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Ministro Valdés torpedea proyecto que quita al SII exclusividad en acción penal por delitos tributarios

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Ministro de Hacienda invocó reserva de constitucionalidad

30 mayo, 2017

Ministro Valdés torpedea proyecto que quita al SII exclusividad en acción penal por delitos tributarios
De esta forma se bloquea la iniciativa que busca extender la facultad al Ministerio Público, entidad que formuló críticas a lo resuelto por el servicio de notificar multas a las empresas indagadas a raíz de los casos Penta y SQM, aplicando sanciones administrativas y no penales.

«Valdés reafirma en Sala Cámara reserva de constitucionalidad sobre moción que quita a SII exclusividad en acción penal delitos tributarios«, dice el tuit publicado hoy por la cuenta oficial de Twitter del Ministerio de Hacienda.

De esta forma, el jefe de las arcas fiscales, Rodrigo Valdés, al invocar una reserva de constitucionalidad torpedea el proyecto de ley que busca eliminar la exclusivadad que tiene el Servicio de Impuestos Internos (SII) en materia penal ante los delitos tributarios.

La iniciativa contó con un importante respaldo por parte de la Comisión de Constitución de la Cámara Baja que aprobó, a comienzos de mes, la idea de legislar sobre la materia.

Lo anunciado por Valdés tiene como antecedente previo las críticas formuladas por el Ministerio Público, en especial las hechas por el fiscal Carlos Gajardo, ante una decisión que traía consigo el cierre (sin querellas presentadas) de las investigaciones por pagos a políticos.

“El fraude fiscal es un delito muy grave que debe ser de acción pública. Igual que colusión y delitos electorales. Inaceptable que no lo sean”, declaró entonces el persecutor.

A estas declaraciones se sumó un dictamen emitido por Contraloría, donde el organismo encabezado por Jorge Bermúdez que comunicaba al entre recaudador: «Pese a tratarse de una atribución discrecional del Director del SII, resulta indispensable que las decisiones que adopte en la materia tengan un fundamento racional, ya que, conforme al principio de juridicidad, es importante que estas no obedezcan al mero capricho de la autoridad, sino a criterios objetivos que le otorguen legitimidad, por lo que lo que resuelva sobre el particular requiere tener sustento en los antecedentes recabados al efecto».

«Cabe recordar que las autoridades y los funcionarios del SII están obligados a observar el principio de imparcialidad consagrado en el artículo 11 de la ley N° 19.880, conforme al cual, tanto en la substanciación de sus procedimientos como en las resoluciones que adopten, han de actuar con objetividad y respetar el principio de probidad, el que, a su vez, les impone la obligación de emplear medios idóneos de diagnóstico, decisión y control, según lo ordena el artículo 53 de la ley N° 18.575», agregó.

Entonces, el ministro Valdés -al igual que ahora- optó por respaldar al director del SII, Fernando Barraza, señalando que contaba con todo el apoyo del gobierno: «Yo creo que el Servicio de Impuestos Internos hace muy bien su trabajo. Cuando uno compara las cifras de evasión de Chile con otros países, creo que salimos muy bien parados. No sólo creo, estoy seguro. He visto los números», dijo en ese momento el jefe de finanzas públicas.

*Fuente: El Mostrador

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