La Sentencia 156 del Tribunal Supremo de Justicia de Venezuela (TSJ) no constituye una ruptura del orden constitucional ni un golpe de Estado.
Para comprender con precisión el espíritu de esta sentencia es necesario previamente conocer los precedentes. La Asamblea Nacional (AN), de mayoría opositora, desconoció y desconoce la institucionalidad vigente situándose por fuera del cauce legal al desacatar en repetidas oportunidades las sentencias del TSJ, máximo garante del Estado de Derecho.