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Consulta indígena en las sombras: la fórmula para esconder las reales intenciones

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10 mayo, 2019

Consulta indígena en las sombras: la fórmula para esconder las reales intenciones
Tal como ha sido planteada en el D.S. Nº 66 de 2013 del Ministerio de Desarrollo Social, esta consulta no cumple con los estándares establecidos en el Derecho Internacional y tampoco con las condiciones que respecto de ella han determinado numerosos pronunciamientos de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) y de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH). Asistimos nuevamente a un proceso de consulta que adolece de sendas falencias en el procedimiento y claramente no garantiza el consentimiento libre, previo e informado de los indígenas.

Toda consulta podría entenderse como un acto de buena fe, sin embargo, detrás de esta pueden ocultarse intenciones cuestionables, especialmente cuando se estructura en las sombras. En ese sentido, no basta con que el Gobierno haya informado hace ya unos meses que se realizaría una consulta a los pueblos indígenas, pues es como recibir una invitación a una fiesta sorpresa a última hora, de cuyas características uno se informa cuando ya se está en el lugar.

Hoy asistimos nuevamente a un proceso de consulta que adolece de sendas falencias en el procedimiento y claramente no garantiza el consentimiento libre, previo e informado de los indígenas. Hemos sido informados que el proceso parte el 22 de mayo y, al parecer, los únicos que saben los temas a consultar, la metodología, la organización y la forma de participar, son el ministro de Desarrollo Social, Alfredo Moreno, y su equipo.

La consulta –como ha sido planteada en el D.S. Nº 66 de 2013 del Ministerio de Desarrollo Social– no cumple con los estándares establecidos en el Derecho Internacional y tampoco con las condiciones que respecto de ella han determinado numerosos pronunciamientos de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) y de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH).

El mismo Comité de Derechos Humanos de la ONU el año 2016, indicó que le sigue preocupando que los pueblos indígenas no sean consultados, previamente, en el proceso de adopción de decisiones respecto de cuestiones que afectan a sus derechos y que todavía no se haya establecido un mecanismo efectivo de consulta y participación indígena, de acuerdo a las normas internacionales.

 

El ministro se contradice completamente en una entrevista del viernes 3 de mayo, donde dijo que la Ley Indígena no establece un total de tierras a devolver, de tal manera que estima que no es materia de la consulta agregar la pregunta sobre un catastro de tierras indígenas. Muy por el contrario, si este dato no existe, debería agregarse a ese cuerpo legal, cuestión que podría beneficiar a los pueblos indígenas. Con ello deja absolutamente claro que la consulta que se busca realizar fue preparada para beneficiar a mucha gente, excepto a comunidades indígenas, por cierto.

En efecto, esa declaración alude a la consulta que había implementado el primer Gobierno de Sebastián Piñera. En que el Decreto N° 66 le pone una camisa de fuerza al Convenio 169 de la OIT, porque limita el ejercicio de derechos, entre ellos, el de consulta. Ese proceso se reiteró en el segundo Gobierno de Michelle Bachelet, sin cambios sustantivos.

Si presuponemos la buena fe, una consulta no es intrínsecamente mala, salvo que en su diseño e implementación se oculte la intención de transformarla en un mero acto formal, sin condiciones básicas de transparencia y legitimidad.

Por otro lado, llama poderosamente la atención que el ministro Moreno vuelva a quedarse en la superficie de la cuestión indígena, sin alcanzar el fondo de la solución. Como ejemplo, propone flexibilizar el uso de la tierra indígena para fines particulares, olvidándose completamente que el sentido de la “propiedad privada” para un indígena tiene connotaciones que dicen relación con su modo de entender el “Buen Vivir”, que siempre se refiere a la comunidad y no al puro beneficio individual.

En todo caso, el ministro persevera en su error, pues existen postulaciones a tierras de modo individual y hay indígenas que reciben tierras de esta forma. Lo que sí se impidió es que las tierras se dividieran para imposibilitar lo que ocurrió con la Ley de 1927, que permitió la división de las tierras indígenas, lo que tuvo como consecuencia la pérdida de 1/3 de las 536 mil hectáreas devueltas mediante «Títulos de Merced», lo que representa el 5% de los 10 millones de hectáreas que poseía el pueblo mapuche a la firma del Tratado de Tapihue de 1825 con el Estado de Chile.

También olvida a los indígenas urbanos de la Región Metropolitana, que sobrepasan los 650 mil, más del doble que los que habitan en La Araucanía, porque no se considera que el pueblo mapuche no es una población indígena rural, sino que tiene una realidad nacional. En ese sentido, se repiten los mismos procedimientos que han fracaso en los 30 años de una “democracia” que aún parece protegida, esta vez por actores políticos de todos los colores.

En definitiva, nada indica que el contenido de la consulta –que busca modificar la Ley Indígena en algunos aspectos– resuelva el problema político, económico y territorial de los pueblos indígenas.

Más allá de los cambios necesarios que se requieren, el problema no está radicado en la ley, sino en la carencia de una infraestructura política del Estado para resolver su deuda histórica con los pueblos originarios. Esa deuda es muchísimo más que tierras o dinero, se trata de la dignidad de pueblos que han sido sistemáticamente excluidos y condenados a la pobreza.

Para nosotros, el parámetro de medición de la calidad de una política referida a los pueblos indígenas está radicado esencialmente en el Convenio 169 de la OIT. Al respecto, el mismo ex relator especial de la ONU, Rodolfo Stavenhagen, subrayó la brecha entre la proclamación de principios y los hechos verdaderos. En efecto, Chile ratificó este convenio en 2009 y su aplicación efectiva es aún un sueño.

Ese convenio tiene un especial énfasis en los derechos a tierra y a territorios indígenas. Además, el mismo Comité de la ONU pide al Estado que “redoble esfuerzos para garantizar el pleno derecho a las tierras ancestrales de los pueblos indígenas”.

A diferencia de lo que señala este acuerdo, el ministro Moreno parece creer que, cuando no exista la posibilidad de devolución de tierras, se debe estar abierto a otras posibilidades. Una interpretación bastante singular, por decir lo menos, ya que las tierras despojadas al pueblo mapuche y a otros siguen ahí, esperando que vuelvan a sus legítimos dueños. En cambio, parece proteger a los empresarios agrícolas y forestales, que siguen usufructuando de esas tierras.

El ministro se contradice completamente en una entrevista del viernes 3 de mayo, donde dijo que la Ley Indígena no establece un total de tierras a devolver, de tal manera que estima que no es materia de la consulta agregar la pregunta sobre un catastro de tierras indígenas. Muy por el contrario, si este dato no existe, debería agregarse a ese cuerpo legal, cuestión que podría beneficiar a los pueblos indígenas. Con ello deja absolutamente claro que la consulta que se busca realizar fue preparada para beneficiar a mucha gente, excepto a comunidades indígenas, por cierto.

Participar de esta consulta es avalar un acto que no cumple con estándares internacionales básicos para su desarrollo y es por eso que no participaré en una acción que me parece contraria a los intereses de mi pueblo.

*Fuente: El Mostrador

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