=AFQjCNGev0hWWDM-xdkbXGj-eo3wxlbwuw">Protocolo de Nagoya</a> afecta directamente el patrimonio cultural y todos los derechos colectivos del Pueblo Mapuche.</p>
<p>II.- Para que vuestro Perdón que ha manifestado ud, en calidad de jefa de Estado tenga alguna consistencia. Exigimos la no ratificación del Protocolo de Nagoya.</p>
<p>Atentamente.</p>
<p>Aukiñ Wallmapu Ngulam- PACMA, Organismos y dirigentes mapuche.</p>
<p>Wallmapuche, We Tripantu, Temuco, Chile 02 julio 2016</p>
<p>&nbsp;</p>
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		<title>Chile: Comunidades exigen Consulta Indígena y discusión pública sobre Protocolo de Nagoya</title>
		<link>https://piensachile.com/2017/06/13/chile-comunidades-exigen-consulta-indigena-discusion-publica-protocolo-nagoya/</link>
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		<dc:creator><![CDATA[Redacción piensaChile]]></dc:creator>
		<pubDate>Wed, 14 Jun 2017 03:44:36 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Medioambiente]]></category>
		<category><![CDATA[biodiversidad]]></category>
		<category><![CDATA[biopirateria]]></category>
		<category><![CDATA[comunidades indigenas]]></category>
		<category><![CDATA[defensa de las semillas naturales]]></category>
		<category><![CDATA[protocolo de nagoya]]></category>
		<category><![CDATA[transgénicos]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>Un proyecto de acuerdo del Senado, suscrito en sesión del 7 de junio de 2017, solicita a la Presidenta Bachelet la ratificación del Protocolo de Nagoya sobre Acceso a los Recursos Genéticos y Participación Justa y Equitativa en los Beneficios  que se deriven de su utilización.  Las comunidades campesinas e indígenas, junto a organizaciones socio-ambientales que suscriben esta declaración, pedimos a la Presidenta Bachelet no innovar en esta materia ya que exigimos que Chile no ratifique este inconsulto tratado.</p>
<p>El articulo <a rel="nofollow" href="https://piensachile.com/2017/06/13/chile-comunidades-exigen-consulta-indigena-discusion-publica-protocolo-nagoya/">Chile: Comunidades exigen Consulta Indígena y discusión pública sobre Protocolo de Nagoya</a> apareció primero en <a rel="nofollow" href="https://piensachile.com">piensaChile</a>.</p>
]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[<p>Junio 2017<br />
Un proyecto de acuerdo del Senado, suscrito en sesión del 7 de junio de 2017, solicita a la Presidenta Bachelet la ratificación del <u><a href="https://www.cbd.int/abs/doc/protocol/nagoya-protocol-es.pdf">Protocolo de Nagoya sobre Acceso a los Recursos Genéticos y Participación Justa y Equitativa en los Beneficios</a></u>  que se deriven de su utilización.  Las comunidades campesinas e indígenas, junto a organizaciones socio-ambientales que suscriben esta declaración, pedimos a la Presidenta Bachelet no innovar en esta materia ya que exigimos que Chile no ratifique este inconsulto tratado. No queremos que se repita con este Protocolo lo que ocurrió en 2011 con la aprobación por el Senado del Convenio UPOV 91. Los afectados por este tipo de convenios internacionales no se enteran a tiempo de los contenidos, y todo se negocia prácticamente  en secreto y sin consulta indígena ni participación ciudadana, tal como se hace en los tratados de libre comercio.</p>
<p>Este protocolo es complementario al Convenio sobre la Diversidad Biológica. Fue adoptado en 2010 y se refiere a los recursos genéticos y el conocimiento tradicional relacionado con ellos, riqueza que en conjunto es patrimonio de los pueblos indígenas y las comunidades campesinas locales. Países megadiversos como Brasil y Costa Rica no han ratificado hasta ahora este protocolo.</p>
<p>Resulta pertinente recordar que Chile debe cumplir lo dispuesto en el Convenio 169 respecto de su obligación de consultar a los pueblos indígenas cuando se prevean medias legislativas que les afecten directamente (Artículo 6 del Convenio 169 de la OIT). Propiciamos un proceso de información y discusión de los contenidos de este Protocolo en las comunidades indígenas, de norte a sur del país, para que exista participación informada y adecuada en la Consulta Indígena que las organizaciones están solicitando al gobierno. Asimismo, las organizaciones campesinas están informándose para ejercer a continuación su derecho humano a participar en la discusión de políticas públicas, tal como establecen los principios rectores de Naciones Unidas en derechos humanos, suscritos por el Estado de Chile.</p>
<h2>Reduccionismo de la biodiversidad a mercancía</h2>
<p>El análisis del contenido del Protocolo de Nagoya no permite asegurar que los objetivos enunciados en la introducción respecto de protección de la biodiversidad, sean alcanzables con los artículos respectivos.</p>
<p>Resulta evidente que en este protocolo hay un evidente reduccionismo que convierte los recursos genéticos y conocimientos tradicionales en meras mercancías, lo que es una mirada completamente opuesta a la de las comunidades que han trabajado, protegido y promovido estos bienes comunes que el mercado denomina «recursos”.</p>
<p>El protocolo de Nagoya está claramente marcado por el respeto a los principios promovidos por la industria acerca de la propiedad intelectual sobre la semilla y sobre los conocimientos tradicionales, mercantilizando un patrimonio que para las comunidades y sus territorios tiene un tipo de valor asociado fundamentalmente a la vida y a la relación de los pueblos con la Tierra y la Naturaleza.</p>
<h2>Sin repartición justa y equitativa</h2>
<p>Pese a las buenas intenciones señaladas en este instrumento internacional, el articulado del texto permite deducir que, lejos de beneficiar a quienes son los dueños ancestrales de estos recursos, las normas del protocolo establecen que el Estado es quien desarrolla la negociación del Consentimiento Fundamentado Previo con las empresas, sin que sea obligatorio contar con el consentimiento de las comunidades indígenas y/o locales (Artículo 13.b). La negociación se realizaría en Chile a través del INIA, una entidad público-privada que, en décadas de trabajo, más que proteger las variedades tradicionales, ha privatizado un número importante de ellas, sin liberar para su uso público cientos de semillas cuyo período de protección ya está caducado.  INIA ya intercambia germoplasma (semilla) con universidades extranjeras y otros interesados, a través del sistema de Green Global, pero las comunidades indígenas y campesinas no tienen acceso libre a las variedades protegidas por INIA. Con el Protocolo, esto continuaría en los mismos términos.</p>
<p>Ningún artículo del protocolo reconoce la propiedad de las comunidades sobre sus recursos fitogenéticos y conocimiento tradicional de la forma que lo hacen por ejemplo el Tratado Internacional sobre Recursos Fitogenéticos para la Agricultura y la Alimentación (TIRFAA) de FAO, y el Convenio de Biodiversidad. Tampoco se presenta aquí a las comunidades como contraparte de dichos beneficios.</p>
<p>El TIRFAA fue ratificado en mayo de 2016 por Chile. Sin embargo, las organizaciones campesinas a nivel global han denunciado que hasta ahora el TIRFAA sólo ha sido beneficioso para las empresas, garantizándoles acceso al germoplasma (semilla) e imponiendo en el mercado las variedades híbridas o transgénicas derivadas de ese acceso. El TIRFAA fue aprobado sin Consulta Indígena.</p>
<h2>Sin marco legal de referencia</h2>
<p>El Protocolo de Nagoya establece que los beneficios se concederán conforme a las leyes nacionales de cada país sobre recursos genéticos (Artículo 5), cuestión que nos lleva a hacer presente que  Chile, a través de  la vigencia del Convenio UPOV 78 y de la Ley de Semillas 19.342  garantiza los derechos de los obtentores de variedades vegetales, sin embargo nuestro país no cuenta con ninguna legislación específica que salvaguarde los derechos de los pueblos indígenas y las comunidades locales sobre su patrimonio genético y el conocimiento tradicional. Respecto del conocimiento tradicional, no hay registros o base de datos pública, por tanto, se facilitaría un acceso sin que estén reconocidos legalmente los derechos.  Por tanto, Chile carece del marco legal necesario para la ratificación y aplicación de este Protocolo. El artículo 22 de este instrumento internacional se limita a establecer que el marco legal «se puede abordar».</p>
<p>Luego de la ratificación del Convenio de Biodiversidad, el Estado de Chile se comprometió con Naciones Unidas a consultar con los Pueblos Indígenas las medidas de implementación de este convenio que les afectaran.  Refiriéndose a ello, al analizar el Protocolo de Nagoya,  en el estudio sobre <u><a href="http://www.odepa.cl/estudio/estudio-alternativas-de-proteccion-juridico-normativa-y-de-otra-indole-para-semillas-y-practicas-tradicionales-relacionadas-con-la-agricultura-utilizadas-y-mantenidas-por-agricultoras-y-agri/">Alternativas de Protección Jurídica para Semillas y Prácticas Tradicionales </a></u>  publicado por ODEPA en diciembre de 2014, los académicos Pertuzé, Manzur, Millaleo et ale,  recomiendan al gobierno en su calidad de expertos “avanzar primero en legislación interna antes de adoptar el marco regulatorio” del ya citado Protocolo. Asimismo, plantean la necesidad de generar inventarios del conocimiento tradicional en el marco del resguardo del patrimonio inmaterial, tareas que no han sido abordadas.</p>
<p>A ello hay que agregar que Chile no ha ratificado el Protocolo de Cartagena de Seguridad de la Biotecnología, aprobado en 2009 por el Convenio de Biodiversidad.  Este protocolo regula en especial los movimientos transfronterizos de transgénicos. La reunión de Cancún (2016) abordó en forma conjunta los mecanismos de acción del Convenio de Biodiversidad, el Protocolo de Cartagena y el Protocolo de Nagoya, por lo que Chile debe empezar por ratificar el Protocolo de Cartagena que aborda los riesgos del comercio de transgénicos o su presencia como contaminantes en exportaciones de granos convencionales.</p>
<h2>Legalización de la biopiratería</h2>
<p>Si nuestro país ratifica hoy el Protocolo de Nagoya, este se convertiría en un instrumento que sólo asegurará a las corporaciones transnacionales e instituciones del norte global la generación de cuantiosos beneficios por la venta de nuevos productos farmacéuticos, alimentarios, de belleza u otros. Se privatizarán los bienes comunes y conocimientos ancestrales. Los productos obtenidos a partir del material genético al que se ha accedido con el aval del Estado, serán perfectamente legales, despejando cualquier posible reclamo de biopiratería (A eso apunta el Artículo 18.b). Por otra parte, no se exige en absoluto un castigo para la biopiratería, que según sus impulsores este protocolo también busca evitar, ya que el artículo 15 enuncia que la biopiratería se condena «<strong>en la medida de lo posible</strong>«.</p>
<h2>Incertidumbre en ejercicio de derechos</h2>
<p>Crea alarma por otra parte, la disposición (artículo 12.4) que señala que las partes “no restringirán en la medida de lo posible el uso e intercambio consuetudinario de recursos genéticos por las comunidades”. Prácticas como el intercambio de semillas, la recolección y cultivo de hierbas medicinales y el ejercicio de la medicina tradicional podrían verse obstaculizadas o restringidas si las empresas consideran que ello obstaculiza su derecho de uso del germoplasma (semilla) o conocimiento patentado. El artículo 20 deja en carácter de “voluntario” el establecimiento de Códigos de Conducta y Buenas Prácticas en la aplicación del Protocolo, y como se sabe las “buenas prácticas” no abundan y los Códigos Voluntarios de Conducta no se aplican, como queda demostrado en el uso indiscriminado de plaguicidas por la agroindustria.</p>
<h2>Transgénicos a la orden</h2>
<p>Por otra parte, en su artículo 2c y 2d, el Protocolo de Nagoya abre paso a la biotecnología moderna, al autorizar la utilización de “sistemas biológicos u organismos vivos o sus derivados para la creación o modificación de productos o procesos para su uso específico (transgénicos)”, entrando en contradicción con los objetivos de protección a la biodiversidad enunciados en la introducción al Protocolo. Quínoa transgénica, maqui transgénico, calafate transgénico podrán ser el resultado de esta licencia. En el artículo 23, se establece que las partes cooperarán en programas de investigación y desarrollo incluyendo actividades de investigación biotecnológica “como un medio para lograr el objetivo de este protocolo”, lo que resulta muy contradictorio.</p>
<h2>La necesaria Consulta Indígena</h2>
<p>Nuestra posición como comunidades indígenas, organizaciones ambientales y sociales es solicitar la realización de una Consulta Indígena libre e informada sobre el Protocolo de Nagoya.  Al mismo tiempo manifestamos que esperamos del Estado y del gobierno la generación de políticas públicas de apoyo a la investigación independiente sobre los recursos genéticos de los territorios, para contribuir a la producción de alimentos sanos y seguros.</p>
<p>Hacemos un llamado a detener los intentos de apropiación indebida de las semillas tradicionales de las comunidades. No necesitamos el Protocolo de Nagoya. Pero sí requerimos protocolos nacionales respecto de la investigación sobre recursos genéticos tradicionales y conocimiento local. Es hora ya que los proyectos de investigación den garantías a las comunidades de manera que se garantice su acceso libre a los resultados de las investigaciones sobre semillas nativas y criollas desarrolladas en su territorio por entidades académicas u otras. Los proyectos también deben contemplar mecanismos de cadenas cortas de comercialización. De esta manera las comunidades campesinas e indígenas podrán fortalecerse y contribuir de mejor forma a generar economías locales sustentables, productoras de alimentos sanos y seguros.</p>
<p><strong>¡A defender las semillas y el conocimiento tradicional de la voracidad transnacional! </strong></p>
<p><strong>¡A recuperar y multiplicar la semilla tradicional para proteger y defender la biodiversidad!</strong></p>
<p><u>Firmas recolectadas (hasta diciembre de 2016) tras un proceso informativo independiente, sobre el Protocolo de Nagoya</u></p>
<p>Red de Defensa de los Territorios</p>
<p>Grupo de Trabajo por los Derechos Colectivos del Pueblo Mapuche</p>
<p>Proyecto Biodiversidad Agrícola Valle del Huasco</p>
<p>Red de Acción en Plaguicidas RAP-Chile</p>
<p>Campaña Yo No Quiero Transgénicos en Chile</p>
<p>Cooperativa Verde</p>
<p>Red Semillas Libres Wallmapu</p>
<p>Parcela Agroecológica Liwen Ray</p>
<p>OLCA (Observatorio Latinoamericano de Conflictos Ambientales)</p>
<p>Astrid Hagen s.</p>
<p>Asociación Productores Orgánicos Los Botados APROGLOBO</p>
<p>Centro Eco-Pedagógico AUCCA</p>
<p>Oficina de Justicia Paz e Integridad de la creación de San Columbano</p>
<p>RED POR LA DEFENSA DE LA PRECORDILLERA</p>
<p>Comunidad Ecuménica Martin Luther King</p>
<p>MODATIMA Chile</p>
<p>La Asociación Indígena Hueichafe Domo de la lX Región de Chile</p>
<p>Comité Ambiental Comunal de Paine</p>
<p>Radio La Voz de Paine</p>
<p>Union Comunal Teno</p>
<p>RSL – Red semillas libres</p>
<p>Cooperativa Austral</p>
<p>Zunilda del Carmen Lepin Henriquez</p>
<p>Coordinación feria Walung de Curarrehue, Región de la Araucanía</p>
<p>Agrupación de alimentos Mapu Iyagl, Región de la Araucanía</p>
<p>Asociación Indígena Chipasse Ta Maricunga, comuna Vallenar, Región de Atacama</p>
<p>Comunidad Indígena Diaguita Chipasse Ta Tatara comuna Freirina, Región de Atacama</p>
<p>Comunidad Indígena Diaguita Chipasse Ta Caluba,  comuna Huasco, Región de Atacama</p>
<p>Comunidad Indígena Diaguita Chipasse  ashpa, comuna de Vallenar, Región de Atacama</p>
<p>Comunidad Pewenche Pedro Currilem, Comuna de Lonquimay, Región de la Araucanía</p>
<p>Agrupación de pequeños productores «We kdau amuley” , Comuna de Lonquimay, Región de la Araucanía</p>
<p><strong>Consultora Integral Orígenes</strong></p>
<p>Ayuda  a difundir esta carta y agregar nuevas firmas compartiendo el siguiente link entre tus contactos:</p>
<p><a href="http://www.cooperativaverde.org/nagoya/">http://www.cooperativaverde.org/nagoya/</a></p>
<p><iframe loading="lazy" title="Biocomercio y Protocolo de Nagoya, David Vivas, UNCTAD" width="500" height="281" src="https://www.youtube.com/embed/7wJQYUQqa3E?feature=oembed" frameborder="0" allow="accelerometer; autoplay; clipboard-write; encrypted-media; gyroscope; picture-in-picture" allowfullscreen></iframe></p>
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